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Fiscalía solicita prisión, decomiso de bienes y pago de multas a imputados Odebrecht

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Santo Domingo.- El Ministerio Publico solicitó hoy penas de prisión, el decomiso de bienes y el pago de multas a los seis acusados de presuntamente repartirse los 92 millones de dólares que la constructora brasileña Odebrecht admitió pagó en el país para adjudicarse obras de infraestructura públicas.

La Procuraduría Especializada para la Persecución de la Corrupción (Pepca) concluyó este martes sus alegatos contra el expresidente del Senado Andrés Bautista, los exsenadores Tommy Galán y Roberto Rodríguez, el exministro de Obras Públicas Víctor Díaz Rúa, el abogado Conrado Pittaluga y el empresario Ángel Rondón, a quien se acusa de ser el supuesto distribuidor de los sobornos.

Los fiscales solicitaron al Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, la imposición de 10 años de prisión a Rondón y Díaz Rúa, cinco años de reclusión a Galán, Rodríguez y Bautista, y siete años de cárcel para Pittaluga, además del pago de 200 salarios mínimos como multa.

El grupo está acusado de sobornos, prevaricación, falsedad de escritura, lavado de activos, enriquecimiento ilícito y asociación de malhechores.

El tribunal pospuso el juicio y ordenó que el jueves venidero se reanude con la presentación de la defensa técnica del imputado Rondón.

Cada acusado tendrá la misma oportunidad y luego se producirán las réplicas del Ministerio Público y de las barras de la defensa, con lo cual el juicio habrá concluido a la espera de la sentencia que emita la corte.

Rondón es señalado por los fiscales como el armador de un entramado societario conformado por varias empresas que sirvieron, supuestamente, para lavar dinero ilícito.

La fiscal Mirna Ortiz afirmó hoy que el exejecutivo de Odebrecht en el país tenía la facilidad para «llegar hasta los despachos de funcionarios y legisladores» y con ellos estructurar la manera en que obrarían en favor de la constructora brasileña.

Odebrecht admitió en 2016 que pagó 92 millones de dólares -entre 2001 y 2014- en sobornos a políticos dominicanos para adjudicarse y lograr facilidades en 16 contratos de obras públicas, entre ellos carreteras, hidroeléctricas o acueductos, cuyos presupuestos sumados rondan los 3.865 millones de dólares.

La empresa brasileña llegó a un acuerdo con la Procuraduría General dominicana en 2017 por el que deberá pagar 184 millones de dólares en varias cuotas, el doble de lo que admitió haber entregado en sobornos en el país.

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Recusación de juez de caso Falcón genera aplazamiento de audiencia preliminar.

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Santo Domingo, R.D.-La defensa del imputado Lenin Torres y la persona moral Lenin Auto Import recusaron al juez Cirilo Salomón Sánchez del Quinto Juzgado de la Instrucción de Santiago, lo que generó el aplazamiento para el 9 de enero del 2025 de la  audiencia preliminar del caso Falcón.

El abogado José de los Santos Hiciano argumentó la recusación en medio de un proceso que ha enfrentado múltiples retrasos. Este incidente ocurre poco después del arresto en Colombia de Erick Randiel Mosquea Polanco, señalado como líder de la red criminal.

El Ministerio Público, representado por los fiscales Yeny Liranzo, Reyna Jiménez y Pedro Martínez, calificó la recusación como infundada y extemporánea, reiterando su disposición para avanzar con el proceso judicial.

La operación Falcón desmanteló una red de crimen organizado que se dedicaba al narcotráfico, lavado de activos, tráfico de armas y otros delitos, movilizando miles de millones de pesos bajo la apariencia de actividades comerciales legítimas.

El Ministerio Público presentó una acusación formal contra más de 70 personas y entidades, aportando miles de documentos como pruebas. El desmantelamiento de la red contó con el apoyo de la DEA y otros organismos internacionales.

El aplazamiento prolonga un proceso que ha sido marcado por constantes recursos de la defensa. Las autoridades reiteraron su compromiso de garantizar justicia para un caso de alto impacto en la lucha contra el crimen organizado en el país.

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Panorama político del pais podría cambiar por candidaturas independientes.

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Santo Domingo, R.D.-Un gran impacto podría tener la sentencia del  Tribunal Constitucional de la República Dominicana en la redefinición de la participación política en el país.

 El caso, conocido como TC/0788/24, declaró inconstitucionales los artículos 156 y 157 de la Ley 20-23 sobre el régimen electoral, disposiciones que regulaban de forma restrictiva las candidaturas independientes.

Esta decisión llega tras la acción de inconstitucionalidad interpuesta por Alberto Emilio Fiallo-Billini, quien argumentó que dichas normas «vulneran principios constitucionales como el pro-participación, la igualdad en derechos políticos y el pluralismo político».

Según el tribunal, estas disposiciones «imponían barreras desproporcionadas» al exigir que las candidaturas independientes cumplieran requisitos similares a los de los partidos políticos, lo que resultaba en una limitación al derecho fundamental a elegir y ser elegido.

El fallo, en esencia, podría allanar el camino para una mayor diversidad en las opciones políticas, así como reforzar el principio de participación ciudadana, al eliminar requisitos como la conformación de «cuadros directivos fijos» similares a la de las organizaciones políticas, para las candidaturas independientes.

En el caso del electorado, esto podría significar un aumento en las opciones políticas, especialmente en un contexto donde los partidos tradicionales a menudo dominan el escenario electoral. La posibilidad de que ciudadanos puedan presentar sus propuestas de forma independiente, sin depender de estructuras partidarias, generaría un mayor interés y nuevas opciones.

A pesar de mostrarse como una idea democrática, el éxito de este cambio dependerá en gran medida de la implementación de medidas que garanticen condiciones equitativas para las candidaturas independientes, así como los ajustes necesarios tanto a las legislaciones como a los procesos electorales.

La sentencia del Tribunal Constitucional marca un hito en la historia democrática de la República Dominicana. Su impacto real dependerá de cómo los actores políticos, el electorado y las instituciones electorales adopten esta nueva realidad.

La decisión del TC

En el proceso de aprobación, nueve jueces del Tribunal Constitucional votaron a favor de eliminar estos requisitos que exigían a las candidaturas independientes lo mismo que los partidos políticos, pero dos votaron en contra por considerar que el pleno se excedió en sus atribuciones y asumió funciones del Poder Legislativo.

«El mecanismo previsto para la presentación de candidaturas independientes requiere la creación de agrupaciones políticas accidentales, estructuradas de manera similar a los partidos políticos tradicionales. Esto desnaturaliza la figura de las candidaturas independientes y limita su accesibilidad para quienes deseen optar por esta vía», indica el fallo.

El Tribunal Constitucional recomendó una nueva redacción de los artículos 152 y 157 para determinar los requisitos para presentar una candidatura independiente en los siguientes procesos electorales.

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Acuerdo de cielo abierto con E.U entra en vigencia con el pais, según informó Abinader.

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Santo Domingo, R.D.-La Republica Dominicana fue notificada de la entrada en vigor del acuerdo de transporte aéreos de Cielos Abiertos con Estados Unidos, según lo informó el presidente Luis Abinader.

Fue a través de una publicación en su cuenta de X (antiguo Twitter), donde el mandatario dominicano indicó que el país agotó los procedimientos necesarios para la entrada en vigencia del acuerdo, suscrito en agosto de este año por el ministro de Turismo, David Collado y el subsecretario de Crecimiento Económico, Energía y Medio Ambiente de Estados Unidos, José W. Fernández.

En ese sentido, a través de la misma red social, Abinader felicitó a la comisión integrada por Collado, Leonel Melo, Práxedes Castillo; la viceministra Patricia Mejía y Natacha Domínguez, así como el apoyo de Manuel Estrella, Monika Infante y Frank Elías Rainieri.

Las autoridades dominicanas han dicho que este acuerdo busca fortalecer las conexiones aéreas entre ambos países, promoviendo la competenciaampliando rutas y reduciendo los costos para los viajeros.

Según han informado, entre los beneficios previstos está el permitir a las aerolíneas de ambas naciones operar vuelos internacionales en rutas definidas, incluyendo transporte exclusivo de carga, escalas no comerciales y vuelos combinados.

En noviembre de este año el Tribunal Constitucional (TC) revisó el acuerdo, el cual declaró constitucional.

La decisión, contenida en la Sentencia TC/0670/24, subraya que el acuerdo cumple con los principios de soberanía nacional, libre competencia y armonización con el ordenamiento jurídico dominicano. Sin embargo, la sentencia contó con un voto disidente del juez Domingo Gil, quien cuestionó que el texto no garantizara explícitamente la soberanía plena y exclusiva del país sobre su espacio aéreo.

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