Santo Domingo, RD.-El proyecto de ley sobre juicios de extinción de dominio para el decomiso civil de bienes ilícitos, se estancó en la Cámara de Diputados, donde ha perimido, después de ser aprobado varias veces en el Senado de la República.Nacionales
El Congreso tiene bloqueado proyecto de ley extinción de dominio
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5 años agoon
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LA REDACCIÓNEsta pieza de ley sobre extinción de dominio se estancó en la Cámara de Diputados, donde ha perimido, después de ser aprobado varias veces en el Senado.
Santo Domingo, RD.-El proyecto de ley sobre juicios de extinción de dominio para el decomiso civil de bienes ilícitos, se estancó en la Cámara de Diputados, donde ha perimido, después de ser aprobado varias veces en el Senado de la República.La pieza legislativa lleva en discusión alrededor de 7 años. Constituye una de las leyes complementarias que manda la constitución promulgada en el 2010.
La constitución dispone, en el artículo 51, numeral 6, que “La ley establecerá el régimen de administración y disposición de bienes incautados y abandonados en los procesos penales y en los juicios de extinción de dominio, previstos en el ordenamiento jurídico”.
El proyecto define la extinción del dominio o de la propiedad como la pérdida de un bien mediante sentencia irrevocable, a consecuencia de su ilicitud, cuando el afectado no logre probar su procedencia lícita, su actuación de buena fe o está impedido para conocer su utilización u origen ilegal. Señala que procede sobre cualquier bien, independientemente de quien ostente su posesión o lo haya adquirido.
Será autónoma, es decir, distinta e independiente de cualquier otra de naturaleza penal, civil, administrativa, según consta en la propuesta legislativa.
Decisión en lo penal
“La absolución del afectado en el proceso penal o la no aplicación de la pena de confiscación de los bienes, la ausencia de procesos penales o de cualquier otro género, así como el cumplimiento de las obligaciones tributarias o administrativas, no prejuzga respecto de la legitimidad de ningún bien y, por tanto, los mismos pueden ser objeto de la acción de extinción de dominio, aun cuando haya recaído decisión previa en lo penal, administrativo o cualquier otra índole”, se plantea en el proyecto de ley.
El juicio para el decomiso civil sería conocido por tribunales especializados que se sugieren crear, con categoría de corte de apelación. Y el sometimiento de la acción judicial será competencia del ministerio público, que actuaría en nombre del Estado dominicano.
En pleno estancamiento
El exsenador Adriano Sánchez Roa, uno de los autores del proyecto, indicó que fue aprobado en tres ocasiones en el Senado, pero que siempre perimió en la Cámara de Diputados. Dijo que fue trabajado desde el 2014.
Destacó que fue consensuado con todos los sectores, entre ellos autoridades, sociedad civil y los organismos internacionales.
“Este proyecto y la ley de Lavados de Activos y contraterrorismo, son las mejores armas contra el narco y la corrupción en general”, afirma.
Repaldo de EE.UU al país
El pasado miércoles, el encargado de negocios de la embajada de Estados Unidos en República Dominicana, Robert Thomas, dijo que su país desea trabajar con el gobierno dominicano en el avance de los esfuerzos legislativos para crear un sistema de extinción de dominio, que permita recuperar los bienes y riquezas que los criminales y funcionarios corruptos han robado al Estado y al pueblo. “Sé que esto es una prioridad de ustedes y después de varios intentos fallidos en el pasado creemos que la aprobación de esta legislación podría ser un logro importante para el pueblo dominicano y apoyaremos los esfuerzos de su gobierno para desarrollar esta importante herramienta”, indicó Thomas durante una reunión en el Palacio Nacional.
HECHOS Y PASOS
Bienes a enjuiciar
De aprobarse el proyecto, serían enjuiciados los bienes producto, instrumento u objeto material de actividades ilícitas, los de origen lícito para ocultar patrimonio de procedencia ilícita, los que constituyan incremento patrimonial injustificado y los utilizados para cometer delitos por un tercero.
Lavado, fraude
Igual, los de condenados en el exterior por narcotráfico, lavado de dinero, fraudes contra el Estado o delincuencia organizada, si no son reclamados por otros países; bienes en un proceso penal donde no se haya identificado al imputado; los heredados que hayan entrado en patrimonio del de cujus de manera ilícita; bienes, frutos, productos o ganancias de venta de otros con origen en actividades ilícitas.
Nacionales
JCE presenta plataforma digital del Observatorio de Participación Política de las Mujeres
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17 horas agoon
diciembre 5, 2025
Santo Domingo, R.D.-La Junta Central Electoral (JCE), a través de la Comisión de Políticas de Igualdad de Género de la institución, presentó a la ciudadanía a través de sus redes sociales la plataforma digital del Observatorio de Participación Política de las Mujeres, espacio que estará integrado en la página de la institución.
Mediante un comunicado, la JCE explicó que el observatorio tiene como finalidad asesorar, diseñar, implementar, desarrollar y evaluar las acciones orientadas a fomentar la participación de las mujeres en la política.
Asimismo, indicó que esta iniciativa, que se encuentra bajo la coordinación de la miembro titular del Pleno y coordinadora de la Comisión de Políticas de Igualdad de Género, Dolores Fernández, es una plataforma que busca recopilar, analizar y visibilizar información sobre los avances, brechas y desafíos de la participación política femenina en República Dominicana.
Además, destacó que el observatorio funciona como una herramienta dinámica de estadísticas interactivas que permite conocer la evolución de la participación política de las mujeres en el país y a través de sus secciones, se podrán explorar datos sobre: candidaturas y cargos electos, participación en los partidos políticos, concurrencia electoral por sexo y participación de mujeres en juntas y colegios electorales.
La misión de este observatorio es, en primer lugar, analizar los niveles de cumplimiento de metas y objetivos nacionales e internacionales en torno a la igualdad de género en materia de representación política y, en segundo lugar, motivar e impulsar la participación paritaria de las mujeres en la toma de decisiones.
Entre los objetivos de esta propuesta, figuran: generar información cuantitativa y cualitativa sobre la representación política de mujeres y hombres en el ámbito nacional; medir los niveles de cumplimiento de metas y objetivos internacionales en torno a la igualdad de género; visibilizar avances de igualdad de género en los partidos políticos y aportar datos que sirvan para elaborar insumos claves para el análisis, la formulación de propuestas y el diseño de estrategias de incidencia política.
Asimismo, procura fortalecer las políticas públicas de igualdad, promover la paridad y la representación política equitativa, garantizar los derechos políticos de las mujeres e impulsar acciones para prevenir y erradicar la violencia política hacia las mujeres.
Nacionales
Telemicro: TSA indicó que Indotel actuó de forma precipitada al asignar frecuencia del Canal 3
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17 horas agoon
diciembre 5, 2025
Santo Domingo, R.D.-El Grupo Telemicro reaccionó al fallo judicial del Tribunal Superior Administrativo (TSA) sobre la asignación de la frecuencia del canal 3 VHF. En un documento indicó que la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA) reconoció que el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel), en su rol de autoridad para la gestión del espectro radioeléctrico, actuó de forma «imprudente y precipitada» al asignar el Canal 3 digital a favor de Franasyn, S.R.L., mediante la Resolución núm. 132-2024 dictada el 14 de noviembre de 2024.
Indicó que el tribunal estableció, luego del análisis de las pruebas aportadas por las partes en el litigio sobre el Canal 3 en la banda VHF, que el «regulador (Indotel) tenía pleno conocimiento de que existía un proceso judicial abierto sobre el derecho de uso y explotación de esa frecuencia».
«El órgano apuntó que, en tales circunstancias, esa entidad encargada de gestión radioeléctrica debía actuar con la debida prudencia y observar el principio de realizar una buena administración, absteniéndose de adoptar decisiones que pudieran incidir en el proceso, como lo fue asignar el Canal 3 a favor de un tercero, en este caso la sociedad Franasyl. S.R.L.», dice un documento enviado por la Corporación de Televisión y Microondas Rafa, S.A. (Telemicro).
Derechos de Franasyl
La Tercera Sala del TSA reconoció la legitimidad de los derechos alegados por Franasyl, S.R.L. en torno al Canal 3 virtual y declaró válida su intervención voluntaria en el proceso.
En su decisión, el tribunal rechazó en todas sus partes el recurso contencioso administrativo interpuesto por Telemicro y confirmó íntegramente la Resolución núm. 080-2022 emitida por el Indotel.
La sentencia se produce tras el reenvío ordenado por la Suprema Corte de Justicia mediante la decisión SCJ-TS-25-0203, que instruyó una nueva valoración del caso después de identificar un vicio de desnaturalización de los hechos en un fallo anterior.
- Telemicro buscaba que la justicia anulara la resolución del Indotel alegando derechos adquiridos sobre el Canal 3 VHF derivados de una comunicación emitida por el órgano regulador en 2004.
Nacionales
Senado contra la pared con el CPP: aprobar o rechazar
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17 horas agoon
diciembre 5, 2025
Santo Domingo, R.D.-El Senado de la República conocerá este viernes en única discusión el proyecto de ley del nuevo Código Procesal Penal, con las decenas de modificaciones que hizo la Cámara de Diputados y la opción de aprobar o rechazar el documento.
El pleno senatorial deberá decidir “lo más rápido posible”, debido al plazo que le otorga el Tribunal Constitucional en la sentencia 0765/24. En su fallo, emitido el 6 de diciembre de 2024, la alta corte declaró nula la Ley 10-15, que modifica el Código Procesal Penal del 2002, y dio un año al Congreso Nacional, hasta el 11 de este mes, para tener listo un nuevo marco legal.
La pieza de ley que estudian los congresistas generó fuertes debates en la Cámara de Diputados mientras era conocida, por artículos que tienen que ver con las facultades del Ministerio Público (MP) en los procesos, como los de peritajes. Uno de ellos es el artículo 211, sobre el nombramiento de peritos.
La moción de Pacheco y Díaz, que es similar a la versión que llegó del Senado, consiga tres párrafos, en el que establecen que los peritos en cualquier otro momento son nombrados, mediante resolución motivada, por el juez o tribunal, a propuesta de parte; el número de peritos es determinado según la complejidad de las cuestiones a plantear, considerando las sugerencias de las partes; y el dictamen o la resolución que ordena el peritaje fija con precisión las razones que lo motivan, su objeto y alcance, así como el plazo para la presentación de dichos dictámenes.
El Procesal Penal vigente no condiciona el nombramiento del perito por el Ministerio Público a que no sea “anticipo jurisdiccional”. Dice, más bien, que durante la etapa preparatoria los nombra el Ministerio Público.
Ejecución del peritaje
Amado Díaz propuso también -siendo acogida por la mayoría-, modificar el artículo 215 del nuevo Código, que trata sobre la ejecución del peritaje, para agregar al MP, quien había sido dejado fuera de ese apartado en la aprobación en primera discusión. Se estableció que el órgano persecutor, juez o tribunal que ha dispuesto el peritaje, resuelva todas las cuestiones que se planteen durante su realización.
La CD modificó el artículo 48 de la pieza
Otro punto de debate en los diputados fue el de la interrupción de la prescripción, artículo 48, numeral 1, uno de los que se quejó Eugenio Cedeño. La Cámara modificó dicho apartado -al dejar quitar la frase “presentada por el Ministerio Público”, para que diga que la prescripción se interrumpe por: la imposición de medida de coerción; la presentación de la acusación; y el pronunciamiento de la sentencia, aunque sea revocable.
