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Jean Alain niega aspiraciones presidenciales y clama por extradición de Rafael Canó.
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2 años agoon
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LA REDACCIÓNSANTO DOMINGO.- Los abogados defensores del ex procurador Jean Alain Rodríguez negaron que su cliente haya aspirado a una candidatura para las elecciones presidenciales del año 2020 y mucho menos contratado a título personal asesores para esos fines.
Resaltaron que este es un país muy pequeño y no hay un solo dirigente político de cualquier partido, que pueda señalar a Jean Alain Rodríguez le haya presentado una propuesta a una candidatura o que haya participado en una actividad política durante sus funciones como Procurador General de la República.
Cuestionaron acerca de qué sentido tiene contratar y pagar esas sumas sin existir ni un letrero o folleto aspirando a nada.
Sobre la contratación de la asesora mexicana, refirió que todo tema político «y muy en especial» todo tema relativo al movimiento Político Renovación fue coordinado, dirigido y ejecutado por Rafael Canó Sacco, quien era el presidente de dicho movimiento.
«Cualquier contratación y pago realizado a esa reconocida y prestigiosa asesora, fue realizado por Rafael Canó y no por Jean Alain Rodríguez» aseguró la defensa del exfuncionario.
Detener filtraciones
Por medio del mismo comunicado, los abogados de Jean Alain Rodríguez pedieron al Ministerio Público detener las filtraciones a la prensa, y dejar a un lado «el exorbitante populismo penal» que, según ellos, se ha exhibido desde el inicio de este caso.
Esto, dijeron, permitiría que Jean Alainn responda puntualmente en los tribunales y a la opinión pública cada acusación que se le realice.
Afirmaron que Jean Alain Rodríguez siempre ha estado disponible para cualquier pregunta sobre su gestión, se presentó voluntariamente a la Procuraduría sin ser llamado y ha pedido que todas las audiencias sean públicas precisamente porque no tiene nada que ocultar o esconder.
“Muy por el contrario, el señor Rafael Canó Sacco, jefe de las operaciones de la Procuraduría y presidente del movimiento político Renovación, escapó del país, se ocultó por tres meses en Madrid hasta que fue encontrado bajo orden de arresto internacional de la Interpol, es arrestado y luego se negó y resistió a la extradición para evadir enfrentar sus cargos aquí y permanece fuera. Si esa persona es el testigo estrella, a pesar de ser la persona que todos señalan como responsable de los supuestos ilícitos, este caso completo se les va a derrumbar”, expresó el Dr. Carlos Balcácer.
Rafael Canó Sacco debe ser extraditado para que enfrente los cargos aquí en el país y así demostrar quién es el verdadero responsable de todas estas supuestas barbaridades que hemos visto en los medios de comunica.
Respecto a las sobrevaluaciones y sobornos reiteraron que la Cámara de Cuentas no identificó sobreevaluaciones y que hasta este momento, los tres interrogatorios filtrados a la prensa con serios escándalos de actos irregulares, a quien indican como persona que presuntamente solicitaba sobornos es precisamente al señor Rafael Canó Sacco. Así lo afirma el ingeniero Antón Casasnova respecto a un 20% solicitado por Canó para tres obras de construcción de la Nueva Victoria.
También por las declaraciones emitidas por el representante de la empresa Ulises Ramírez de la empresa Smart Display, quien refiere que le envió 34 millones de sobornos al ex jefe de gabinete a través de su amigo de apellido Sena.
Por igual, el testimonio de la principal testigo inicial Rainiery Medina Sánchez, quien según el Ministerio Público realizó robo asalariado de más de 700 televisores durante la gestión de Miriam Germán Brito, dice que fue contratada por Rafael Canó Saco y esta era la persona que supuestamente bajo sus órdenes, distraía bienes de la Procuraduría para el Movimiento Renovación, dirigido por ese ciudadano.
De acuerdo con los juristas, la magistrada Miriam Germán Brito fue objeto de un burdo robo durante el inicio de su gestión y eso no la hace responsable de lo que hizo su subordinada.
Como bien resaltó la magistrada Yeni Berenice en sus tweets de fecha septiembre 13 del 2016 y julio 20 del 2017 respectivamente, “la confesión no es un medio de prueba”, “hay gente que tiene complejo de evidencia…cada palabra la convierte en prueba”. Resulta muy cómodo que quien es señalado por absolutamente todas las personas como el presunto autor de los hechos, ahora desde fuera, con un simple testimonio, atribuya al ex procurador todo acto que se le sindica a él mismo por tantas personas.
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PLD, parte de la cúpula de la partidocracia, afirma que sentencia del TC puede atentar contra sistema de partidos
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5 horas agoon
diciembre 22, 2024Santo Domingo. – Los partidos tradicionales dominicanos, incluido el Partido de la Liberación Dominicana (PLD), han mostrado su preocupación y rechazo a la sentencia TC/0788/24 del Tribunal Constitucional (TC), que establece que en un proceso eleccionario se podrá presentar candidaturas independientes de carácter nacional, provincial y municipal que surjan a través de agrupaciones cívicas o sociales de ciudadanos.
En un comunicado, el secretario general de la organización política, Johnny Pujols, señaló que la decisión de la alta corte plantea serios riesgos para la estabilidad del sistema político.
Lea también: Sentencia habilita candidatos independientes suscita temor
El dirigente morado aseguró que la sentencia del Tribunal Constitucional facilita la desigualdad en la competencia electoral, la infiltración para el crimen organizado, la división y el transfuguismo, así como el caos logístico y administrativo.
Según Pujols, esos puntos también son compartidos por otras organizaciones políticas y sociales, con las que ya se han “adelantado encuentros para tratar el tema”.
“Desde el Partido de la Liberación Dominicana reiteramos nuestra más alta preocupación por la sentencia TC/0788/24, así como la voluntad de construir junto a los actores del sistema de partidos una salida prudente que proteja el sistema de partidos y la democracia dominicana”, expresó.
En ese sentido, destacó que es crucial emprender acciones que permitan establecer reglas claras, límites y parámetros para esas candidaturas.
“Esta sentencia podría convertirse en un atentado mortal contra el sistema de partidos y la estabilidad política, social y democrática del país”, argumentó.
El dictamen del Tribunal Constitucional emitido el pasado lunes, también permite que agrupaciones cívicas o sociales propongan candidaturas independientes sin necesidad de inscripción previa, siempre que lo declaren ante la Junta Central Electoral (JCE) al menos 75 días antes de las elecciones.
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Alarmas entre partidos políticos que conforman partidocracia por sentencia del TC.
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6 horas agoon
diciembre 22, 2024Santo Domingo.- Sigmund Freud Mena, delegado del Partido Revolucionario Moderno (PRM) ante la Junta Central Electoral (JCE), anunció que los principales partidos políticos han adoptado una posición conjunta en rechazo a la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) que declaró inconstitucionales los artículos 157 y 158 de la Ley Electoral.
Esta decisión permite la inscripción de candidaturas independientes ante el órgano electoral.
“Hay una postura unificada entre los partidos con los que hemos dialogado en torno a la preocupación generada por esta decisión. Permitir candidaturas independientes sin una mínima regulación es peligroso, ya que los partidos políticos están estrictamente regulados, desde el financiamiento hasta su conformación y su participación electoral”, expresó Freud Mena.
El dirigente político señaló que la sentencia plantea serios desafíos técnicos y jurídicos, ya que, según explicó, interfiere con las facultades del Congreso Nacional.
“El Tribunal Constitucional detalló cómo debía redactarse la ley respecto a las agrupaciones sociales, ahora denominadas así, lo que entendemos como una invasión a competencias exclusivas del poder legislativo. Esto sienta un precedente alarmante”, afirmó.
Freud Mena recordó que los partidos políticos están consagrados en la Constitución como los principales vehículos de representación ciudadana para acceder a posiciones electivas.
Según el artículo 216 de la Carta Magna, esta función es exclusiva de los partidos, y la creación de nuevas figuras atenta contra el sistema político establecido.
Preocupaciones y acciones conjuntas
Ante esta situación, los dirigentes de los principales partidos han iniciado conversaciones con la JCE y han acordado tomar acciones conjuntas.
Freud Mena explicó que, si bien respetan la institucionalidad del Tribunal Constitucional, como actores políticos directamente afectados, están en la obligación de plantear soluciones para regular esta nueva figura de candidaturas independientes.
“Existen dos alternativas: que el Congreso Nacional modifique la Ley Electoral para incluir estas disposiciones y establecer las regulaciones necesarias, o que la Junta Central Electoral emita reglamentos en caso de que el Congreso no actúe. Es crucial garantizar el control de esta nueva posibilidad, ya que no existe una vía jurídica para revisar una decisión definitiva del Tribunal Constitucional”, precisó.
Impacto político
Freud Mena también advirtió sobre las posibles divisiones internas que la sentencia podría generar en los partidos.
“Cualquier persona en desacuerdo con las decisiones internas de un partido podría optar por postularse como independiente, lo que fragmentaría aún más a las organizaciones políticas”, alertó.
Finalmente, el delegado del PRM reiteró la necesidad de establecer normativas claras para evitar el desbalance en el sistema político.
“La apertura a las candidaturas independientes debe contar con regulaciones mínimas que aseguren la estabilidad del sistema partidario y político del país. No podemos permitir que esta nueva realidad desestabilice el orden político nacional”, concluyó.
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Sentencia del TC es motivo de análisis de los medios de comunicación del pais.
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6 horas agoon
diciembre 22, 2024Santo Domingo, R.D.-El principal diario impreso y digital de la República Dominicana, el Listín Diario, trajo en su portada este domingo un análisis de la sentencia del Tribunal Constitucional, número TC-0788-24, la cual declara inconstitucional los artículos 156 y 157 de la ley 20-23, de Régimen Electoral, que tratan sobre las candidaturas políticas independientes por entender que hay una “desconexión” entre el título y el contenido de los artículos impugnados porque se condicionaba la posibilidad de participar en esa condición a la creación de una organización política.
Esos artículos manifestaban que para sustentar una candidatura independiente a la Presidencia de la República, se requiere una organización de cuadros directivos igual a la de los partidos políticos en todo el país, además de un programa de gobierno definido; la 20-23 igual señala que para los cargos de senadores y diputados al Congreso Nacional deberán ser sustentadas por la misma organización de cuadros directivos fijos para los partidos, agrupaciones o movimientos políticos, pero limitada a la demarcación electoral respectiva; mientras que el nivel de alcaldías y regidurías, estos tienen que presentar una organización municipal que los abale.
El párrafo tres del articulo 157 reseña que “serán aplicables a las candidaturas independientes y a las organizaciones que las sustenten, las demás disposiciones que establece esta ley, en lo que se refiere a los partidos, agrupaciones o movimientos políticos y a las candidaturas sustentadas por estos, con las adaptaciones a que hubiere lugar y de acuerdo con las disposiciones de la Junta Central Electoral (JCE).
«El mecanismo previsto para la presentación de candidaturas independientes requiere la creación de agrupaciones políticas accidentales, estructuradas de manera similar a los partidos políticos tradicionales. Esto desnaturaliza la figura de las candidaturas independientes y limita su accesibilidad para quienes deseen optar por esta vía», señala el dispositivo de la sentencia.
Una “amenaza” al sistema de partidos
Tras la sentencia, que se produjo a raíz de un recurso interpuesto por Roberto Fiallo, el tema se ha mantenido en el escaparate público en los últimos días; tanto que varios dirigentes de partidos han indicado que la sentencia sería una “amenaza” al sistema político.
“Imaginas que ahora todo el que sienta que puede ser candidato vaya y se inscriba, porque eso es lo que están diciendo. O sea, no habrá ningún requisito previo. ¿Cómo se van a contar los votos o repartir los fondos cuando hayan 200 candidaturas?», cuestionó Freund al conversar con representantes de los medios de comunicación.
Sin respuesta de la JCE
Con el pasar de los días, el pleno de la JCE aún no ha dado a conocer su posición sobre el tema ni los nuevos lineamientos que se estarían implementando a raíz de la sentencia de la alta corte.
La sentencia prepara el camino para que la ley 20-23, de Régimen Electoral, tenga que ser modificada para eliminar los artículos declarados inconstitucionales. Sería la tercera vez desde el 2018 que las leyes que rigen el sistema partidos y democracia de República Dominicana tengan que ser cambiados.
Precisamente en 2018 fue promulgada la ley 33-18 sobre Partidos Políticos tras varios años de debate en el Congreso Nacional; luego fue aprobada la 15-19, de Régimen Electoral; ambos textos legislativos sustituían a la antigua “Ley Electoral” que regía en el país desde 1997.
Tras las elecciones de 2020 y varias sentencias, tanto del Tribunal Constitucional como del Tribunal Superior Electoral (TSE) recriminando la ambigüedad de la ley con relación a varios temas, se hizo imperiosa la necesidad de modificar la misma.
«El Congreso Nacional debe aprovechar esta situación para evaluar todas las cuestiones que han sido declaradas inconstitucionales», exclamó Freund.