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Presidente Abinader hizo declaración complementaria de sus bienes en el 2020.
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5 años agoon
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LA REDACCIÓN
Santo Domingo, RD.-Una declaración complementaria presentó el presidente Luis Abinader el 13 de septiembre del año 2020, a casi un mes de haber asumido sus funciones como jefe de Estado.
En el documento el mandatario indica que desde el año 2018 la familia Abinader Corona comenzó un proceso de reestructuración patrimonial para organizar, proteger, controlar y optimizar los activos que conforman su patrimonio familiar.
“Como parte de las gestiones de organización del patrimonio Abinader Corona, se determinó que la totalidad de los activos de la familia, principalmente las acciones de las sociedades controladas serán transferidos a un fideicomiso u otro vehículo de organización patrimonial”, señala uno de los artículos del documento a los que tuvieron acceso varios medios de comunicación.
El mandatario señaló que para la construcción del fideicomiso se aportaron todos los bienes que conforman el patrimonio de la familia Abinader Arbaje, incluidos la mayoría de los bienes y derechos que han sido incorporados en la declaración jurada patrimonio “que estoy presentando conjuntamente con esta declaración, desligándome totalmente de la gestión de estos bienes”.
Sin embargo, no se conocen públicamente todos los activos de la familia Abinader Corona, lo cual daría una idea de los montos reportados por la familia presidencial en su declaración jurada de bienes.
“Sin perjuicio de lo anterior, podrán aportarse posteriormente otros bienes y derechos que sean identificados en lo adelante como de mi propiedad. Dichos bienes presentes y futuros constituyen el patrimonio fideicomitido”, indica el mandatario.
Este es el listado de activos de la familia Abinader Corona, fechado en un documento aparte el 7 de diciembre de 2020:
Luis Abinader aportó al Fideicomiso LRAC su participación en las siguientes sociedades:
Por vía directa: Estella Corporation, 33.4%; O&M, SAS, un 20%; Savoy Investing, 33.33%; Construcciones Azules, 0.002%; Abicor, un 0.10%.
Por vía de sucesión: Factoría Nueva, una proporción del 40%; O&M, SAS, una proporción del 30%; Construcciones Azules, una proporción del 99.9%.
Adicionalmente, LRAC aportó al fideicomiso los activos descritos a continuación: Inmueble registrado con matrícula 0100021375, ubicado dentro del solar no. 102-A-1-B-40, del Distrito Catastral no. 3, Distrito Nacional (sector Paraíso) por un valor de RD $35,400,000.00.
Derechos sobre: Contrato de Alquiler con Opción a Compra suscrito en fecha 24 de Marzo de 2020 sobre Inmueble identificado como 400421254085, matrícula 0100309173, del Distrito Catastral no. 2, Distrito Nacional (Inmueble sector La Julia).
Contrato Tripartito de Compra de Acciones suscrito en fecha 13 de Marzo de 2020 sobre 300 acciones en el capital social de la entidad Coral Gardens Development, Inc. propietaria del inmueble Inmueble registrado con matrícula 0100035842, ubicado en la parcela no. 108-F-6-B-1-A-1-C-39, , del Distrito Catastral no. 2, Distrito Nacional (Inmueble sector La Julia).
LRAC aportó al fideicomiso los derechos sobre su proporción de la masa sucesoral legada por el Dr. Abinader Wassaff, contentiva de los activos descritos a continuación:
Inmueble registrado con el no. 03640022663-5, matrícula 0100097473, ubicado dentro de la parcela no. 102-A-1-C-007.3669, del Distrito Catastral no. 3, Distrito Nacional (sector Julieta Morales). Certificado de título de fecha 8 de septiembre de 2009 por un valor de RD $5,999,999.94.
Inmueble registrado con el no. 03640039570-4, matrícula 0100076724, ubicado dentro del solar no. 12-ref.-1-ref., manzana 2725, del Distrito Catastral no. 1, Distrito Nacional (sector Los Cacicazgos). Certificado de título de fecha 3 de junio de 2015 por un valor de RD $4,453,022.20.
Inmueble registrado con el no. 03640159421-2, matrícula 0100080435, ubicado dentro del solar no. 3, manzana 2392, del Distrito Catastral no. 1, Distrito Nacional (Urbanización Fernández). Certificado de título de fecha 29 de julio de 2009 por un valor de RD $4,999,999.95.
Inmueble registrado con el no. 03640246127-5, matrícula 0100227029, ubicado dentro del solar no. 1, manzana 2591, del Distrito Catastral no. 1, Distrito Nacional (sector Los Cacicazgos). Certificado de titulo de fecha 8 de febrero de 2012 por un valor de RD $7,489,912.96.
Inmueble registrado con el no. 05640013879-0, matrícula 0100010392, ubicado dentro del solar no. 11-A1-ref.-003.8063, manzana porc. F, del Distrito Catastral no. 1, Distrito Nacional (sector Ciudad Universitaria). Certificado de título de fecha 29 de diciembre de 2010 por un valor de RD$4,720,084.62.
Inmueble registrado con el no. 06640059931-0, matrícula 0300031970, ubicado dentro de la parcela no. 1-B, del Distrito Catastral no. 5, La Vega (sector Los Pomos). Certificado de titulo de fecha 3 de mayo de 2013 por un valor de RD$916,666.66.
Automóvil Marca Mazda Modelo 929 año 1987 A044750: RD$41,303.87
Jeep Marca Lexus Modelo LX-570 año 2014 Placa G302967: RD$989,427.38
Jeep Marca Lincoln Modelo Navigator año 1999 Placa Z000867: RD$124,268.87
Jeep Marca Chevrolet Modelo 6K15706-A año 2006 Placa G128314: RD$133,320.00
Cuenta de Ahorros de Dólares No. 82000003381 en el Banco Banesco: RD$434,712.84
Cuenta de Ahorros de Dólares No. 797603271 en el Banco Popular Dominicano: RD $1,737,173.66. Cuenta de Cheques No. 755873437 en el Banco Popular Dominicano: RD$939,171.50
33.33% de participación en la entidad O&M, S.A.S. (sobre un 20% del total del capital de la entidad) por un valor de RD$203,412,956.85.
33.33% de participación en la entidad Construcciones Azules, S.R.L. (sobre un 50% del total del capital de la entidad) por un valor de RD$49,633,607.38.
33.33% de participación en la entidad Factoría Nueva, S.A. (sobre un 20% del total del capital de la entidad) por un valor de RD$23,399,999.77.
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Juez evaluará este miércoles solicitud de Pepca para extender investigación del caso Senasa.
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59 mins agoon
agosto 18, 2026
Santo Domingo, R.D.-Deiby Peguero, juez del Séptimo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, fijó para este miércoles el conocimiento de la solicitud de prórroga de cuatro meses presentada por el Ministerio Público para concluir la investigación y depositar la acusación contra el exdirector del Seguro Nacional de Salud (SeNaSa), Santiago Marcelo Hazim, y los demás implicados en el caso Cobra.
La solicitud de prórroga fue depositada por fiscales de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), con el propósito de analizar minuciosamente las evidencias recabadas durante allanamiento. Así lo informó recientemente el procurador adjunto, Wilson Camacho.
Camacho indicó que la institución cuenta con un equipo especializado dedicado al estudio del contenido de 16,800 cajas de documentos ocupadas durante los recientes operativos de intervención como parte de la investigación que realiza del caso.
El exdirector de SeNaSa, Santiago Marcelo Hazim, junto a otros imputados, es señalado de conformar una estructura criminal que habría perpetrado un desfalco superior a RD$15 mil millones en perjuicio del Estado dominicano, a través de la entidad pública de salud.
Además de Hazim, figuran como imputados Gustavo Enrique Messina Cruz, Germán Rafael Robles Quiñones, Francisco Iván Minaya Pérez, Rafael Luis Martínez Hazim, Ramón Alan Speakler Mateo, Ada Ledesma Ubiera, Eduardo Read Estrella, Cinty Acosta Sención y Heidi Mariela Pineda Perdomo, quienes cumplen distintas medidas de coerción impuestas en diciembre de 2025.
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Asesino de conductor de camión recolector de basura es apresado en Jamaica.
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1 hora agoon
agosto 18, 2026
Santo Domingo, R.D.-Jhovanny de Jesus Metz Crus, conocido como «Macho», señalado como el principal sospechoso de la muerte del conductor Deivy Carlos Abreu Quezada, quien falleció luego de ser atacado por una turba de motociclistas durante una persecución, fue apresado en Jamaica.
La información fue confirmada a Diario Libre por una fuente de la Procuraduría General de la República (PGR).
De acuerdo con las investigaciones, «Macho» habría sido quien presuntamente propinó varias estocadas a Abreu Quezada durante el ataque ocurrido el pasado 17 de abril en el parqueo del Palacio de Justicia de Santiago, donde la víctima intentó refugiarse tras ser perseguida durante varios kilómetros por un grupo de motociclistas.
En principio, se informó que la persecución se produjo a raíz de un incidente de tránsito.
Posteriormente, trascendió que la agresión habría sido motivada por una presunta deuda económica que el conductor mantenía con sus atacantes.
Visado a JamaicaEn marzo pasado, Jamaica eliminó el requisito de visa para los dominicanos que viajen a ese país por turismo o negocio por un periodo de 180 días.
Mets Cruz también enfrenta un proceso judicial por las heridas de bala ocasionadas en 2023 al sargento de la Policía Nacional Christopher Almánzar García, adscrito a la unidad SWAT.
El imputado no se presentó al juicio de fondo pautado para el miércoles 20 de mayo ante el Cuarto Tribunal Colegiado de Santiago, por lo que la sala ordenó declararlo en rebeldía y activar las consecuencias legales correspondientes.
En ese expediente, Mets Cruz enfrenta acusaciones por intento de homicidio y asociación de malhechores.
El hecho ocurrió el 7 de mayo de 2023 en el sector El Ejido, de Santiago.
Durante el incidente, el sargento Almánzar García sufrió fracturas en el fémur y la rodilla izquierda, mientras que su sobrino, Jeison Willian Almánzar Núñez, resultó herido en la pierna izquierda cuando intentaba auxiliarlo.
Según las informaciones ofrecidas en el tribunal, Mets Cruz cumplía medidas de coerción consistentes en presentación periódica, impedimento de salida del país y orden de alejamiento de las víctimas.
Tras su incomparecencia al juicio, el tribunal dispuso su declaratoria en rebeldía, mientras las autoridades activaron su búsqueda.
Ahora, con su detención en Jamaica, las autoridades dominicanas deberán realizar las gestiones correspondientes para establecer su eventual retorno al país y que responda ante la justicia por los procesos que tiene pendientes.
Formalmente no hay un tratado de extradición entre República Dominicana y Jamaica. El intercambio judicial y la colaboración policial se apoyan en organismos internacionales como Interpol.
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Tribunal Constitucional rechaza amparo contra embargo inmobiliario.
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1 hora agoon
agosto 18, 2026
Santo Domingo, R.D.-Declaro inadmisible el Tribunal Constitucional (TC) por notoria improcedencia, la acción de amparo interpuesta por el empresario Alexander Montilla Sierra, con la que pretendía suspender un proceso de embargo inmobiliario en su contra y obtener la reposición de los plazos procesales de dicho caso.
La Alta Corte, mediante la sentencia TC/0784/26, tomó la decisión al rechazar la acción presentada por el cuñado del expresidente Danilo Medina contra la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA) y la señora Francisca Elizabeth Castillo de los Santos.
La decisión fue aprobada por la mayoría de los jueces del pleno. Por su parte, el magistrado José Alejandro Vargas se inhibió de participar en la deliberación y el fallo, debido a que intervino en el proceso en su anterior condición de juez del Juzgado de Atención Permanente del Distrito Nacional, cuando conoció una medida de coerción vinculada al caso penal.
El caso se remonta a una investigación de la PEPCA dirigida contra Alexander Montilla Sierra y su hermano Maxy Gerardo, junto a otras personas físicas y jurídicas. Las indagatorias se originaron en una de las líneas de investigación de la Operación Antipulpo, por presuntos actos de corrupción y lavado de activos relacionados con contratos públicos y licitaciones irregulares.
En esas pesquisas, la jueza coordinadora de los Juzgados de la Instrucción del Distrito Nacional, Kenya Romero, autorizó entre diciembre de 2020 y enero de 2021 la inmovilización de fondos y la oposición a transferencias de bienes muebles e inmuebles de los investigados.
Según el expediente, estas medidas dejaron a Alexander Montilla Sierra sin capacidad para disponer de su patrimonio, impidiéndole honrar un pagaré notarial por RD$20,000,000.00 suscrito en 2018 con Francisca Elizabeth Castillo de los Santos.
Ante el incumplimiento de pago, Castillo de los Santos inició en 2021 un proceso de embargo inmobiliario sobre dos propiedades de Montilla Sierra: una unidad en el condominio Terrazas del Mirador II y un apartamento en el condominio Karla I.
Tras un acuerdo de colaboración entre Maxy Montilla y la PEPCA, la Coordinación de los Juzgados de la Instrucción autorizó, mediante auto del 12 de diciembre de 2025, el levantamiento parcial de las oposiciones e inmovilizaciones. La PEPCA tramitó la ejecución de dicha orden ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) y la Superintendencia de Bancos el 30 de diciembre de 2025.
El 6 de febrero de 2026 antes de tener conocimiento formal del levantamiento, notificado por la DGII el 17 de febrero, Alexander Montilla interpuso una acción de amparo en la que solicitó la publicidad registral de las oposiciones, la suspensión del embargo inmobiliario y la reposición de los plazos procesales.
La Cuarta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Distrito Nacional declaró inadmisible dicha acción el 3 de marzo de 2026 (Sentencia núm. 037-2026-SSEN-00109), al considerar que había perdido su objeto tras el levantamiento parcial de las medidas.
Montilla Sierra recurrió el fallo ante el Tribunal Constitucional alegando vulneraciones al debido proceso, la tutela judicial efectiva, el derecho de propiedad, la igualdad de armas y el principio de inviolabilidad de las nulidades constitucionales, entre otros.
El TC coincidió en que la sentencia de primera instancia era errónea, pero por una razón distinta a la planteada por el recurrente: consideró que el juez de amparo no debió declarar la inadmisibilidad por «falta de objeto», sino por «notoria improcedencia». Esto se apoya en su jurisprudencia reiterada, la cual establece que el amparo no puede utilizarse para suspender, modificar o dejar sin efecto decisiones dictadas por otro tribunal en un proceso judicial ordinario en curso.
En consecuencia, el TC revocó la sentencia recurrida y, actuando directamente sobre el fondo de la acción original, concluyó que las pretensiones de Montilla Sierra excedían el ámbito del amparo. De concederlas, el juez constitucional estaría sustituyendo a la jurisdicción ordinaria en la conducción de un proceso iniciado desde el año 2021.
El tribunal señaló que cualquier objeción sobre la falta de publicidad de las oposiciones administrativas debió plantearse oportunamente ante el propio juez del embargo, mediante los mecanismos procesales correspondientes.
Cabe destacar que el Ministerio Público obtuvo la homologación de un acuerdo bajo el criterio de oportunidad, mediante el cual Maxy Gerardo Montilla Sierra y un grupo de sus empresas aceptaron su responsabilidad penal y autorizaron el decomiso de RD$2,000 millones en efectivo a favor del Estado dominicano.
El acuerdo, homologado por el juez Raymundo Mejía del Primer Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, compromete a Montilla a pagar una indemnización de RD$600 millones a las distribuidoras de electricidad EdeEste, EdeSur y EdeNorte, en resarcimiento por los perjuicios ocasionados.
Asimismo, contempla la disolución en un plazo de dos años de las empresas Transformadores Solomon Dominicana, S.A.S., Electrocable Aluconsa, S.A.S., NSD, Importaciones Diversas, SRL, Distribuidora de Materiales Eléctricos FEE, SRL, Distribuidora Eléctrica Henan Jinshui, SRL, Importadora Eaglerise, SRL, TLC Negocios Globales, SRL, Watmax Lighting, SRL, Herrajes Eléctricos RPC, SRL, y MG Solomon Corporation.
También fija el pago de RD$431,816,307.90 a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) y el decomiso de un terreno de 200.18 metros cuadrados ubicado en la avenida Roberto Pastoriza núm. 2, Ensanche Naco, valorado en RD$50,901,692.13.
Por el caso Antipulpo, el Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional condenó a Alexis Medina, hermano del expresidente Danilo Medina, a siete años de prisión en el centro penitenciario de Najayo.
La decisión fue recurrida y está pendiente de revisión para el próximo 8 de septiembre en la Primera Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional. Otros imputados recibieron penas menores y algunos fueron declarados noculpables, entre ellos Magaly Medina.
