Análisis Noticiosos
La falta de vacunas en África, un retraso de consecuencias devastadoras
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5 años agoon
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LA REDACCIÓNEl acaparamiento de dosis por los países ricos y la debilidad de sus sistemas de salud provoca que el continente más pobre, donde golpea ahora la tercera ola, apenas haya inmunizado al 0,6% de su población
Un vecino de Pretoria (Sudáfrica) se queja en la emisora Radio Power del ritmo de inmunización en África. “Es una vergüenza. Primero lo que tardaron en vacunar al personal médico, luego la lentitud con los mayores de 60 años y, ahora, con la vuelta presencial a la escuela tras las vacaciones, aún no han empezado con los profesores”, critica. Sudáfrica es el país más rico de África y solo un 0,8% de su población está inmunizada, una muestra de lo que ocurre en todo el continente, que enfrenta la tercera ola de la pandemia.
El director de los Centros de Control de Enfermedades en África, John Nkengansong, aseguraba esta semana a los medios: “Es extremadamente preocupante y en ocasiones frustrante”. Las cifras confirman sus palabras. Con un incremento de un 13% de los casos en el último mes en todo el continente, hay países como la República Democrática del Congo, Uganda o la propia Sudáfrica, donde la pandemia sigue disparada. En al menos 13 países, entre ellos Kenia, o Nigeria, se ha detectado la variante delta (la india) y el temor a un brote explosivo va en aumento. En este contexto, mientras en Europa y Estados Unidos las tasas de vacunación superan con creces el 20%, en África ronda el 0,6%, con menos de 10 millones de personas que han sido inmunizadas.
Célestin Traoré, responsable de vacunación de Unicef para África occidental y central, apunta al acaparamiento de las vacunas por parte de los países ricos como parte del problema. “Hay una escasez en el mundo y los países en desarrollo, como los africanos, no cuentan con la financiación suficiente para adquirirlas”, asegura. Otro desafío es la debilidad de los sistemas de salud que no disponen de suficientes frigoríficos, energía eléctrica, protocolos adaptados o formación para sus campañas. “A ello hay que sumar los graves problemas de inseguridad a los que se enfrentan numerosos países, sobre todo en el Sahel, donde hay 5,4 millones de personas desplazadas por la violencia”, añade el doctor Traoré.
El respetado epidemiólogo sudafricano Salim Abdool Karim pone cifras al desequilibrio. “Somos 7.500 millones de personas en el mundo y hay 1.800 millones de vacunas. Esto significa que una de cada cinco personas tiene acceso a las mismas, mientras que la realidad en África es que tenemos una para cada 50 personas. Es una desigualdad tremenda e injusta”. En Chad comenzaron a vacunar el pasado 4 de junio, seis meses después de que comenzara la inmunización en Europa, y en Tanzania, Eritrea o Burundi no se ha administrado ni una sola dosis.
Para tratar de reducir la brecha de vacunación entre los países ricos y los países en desarrollo surgió Covax, una iniciativa público-privada impulsada desde los comienzos de la pandemia por la Organización Mundial de la Salud (OMS), la Alianza por las Vacunas Gavi, Unicef y otros organismos internacionales, que se ha marcado como objetivo que el 20% de la población de las naciones con menos recursos esté vacunada a finales del presente año. Todos los países africanos se sumaron a este proyecto. Sin embargo, a la escasez mundial de dosis agravada por la compra abusiva de los países desarrollados se ha añadido otro inconveniente: 190 millones de vacunas comprometidas por el Instituto Serum de la India para Covax tuvieron que destinarse a su propia población ante la explosión de casos en este país.
“Aún podemos conseguirlo, pero el escenario es incierto”, asegura Blanca Carazo, responsable de programas internacionales de Unicef-España. Buena parte del futuro de Covax y, por tanto, de una vacunación más justa en el mundo, se juega en la cumbre del G-7 de este fin de semana en Cornualles. “Las promesas de estos países de compartir una parte de sus vacunas es fundamental para responder a este inquietante desequilibrio”, remacha Traoré, “pero es crucial actuar con rapidez y que otros países les sigan”. El presidente estadounidense Joe Biden anunció el pasado jueves que donaría 500 millones de dosis para los países más pobres, mientras que el primer ministro británico, Boris Johnson, adelantó que su Gobierno cedería otros 100 millones con el objetivo de que el total de la donación procedente del G-7 alcanzara los 1.000 millones.
Estas decisiones están “en el lado correcto de la historia”, según Nkengansong, pero para Amnistía Internacional se trata de “una gota en el océano”, aseguró su secretaria general, Agnès Callamard, a través de un comunicado. Según sus cálculos y de mantenerse el ritmo actual, los países pobres no vacunarán a su población hasta 2078.
Por su parte, la OMS estima que solo siete países africanos van a alcanzar el 10% de su población vacunada en septiembre, muy lejos de la inmunidad de grupo deseada, y que hacen falta al menos 225 millones de dosis más a corto plazo. La directora en África de este organismo, Matshidiso Moeti, reveló esta semana en conferencia de prensa que “es una cuestión de vida o muerte. Los países que puedan, deben compartir sus vacunas. A medida que nos acercamos a los cinco millones de casos en África y empieza una tercera ola, muchas de las personas más vulnerables siguen peligrosamente expuestas a la covid-19”.
Jo Barnes, del Departamento de Salud Global de la Facultad de Medicina de la Universidad Stellenbosh en Ciudad del Cabo, explica que a la falta de dosis, se suman los problemas de logística. “Sudáfrica tiene un número elevado de indigentes y muchos viven en zonas rurales e inaccesibles. Incluso en las ciudades y pueblos hay suburbios informales con población variante a la que es difícil alcanzar. También hay personas pobres sin acceso a un móvil para registrarse en la base de datos para vacunarse”, señala.
Pero África es muy grande y en ella conviven diferentes realidades. A la sombra de un árbol en el patio principal del centro de salud Gaspard Cámara de Dakar, la capital de Senegal, medio centenar de personas, casi todos de edad avanzada, aguardan con paciencia su turno para vacunarse. Para la mayoría de ellos es su segunda dosis. “Estoy impaciente”, apunta Ndeye Balde, “se cuentan muchas historias sobre las vacunas, pero yo no estaré tranquila hasta que me la ponga. La gente dice muchas tonterías”, asegura. No hay tramos de edad ni es necesario pedir cita: basta con presentarse y pinchazo al canto. “¿AstraZeneca o la china?”, pregunta la enfermera.
Hasta Senegal han llegado 1,1 millones de dosis y se ha administrado casi la mitad. Pero es Marruecos quien lidera las estadísticas de vacunación, con el 99% de sus 15,4 millones de vacunas ya inyectadas. Casi 7 millones están totalmente inmunizados. Fruto de este intenso trabajo, el primer ministro marroquí, Saadín el Otmani, aseguraba este viernes que la situación epidemiológica “está bajo control” y añadió que se ha evitado lo peor. No se puede decir lo mismo del resto del continente. En África central, por ejemplo, los casos aumentaron un 116% en el último mes.
Las consecuencias del enorme retraso en la vacunación pueden ser devastadoras para África. Según Traoré, “la exacerbación del impacto sanitario y socioeconómico de la pandemia y que la normalización del funcionamiento de ciertos servicios llegue más tarde. Esto va a afectar a la sanidad, donde la inmunización de rutina se ha visto perturbada o incluso interrumpida, pero también a la educación, donde más de 128 millones de niños solo en África occidental y central se han quedado sin clases o han tenido problemas para continuar con sus estudios. Por no hablar de la pérdida de ingresos y la caída del estado nutricional de los menores”. Y también de sus familias. “Si el virus se sigue propagando, más duro será este impacto a largo plazo”.
Dejar atrás a África no es solo un problema moral, como ha repetido decenas de veces el director general de la OMS, Tedros Adhanom Ghebreyesus, sino un riesgo para el mundo. Coincide con él el epidemiólogo Salim Abdool Karim: “Me gusta pensar que hay una conciencia de que si no controlamos la expansión del virus de forma global y se vacuna solo a Europa, nos encontraremos en una situación en la que la expansión desenfrenada del virus en ciertas partes del mundo llevará a nuevas variantes, y estas se convertirán en un desafío para las vacunas. En realidad, aunque sea por propio interés, hay que dar más vacunas a África”.
elpais.com
Análisis Noticiosos
La jurisdicción contenciosa administrativa, una caricatura del sistema de justicia.
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24 horas agoon
febrero 2, 2026Por José Cabral.
En una sociedad como la dominicana, donde los antivalores aparecen en todos los escenarios, fruto de una herencia histórico- cultural fundamentada en el caudillismo, el machismo, el patriarcado, el amiguismo, entre otras distorsiones, es lo que explica que el país haya caído en dictaduras férreas como las de Pedro Santana, Ulises Heureaux (Lilí y la de Rafael Leónidas Trujillo Molina.
Esta vocación dictatorial todavía perdura en muchos dominicanos, ya que, aunque se salió de esos gobiernos violadores de derechos humanos fundamentales, pero aún perdura la tendencia en el país, máxime cuando una persona adquiere cierta autooridad a través de la administración pública, la inclinación por las arbitrariedades que provienen del poder.
Entonces, a partir de esa premisa se puede decir que la jurisdicción contenciosa administrativa juega un papel de primer orden en el sistema de justicia nacional, porque tiene la sagrada misión de juzgar a la administración frente a los abusos que se cometen en contra del administrado.
Los avances en esta rama del derecho que se observan en los textos de las leyes 13-07 y 107-13, las cuales son una continuación de lo que consignan los artículos 164 y 167 de la Constitución de la Republica, no parecen que jueguen su papel en el marco del proceso de constitucionalización del derecho que se produce en el país desde el año 2010.
La jurisdicción contenciosa administrativa parece que se ha quedado estacionaria en lo que disponía la Ley 1494 de que a través de ella la administración se juzgaba a sí misma, mediante la llamada justicia tenida, ya que sus sentencias son una especie de bochorno y evitan que el ciudadano pueda recurrir en contra de la conducta abusiva del funcionario público.
Las sentencias de los jueces de la jurisdicción contenciosa administrativa son la principal frustración y negación del proceso de constitucionalización del derecho, cuyas ponderaciones dejan mucho que desear y son decepcionantes para que el administrado logre sobreponerse a los atropellos de la administración que ya no encajan en el contexto del neo-constitucionalismo.
Naturalmente, hay que decir que el fenómeno no es exclusivo de la jurisdicción contenciosa administrativa, sino de todo el sistema de justicia, en el que se observa que se producen graves violaciones a la tutela judicial efectiva, el debido proceso y el derecho a la defensa, así como de principios como el de celeridad procesal, el plazo razonable que devienen en justicia tardía, que no es otra cosa que denegación de justicia.
Todo este cuadro dice claramente que en el país todavía no se ha superado la denominada constitución de fachada, es decir, que la misma es muy bonita en el papel, pero que la práctica es una negación de ella, lo cual deja muy mal parada a la democracia nacional.
Sin embargo, hay que ratificar que lo que se observa en la jurisdicción contenciosa administrativa llena de vergüenza a los que de alguna manera abogan por una mejor administración de justicia, cuyas principales decisiones casi siempre terminan en nulidad mediante los recursos de revisión en esta materia elevados ante el Tribunal Constitucional (TC)
Lo interesante de las debilidades que se observan en todo el sistema de justicia es que en los discursos de los que lo representan, como el presidente de la Suprema Corte de Justicia, el país camina tan bien en esta materia que habría que compararlo con las naciones donde el estado de derecho tiene un real y contundente empoderamiento.
¿Percepción o realidad?
Por José Cabral
En la República Dominicana se estila hablar de que en el país se ha avanzado en lo referente al Estado Social Democrático de Derecho, lo cual sólo existe en la cabeza de los que se la pasan proyectando una percepción que nada tiene que ver con la realidad.
Puede decirse que el proceso de constitucionalización del derecho se produce en el papel, pero no en la realidad, lo que crea una serie de incertidumbres en la sociedad.
La jurisdicción contenciosa administrativa es una que no hay forma de que tenga un desempeño en función de una buena administración de justicia, porque si el funcionario público incurre en graves violaciones de los derechos fundamentales, peor pasa con los jueces de la misma, quienes no hay forma de que demuestren que se manejan en función del impacto de los valores y principios constitucionales en sus decisiones, lo cual es definitivamente una negación de los supuestos avances en esta materia.
Las sentencias de la jurisdicción contenciosa administrativa son una especie de caja de resonancia de los pedidos en sus conclusiones de la Procuraduría General Administrativa, cuyos contrasentidos jurídicos son el pan de cada día en las audiencias de sus diferentes salas, lo que impacta negativamente al ciudadano.
Por el momento quiero reproducir una carta enviada al presidente del Tribunal Superior Administrativa ante una decisión tomada en virtud de la solicitud de una medida cautelar frente a los abusos que comete la empresa Distribuidora del Norte (EDENORTE) en contra de los usuarios.
Sin embargo, la falta de razonabilidad y racionalidad de los jueces del Tribunal Superior Administrativo (TSA), principalmente de su presidente, causa más indignación que los atropellos que comete el órgano del Estado que maneja la referida empresa.
A continuación reproduzco la carta enviada al presidente del TSA a propósito de su sentencia mediante la cual niega una medida cautelar, cuyo razonamiento, aparte de ridículo, revela hasta donde en el país se cuenta con una Constitución de fachada, cuyo respeto a los derechos fundamentales sólo existe en el texto, pero no en la realidad.
Señor
Magistrado Diomedes Y. Villalona G.
Presidente del Tribunal Superior Administrativo
Magistrado Villalona:
La presente es para dejar sentada mi indignación por la reiteración de decisiones que dejan muy mal parada a la jurisdicción contenciosa administrativa en la República Dominicana, cuyo desempeño deja mucho que desear, a pesar de que se enarbola que su base de sustentación es el nuevo constitucionalismo que se rige por valores y principios.
El mejor ejemplo de que la jurisdicción contenciosa administrativa se maneja con un nivel de razonabilidad y de racionalidad que no supera lo que ocurre en los juzgados de paz o tribunales inferiores, donde las decisiones son generalmente muy superficiales y carentes de una aceptable ponderación, es la sentencia emitida y que genera la presente comunicación.
La última joya del presidente del Tribunal Superior Administrativo ante los abusos cometidos por la Distribuidora de Electricidad del Norte (EDENORTE), la cual ha incurrido en una serie de atropellos que revelan que los derechos de los consumidores y de los administrados están en manos de juzgadores que sólo sirven como caja de resonancia de los funcionarios públicos que actúan al margen de la Ley 13-07 y de la 107-13, así como de la 1494, ya que su misión no parece ser otra que imponer una carga procesal y económica que se agrava cuando finalmente se emite un fallo carente de toda lógica jurídica en detrimento del impetrante y en favor del impetrado..
En este sentido, he querido dejar sentado mi rechazo al comportamiento y el daño que genera esta jurisdicción contenciosa administrativa en detrimento de un buen derecho, de una buena administración de justicia, que deteriora la imagen del sistema de justicia en la República Dominicana, dado que en el fallo se establece qué tan grande es su falta de razonabilidad al negar una medida cautelar en virtud de un corte del servicio de electricidad que lleva varios meses bajo el argumento de que no se aportaron pruebas de que el recurrente no tiene el referido servicio, pese a que la propia ley ofrece la respuesta al respecto.
Cómo se puede entender semejante decisión, ya que es un contrasentido que el recurrente diga que se le cortó arbitrariamente el servicio de energía eléctrica y que mediante la medida cautelar solicite la reconexión del mismo, pero que, en un choque con cualquier razonamiento lógico, máxime cuando la parte recurrida no ha invocado lo contrario de lo alegado por el cliente, el tribunal niegue el pedido sustentándose en que no se aportaron las pruebas al respecto, sobre todo cuando el órgano se niega a entregar documentos que comprometan su irresponsabilidad e ilegalidad.
La realidad es que ese desempeño de la jurisdicción contenciosa administrativa es una vergüenza ante el proclamado empoderamiento del neoconstitucionalismo, que se basa en la aplicación de valores y principios que van de las manos con los derechos humanos fundamentales.
La decisión tomada en torno a la medida cautelar es una especie de anuncio anticipado de que el recurso que tiene que ver con el fondo también será fallado en contra, en razón de que, como digo más arriba, la decisión tomada deja muy claro que las acciones de cualquier administrado es un esfuerzo perdido por los criterios con que se maneja la jurisdicción contenciosa administrativa en el país, convirtiéndose en una vergüenza para el derecho comparado, interamericano e internacional.
El mejor consejo para cualquier administrado abusado por la administración es desistir de buscar justicia en la jurisdicción contenciosa administrativa por representar una vergüenza para el sistema de justicia nacional, ya que como lo dije más arriba sus decisiones están determinadas por los contrasentidos jurídicos que invoca generalmente la Procuraduría General Administrativa, cuyos procesos para lo único que sirven es para aumentar la carga procesal y costos económicos en desfavor del ciudadano a través de notificaciones arbitrarias y abusivas.
Este desempeño de la jurisdicción contenciosa administrativa, la cual todavía está estacionaria en la llamada justicia retenida, mediante la cual la administración se juzga a sí misma y cuyos jueces eran designados por el Poder Ejecutivo, igual que el que preside la Procuraduría General Administrativa, llena de vergüenza a cualquier buen dominicano, dado que se supone que el Tribunal Superior Administrativa está bajo el control y la tutela de la Suprema Corte de Justicia en virtud del mandato de la Ley 13-07.
Evidentemente que la decisión de negar la medida cautelar tiene el propósito de condenar al fracaso la demanda principal en razón de que impone que el recurrente tenga que negociar con EDENORTE para restablecer el servicio y de ese modo disponer la inadmisibilidad de la misma por existir un acuerdo que deja sin sentido el pedido principal de la parte recurrente que, entre otras cosas, busca una indemnización por los daños morales y materiales causados.
No está de más recordar que el artículo 22 de la Ley 107-13 sobre Derechos de las Personas ante la Administración y el derecho a la defensa establece que la administración debe probar sus alegatos. El procedimiento sancionador obliga a la administración a sustentar la validez de sus actos y pruebas, además que existe la carga de la prueba que en los procedimientos sancionadores la administración pública tiene la obligación de probar los hechos que fundamentan sus decisiones contra un ciudadano en función del principio de legalidad, ya que el funcionario público está limitado por las normas de procedimiento y la Constitución, no pudiendo actuar sin sustento probatorio, ya que la presunción de validez no es absoluta. Otro principio violado por la jurisdicción contenciosa administrativa es el de celeridad, consignado en el artículo 19 de la Ley 107-13, en cuya virtud las actuaciones administrativas se realizarán optimizando el uso del tiempo, resolviendo los procedimientos en plazo razonable que, en todo caso, no podrá superar los dos meses a contar desde la presentación de la solicitud en el órgano correspondiente, salvo que la legislación sectorial indique un plazo mayor. En especial, las autoridades impulsarán oficiosamente los procedimientos e incentivarán el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones a los efectos de que los procedimientos se tramiten con diligencia y sin dilaciones injustificadas, de manera escrita o a través de técnicas y medios electrónicos. La medida cautelar solicitada por el impetrante fue fallada en contra de lo que dispone al articulo 7 de la Ley 13-07, Orgánica del Tribunal Superior Administrativo, la cual se conoció el 16 de diciembre y fue fallada el 22 de enero, pese a que se habla de cinco días después de la celebrada la audiencia en la que las partes plantean sus conclusiones, principalmente cuando hay una afectación mayor, porque el recurrente no tiene servicio de energía eléctrica y que en consecuencia todas las labores comerciales y empresariales están paralizadas y la reactivación está determinada por el fallo de la misma.
Este es un ejemplo de que en el país existe una Constitución de fachada que niega los supuestos avances y fortalecimiento del Estado Social Democrático de Derecho, lo cual es una explicación de que República Dominicana es una sociedad que vive más de la percepción que de la realidad.
Sin otro particular,
José Antonio Cabral Salcedo.
Análisis Noticiosos
Santo Domingo está entre los destinos para viajar en 2026, según la BBC de Londres
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2 semanas agoon
enero 18, 2026
Santo Domingo figura entre los destinos recomendados para viajar en el año 2026, de acuerdo con una selección especial de BBC Travel, que destaca destinos mundiales con capacidad para de ofrecer experiencias mientras promueven el turismo sostenible y la preservación del patrimonio cultural.
La capital dominicana aparece en una lista que incluye 11 destinos internacionales, cinco de ellos ubicados en América Latina, elegidos a partir de recomendaciones de periodistas de la BBC, expertos en viajes y autoridades globales en turismo responsable.
El criterio central fue identificar lugares que reciben al visitante con entusiasmo y donde el impacto del turismo sea positivo y duradero.
Según la BBC, 2026 será un año clave para Santo Domingo, ya que la ciudad albergará los Juegos Centroamericanos y del Caribe, del 24 de julio al 8 de agosto, en el marco del centenario de la competencia. Este evento reunirá a atletas de 37 países y ha impulsado una serie de mejoras urbanas y deportivas en la capital.
Asimismo, el Centro Olímpico Juan Pablo Duarte fue modernizado, incorporando infraestructura inclusiva como senderos de pavimentación táctil para personas con discapacidad visual.
La BBC subraya que Santo Domingo ofrece mucho más que historia. La ciudad es el epicentro del merengue y la bachata, ritmos que marcan el pulso de celebraciones como el Carnaval de febrero y el Festival del Merengue.
En 2026, además, regresan grandes citas musicales como el Isle of Light, en marzo, y el Presidente Festival, que vuelve tras una pausa de una década como uno de los eventos musicales más emblemáticos de América Latina.
Puerta al ecoturismo del Caribe
BBC Travel también resalta la conexión de Santo Domingo con Samaná, conocida por sus calas, selvas tropicales y aguas turquesas. El hotel Ocama, por ejemplo, ofrece traslados en helicóptero desde la capital hacia esta región, facilitando el acceso a uno de los destinos naturales más atractivos del país.
Otros destinos citados por la BBC, según el orden alfabético
- Abu Dhabi, Emiratos Árabes Unidos
- Costa de Oregón, Estados Unidos
- Costa Rica
- Guimarães, Portugal
- Islas Hébridas, Escocia
- Ishikawa, Japón
- Loreto, Baja California Sur, México
- Montenegro
- Uruguay
- Valle de Colchagua, Chile
