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Otra vez en la pelestra pública anomalías financieras por cientos de millones de pesos durante gestión de Víctor Gomez Casanova.

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Santo Domingo, R.D.-Fueron presentados este martes por el  Pleno de la Cámara de Cuentas de la República Dominicana (CCRD) presentó  los resultados de una auditoría especial realizada a la Autoridad Portuaria Dominicana (Apordom), la cual reveló  numerosas irregularidades financieras y administrativas que impactaron negativamente en el manejo de miles de millones de pesos en el periodo del 2016 al 2021.

La auditoría efectuada a la gestión de Víctor Gómez Casanova como exdirector ejecutivo de la entidad, quien estuvo al frente de la entidad del 14 de septiembre de 2016 al 16 de agosto de 2020, expuso al menos 40 irregularidades financieras cruciales que comprometieron recursos públicos. La Cámara de Cuentas documentó estas anomalías en un informe pericial de 456 páginas.

Los investigadores habrían identificado que, durante el periodo fiscalizado, se realizaron pagos por un monto total de RD$ 51,047,482 a 42 supuestos asesores en nómina de la entidad. Sin embargo, se determinó que no existía evidencia documental que respaldara los procedimientos de selección correspondientes.

Durante el periodo auditado, los investigadores detectaron que se realizaron pagos por un total de RD$ 51,047,482 a 42 personas registradas como asesores en la nómina de la entidad. No obstante, la auditoría reveló que no se encontró evidencia documental que sustente los procedimientos de selección ni los criterios utilizados para la contratación de dichos asesores.

El informe también destaca la existencia de pagos realizados a trabajadores de jornales durante los meses de marzo, mayo y junio de 2016, por un monto total de RD$ 65,299,000. No obstante, dichos desembolsos no contaron con la documentación justificativa necesaria para respaldar las operaciones, lo que evidencia graves deficiencias en el control interno de la entidad, reza el documento de la CCRD.

El órgano de control externo determinó, además, que la Autoridad Portuaria Dominicana incluyó en sus nóminas a 178 empleados que, a pesar de estar registrados como trabajadores de esta institución, desempeñaban funciones en otras entidades gubernamentales. Según los documentos, entre agosto de 2016 y agosto de 2020, el monto destinado a salarios y beneficios de este personal ascendió a RD$ 50,741,453.

Durante el uso de las tarjetas, pagadas con recursos públicos, se identificaron transacciones relacionadas con gastos en hoteles, restaurantes, combustibles y otros conceptos, como compras en farmacias, hospitales, clubes y diversos comercios, según detalla el informe de la auditoría.

Asimismo, se detectaron consumos adicionales efectuados con tarjetas de crédito en dólares estadounidenses por un monto de US$ 153,806, equivalentes a RD$ 7,475,910. Que, al igual que los gastos en pesos dominicanos, estos pagos carecen de la documentación justificativa necesaria, según la auditoría.

En ese contexto, el informe señala diferencias significativas entre los pagos registrados en los estados bancarios y los reflejados en los estados de cuentas de las tarjetas de crédito, ascendiendo a un monto total de RD$ 2,635,257. Estas discrepancias fueron identificadas durante la fiscalización.

Por otra parte, los peritos detallan en su informe que, entre los años 2016 y 2021, se llevaron a cabo adquisiciones y recepción de bienes, obras y servicios por RD$ 18,137,876. Indican que estas operaciones no fueron incluidas en el Plan Anual de Compras y Contrataciones (PACC), lo que podría constituir una infracción a las disposiciones vigentes sobre la planificación y ejecución del gasto público.

El órgano superior destaca que no fueron publicadas en el portal institucional las nóminas correspondientes al programa de pensiones, ni los listados detallados de las remuneraciones por servicios prestados durante el periodo 2016-2021. Estas omisiones ascienden a un monto total acumulado de RD$ 389,866,445.

A continuación se presentan las 40 irregularidades identificadas por la Cámara de Cuentas en los estados financieros y contables de las autoridades portuarias de la República Dominicana.

1- Se reporta la desaparición de dos (2) vehículos de motor marca Hyundai, modelo Sonata 2010, adquiridos entre agosto 2016 y agosto 2020, propiedad de la institución, los cuales no fueron localizados ni tienen registros en la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).

2- Se identificaron nóminas electrónicas correspondientes al periodo 2016-2020 por un monto total de RD$ 291,738,493, las cuales no están registradas en el sistema.

3- Durante el periodo 2016-agosto 2020, se detectó la remuneración de 22 empleados por servicios prestados y fijos sin evidencia de contratos, nombramientos ni información en la base de datos de la entidad.

4 -Pagos realizados por servicios en el periodo 2016-2019, por un monto de RD$ 1,950,000, presentan firmas de recibido que no corresponden al destinatario y carecen de poderes especiales para su retiro. Además, se identificaron pagos por RD$1,267,500 sin copia de cédula de identidad para validarlos, sumando un total de RD$2,651,500.

5- Se emitieron cheques por servicios prestados entre noviembre 2016 y julio 2020 por un monto de RD$17,165,832, así como sueldos fijos por RD$ 7,262,454, que fueron retirados por personas distintas al beneficiario sin evidencia de autorización.

6- Durante el período noviembre 2016-julio 2020, se observaron cheques por un monto de RD$ 14,021,429, endosados por empleados de la entidad y personal externo.

7- Se identificaron debilidades en el control interno respecto a gastos de jornales en los meses de marzo, mayo y junio de 2016, por un monto de RD$ 65,299,000, sin documentos justificativos.

8- El control de asistencia del período 2016-2021 fue suministrado de manera incompleta, impidiendo llevar a cabo un análisis adecuado.

9- Los aportes a la cooperativa descontados a empleados durante el período 2016-2020, por un monto de RD$ 5,466,837, no fueron pagados oportunamente a dicha cooperativa.

10- Se detectó un atraso en el pago a la TSS por un monto de RD$ 42,910,509 correspondiente a los meses de mayo a agosto de 2020, lo que generó recargos e intereses por RD$ 7,674,652, los cuales fueron saldados el 8 de septiembre de 2020.

11- No se transparentaron en el portal institucional las nóminas de prepensión y listados de remuneraciones por servicios prestados entre 2016 y 2021, que suman un monto total de RD$ 389,866,445.

12 -Se realizaron transferencias de fondos al CESEP por un monto de RD$ 99,497,642 durante el período 2016-agosto 2020, sin contar con una reglamentación interna.

13- Se otorgaron compensaciones a empleados por uso de vehículos entre 2017 y agosto 2020, por un monto de RD$34,851,970, y RD$ 771,000 en el período agosto 2020-diciembre 2021, sin reglamentación interna.

14- Durante febrero, marzo, junio, julio, agosto y septiembre de 2016, se otorgaron retribuciones complementarias por un monto de RD$ 6,417,238 sin contar con una reglamentación interna.

15 -Se observó un ajuste no aplicado a los sueldos por pagar, por un monto de RD$ 23,953,291, correspondiente al período 2016-2020.

16- Se identificaron empleados militares nombrados como empleados fijos entre 2016 y 2020, con un costo total de RD$ 7,127,039.

17- Se emitieron sueldos con el código de asalariados, incluyendo uno duplicado, sin que el sistema de nómina contenga los nombres ni fechas de ingreso, por un monto de RD$ 483,620, en los años 2017 y 2018.

18- Se incluyeron 178 empleados en nóminas de otras entidades del Estado, lo que generó un desembolso de RD$ 50,741,453 entre agosto 2016 y agosto 2020.

19- Se detectó falta de gestión en el proceso de pensión de 60 empleados, lo que representa un monto acumulado de RD$ 82,601,247 durante el período auditado.

20- Se identificó que durante el período fiscalizado 2016-2020, se realizaron pagos por un monto total de RD$ 51,047,482 a asesores en nómina de la entidad, sin que existiera evidencia de los procedimientos de selección correspondientes.

21- En el período comprendido entre 2016 y 2021, se retuvo un monto inferior al debido del impuesto sobre la renta (ISR) a los asalariados, ascendiendo la diferencia a RD$ 1,986,293.

22- Durante los años 2018 y 2019, se realizaron retenciones del impuesto sobre la renta que no fueron pagadas, acumulando un monto pendiente de RD$ 6,007,903.

23-En los períodos 2016-2020, se detectaron errores en el cálculo de la Regalía Pascual (sueldo n.° 13), resultando en pagos inferiores por un monto de RD$ 752,029 y pagos superiores por un monto de RD$ 1,115,164, ambos fuera de lo establecido.

24- Se asignaron tarjetas de crédito corporativas para gastos de representación sin contar con una reglamentación interna que estableciera límites de consumo mensual, registrándose montos de RD$ 150,000 y US$ 10,000 durante los años 2016 a agosto de 2020.

25- Consumos realizados con tarjeta de crédito en pesos dominicanos (RD$) que no cuentan con facturas ni vouchers de los gastos de representación, ascendiendo a un monto total de RD$ 10,413,970, correspondientes al período 2016-2020.

26- Consumos efectuados con tarjeta de crédito en dólares estadounidenses (USD) sin facturas ni vouchers de los gastos de representación, por un monto de US$ 153,806, equivalente a RD$ 7,475,910, correspondientes al período 2016-agosto 2020.

27- Diferencias detectadas entre los pagos reflejados en los estados bancarios y los estados de cuentas de las tarjetas de crédito, por un monto de RD$ 2,635,257, dentro del período auditado 2016-2020.

28- Discrepancias en los estados bancarios durante el período 2016-2020, por un monto total de RD$ (107,566).

29- Adquisición y recepción de bienes, obras y servicios por un valor de RD$ 18,137,876, sin estar contemplados en el Plan Anual de Compras (PACC), correspondientes a los años 2016-2021.

30- Adquisiciones de bienes por un total de RD$ 52,906,996 y servicios por RD$28,168,689, registrados sin evidencia de haber seguido los procedimientos requeridos, durante el período 2016-2020.

31- Pagos realizados por facturación superior al monto contratado, por un total de RD$ 1,948,047, sin evidencia de autorización ni adenda para aumentar el arrendamiento de equipos de impresión, correspondientes a los años 2018 y 2019.

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Suprema Corte mantiene condena de RD$2 millones contra Jean Alain Rodríguez a favor de Marino Zapete

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La Primera Sala declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por el exprocurador al considerar que no acreditó el interés casacional exigido por la Ley 2-23

SANTO DOMINGO.– La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) dejó vigente la condena que ordena al exprocurador general de la República Jean Alain Rodríguez Sánchez pagar una indemnización de RD$2 millones al periodista Marino Zapete Corniel, por concepto de daños morales relacionados con la salida del aire de su programa El Jarabe de Zapete.

La decisión fue adoptada por el tribunal presidido por Justiniano Montero Montero e integrado por los magistrados Samuel Arias Arzeno, Édynson Alarcón y Miguelina Ureña Núñez, al declarar inadmisible el recurso de casación presentado por Rodríguez Sánchez.

La Suprema Corte determinó que el recurrente no acreditó la existencia de interés casacional, requisito establecido por la Ley núm. 2-23 sobre Recurso de Casación.

Como consecuencia, permanece vigente la sentencia dictada el 26 de agosto de 2024 por la Tercera Sala Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, que revocó una decisión de primer grado y estableció la responsabilidad civil del exprocurador.

Condena incluye interés judicial

Además de los RD$2 millones por daños morales, la decisión contempla el pago de un interés judicial de 1.5 % mensual, computado desde la notificación de la sentencia hasta su ejecución total.

La Corte de Apelación había rechazado, sin embargo, la demanda interpuesta contra Maybeth Rodríguez Sánchez, hermana del exprocurador, y determinó que tampoco fueron demostrados los daños materiales reclamados por Zapete.

El origen del conflicto

El litigio tiene su origen en informaciones difundidas por Marino Zapete el 25 de septiembre de 2019, durante una emisión de El Jarabe de Zapete, transmitido entonces por Teleradio América.

El periodista abordó contratos suscritos entre el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones y Grupo Asimra, SRL, relacionados con el suministro de cemento asfáltico AC-30.

Dos de esos contratos habían sido firmados en 2017 por Maybeth Rodríguez Sánchez en representación de la empresa.

Tras las informaciones divulgadas, Zapete solicitó que las contrataciones fueran investigadas. Maybeth Rodríguez respondió mediante una comunicación en la que negó ser o haber sido suplidora del Estado y posteriormente presentó una acusación penal privada por difamación contra el comunicador, acción de la que desistió en 2020.

Zapete sostuvo en su demanda que Jean Alain Rodríguez ejerció presiones para que se retractara de sus señalamientos y que, ante su negativa, posteriormente se produjo la salida del aire de su programa. El periodista atribuyó a esos hechos los daños reclamados judicialmente.

Demanda fue rechazada inicialmente

En 2022, el tribunal de primera instancia rechazó la demanda al considerar insuficientes las pruebas presentadas.

La decisión fue posteriormente revocada por la Corte de Apelación, que estableció responsabilidad civil a cargo de Jean Alain Rodríguez y fijó en RD$2 millones la indemnización por daños morales.

Rodríguez recurrió la sentencia en casación alegando, entre otros aspectos, violaciones a su derecho de defensa, deficiencias en la motivación y valoración de las pruebas y cuestionamientos relacionados con la participación de una magistrada en la decisión de apelación.

SCJ no encontró acreditado el interés casacional

Al examinar los requisitos de admisibilidad, la Primera Sala concluyó que Rodríguez Sánchez no demostró que la sentencia impugnada contradijera jurisprudencia establecida por esa jurisdicción, que existieran criterios contradictorios entre tribunales sobre el asunto planteado o que fuera necesario establecer doctrina respecto de normas jurídicas inéditas.

Por esas razones, el recurso fue declarado inadmisible, sin que la Suprema Corte modificara la condena impuesta por la Corte de Apelación.

La SCJ también examinó el cuestionamiento relacionado con la magistrada Maritza Elupina Capellán Araujo. Determinó que la jueza había integrado el tribunal durante el conocimiento del proceso y que no fue recusada durante el trámite correspondiente.

Asimismo, estableció que su ausencia como firmante de la sentencia definitiva respondió a un error material, circunstancia que, según la Primera Sala, no afectó la validez de la decisión recurrida.

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Dictan tres meses de prisión preventiva contra acusado por muerte de joven.

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Lenin Jhericop Núñez de León deberá cumplir la medida de coerción en Najayo Hombres; el caso se originó tras una negociación para adquirir un iPhone 15 Pro Max

SANTO DOMINGO.– Un tribunal del Distrito Nacional impuso este miércoles tres meses de prisión preventiva contra Lenin Jhericop Núñez de León, señalado como presunto responsable de la muerte de Emmanuel Contreras Medina, de 23 años, quien fue agredido en medio de una negociación relacionada con la compra de un teléfono celular.

La medida de coerción fue dictada por el juez Rigoberto Sena, quien dispuso que el imputado cumpla la prisión preventiva en el Centro de Corrección y Rehabilitación Najayo Hombres. La audiencia se desarrolló en el Palacio de Justicia de Ciudad Nueva bajo un amplio dispositivo de seguridad.

Una negociación por un iPhone terminó en tragedia

De acuerdo con la solicitud de medida de coerción, el hecho ocurrió el pasado 1 de julio, en los alrededores de un play ubicado en el sector Los Praditos, Distrito Nacional.

El Ministerio Público sostiene que Núñez de León habría perseguido a Contreras Medina y posteriormente lo habría golpeado con un bate en la cabeza y la espalda.

El incidente habría tenido su origen en una confusa negociación para adquirir un iPhone 15 Pro Max, anunciado a través de Facebook Marketplace. Según el expediente, en la operación también intervino un tercer hombre que actualmente se encuentra prófugo.

Las autoridades sostienen, además, que después de la agresión el imputado habría tomado el teléfono celular que Emmanuel tenía entre sus pertenencias mientras permanecía tendido en el pavimento.

Emmanuel permaneció ingresado hasta su fallecimiento

Contreras Medina resultó gravemente herido y permaneció bajo cuidados intensivos hasta que falleció el 9 de septiembre en el Hospital Traumatológico Ney Arias Lora.

La solicitud de medida de coerción fue presentada por los fiscales Vladimir Viloria y Kelvyn Colón Rodríguez. En la audiencia también participaron representantes de la Fiscalía del Distrito Nacional y de la Dirección General de Persecución.

Según los fiscales litigantes, el tribunal consideró suficientes los presupuestos presentados para imponer la prisión preventiva solicitada por el Ministerio Público.

Defensa rechaza responsabilidad del imputado

La defensa cuestionó la medida de coerción. La abogada Dianiris Perderaux sostuvo previamente que en los hechos participaron varias personas y rechazó que su representado fuera responsable de provocar la muerte de Contreras Medina.

Por su parte, Hugo Contreras, padre de Emmanuel, manifestó satisfacción por la decisión judicial y agradeció el respaldo recibido por su familia. También expresó su esperanza de que el proceso continúe hasta esclarecer completamente el caso.

La imposición de prisión preventiva constituye una medida de coerción y no una declaración de culpabilidad. El proceso penal deberá continuar hasta que los tribunales determinen las responsabilidades correspondientes.

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Corte retoma apelaciones del caso Antipulpo; Ministerio Público procura elevar condenas

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Los jueces revisan las decisiones dictadas en primera instancia mientras el órgano acusador busca aumentar las penas y obtener condenas contra imputados que fueron descargados

SANTO DOMINGO, República Dominicana.– La corte continúa este martes el conocimiento de los recursos de apelación relacionados con el caso Antipulpo, proceso mediante el cual condenados, el Ministerio Público y otras partes procuran la revisión de decisiones adoptadas en primera instancia.

Las audiencias se desarrollan los martes, en horario aproximado de 10:00 de la mañana a 4:30 de la tarde, como parte de una fase judicial que deberá determinar si las decisiones recurridas son confirmadas, modificadas o revocadas conforme a los argumentos y pruebas sometidos por las partes.

El Ministerio Público mantiene su pretensión de que sean incrementadas algunas de las condenas impuestas y que se establezca responsabilidad penal respecto de personas que resultaron descargadas en primera instancia.

El órgano persecutor ha sostenido durante el proceso que el entramado investigado habría ocasionado al Estado dominicano un perjuicio económico superior a RD$5,000 millones, planteamiento que corresponde a la tesis de la acusación.

Tribunal retoma audiencia tras aplazamiento

La corte está integrada por los magistrados Doris Pujols Ortiz, Rafael Báez e Indhira Montás Pimentel, quienes tienen a su cargo la revisión de los recursos interpuestos contra la sentencia.

La audiencia anterior fue aplazada a solicitud de la defensa de José Idelfonso Correa, luego de que fuera presentado un certificado médico indicando que se encontraba en recuperación tras una intervención quirúrgica.

Superado ese aplazamiento, el tribunal retoma el conocimiento de los recursos y continuará escuchando los planteamientos de las diferentes partes involucradas.

Ministerio Público mantiene petición de penas mayores

En representación del Ministerio Público participan Wilson Camacho, director general de Persecución; Mirna Ortiz, titular de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA), así como los fiscales Ernesto Guzmán Alberto, Elizabeth Paredes y Yoneivy González.

La acusación busca que la jurisdicción de alzada modifique parcialmente las decisiones adoptadas en primera instancia.

Entre sus pretensiones se encuentra conseguir penas superiores para determinados condenados, además de revertir los descargos pronunciados respecto de otros procesados.

Las defensas, por su parte, ejercen los recursos y medios correspondientes para cuestionar aquellos aspectos de la sentencia que consideran desfavorables a sus representados.

Los principales procesados

Entre las personas que recibieron condenas en primera instancia figura Juan Alexis Medina Sánchez, a quien el Ministerio Público ha señalado como principal responsable del entramado investigado.

También fueron condenados Magaly Medina Sánchez; Fernando Rosa, exdirector del Fondo Patrimonial de las Empresas Reformadas (Fonper); Freddy Hidalgo, exministro de Salud Pública; Antonio Germosén Andújar, excontralor general de la República, y Aquiles Alejandro Christopher Sánchez, exfiscalizador de la Oficina de Ingenieros Supervisores de Obras del Estado (OISOE).

La etapa de apelación no constituye un nuevo juicio desde cero, sino una revisión jurisdiccional de los aspectos de la sentencia que han sido impugnados por las partes, conforme a las reglas del proceso penal.

Un proceso que continúa abierto

El denominado caso Antipulpo ha sido uno de los procesos judiciales por presunta corrupción administrativa de mayor dimensión económica presentados en los últimos años en República Dominicana.

Sin embargo, el proceso todavía no ha concluido definitivamente.

La corte deberá ponderar individualmente los argumentos contenidos en los recursos, las respuestas de las demás partes y los fundamentos de la sentencia recurrida antes de adoptar sus decisiones.

Por tanto, será la jurisdicción de apelación la que determine cuáles condenas permanecen, cuáles podrían ser modificadas y qué decisión corresponde respecto de las personas descargadas cuya absolución fue recurrida por el Ministerio Público.

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