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Partidos políticos regocijados por declaración de inconstitucionalidad de propaganda en pre-campaña.

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Los partidos políticos regocijados por la sentencia del Tribunal Constitucional que declara inconstitucional la prohibición de propaganda durante la precampaña electoral, lo cual no parece muy saludable para la democracia dominicana.

Este martes, mediante la sentencia TC/0052/22 el Tribunal Constitucional acogió el recurso de inconstitucionalidad incoado por la Fundación Prensa y Derecho, a través del abogado Namphi Rodríguez, contra el artículo 44, numeral 7 de la referida ley.

Rodríguez calificó la decisión como una victoria para la libertad de expresión y el debate público.

“Es una sentencia que enmarca en lo que es la cultura política de la República Dominicana de que en la precampaña electoral se dan posicionamientos de los candidatos hacia el público y lo que hacía el artículo era mantener la precampaña cerrada en los partidos políticos, sin la posibilidad de difusión, de propaganda en los medios de comunicación”, sostuvo el abogado constitucionalista.

De su lado, Danilo Díaz, delegado del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), dijo que la decisión del alto tribunal es coherente con la resolución 02-2022 que emitió la Junta Central Electoral (JCE) el lunes pasado, al acoger las sugerencias del partido morado y la Fuerza del Pueblo (FP) y modificar algunos puntos de resolución 28-21 que regula el período previo al inicio de la precampaña.

“Es coherente con la resolución de la Junta que acogió justamente aspectos inconstitucionales de la resolución de octubre en el sentido de que se le quiere prohibir la libertad de expresión a los partidos políticos de lo que quiera opinar y promover”, indicó.

«Es una muestra de que tenemos que seguir apostando al fortalecimiento democrático y de las libertades públicas y de los derechos de ciudadanía en la República Dominicana», valoró Manuel Crespo, representante de Fuerza del Pueblo.

Cónsono opinó Tácito Perdomo, delegado de Partido Reformista Social Cristiano (PRSC), quien dijo que con la decisión se da el golpe de gracia a la resolución 2-2022.

“La decisión del Tribunal Constitucional me llena de satisfacción porque fue algo que advertí desde el primer momento, que la ley ni era clara y la resolución de la junta tampoco”, comentó. 

Perdomo consideró que el artículo 44, numeral 7, generaba trabas en los procesos de primarias cerradas y abiertas, puesto que los aspirantes necesitan ser conocidos por los electores antes de cada proceso eleccionario.

Debe ser abierto que la gente diga lo que piensa, que diga cuál es su propuesta, personalmente”, adujo.

Para Díaz, a ningún dirigente se le puede cohibir su derecho a promover sus ideas, «decir que aspira y que un grupo de dirigentes diga que está con él, son ejercicios constitucionales”, explicó.

Reforma

Los delegados Orlando Jorge Mera, del Partido Revolucionario Moderno (PRD) y Janet Camilo, del Partido Revolucionario Dominicano (PRD), coincidieron en que la decisión del TC ratifica la importancia de reformar con carácter de urgencia la ley de Partidos y de Régimen Electoral.

“El Tribunal Constitucional hace una interpretación correcta de la Constitución de la República, y continúa haciendo una operación quirúrgica de la ley 33-18. Esa sentencia es una confirmación inequívoca de la necesidad que tenemos de reformar y ajustar la actual ley de Partidos al mandato de la Constitución”, precisó Jorge Mera.

“Urge con mayor aceleración de tiempo que la mesa de diálogo de la Reforma Electoral pueda hacer el acuerdo político necesario para que se deposite en la primera legislatura de este año la reforma a ambas legislaciones”, sentenció Camilo.

Compatibilizar leyes con la Constitución

Luego de esta sentencia, el abogado Rodríguez consideró que el desafío de la JCE es compatibilizar la ley de Partidos con la Constitución, ya que la normativa promulgada el 15 de agosto del 2018 “es la que más tiene más declaratorias de inconstitucionalidad del ordenamiento jurídico dominicano por la forma como se hizo”.

“El gran desafío para la JCE y los partidos es hacer una reforma acorde con los precedentes que el Tribunal Constitucional ha dictado”.

En tanto, con la anulación del numeral 7 del artículo 44 de la ley de partidos, los futuros candidatos tendrán más tiempo para dar a conocer sus propuestas y promover su figura de cara a los comicios del año 2024.

Recurso

Además del recurso de inconstitucional incoado contra el numeral 7 del artículo 44 de la ley de partidos, jurista también recurrió contra el artículo 43 y su numeral 4, pero el TC lo declaró inadmisible debido a que del mismo ya se había sometido a otra acción directa de inconstitucionalidad.

Este prohibía la divulgación de mensajes políticos vía teléfonos, facsímiles, correo, internet y otros medios de comunicación digital.

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Emiten resolución en favor de pensionados y jubilados

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Santo Domingo, R.D.– La resolución 00263-2024 de la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL) a favor de los pensionados y jubilados del Estado dominicano dispone el aumento de la cobertura y beneficios para los planes especiales transitorios de servicios de salud de la población en condición de retiro.

La medida, que ordena reducir al 3.2% los aportes de los pensionados y jubilados al Seguro Familiar de Salud (SFS) hasta el tope de 10 salarios mínimos nacional, garantizará coberturas adicionales aprobadas por el Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) y ampliará la red de prestadores de servicios de salud en todo el país, incluyendo clínicas, laboratorios y centros diagnósticos, para mejorar el acceso y la calidad de la atención.

Esta disposición entrará en vigor de forma retroactiva a partir del 01 de diciembre de 2024, impactando positivamente a jubilados y pensionados de la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones (DGJP), médicos, maestros, policías, exmiembros de los cuerpos castrenses y sus dependientes directos.

Para la aplicación de los nuevos beneficios, el Gobierno dispuso una inversión de más de mil 600 millones de pesos y emitió el decreto 644-24 para reducir al 3.2% el aporte de los pensionados, reafirmando su compromiso de mejorar las condiciones de vida de los jubilados y pensionados.

La resolución establece los nuevos per cápita por ampliación de red e inclusión de nuevos beneficios e instruye a las Administradoras de Riesgos de Salud ARS SeNaSa, ARS CMD y ARS SEMMA brindar los servicios y actualizar un listado con los nuevos Prestadores de Servicios de Salud (PSS).

Sobre SISALRIL

La Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL) es la institución responsable de garantizar el derecho a la salud y la protección ante riesgos laborales de la población de manera oportuna y con calidad, mediante la regulación y supervisión en el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS).

Es una entidad autónoma del Estado, establecida el 9 de mayo de 2001 mediante la Ley No. 87-01 que crea el SDSS.

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Apresan a varios haitianos por herir y atracar a una mujer de 61 años en Dajabón

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Restauración.–Varias personas de nacionalidad haitiana fueron apresadas por autoridades conjuntas  para ser investigados con relación al robo efectuado en la residencia de la señora Martina Valdez, a quien también hirieron por arma blanca en el municipio de Restauración.

En un amplio operativo encabezado por el teniente coronel Caba Suriel, encargado de la Dirección Central de Investigaciones Criminales (DICRIM), el Ejército de República Dominicana y la Policía Preventiva, se realizan las detenciones para tratar de esclarecer el hecho donde resultó afectada por golpes y heridas la señora Martina Valdez de 61 años de edad.

Se presume que un hombre de origen haitiano es el responsable de amordazar y provocarle heridas a la señora Martina Valdez de 61 años para robarle sus pertenencias.

Este hecho ocurrió alrededor de la siete de la noche del lunes cuando la señora Valdez se encontraba en su residencia de la calle Duarte de dicho municipio.

Caba Suriel manifestó que no permitirá que antisociales siembren la intranquilidad de las personas de bien en esta provincia, por lo que pidió a los malhechores a abstenerse de infringir la ley.

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Declaran inocente al agente de migración acusado de violar a una haitiana en el AILA

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Santo Domingo, R.D.-Fue descargado de responsabilidad penal el agente de Migración Carlos Jiménez Rosario, cuya decisión provino del  Primer Tribunal Colegiado de la Provincia de Santo Domingo de un hecho que se produjo por supuestamente violar sexualmente a una haitiana en septiembre del 2023 en el Aeropuerto Internacional de las Américas (AILA)

La información la ofreció su abogado Óscar de León, quien dijo que la supuesta víctima Stephy Graph Cadichon, de 31 años, nunca compareció al tribunal y tampoco fue posible localizarla en Estados Unidos donde habría viajado.

Graph Cadichon imputó al agente haber abusado sexualmente de ella luego de una supuesta discusión que sostuvieron en la terminal aérea, porque la extranjera presuntamente intentó viajar con un visado falso de un niño que la acompañaba.

Según su denuncia, Jiménez Rosario la llevó a un cuarto del aeropuerto donde la violó.

De León explicó que los jueces Elizabeth Rodríguez, Flor Batista y José Leonel Asencio emitieron la sentencia absolutoria a favor de Jiménez Rosario por insuficiencia probatoria.

El agente duró preso siete meses en la cárcel Najayo-Hombres, como medida de coerción, la cual se le varió por presentación periódica y una garantía económica cuando fue enviado a juicio de fondo.

La extranjera tenía un proceso abierto en su contra por supuesta visa falsa, en el que se le declaró en rebeldía.

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