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Inicio de persecución contra corruptos ya llega a un año.

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El ministerio público ha perseguido a exfuncionarios del pasado gobierno en cinco operaciones y estructura expedientes para someterlos a la justicia.

Santo Domingo, RD.-Ya lleva un ano la Operación Anti Pulpo, la cual fue la primera acción en contra de la corrupción, ya que fue el primer caso investigado por la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), en la gestión del presidente Luis Abinader.

De los cinco casos de presuntos actos que corrupción que el ministerio público ha presentado medidas de coerción en los tribunales, el Pulpo sigue siendo el más resonante, en vista de que involucra a Alexis y Magaly Medina Sánchez, hermanos del expresidente Danilo Medina.

También varios exfuncionarios y allegados, algunos en prisión y otros con arrestos domiciliario, involucrados por el ministerio público en el entramado que se benefició de recursos del Estado por alrededor de RD$4,800 millones.

El grupo fue arrestado el domingo 29 de noviembre de 2020 por un equipo de fiscales coordinado por los directores de la Pepca y la Dirección de Persecución, Wilson Camacho, y Yeni Berenice Reynoso. En el operativo además fueron arrestados Francisco Pagán Rodríguez, Freddy Hidalgo, Rafael Antonio Germosén Andújar, Fernando Rosa, Aquiles Alejandro Christopher Sánchez, Domingo Antonio Santiago Muñoz, Julián Esteban Suriel Suazo y José Dolores Santana Carmona.

Dos días después el Ministerio Público solicitó la declaratoria de caso complejo e imposición de prisión preventiva como medida de coerción en contra de los imputados.

En tanto que el 8 de diciembre del 2020, el entonces juez del juzgado de Atención Permanente del Distrito Nacional José Alejandro Vargas, quien pasó al tribunal Constitucional (TC), envió a siete de los imputados a prisión, dispuso el arresto domiciliario de tres y dejó en libertad a otro con impedimento de salida y presentación periódica.

La última operación llevó a la cárcel a tres generales, coroneles y al menos una funcionaria bancaria.

Sin embargo, el 9 de septiembre del 2021, la jueza suplente del Tercer juzgado de la Instrucción Yanibet Rivas, varió la prisión por arresto domiciliario de Francisco Pagán Rodríguez, Aquiles Alejandro Christopher y Julián Esteban Suriel Suazo, quienes serán colabores de la investigación del caso Pulpo.

En esa misma audiencia, el tribunal otorgó un plazo al Ministerio Público hasta el próximo 3 de diciembre para que presente la acusación en contra de Alexis Medina y los demás imputados  del Caso Pulpo.

El caso más reciente, el del 5G, vincula al general de brigada Julio Camilo de los Santos Viola, ex jefe de seguridad del presidente del PLD, Danilo Medina y al general de la FARD Juan Carlos de los Santos Robiou, ex director del Cestur. Figuran además el general Boanerges Reyes Batista, del Ejército, el capitán de navío Franklin Antonio Mata Flores, José Manuel Rosario Pirón, los coroneles Carlos Augusto Lantigua Cruz, y Miguel Ventura Pichardo y el cabo Jehohanan L. Rodríguez Jiménez, así como Erasmo Roger Pérez Núñez y César Félix Ramos Ovalle.

A estos se suma el mayor general Adán Cáceres Silvestre, quien guarda prisión por su vinculación en acto de corrupción en el caso Coral primera fase, donde además figuran la pastora Rossy Guzmán y Cáceres Silvestre, el teniente coronel de la Policía, Rafael Núñez de Aza; el cabo de la Policía, Tanner Antonio Flete Guzmán, el sargento Alejandro José Montero Cruz y el mayor Alejandro Girón Jiménez.

Otro caso es el del ex administrador de la Lotería Nacional Luis Maisishell Dicent, sobre un presunto fraude en esa institución del Estado que afectó al sector privado.

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De perseguidor a perseguido

Al grupo encabezado por Jean Alain Rodriguez, se le acusa de integrar una red criminal de corrupción que operó desde la Procuraduría General de la República y que, “estimamos, hasta el momento, que estafó al Estado dominicano con más de 6 mil millones de pesos”,  dice el expediente acusatorio del ministerio público bautizado este operativo como Medusa.

Además de  Rodríguez, preso en Najayo, se involucra en este caso a Valentina Rosario Cruz, Miguel José Moya, Rafael Antonio Mercede Marte, Alfredo Alexander Solano Augusto, Rafael Stefano Canó Sacco, Javier Alejandro Forteza Ibarra, Jonnathan Josel Rodríguez Imbert, Jenny Marte Peña y Altagracia Guillén Calzado

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PLD, parte de la cúpula de la partidocracia, afirma que sentencia del TC puede atentar contra sistema de partidos

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Santo Domingo. – El Partido de la Liberación Dominicana (PLD) expresó su preocupación y rechazo a la sentencia TC/0788/24 del Tribunal Constitucional (TC), que establece que en un proceso eleccionario se podrá presentar candidaturas independientes de carácter nacional, provincial y municipal que surjan a través de agrupaciones cívicas o sociales de ciudadanos.

En un comunicado, el secretario general de la organización política, Johnny Pujols, señaló que la decisión de la alta corte plantea serios riesgos para la estabilidad del sistema político.

Lea también: Sentencia habilita candidatos independientes suscita temor

El dirigente morado aseguró que la sentencia del Tribunal Constitucional facilita la desigualdad en la competencia electoral, la infiltración para el crimen organizado, la división y el transfuguismo, así como el caos logístico y administrativo.

Según Pujols, esos puntos también son compartidos por otras organizaciones políticas y sociales, con las que ya se han “adelantado encuentros para tratar el tema”.

“Desde el Partido de la Liberación Dominicana reiteramos nuestra más alta preocupación por la sentencia TC/0788/24, así como la voluntad de construir junto a los actores del sistema de partidos una salida prudente que proteja el sistema de partidos y la democracia dominicana”, expresó.

En ese sentido, destacó que es crucial emprender acciones que permitan establecer reglas claras, límites y parámetros para esas candidaturas.

“Esta sentencia podría convertirse en un atentado mortal contra el sistema de partidos y la estabilidad política, social y democrática del país”, argumentó.

El dictamen del Tribunal Constitucional emitido el pasado lunes, también permite que agrupaciones cívicas o sociales propongan candidaturas independientes sin necesidad de inscripción previa, siempre que lo declaren ante la Junta Central Electoral (JCE) al menos 75 días antes de las elecciones.

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Alarmas entre los partidos políticos por sentencia del TC sobre candidaturas independientes

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Santo Domingo.- Sigmund Freud Mena, delegado del Partido Revolucionario Moderno (PRM) ante la Junta Central Electoral (JCE),  anunció que los principales partidos políticos han adoptado una posición conjunta en rechazo a la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) que declaró inconstitucionales los artículos 157 y 158 de la Ley Electoral.

Esta decisión permite la inscripción de candidaturas independientes ante el órgano electoral.

Hay una postura unificada entre los partidos con los que hemos dialogado en torno a la preocupación generada por esta decisión. Permitir candidaturas independientes sin una mínima regulación es peligroso, ya que los partidos políticos están estrictamente regulados, desde el financiamiento hasta su conformación y su participación electoral”, expresó Freud Mena.

El dirigente político señaló que la sentencia plantea serios desafíos técnicos y jurídicos, ya que, según explicó, interfiere con las facultades del Congreso Nacional.

“El Tribunal Constitucional detalló cómo debía redactarse la ley respecto a las agrupaciones sociales, ahora denominadas así, lo que entendemos como una invasión a competencias exclusivas del poder legislativo. Esto sienta un precedente alarmante”, afirmó.

Freud Mena recordó que los partidos políticos están consagrados en la Constitución como los principales vehículos de representación ciudadana para acceder a posiciones electivas.

Tribunal Constitucional

Según el artículo 216 de la Carta Magna, esta función es exclusiva de los partidos, y la creación de nuevas figuras atenta contra el sistema político establecido.

Preocupaciones y acciones conjuntas

Ante esta situación, los dirigentes de los principales partidos han iniciado conversaciones con la JCE y han acordado tomar acciones conjuntas.

Freud Mena explicó que, si bien respetan la institucionalidad del Tribunal Constitucional, como actores políticos directamente afectados, están en la obligación de plantear soluciones para regular esta nueva figura de candidaturas independientes.

“Existen dos alternativas: que el Congreso Nacional modifique la Ley Electoral para incluir estas disposiciones y establecer las regulaciones necesarias, o que la Junta Central Electoral emita reglamentos en caso de que el Congreso no actúe. Es crucial garantizar el control de esta nueva posibilidad, ya que no existe una vía jurídica para revisar una decisión definitiva del Tribunal Constitucional”, precisó.

Impacto político

Freud Mena también advirtió sobre las posibles divisiones internas que la sentencia podría generar en los partidos.

“Cualquier persona en desacuerdo con las decisiones internas de un partido podría optar por postularse como independiente, lo que fragmentaría aún más a las organizaciones políticas”, alertó.

Finalmente, el delegado del PRM reiteró la necesidad de establecer normativas claras para evitar el desbalance en el sistema político.

“La apertura a las candidaturas independientes debe contar con regulaciones mínimas que aseguren la estabilidad del sistema partidario y político del país. No podemos permitir que esta nueva realidad desestabilice el orden político nacional”, concluyó.

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Sentencia del TC es motivo de análisis de los medios de comunicación del pais.

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Santo Domingo, R.D.-El principal diario impreso y digital de la República Dominicana, el Listín Diario, trajo en su portada este domingo un análisis de la sentencia del Tribunal Constitucional, número TC-0788-24, la cual declara inconstitucional los artículos 156 y 157 de la ley 20-23, de Régimen Electoral, que tratan sobre las candidaturas políticas independientes por entender que hay una “desconexión” entre el título y el contenido de los artículos impugnados porque se condicionaba la posibilidad de participar en esa condición  a la creación de una organización política.

Esos artículos manifestaban que para sustentar una candidatura independiente a la Presidencia de la República, se requiere una organización de cuadros directivos igual a la de los partidos políticos en todo el país, además de un programa de gobierno definido; la 20-23 igual señala que para los cargos de senadores y diputados al Congreso Nacional deberán ser sustentadas por la misma organización de cuadros directivos fijos para los partidos, agrupaciones o movimientos políticos, pero limitada a la demarcación electoral respectiva; mientras que el nivel de alcaldías y regidurías, estos tienen que presentar una organización municipal que los abale.

El párrafo tres del articulo 157 reseña que “serán aplicables a las candidaturas independientes y a las organizaciones que las sustenten, las demás disposiciones que establece esta ley, en lo que se refiere a los partidos, agrupaciones o movimientos políticos y a las candidaturas sustentadas por estos, con las adaptaciones a que hubiere lugar y de acuerdo con las disposiciones de la Junta Central Electoral (JCE).

La alta corte decidió que estos textos eran inconstitucionales debido a que se condicionaba la posibilidad de participar como independiente a la creación de una organización política.

«El mecanismo previsto para la presentación de candidaturas independientes requiere la creación de agrupaciones políticas accidentales, estructuradas de manera similar a los partidos políticos tradicionales. Esto desnaturaliza la figura de las candidaturas independientes y limita su accesibilidad para quienes deseen optar por esta vía», señala el dispositivo de la sentencia.

Una “amenaza” al sistema de partidos

Tras la sentencia, que se produjo a raíz de un recurso interpuesto por Roberto Fiallo, el tema se ha mantenido en el escaparate público en los últimos días; tanto que varios dirigentes de partidos han indicado que la sentencia sería una “amenaza” al sistema político.

“Imaginas que ahora todo el que sienta que puede ser candidato vaya y se inscriba, porque eso es lo que están diciendo. O sea, no habrá ningún requisito previo. ¿Cómo se van a contar los votos o repartir los fondos cuando hayan 200 candidaturas?», cuestionó Freund al conversar con representantes de los medios de comunicación.

Sin respuesta de la JCE

Con el pasar de los días, el pleno de la JCE aún no ha dado a conocer su posición sobre el tema ni los nuevos lineamientos que se estarían implementando a raíz de la sentencia de la alta corte.

La sentencia prepara el camino para que la ley 20-23, de Régimen Electoral, tenga que ser modificada para eliminar los artículos declarados inconstitucionales. Sería la tercera vez desde el 2018 que las leyes que rigen el sistema partidos y democracia de República Dominicana tengan que ser cambiados.

Precisamente en 2018 fue promulgada la ley 33-18 sobre Partidos Políticos tras varios años de debate en el Congreso Nacional; luego fue aprobada la 15-19, de Régimen Electoral; ambos textos legislativos sustituían a la antigua “Ley Electoral” que regía en el país desde 1997.

Tras las elecciones de 2020 y varias sentencias, tanto del Tribunal Constitucional como del Tribunal Superior Electoral (TSE) recriminando la ambigüedad de la ley con relación a varios temas, se hizo imperiosa la necesidad de modificar la misma.

«El Congreso Nacional debe aprovechar esta situación para evaluar todas las cuestiones que han sido declaradas inconstitucionales», exclamó Freund.

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