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Jean Alain niega aspiraciones presidenciales y clama por extradición de Rafael Canó.
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3 años agoon
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LA REDACCIÓN
SANTO DOMINGO.- Los abogados defensores del ex procurador Jean Alain Rodríguez negaron que su cliente haya aspirado a una candidatura para las elecciones presidenciales del año 2020 y mucho menos contratado a título personal asesores para esos fines.
Resaltaron que este es un país muy pequeño y no hay un solo dirigente político de cualquier partido, que pueda señalar a Jean Alain Rodríguez le haya presentado una propuesta a una candidatura o que haya participado en una actividad política durante sus funciones como Procurador General de la República.
Cuestionaron acerca de qué sentido tiene contratar y pagar esas sumas sin existir ni un letrero o folleto aspirando a nada.
Sobre la contratación de la asesora mexicana, refirió que todo tema político «y muy en especial» todo tema relativo al movimiento Político Renovación fue coordinado, dirigido y ejecutado por Rafael Canó Sacco, quien era el presidente de dicho movimiento.
«Cualquier contratación y pago realizado a esa reconocida y prestigiosa asesora, fue realizado por Rafael Canó y no por Jean Alain Rodríguez» aseguró la defensa del exfuncionario.
Detener filtraciones
Por medio del mismo comunicado, los abogados de Jean Alain Rodríguez pedieron al Ministerio Público detener las filtraciones a la prensa, y dejar a un lado «el exorbitante populismo penal» que, según ellos, se ha exhibido desde el inicio de este caso.
Esto, dijeron, permitiría que Jean Alainn responda puntualmente en los tribunales y a la opinión pública cada acusación que se le realice.
Afirmaron que Jean Alain Rodríguez siempre ha estado disponible para cualquier pregunta sobre su gestión, se presentó voluntariamente a la Procuraduría sin ser llamado y ha pedido que todas las audiencias sean públicas precisamente porque no tiene nada que ocultar o esconder.
“Muy por el contrario, el señor Rafael Canó Sacco, jefe de las operaciones de la Procuraduría y presidente del movimiento político Renovación, escapó del país, se ocultó por tres meses en Madrid hasta que fue encontrado bajo orden de arresto internacional de la Interpol, es arrestado y luego se negó y resistió a la extradición para evadir enfrentar sus cargos aquí y permanece fuera. Si esa persona es el testigo estrella, a pesar de ser la persona que todos señalan como responsable de los supuestos ilícitos, este caso completo se les va a derrumbar”, expresó el Dr. Carlos Balcácer.
Rafael Canó Sacco debe ser extraditado para que enfrente los cargos aquí en el país y así demostrar quién es el verdadero responsable de todas estas supuestas barbaridades que hemos visto en los medios de comunica.
Respecto a las sobrevaluaciones y sobornos reiteraron que la Cámara de Cuentas no identificó sobreevaluaciones y que hasta este momento, los tres interrogatorios filtrados a la prensa con serios escándalos de actos irregulares, a quien indican como persona que presuntamente solicitaba sobornos es precisamente al señor Rafael Canó Sacco. Así lo afirma el ingeniero Antón Casasnova respecto a un 20% solicitado por Canó para tres obras de construcción de la Nueva Victoria.
También por las declaraciones emitidas por el representante de la empresa Ulises Ramírez de la empresa Smart Display, quien refiere que le envió 34 millones de sobornos al ex jefe de gabinete a través de su amigo de apellido Sena.
Por igual, el testimonio de la principal testigo inicial Rainiery Medina Sánchez, quien según el Ministerio Público realizó robo asalariado de más de 700 televisores durante la gestión de Miriam Germán Brito, dice que fue contratada por Rafael Canó Saco y esta era la persona que supuestamente bajo sus órdenes, distraía bienes de la Procuraduría para el Movimiento Renovación, dirigido por ese ciudadano.
De acuerdo con los juristas, la magistrada Miriam Germán Brito fue objeto de un burdo robo durante el inicio de su gestión y eso no la hace responsable de lo que hizo su subordinada.
Como bien resaltó la magistrada Yeni Berenice en sus tweets de fecha septiembre 13 del 2016 y julio 20 del 2017 respectivamente, “la confesión no es un medio de prueba”, “hay gente que tiene complejo de evidencia…cada palabra la convierte en prueba”. Resulta muy cómodo que quien es señalado por absolutamente todas las personas como el presunto autor de los hechos, ahora desde fuera, con un simple testimonio, atribuya al ex procurador todo acto que se le sindica a él mismo por tantas personas.
Nacionales
JCE presenta plataforma digital del Observatorio de Participación Política de las Mujeres
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12 horas agoon
diciembre 5, 2025
Santo Domingo, R.D.-La Junta Central Electoral (JCE), a través de la Comisión de Políticas de Igualdad de Género de la institución, presentó a la ciudadanía a través de sus redes sociales la plataforma digital del Observatorio de Participación Política de las Mujeres, espacio que estará integrado en la página de la institución.
Mediante un comunicado, la JCE explicó que el observatorio tiene como finalidad asesorar, diseñar, implementar, desarrollar y evaluar las acciones orientadas a fomentar la participación de las mujeres en la política.
Asimismo, indicó que esta iniciativa, que se encuentra bajo la coordinación de la miembro titular del Pleno y coordinadora de la Comisión de Políticas de Igualdad de Género, Dolores Fernández, es una plataforma que busca recopilar, analizar y visibilizar información sobre los avances, brechas y desafíos de la participación política femenina en República Dominicana.
Además, destacó que el observatorio funciona como una herramienta dinámica de estadísticas interactivas que permite conocer la evolución de la participación política de las mujeres en el país y a través de sus secciones, se podrán explorar datos sobre: candidaturas y cargos electos, participación en los partidos políticos, concurrencia electoral por sexo y participación de mujeres en juntas y colegios electorales.
La misión de este observatorio es, en primer lugar, analizar los niveles de cumplimiento de metas y objetivos nacionales e internacionales en torno a la igualdad de género en materia de representación política y, en segundo lugar, motivar e impulsar la participación paritaria de las mujeres en la toma de decisiones.
Entre los objetivos de esta propuesta, figuran: generar información cuantitativa y cualitativa sobre la representación política de mujeres y hombres en el ámbito nacional; medir los niveles de cumplimiento de metas y objetivos internacionales en torno a la igualdad de género; visibilizar avances de igualdad de género en los partidos políticos y aportar datos que sirvan para elaborar insumos claves para el análisis, la formulación de propuestas y el diseño de estrategias de incidencia política.
Asimismo, procura fortalecer las políticas públicas de igualdad, promover la paridad y la representación política equitativa, garantizar los derechos políticos de las mujeres e impulsar acciones para prevenir y erradicar la violencia política hacia las mujeres.
Nacionales
Telemicro: TSA indicó que Indotel actuó de forma precipitada al asignar frecuencia del Canal 3
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12 horas agoon
diciembre 5, 2025
Santo Domingo, R.D.-El Grupo Telemicro reaccionó al fallo judicial del Tribunal Superior Administrativo (TSA) sobre la asignación de la frecuencia del canal 3 VHF. En un documento indicó que la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA) reconoció que el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel), en su rol de autoridad para la gestión del espectro radioeléctrico, actuó de forma «imprudente y precipitada» al asignar el Canal 3 digital a favor de Franasyn, S.R.L., mediante la Resolución núm. 132-2024 dictada el 14 de noviembre de 2024.
Indicó que el tribunal estableció, luego del análisis de las pruebas aportadas por las partes en el litigio sobre el Canal 3 en la banda VHF, que el «regulador (Indotel) tenía pleno conocimiento de que existía un proceso judicial abierto sobre el derecho de uso y explotación de esa frecuencia».
«El órgano apuntó que, en tales circunstancias, esa entidad encargada de gestión radioeléctrica debía actuar con la debida prudencia y observar el principio de realizar una buena administración, absteniéndose de adoptar decisiones que pudieran incidir en el proceso, como lo fue asignar el Canal 3 a favor de un tercero, en este caso la sociedad Franasyl. S.R.L.», dice un documento enviado por la Corporación de Televisión y Microondas Rafa, S.A. (Telemicro).
Derechos de Franasyl
La Tercera Sala del TSA reconoció la legitimidad de los derechos alegados por Franasyl, S.R.L. en torno al Canal 3 virtual y declaró válida su intervención voluntaria en el proceso.
En su decisión, el tribunal rechazó en todas sus partes el recurso contencioso administrativo interpuesto por Telemicro y confirmó íntegramente la Resolución núm. 080-2022 emitida por el Indotel.
La sentencia se produce tras el reenvío ordenado por la Suprema Corte de Justicia mediante la decisión SCJ-TS-25-0203, que instruyó una nueva valoración del caso después de identificar un vicio de desnaturalización de los hechos en un fallo anterior.
- Telemicro buscaba que la justicia anulara la resolución del Indotel alegando derechos adquiridos sobre el Canal 3 VHF derivados de una comunicación emitida por el órgano regulador en 2004.
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Senado contra la pared con el CPP: aprobar o rechazar
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12 horas agoon
diciembre 5, 2025
Santo Domingo, R.D.-El Senado de la República conocerá este viernes en única discusión el proyecto de ley del nuevo Código Procesal Penal, con las decenas de modificaciones que hizo la Cámara de Diputados y la opción de aprobar o rechazar el documento.
El pleno senatorial deberá decidir “lo más rápido posible”, debido al plazo que le otorga el Tribunal Constitucional en la sentencia 0765/24. En su fallo, emitido el 6 de diciembre de 2024, la alta corte declaró nula la Ley 10-15, que modifica el Código Procesal Penal del 2002, y dio un año al Congreso Nacional, hasta el 11 de este mes, para tener listo un nuevo marco legal.
La pieza de ley que estudian los congresistas generó fuertes debates en la Cámara de Diputados mientras era conocida, por artículos que tienen que ver con las facultades del Ministerio Público (MP) en los procesos, como los de peritajes. Uno de ellos es el artículo 211, sobre el nombramiento de peritos.
La moción de Pacheco y Díaz, que es similar a la versión que llegó del Senado, consiga tres párrafos, en el que establecen que los peritos en cualquier otro momento son nombrados, mediante resolución motivada, por el juez o tribunal, a propuesta de parte; el número de peritos es determinado según la complejidad de las cuestiones a plantear, considerando las sugerencias de las partes; y el dictamen o la resolución que ordena el peritaje fija con precisión las razones que lo motivan, su objeto y alcance, así como el plazo para la presentación de dichos dictámenes.
El Procesal Penal vigente no condiciona el nombramiento del perito por el Ministerio Público a que no sea “anticipo jurisdiccional”. Dice, más bien, que durante la etapa preparatoria los nombra el Ministerio Público.
Ejecución del peritaje
Amado Díaz propuso también -siendo acogida por la mayoría-, modificar el artículo 215 del nuevo Código, que trata sobre la ejecución del peritaje, para agregar al MP, quien había sido dejado fuera de ese apartado en la aprobación en primera discusión. Se estableció que el órgano persecutor, juez o tribunal que ha dispuesto el peritaje, resuelva todas las cuestiones que se planteen durante su realización.
La CD modificó el artículo 48 de la pieza
Otro punto de debate en los diputados fue el de la interrupción de la prescripción, artículo 48, numeral 1, uno de los que se quejó Eugenio Cedeño. La Cámara modificó dicho apartado -al dejar quitar la frase “presentada por el Ministerio Público”, para que diga que la prescripción se interrumpe por: la imposición de medida de coerción; la presentación de la acusación; y el pronunciamiento de la sentencia, aunque sea revocable.
