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La Pepca en epicentro de la justicia con procesos sobre corrupción administrativa.

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Santo Domingo, RD.-La Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción (PEPCA) lleva la cruz más pesada en su lucha por procesar legalmente a una serie de personajes que han ido al Estado a tomar para ellos lo que no es suyo.

La cantidad de allanamientos y arrestos  realizados por el Ministerio Público para desmantelar presuntas redes de corrupción, ha representado una gran responsabilidad para el Pepca.

El ministerio público ha judicializado cinco grandes expedientes sobre presuntos actos de corrupción administrativa, desmantelados mediante operaciones realizadas en el último año. Los procesos penales están todavía en fase de instrucción, la mayoría con medida de coerción.

Pero la Pepca, que dirige el procurador adjunto Wilson Camacho, e integran un grupo de fiscales, no trabaja sola ni aislada,  sino que va de la mano con la  Dirección General de Persecución del Ministerio Público,  a cuya unidad está adscrita, dirigida por la  procuradora adjunta Yeni Berenice Reynoso,  y siguiendo   las directrices de la procuradora general Miriam Germán Brito, que es la cabeza del Ministerio Público.

Cinco grandes casos
Son casos complejos, con implicaciones  nunca vistas en el país, dada la multiplicidad de los delitos, el elevado número de imputados y las funciones públicas que desempeñaban los implicados. La responsabilidad penal en estos casos  corresponde determinarla  a los jueces, en base a las pruebas que presente el órgano acusador.

 Como cabeza de esos presuntos entramados de corrupción han sido señalados, en primer lugar, Alexis Medina, un hermano del expresidente de la República Danilo Medina (Operación  antipulpo); Adam Cáceres Silvestre, el jefe de seguridad del exmandatario (Caso Coral); el exdirector de la Lotería Nacional en el actual gobierno de Luis Abinader, Luis Maisichell Dicent (Operaciòn 13); el exprocurador Jean Alain Rodríguez (Caso Medusa) y en el más reciente, el exdirector del Cuerpo Especializado de Seguridad Turística (Cestur), general de la Fuerza Aérea, Juan Carlos Torres Robiou (caso coral 5G).

A la par con esos casos, la Pepca ha sido apoderada de denuncias sobre presuntos actos de corrupción  de funcionarios del presente gobierno, que se encuentran en fase de investigación. Para citar algunos, están las presuntas irregularidades en el Instituto Postal Dominicano (Inposdom), por lo cual su director,  Adan Peguero, fue suspendido del cargo; en el Instituto Nacional de Bienestar Estudiantil (Inabie), que motivó la destitución de su director Cecilio Rodríguez, y en el Ministerio de la Juventud, cuyas irregularidades fueron denunciadas por el destituido consultor jurídico, José Manuel Vidal Tejada, en contra de la ministra, Luz del Alba Jiménez.

¿Qué es la Pepca?
La Pepca es la procuraduría especializada para “detectar, investigar, someter y sostener la acción penal pública de hechos que implican actos de corrupción dentro de la administración pública”. Así está definida en la resolución  aprobada por el Consejo Superior del Ministerio Público, el 25 de julio de 2019, que elevó el antiguo Departamento de Persecución de la Corrupción Administrativa  (DPCA) a procuraduría especializada,  como una dependencia directa de la Dirección General de Persecución del Ministerio Público. 

Las  procuradurías especializadas,  según establece la ley 133-11, orgánica del Ministerio Público, son  “órganos complementarios de la Dirección General de Persecución del Ministerio Público y estarán sujetas a la dirección, coordinación y supervisión directa del director general de persecución”.  Son creadas por el Consejo Superior del Ministerio Público, órgano de gobierno que preside la procuradora general de la República.

El titular de la Pepca  es uno de los 14 procuradores adjuntos, cuya mitad son designados por el Procurador general  y la otra mitad por decreto del Presidente de la República.

Sepa más
Procuradores.
 A  pocos días de asumir el cargo de Procuradora General, en agosto de 2020, Germán Brito designó a los siete procuradores adjuntos que le faculta la ley 133-11, entre ellos a Wilson Camacho.

Designaciones.
 Más tarde, en septiembre 2020, Camacho fue designado titular de la Pepca  por el Consejo Superior del Ministerio Público. También Germán Brito nombró a Berenice Reynoso  al frente de la Direccion Gener de Persecución.

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Recusación de juez de caso Falcón genera aplazamiento de audiencia preliminar.

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Santo Domingo, R.D.-La defensa del imputado Lenin Torres y la persona moral Lenin Auto Import recusaron al juez Cirilo Salomón Sánchez del Quinto Juzgado de la Instrucción de Santiago, lo que generó el aplazamiento para el 9 de enero del 2025 de la  audiencia preliminar del caso Falcón.

El abogado José de los Santos Hiciano argumentó la recusación en medio de un proceso que ha enfrentado múltiples retrasos. Este incidente ocurre poco después del arresto en Colombia de Erick Randiel Mosquea Polanco, señalado como líder de la red criminal.

El Ministerio Público, representado por los fiscales Yeny Liranzo, Reyna Jiménez y Pedro Martínez, calificó la recusación como infundada y extemporánea, reiterando su disposición para avanzar con el proceso judicial.

La operación Falcón desmanteló una red de crimen organizado que se dedicaba al narcotráfico, lavado de activos, tráfico de armas y otros delitos, movilizando miles de millones de pesos bajo la apariencia de actividades comerciales legítimas.

El Ministerio Público presentó una acusación formal contra más de 70 personas y entidades, aportando miles de documentos como pruebas. El desmantelamiento de la red contó con el apoyo de la DEA y otros organismos internacionales.

El aplazamiento prolonga un proceso que ha sido marcado por constantes recursos de la defensa. Las autoridades reiteraron su compromiso de garantizar justicia para un caso de alto impacto en la lucha contra el crimen organizado en el país.

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Panorama político del pais podría cambiar por candidaturas independientes.

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Santo Domingo, R.D.-Un gran impacto podría tener la sentencia del  Tribunal Constitucional de la República Dominicana en la redefinición de la participación política en el país.

 El caso, conocido como TC/0788/24, declaró inconstitucionales los artículos 156 y 157 de la Ley 20-23 sobre el régimen electoral, disposiciones que regulaban de forma restrictiva las candidaturas independientes.

Esta decisión llega tras la acción de inconstitucionalidad interpuesta por Alberto Emilio Fiallo-Billini, quien argumentó que dichas normas «vulneran principios constitucionales como el pro-participación, la igualdad en derechos políticos y el pluralismo político».

Según el tribunal, estas disposiciones «imponían barreras desproporcionadas» al exigir que las candidaturas independientes cumplieran requisitos similares a los de los partidos políticos, lo que resultaba en una limitación al derecho fundamental a elegir y ser elegido.

El fallo, en esencia, podría allanar el camino para una mayor diversidad en las opciones políticas, así como reforzar el principio de participación ciudadana, al eliminar requisitos como la conformación de «cuadros directivos fijos» similares a la de las organizaciones políticas, para las candidaturas independientes.

En el caso del electorado, esto podría significar un aumento en las opciones políticas, especialmente en un contexto donde los partidos tradicionales a menudo dominan el escenario electoral. La posibilidad de que ciudadanos puedan presentar sus propuestas de forma independiente, sin depender de estructuras partidarias, generaría un mayor interés y nuevas opciones.

A pesar de mostrarse como una idea democrática, el éxito de este cambio dependerá en gran medida de la implementación de medidas que garanticen condiciones equitativas para las candidaturas independientes, así como los ajustes necesarios tanto a las legislaciones como a los procesos electorales.

La sentencia del Tribunal Constitucional marca un hito en la historia democrática de la República Dominicana. Su impacto real dependerá de cómo los actores políticos, el electorado y las instituciones electorales adopten esta nueva realidad.

La decisión del TC

En el proceso de aprobación, nueve jueces del Tribunal Constitucional votaron a favor de eliminar estos requisitos que exigían a las candidaturas independientes lo mismo que los partidos políticos, pero dos votaron en contra por considerar que el pleno se excedió en sus atribuciones y asumió funciones del Poder Legislativo.

«El mecanismo previsto para la presentación de candidaturas independientes requiere la creación de agrupaciones políticas accidentales, estructuradas de manera similar a los partidos políticos tradicionales. Esto desnaturaliza la figura de las candidaturas independientes y limita su accesibilidad para quienes deseen optar por esta vía», indica el fallo.

El Tribunal Constitucional recomendó una nueva redacción de los artículos 152 y 157 para determinar los requisitos para presentar una candidatura independiente en los siguientes procesos electorales.

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Acuerdo de cielo abierto con E.U entra en vigencia con el pais, según informó Abinader.

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Santo Domingo, R.D.-La Republica Dominicana fue notificada de la entrada en vigor del acuerdo de transporte aéreos de Cielos Abiertos con Estados Unidos, según lo informó el presidente Luis Abinader.

Fue a través de una publicación en su cuenta de X (antiguo Twitter), donde el mandatario dominicano indicó que el país agotó los procedimientos necesarios para la entrada en vigencia del acuerdo, suscrito en agosto de este año por el ministro de Turismo, David Collado y el subsecretario de Crecimiento Económico, Energía y Medio Ambiente de Estados Unidos, José W. Fernández.

En ese sentido, a través de la misma red social, Abinader felicitó a la comisión integrada por Collado, Leonel Melo, Práxedes Castillo; la viceministra Patricia Mejía y Natacha Domínguez, así como el apoyo de Manuel Estrella, Monika Infante y Frank Elías Rainieri.

Las autoridades dominicanas han dicho que este acuerdo busca fortalecer las conexiones aéreas entre ambos países, promoviendo la competenciaampliando rutas y reduciendo los costos para los viajeros.

Según han informado, entre los beneficios previstos está el permitir a las aerolíneas de ambas naciones operar vuelos internacionales en rutas definidas, incluyendo transporte exclusivo de carga, escalas no comerciales y vuelos combinados.

En noviembre de este año el Tribunal Constitucional (TC) revisó el acuerdo, el cual declaró constitucional.

La decisión, contenida en la Sentencia TC/0670/24, subraya que el acuerdo cumple con los principios de soberanía nacional, libre competencia y armonización con el ordenamiento jurídico dominicano. Sin embargo, la sentencia contó con un voto disidente del juez Domingo Gil, quien cuestionó que el texto no garantizara explícitamente la soberanía plena y exclusiva del país sobre su espacio aéreo.

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