Santo Domingo, RD.-Tres recursos de apelación fueron presentados a la Tercera Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional por el mayor general Adán Cáceres Silvestre, la pastora Rossy Guzmán y su hijo, todos implicados en el entramado de corrupción del caso Coral.
Aún el tribunal, presidido por Ignacio Camacho, no ha fijado fecha para el conocimiento de los recursos interpuestos por separados por el ex Jefe del Cuerpo de Seguridad Presidencial (Cusep) en el período 2012-2020, Cáceres Silvestre, Guzmán y Tanner Flete Guzmán.
Los imputados buscan que el tribunal de alzada revoque la decisión de la jueza Kenya Romero, del juzgado de Atención Permanente, que lo envió al Centro de Corrección y Rehabilitación Najayo, por 18 meses junto a otros de los involucrados en el caso Coral.
En las instancias las defensas de los imputados piden a la Corte revocar la decisión y por consiguiente disponer la libertad de sus clientes pura y simple, y que en caso contrario imponga el pago de una garantía económica, impedimento de salida y presentación periódica.
En el caso también figuran como acusados el coronel policial Rafael Núñez de Aza, ex encargado del Departamento Financiero del Cuerpo de Seguridad Presidencial (CUSEP) y Alejandro Montero Cruz y el mayor Alejandro Girón Jiménez.
Con relación a Núñez de Aza y Montero Cruz, la Tercera sala Penal de la Corte también está apoderado de dos recursos de apelación, los cuales fueron aplazados para el 22 de junio a las 10:30 de la mañana.
El aplazamiento de los recursos de apelación de los dos imputados se hizo a solicitud del Ministerio Público, quien pidió tiempo a la corte para tener más conocimiento del expediente de solicitud que pide la variación de las medidas.
El abogado Félix Portes, quien representa al coronel Núñez de Aza señala que la decisión recurrida está viciada, porque hubo una falta contradicción o ilogicidad manifiesta en la motivación de la resolución y una errónea aplicación de una norma jurídica.
Mientras que Girón Jiménez, se encuentran guardando arresto domiciliario en una dirección confidencial que el Ministerio Público suministró al tribunal, para resguardar su seguridad, por ser testigo principal de la acusación y colaborador del ente acusador.