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Abinader rinde honores a la Bandera Nacional
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3 años agoon
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LA REDACCIÓNSANTO DOMINGO.-Con motivo del Mes de la Patria, el presidente Luis Abinader y la vicepresidenta Raquel Peña rindieron este miércoles honores a la Bandera Nacional.
En el acto, realizado en las escalinatas del Palacio Nacional, el Mandatario afirmó que «no es casualidad que la lucha contra la covid-19 y sus efectos negativos en la salud, la economía y en todos los ámbitos sociales, halla sido exitosa, constituyendo el país un referente de normalización social y reactivación económica a nivel internacional».
«Repito, no es casualidad, es la fuerza espiritual de la patria misma que guía las acciones de un gobierno que le sirve a su pueblo con eficiencia, humildad, pasión y transparencia», destacó.
Dijo que «es un motivo de satisfacción personal y orgullo cívico para un ciudadano rendirle honor a los símbolos que representan su nacionalidad y que además es una muestra de respeto y fidelidad que ennoblece y engrandece al mismo y a la nación».
«Eso es lo que estamos haciendo en este momento que tiene vocación de permanencia, tributarle honores a la enseña tricolor que nos representa en el mundo como nación libre, soberana y democrática», expresó.
Agregó que «nuestra bandera tricolor idealizada y diseñada por el padre de la patria Juan Pablo Duarte, dejando vivo testimonio en el juramento trinitario el 16 de julio de 1838, confeccionada por manos de mujeres patriotas como María Trinidad Sánchez, Concepción Bona, María de Jesús Pina, Isabel Sosa, está matizada por un profundo sentido espiritual».
«Asimismo, la cruz blanca en el centro, y dentro de la misma el Escudo con la biblia abierta en el evangelio de Juan ‘y conoceréis la verdad y la verdad os hará libres’, coronado con las palabras sacramentales de Dios, Patria y Libertad», indicó.
Manifestó que «este sentido espiritual ha acompañado desde los esfuerzos previos a la independencia, en la concepción misma de la Sociedad La Trinitaria, nombre cristiano y núcleo ideológico de la dominicanidad y la independencia proclamada el 27 de febrero de 1844 y se hizo patente durante todo el trayecto histórico para consolidar la identidad y el perfil independiente de la República Dominicana».
«Nos inclinamos respetuosos ante el pabellón nacional porque representa las luchas heroicas de nuestro pueblo por la autodeterminación, la soberanía, la democracia y la justicia social», declaró.
Explicó que «hacemos este homenaje al lienzo patrio porque nos identifica en la decisión de ser una nación grande, material y espiritual; con una sociedad educada y desarrollada en valores democráticos, cristianos y productivos».
«Nos abrazamos a nuestra hermosa bandera porque ella convoca, en todo lo que representa, al pueblo a vencer las dificultades y las grandes crisis. lo estamos logrando con inteligencia, capacidad de trabajo, honestidad y voluntad creadora y patriótica», significó.
Sostuvo que se reverencia el estandarte de la dominicanidad porque representa la dignidad, la decencia, la honradez y la entrega laboriosa de los servidores públicos que cumplimos el mandato de Duarte, de trabajar por y para la patria.
La actividad incluyó la presentación de una poesía coreada y declamación del Himno Nacional dominicano por parte de cadetes y guardiamarinas, dirigido por el general de brigada y dramaturgo Servio Antonio Uribe Vizcaíno.
En el acto, el presidente de la Comisión Permanente de Efemérides Patrias, Juan Pablo Uribe, entregó al gobernante la Rendición de Cuentas del general Juan Pablo Duarte, padre de la Patria.
Abinader estuvo acompañado de la primera dama, Raquel Arbaje. También asistieron los ministros de Defensa, teniente general Carlos Díaz Morfa; de la Presidencia, Lisandro Macarrulla; de Interior y Policía, Jesús Vásquez Martínez; de la Mujer, Mayra Jiménez; de Relaciones Exteriores, Roberto Álvarez, y de la Juventud, Rafael Féliz.
Además, el mayor general Julio Ernesto Florián Pérez, comandante general del Ejército de la República Dominicana; vicealmirante Ramón Gustavo Betances Hernández, comandante general de la Armada; mayor general piloto Leonel Amílcar Muñoz, comandante general de la Fuerza Aérea, y el director de la Policía Nacional, mayor general Eduardo Alberto Then.
Asimismo, oficiales generales y almirantes, activos y en posición de retiro, oficiales superiores, subalternos y alistados.
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Sentencia del TC es motivo de análisis de los medios de comunicación del pais.
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10 mins agoon
diciembre 22, 2024Santo Domingo, R.D.-El principal diario impreso y digital de la República Dominicana, el Listín Diario, trajo en su portada este domingo un análisis de la sentencia del Tribunal Constitucional, número TC-0788-24, la cual declara inconstitucional los artículos 156 y 157 de la ley 20-23, de Régimen Electoral, que tratan sobre las candidaturas políticas independientes por entender que hay una “desconexión” entre el título y el contenido de los artículos impugnados porque se condicionaba la posibilidad de participar en esa condición a la creación de una organización política.
Esos artículos manifestaban que para sustentar una candidatura independiente a la Presidencia de la República, se requiere una organización de cuadros directivos igual a la de los partidos políticos en todo el país, además de un programa de gobierno definido; la 20-23 igual señala que para los cargos de senadores y diputados al Congreso Nacional deberán ser sustentadas por la misma organización de cuadros directivos fijos para los partidos, agrupaciones o movimientos políticos, pero limitada a la demarcación electoral respectiva; mientras que el nivel de alcaldías y regidurías, estos tienen que presentar una organización municipal que los abale.
El párrafo tres del articulo 157 reseña que “serán aplicables a las candidaturas independientes y a las organizaciones que las sustenten, las demás disposiciones que establece esta ley, en lo que se refiere a los partidos, agrupaciones o movimientos políticos y a las candidaturas sustentadas por estos, con las adaptaciones a que hubiere lugar y de acuerdo con las disposiciones de la Junta Central Electoral (JCE).
«El mecanismo previsto para la presentación de candidaturas independientes requiere la creación de agrupaciones políticas accidentales, estructuradas de manera similar a los partidos políticos tradicionales. Esto desnaturaliza la figura de las candidaturas independientes y limita su accesibilidad para quienes deseen optar por esta vía», señala el dispositivo de la sentencia.
Una “amenaza” al sistema de partidos
Tras la sentencia, que se produjo a raíz de un recurso interpuesto por Roberto Fiallo, el tema se ha mantenido en el escaparate público en los últimos días; tanto que varios dirigentes de partidos han indicado que la sentencia sería una “amenaza” al sistema político.
“Imaginas que ahora todo el que sienta que puede ser candidato vaya y se inscriba, porque eso es lo que están diciendo. O sea, no habrá ningún requisito previo. ¿Cómo se van a contar los votos o repartir los fondos cuando hayan 200 candidaturas?», cuestionó Freund al conversar con representantes de los medios de comunicación.
Sin respuesta de la JCE
Con el pasar de los días, el pleno de la JCE aún no ha dado a conocer su posición sobre el tema ni los nuevos lineamientos que se estarían implementando a raíz de la sentencia de la alta corte.
La sentencia prepara el camino para que la ley 20-23, de Régimen Electoral, tenga que ser modificada para eliminar los artículos declarados inconstitucionales. Sería la tercera vez desde el 2018 que las leyes que rigen el sistema partidos y democracia de República Dominicana tengan que ser cambiados.
Precisamente en 2018 fue promulgada la ley 33-18 sobre Partidos Políticos tras varios años de debate en el Congreso Nacional; luego fue aprobada la 15-19, de Régimen Electoral; ambos textos legislativos sustituían a la antigua “Ley Electoral” que regía en el país desde 1997.
Tras las elecciones de 2020 y varias sentencias, tanto del Tribunal Constitucional como del Tribunal Superior Electoral (TSE) recriminando la ambigüedad de la ley con relación a varios temas, se hizo imperiosa la necesidad de modificar la misma.
«El Congreso Nacional debe aprovechar esta situación para evaluar todas las cuestiones que han sido declaradas inconstitucionales», exclamó Freund.
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Recusación de juez de caso Falcón genera aplazamiento de audiencia preliminar.
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3 días agoon
diciembre 19, 2024Santo Domingo, R.D.-La defensa del imputado Lenin Torres y la persona moral Lenin Auto Import recusaron al juez Cirilo Salomón Sánchez del Quinto Juzgado de la Instrucción de Santiago, lo que generó el aplazamiento para el 9 de enero del 2025 de la audiencia preliminar del caso Falcón.
El abogado José de los Santos Hiciano argumentó la recusación en medio de un proceso que ha enfrentado múltiples retrasos. Este incidente ocurre poco después del arresto en Colombia de Erick Randiel Mosquea Polanco, señalado como líder de la red criminal.
El Ministerio Público, representado por los fiscales Yeny Liranzo, Reyna Jiménez y Pedro Martínez, calificó la recusación como infundada y extemporánea, reiterando su disposición para avanzar con el proceso judicial.
La operación Falcón desmanteló una red de crimen organizado que se dedicaba al narcotráfico, lavado de activos, tráfico de armas y otros delitos, movilizando miles de millones de pesos bajo la apariencia de actividades comerciales legítimas.
El Ministerio Público presentó una acusación formal contra más de 70 personas y entidades, aportando miles de documentos como pruebas. El desmantelamiento de la red contó con el apoyo de la DEA y otros organismos internacionales.
El aplazamiento prolonga un proceso que ha sido marcado por constantes recursos de la defensa. Las autoridades reiteraron su compromiso de garantizar justicia para un caso de alto impacto en la lucha contra el crimen organizado en el país.
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Panorama político del pais podría cambiar por candidaturas independientes.
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3 días agoon
diciembre 19, 2024Santo Domingo, R.D.-Un gran impacto podría tener la sentencia del Tribunal Constitucional de la República Dominicana en la redefinición de la participación política en el país.
El caso, conocido como TC/0788/24, declaró inconstitucionales los artículos 156 y 157 de la Ley 20-23 sobre el régimen electoral, disposiciones que regulaban de forma restrictiva las candidaturas independientes.
Esta decisión llega tras la acción de inconstitucionalidad interpuesta por Alberto Emilio Fiallo-Billini, quien argumentó que dichas normas «vulneran principios constitucionales como el pro-participación, la igualdad en derechos políticos y el pluralismo político».
El fallo, en esencia, podría allanar el camino para una mayor diversidad en las opciones políticas, así como reforzar el principio de participación ciudadana, al eliminar requisitos como la conformación de «cuadros directivos fijos» similares a la de las organizaciones políticas, para las candidaturas independientes.
A pesar de mostrarse como una idea democrática, el éxito de este cambio dependerá en gran medida de la implementación de medidas que garanticen condiciones equitativas para las candidaturas independientes, así como los ajustes necesarios tanto a las legislaciones como a los procesos electorales.
La sentencia del Tribunal Constitucional marca un hito en la historia democrática de la República Dominicana. Su impacto real dependerá de cómo los actores políticos, el electorado y las instituciones electorales adopten esta nueva realidad.
La decisión del TC
En el proceso de aprobación, nueve jueces del Tribunal Constitucional votaron a favor de eliminar estos requisitos que exigían a las candidaturas independientes lo mismo que los partidos políticos, pero dos votaron en contra por considerar que el pleno se excedió en sus atribuciones y asumió funciones del Poder Legislativo.
«El mecanismo previsto para la presentación de candidaturas independientes requiere la creación de agrupaciones políticas accidentales, estructuradas de manera similar a los partidos políticos tradicionales. Esto desnaturaliza la figura de las candidaturas independientes y limita su accesibilidad para quienes deseen optar por esta vía», indica el fallo.
El Tribunal Constitucional recomendó una nueva redacción de los artículos 152 y 157 para determinar los requisitos para presentar una candidatura independiente en los siguientes procesos electorales.