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Imputados en Operación Larva operaban como las «mafias italianas»
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4 años agoon
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LA REDACCIÓN
Santo Domingo, RD.-Como toda una mafia, parecida a las italianas, muy bien estructurada, operaba la red desmantelada por el Ministerio Público a través de la Operación Larva.
En el expediente acusatorio que solicita medida de coerción para 14 encartados, los fiscales señalan que los vínculos consanguíneos entre los miembros de la supuesta red criminal sirvieron para generar confianza y alianzas en el narcotráfico y lavado de activos.
Las investigaciones arrojaron que la mayoría de los implicados no sólo guardan relación por las actividades delictivas que presuntamente realizaban, sino que forman parte del mismo núcleo familiar, incluyendo padres, hermanos y hasta primos.
“Figuran como socios los imputados Joivel Alexander González Cubilette, hermana del investigado James Alexander Gongalez Cubilette, así como también María Mercedes Ramona Estrella, Sarai Esther Herasme Estrella y Henry Luis Herasme Estrella, convirtiéndose esta estructura en los que en tipología de lavado de activos se le llama entramado societario criminal que funciona similitud a la mafia, ya que Maria Mercedes Ramona Estrella, resulta ser hermana de Ivelise Sánchez, madre de José Aníbal González Cubilette, principal acusado”, se lee en el documento.
Con tal se asegurar el éxito de sus operaciones, la supuesta organización criminal “a gran escala” se auxiliaba de familiares de sus principales miembros y de compañías fantasmas.
¿Quiénes eran los principales integrantes de la “mafia”?
1. Jorge Luis Herasme Estrella
Es señalado como uno de los principales miembros de la organización, y según los fiscales su propósito principal era captar el dinero proveniente del narcotráfico invertirlo en el área inmobiliaria, “alejándolo de su verdadero origen que es el narcotráfico”.
Es primo y socio del principal acusado y quien “heredaba la presunta red criminal” Aníbal González, alias “El Don” y/o “El Chamaquito”. Según el expediente, ambos encartados sostenían relaciones desde 2007, momento en que empezaron a dedicarse a las actividades del narcotráfico y lavado de activos.
El documento señala que estas actividades empezaron con la compañía Dollar Express J.L.H, y posteriormente continuaron a través de la creación de múltiples empresas a manos de otros familiares.
Luego de crear Dollar Express J.L.H, se constituyeron otras compañías bajo el mismo propósito: “la compra y venta de divisas”.
Algunas fueron creadas directamente por Herasme Estrella, otras por sus familiares, colocando principalmente a sus hermanos, Henrry Luis Herasme y Sarar Ester Herasme, y a su madre, Marta Mercedes Ramona Estrella, al frente de ellas.
Según los fiscales, a través de sus empresas se obtuvieron inmuebles cuyo valor supera los RD$500,000,000.
Una de estas compañías es “Presta Bella Vista”, una entidad dedicada a realizar préstamos con garantía hipotecaria, así como la compra y venta de divisas y cuyos únicos socios son Herasme Estrella y su madre, María Mercedes Ramona Estrella.
En el documento se destaca que la empresa funciona en el mismo domicilio que la compañía Dólar Express, de Herasme Estrella y “El Don” y/o “El Chamaquito”, “lo que reafirma que son parte del mismo entramado de empresas de fachada que les han servido por muchos años para dar apariencia licita a los recursos obtenidos de las actividades del crimen organizado”.
Herasme Estrella también se relacionó con Ángelo Spataro Rodríguez, alias “Sony” y/o “El Italiano”, integrante de la red criminal.
2. María Mercedes Ramona Estrella
Madre de Jorge Luis Herasme Estrella, Henry Luis Herasme Estrella y Sarai Esther Herasme Estrella, así como tía de “El Don” y/o “El chamaquito”.
De acuerdo con el Ministerio Público, Ramona Estrella operaba en las actividades ilícitas como mano derecha de su hijo Jorge Luis en el proceso de “dar apariencia lícita a las ganancias obtenidas del narcotráfico incurriendo en diferentes tipologías de lavado”.
La táctica era crear compañías carpeta, con el fin de dar apariencia lícita a las ganancias obtenidas a través del narcotráfico.
Ramona Estrella figura como socia de la compañía Agente de cambio Estrella, una empresa creada en 2015 con el objetivo exclusivo de cambio de divisas, con un capital social registrado de RD$30 millones y un capital pagado de RD$5 millones.
También forma parte de las compañías Inversiones Herasme Pérez S.A, Inversiones y Servicios Jorge y Maria S.RL, J & H Administración y Servicio S.R.L, conjuntamente con su hijo Jorge Luis.
Según el Ministerio Público, estas compañías fueron creadas con el propósito de dar “apariencia lícita” a bienes adquiridos por la organización criminal, ya que no tienen ninguna operatividad comercial ni registran empleados en la Tesorería de la Seguridad Social.
El vínculo y la colaboración de la imputada dentro de la organización criminal también se registra en transacciones financieras, específicamente de remesas de miles de dólares con “Soni” y/o “El Italiano”.
3. Luis Ney Herasme Peña
Padre de Jorge Luis Herasme Estrella, quien lo utilizaba para colocar inmuebles de alto costo a su nombre y de esta forma “alejarlos de su verdadero origen”.
Figura como coadministrador de “Presta Bella Vista”, según los fiscales creada a partir de ganancias ilícitas y que además opera realizando actividades de intermediación financiera y cambiaria sin estar autorizada por la Superintendencia de Bancos.
Por otro lado, múltiples bienes adquiridos por la organización criminal están registrados a su nombre, así como el de María Mercedes Ramona Estrella, su cónyuge.
4. Henry Luis Herasme Estrella
Hermano y “mano derecha” de Jorge Luis Herasme Estrella. En ocasiones también figuraba como intermediario entre su hermano y otros miembros de la organización.
“Pues antes de llegar a Jorge hay que hablar con Henry, tal y como se verifica mediante las intervenciones de comunicaciones obtenidas al efecto, con sus respectivas órdenes judiciales”, asegura el Ministerio Público.
Henry Luis también administraba los inmuebles que estaban a nombre de diferentes personas, así como de compañías creadas con “ganancias ilícitas” por Jorge Luis Herasme en conjunto con “El Don” y/o “El Chamaquito”.
Según los fiscales, este imputado encubría, ocultaba y disimulaba el verdadero origen de los activos, utilizando la estrategia de colocar los inmuebles a su nombre .
Henry Luis también aparece junto a su hermano como socio de la compañía Upper Promoción S.R.L, quien tiene el 99% de las acciones, mientras Henry sólo posee un 1 %, “lo que a todas luces indica que en este caso Henry sirve de presta nombre para la creación de la misma”.
A pesar de esto, presenta salarios por RD$210,000 y RD$360,000.00 anual, como empleado de “Presta Bella Vista”.
“Es evidente, que Henry Luis Herasme, no puede justificar legalmente los bienes muebles e inmuebles que se registran a su nombre, así como tampoco, los viajes al extranjero que este registra (…) cuyos destinos son New York, Miami, Colombia, Fort Laudeedale (Florida), Puerto Rico y Madrid”, se lee en el documento.
5. Saraí Esther Herasme Estrella
Hermana del imputado Jorge Luis Herasme y Henry Luis Herasme, y prima de José Aníbal González Cubilette, alias “El Don” y/o “El chamaquito”.
Figura como socia en las compañías H&S Inmobiliaria, junto a su madre María Mercedes y su hermano Jorge Luis Herasme, así como en la compañía Agente de Cambio Estrella.
En el expediente acusatorio, los fiscales mencionan que la adquisión de “inmuebles suntuosos” en torres exclusivas del Distrito Nacional “delatan a la imputada”.
Pero su papel dentro de la presunta red se confirma al analizar la información suministrada a través de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) y la Tesorería de la Seguridad Social (TSS), donde figura con ingresos por RD$267,099.92, lo que hace “injustificable” la adquisición de los inmuebles.
“Por lo que es imposible que esta pueda justificar la adquisición de dichos inmuebles, lo cual está más que claro que fueron colocados a nombre de esta para simular un origen lícito”, se lee en el documento.
Los fiscales también aseguraron haber comprobado la existencia de transacciones “que están muy por encima de su perfil financiero”, lo que significa que Saraí colaboraba además en la colocación y diversificación ante el sistema financiero de recursos obtenidos de fuentes ilícitas, proveniente del narcotráfico.
“La imputada siempre ha tenido salarios muy por debajo a su perfil financiero con el que no podría ni rentar uno de los apartamentos en los que figura como propietaria, menos comprar inmuebles millonarios”, continúa explicando el Ministerio Público.
6. James González Cubilette
Hijo de José Aníbal González Luna y hermano de “El Don” y/o “El Chamaquito”. También hacía las funciones de intermediario en la organización.
El Ministerio Público resalta que comunicarse con “El Don” es difícil ya que “es cuidadoso al utilizar los medios de comunicación electrónicos”, razón por la que James González fungía de intermediario.
Es socio de la compañía Blue Meadow Group S.R.L, conjuntamente con su hermano, empresa que según los fiscales “resultó ser de carpeta”, pues al momento de hacer una comprobación de domicilio se halló que no existe físicamente.
“Durante la investigación se pudo determinar que James Alexander Cubilette, es uno de los colaboradores principales de su hermano José Aníbal González Cubilette y está vinculado a otros miembros de la organización criminal como Ángelo Spataro Rodríguez y Ramón Eduardo Piña, alias “Bombón”, agrega el expediente.
7. Joivel Alexander González Cubilette
Hija de José Aníbal González Luna y hermana de José Aníbal González Cubilette. También funge como socia y accionista de diferentes compañías vinculadas a otros miembros de la red.
Una de estas es la empresa Agente de Cambio Estrella, donde aparecen como socios los investigados James Alexander González Cubilette, María Mercedes Ramona Estrella, Saraí Esther Herasme Estrella y Henry Luis Herasme Estrella.
“Confirmándose la teoría del Ministerio Público de que esta estructura cumple todas las características de lo que la doctrina ha llamado en tipologías de lavado de activos de entramado de lavado familiar o tipo mafia”, continúa el documento.
8. Ángelo Spataro Rodríguez
Presunto cabecilla de la organización criminal, con vínculos directos en el decomiso de 724.35 kilos de cocaína clorhidratada en el año 2020.
El expediente señala que el imputado era el encargado del alquiler de la finca ubicada en el sector Cañada Honda, Lava Pies San Cristóbal, lugar utilizado como “centro de acopio” de grandes cantidades de cocaína y punto de reunión de los encartados.
“El Italiano”, como se le conoce en el grupo, también fungía como patrocinador de las actividades de narcotráfico y como la persona encargada de la creación de compañías de carpeta.
“Ángelo Spataro Rodríguez se comporta como un delincuente con multiplicidad de conducta delictiva, pues sus actuaciones no se limitan a actividades de narcotráfico y lavado de dinero, también utiliza los medios más perversos para hacerse respetar en ese mundo del crimen organizado”, se lee en el expediente.
Esto se evidenció en una llamada de fecha 28 de octubre del año pasado, en la que le ofreció a un desconocido US$1,000 para que golpeara a una persona.
Ángelo también utilizó a su hermana Elizabeth en la constitución de compañías para dar apariencia lícita al dinero obtenido con el narcotráfico, usando incluso su vehículo para ejecutar sus maniobras delictivas.
9. Elizabeth Spartaro Rodríguez
Hermana de Ángelo Spartaro Rodríguez y testaferra de la organización criminal.
De acuerdo con los fiscales, su participación en la red se confirma con un depósito equivalente a RD$1,796,000 que le hizo su hermano.
También figura en la compañía Corporación de Crédito Corona (Cogreco) en conjunto con el imputado James Alexander.
10. Santa Fausta Rodríguez
Madre Ángelo Spataro Rodríguez y Elizabeth Spataro Rodríguez. También participó activamente en las actividades delictivas, sirviendo de presta nombre para la constitución de “compañías fantasmas”, creadas por su hijo.
“A sabiendas de las actividades ilícitas a las que se dedica su hijo Ángelo Spataro, también se beneficia y les colabora a otros miembros de la organización criminal en las actividades propias del crimen organizado como el imputado Ramón Eduardo Piña y James Alexander González Cubilette”, indica el Ministerio Público.
Santa funge además como soda en la compañía “Nayali, moda italiana”, la cual posteriormente comenzó a ser utilizada por su hijo como supuesto instrumento en la realización de las actividades propias del lavado de activos.
Arrestados
El Ministerio Público solicita prisión preventiva contra Jorge Luis Herasme Estrella, María Mercedes Ramona Estrella, Sarai Esther Ramona Estrella, Luis Ney Herasme Peña, Ángelo Spartaro Rodríguez (Soni y/o El Italiano), Elizabeth Spataro Rodríguez, Ramón Eduardo Piña Reyes (Bombón y/o Guarda), Luis Jiménez (Bonsai y/o Luis Hookah), Miguel Ramón Santos Comprés (Ray), Yira Mariela Zimmermann, James Alexander Gonzáles Cubilette, Joivel Alexander González Cubilette y Rusber José Suárez Díaz (Ojitos).
Será el próximo 5 de noviembre cuando se conozca la medida de coerción a los imputados.
El pasado sábado el juez suplente del Tribunal de Atención Permanente de San Cristóbal, Domenico Eduardo Núñez Pimentel, dispuso el aplazamiento del conocimiento de la medida para dar oportunidad a los abogados de los acusados de que preparen su defensa.
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JCE presenta plataforma digital del Observatorio de Participación Política de las Mujeres
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15 horas agoon
diciembre 5, 2025
Santo Domingo, R.D.-La Junta Central Electoral (JCE), a través de la Comisión de Políticas de Igualdad de Género de la institución, presentó a la ciudadanía a través de sus redes sociales la plataforma digital del Observatorio de Participación Política de las Mujeres, espacio que estará integrado en la página de la institución.
Mediante un comunicado, la JCE explicó que el observatorio tiene como finalidad asesorar, diseñar, implementar, desarrollar y evaluar las acciones orientadas a fomentar la participación de las mujeres en la política.
Asimismo, indicó que esta iniciativa, que se encuentra bajo la coordinación de la miembro titular del Pleno y coordinadora de la Comisión de Políticas de Igualdad de Género, Dolores Fernández, es una plataforma que busca recopilar, analizar y visibilizar información sobre los avances, brechas y desafíos de la participación política femenina en República Dominicana.
Además, destacó que el observatorio funciona como una herramienta dinámica de estadísticas interactivas que permite conocer la evolución de la participación política de las mujeres en el país y a través de sus secciones, se podrán explorar datos sobre: candidaturas y cargos electos, participación en los partidos políticos, concurrencia electoral por sexo y participación de mujeres en juntas y colegios electorales.
La misión de este observatorio es, en primer lugar, analizar los niveles de cumplimiento de metas y objetivos nacionales e internacionales en torno a la igualdad de género en materia de representación política y, en segundo lugar, motivar e impulsar la participación paritaria de las mujeres en la toma de decisiones.
Entre los objetivos de esta propuesta, figuran: generar información cuantitativa y cualitativa sobre la representación política de mujeres y hombres en el ámbito nacional; medir los niveles de cumplimiento de metas y objetivos internacionales en torno a la igualdad de género; visibilizar avances de igualdad de género en los partidos políticos y aportar datos que sirvan para elaborar insumos claves para el análisis, la formulación de propuestas y el diseño de estrategias de incidencia política.
Asimismo, procura fortalecer las políticas públicas de igualdad, promover la paridad y la representación política equitativa, garantizar los derechos políticos de las mujeres e impulsar acciones para prevenir y erradicar la violencia política hacia las mujeres.
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Telemicro: TSA indicó que Indotel actuó de forma precipitada al asignar frecuencia del Canal 3
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15 horas agoon
diciembre 5, 2025
Santo Domingo, R.D.-El Grupo Telemicro reaccionó al fallo judicial del Tribunal Superior Administrativo (TSA) sobre la asignación de la frecuencia del canal 3 VHF. En un documento indicó que la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA) reconoció que el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel), en su rol de autoridad para la gestión del espectro radioeléctrico, actuó de forma «imprudente y precipitada» al asignar el Canal 3 digital a favor de Franasyn, S.R.L., mediante la Resolución núm. 132-2024 dictada el 14 de noviembre de 2024.
Indicó que el tribunal estableció, luego del análisis de las pruebas aportadas por las partes en el litigio sobre el Canal 3 en la banda VHF, que el «regulador (Indotel) tenía pleno conocimiento de que existía un proceso judicial abierto sobre el derecho de uso y explotación de esa frecuencia».
«El órgano apuntó que, en tales circunstancias, esa entidad encargada de gestión radioeléctrica debía actuar con la debida prudencia y observar el principio de realizar una buena administración, absteniéndose de adoptar decisiones que pudieran incidir en el proceso, como lo fue asignar el Canal 3 a favor de un tercero, en este caso la sociedad Franasyl. S.R.L.», dice un documento enviado por la Corporación de Televisión y Microondas Rafa, S.A. (Telemicro).
Derechos de Franasyl
La Tercera Sala del TSA reconoció la legitimidad de los derechos alegados por Franasyl, S.R.L. en torno al Canal 3 virtual y declaró válida su intervención voluntaria en el proceso.
En su decisión, el tribunal rechazó en todas sus partes el recurso contencioso administrativo interpuesto por Telemicro y confirmó íntegramente la Resolución núm. 080-2022 emitida por el Indotel.
La sentencia se produce tras el reenvío ordenado por la Suprema Corte de Justicia mediante la decisión SCJ-TS-25-0203, que instruyó una nueva valoración del caso después de identificar un vicio de desnaturalización de los hechos en un fallo anterior.
- Telemicro buscaba que la justicia anulara la resolución del Indotel alegando derechos adquiridos sobre el Canal 3 VHF derivados de una comunicación emitida por el órgano regulador en 2004.
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Senado contra la pared con el CPP: aprobar o rechazar
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15 horas agoon
diciembre 5, 2025
Santo Domingo, R.D.-El Senado de la República conocerá este viernes en única discusión el proyecto de ley del nuevo Código Procesal Penal, con las decenas de modificaciones que hizo la Cámara de Diputados y la opción de aprobar o rechazar el documento.
El pleno senatorial deberá decidir “lo más rápido posible”, debido al plazo que le otorga el Tribunal Constitucional en la sentencia 0765/24. En su fallo, emitido el 6 de diciembre de 2024, la alta corte declaró nula la Ley 10-15, que modifica el Código Procesal Penal del 2002, y dio un año al Congreso Nacional, hasta el 11 de este mes, para tener listo un nuevo marco legal.
La pieza de ley que estudian los congresistas generó fuertes debates en la Cámara de Diputados mientras era conocida, por artículos que tienen que ver con las facultades del Ministerio Público (MP) en los procesos, como los de peritajes. Uno de ellos es el artículo 211, sobre el nombramiento de peritos.
La moción de Pacheco y Díaz, que es similar a la versión que llegó del Senado, consiga tres párrafos, en el que establecen que los peritos en cualquier otro momento son nombrados, mediante resolución motivada, por el juez o tribunal, a propuesta de parte; el número de peritos es determinado según la complejidad de las cuestiones a plantear, considerando las sugerencias de las partes; y el dictamen o la resolución que ordena el peritaje fija con precisión las razones que lo motivan, su objeto y alcance, así como el plazo para la presentación de dichos dictámenes.
El Procesal Penal vigente no condiciona el nombramiento del perito por el Ministerio Público a que no sea “anticipo jurisdiccional”. Dice, más bien, que durante la etapa preparatoria los nombra el Ministerio Público.
Ejecución del peritaje
Amado Díaz propuso también -siendo acogida por la mayoría-, modificar el artículo 215 del nuevo Código, que trata sobre la ejecución del peritaje, para agregar al MP, quien había sido dejado fuera de ese apartado en la aprobación en primera discusión. Se estableció que el órgano persecutor, juez o tribunal que ha dispuesto el peritaje, resuelva todas las cuestiones que se planteen durante su realización.
La CD modificó el artículo 48 de la pieza
Otro punto de debate en los diputados fue el de la interrupción de la prescripción, artículo 48, numeral 1, uno de los que se quejó Eugenio Cedeño. La Cámara modificó dicho apartado -al dejar quitar la frase “presentada por el Ministerio Público”, para que diga que la prescripción se interrumpe por: la imposición de medida de coerción; la presentación de la acusación; y el pronunciamiento de la sentencia, aunque sea revocable.
