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Jean Alain niega aspiraciones presidenciales y clama por extradición de Rafael Canó.
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4 años agoon
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LA REDACCIÓN
SANTO DOMINGO.- Los abogados defensores del ex procurador Jean Alain Rodríguez negaron que su cliente haya aspirado a una candidatura para las elecciones presidenciales del año 2020 y mucho menos contratado a título personal asesores para esos fines.
Resaltaron que este es un país muy pequeño y no hay un solo dirigente político de cualquier partido, que pueda señalar a Jean Alain Rodríguez le haya presentado una propuesta a una candidatura o que haya participado en una actividad política durante sus funciones como Procurador General de la República.
Cuestionaron acerca de qué sentido tiene contratar y pagar esas sumas sin existir ni un letrero o folleto aspirando a nada.
Sobre la contratación de la asesora mexicana, refirió que todo tema político «y muy en especial» todo tema relativo al movimiento Político Renovación fue coordinado, dirigido y ejecutado por Rafael Canó Sacco, quien era el presidente de dicho movimiento.
«Cualquier contratación y pago realizado a esa reconocida y prestigiosa asesora, fue realizado por Rafael Canó y no por Jean Alain Rodríguez» aseguró la defensa del exfuncionario.
Detener filtraciones
Por medio del mismo comunicado, los abogados de Jean Alain Rodríguez pedieron al Ministerio Público detener las filtraciones a la prensa, y dejar a un lado «el exorbitante populismo penal» que, según ellos, se ha exhibido desde el inicio de este caso.
Esto, dijeron, permitiría que Jean Alainn responda puntualmente en los tribunales y a la opinión pública cada acusación que se le realice.
Afirmaron que Jean Alain Rodríguez siempre ha estado disponible para cualquier pregunta sobre su gestión, se presentó voluntariamente a la Procuraduría sin ser llamado y ha pedido que todas las audiencias sean públicas precisamente porque no tiene nada que ocultar o esconder.
“Muy por el contrario, el señor Rafael Canó Sacco, jefe de las operaciones de la Procuraduría y presidente del movimiento político Renovación, escapó del país, se ocultó por tres meses en Madrid hasta que fue encontrado bajo orden de arresto internacional de la Interpol, es arrestado y luego se negó y resistió a la extradición para evadir enfrentar sus cargos aquí y permanece fuera. Si esa persona es el testigo estrella, a pesar de ser la persona que todos señalan como responsable de los supuestos ilícitos, este caso completo se les va a derrumbar”, expresó el Dr. Carlos Balcácer.
Rafael Canó Sacco debe ser extraditado para que enfrente los cargos aquí en el país y así demostrar quién es el verdadero responsable de todas estas supuestas barbaridades que hemos visto en los medios de comunica.
Respecto a las sobrevaluaciones y sobornos reiteraron que la Cámara de Cuentas no identificó sobreevaluaciones y que hasta este momento, los tres interrogatorios filtrados a la prensa con serios escándalos de actos irregulares, a quien indican como persona que presuntamente solicitaba sobornos es precisamente al señor Rafael Canó Sacco. Así lo afirma el ingeniero Antón Casasnova respecto a un 20% solicitado por Canó para tres obras de construcción de la Nueva Victoria.
También por las declaraciones emitidas por el representante de la empresa Ulises Ramírez de la empresa Smart Display, quien refiere que le envió 34 millones de sobornos al ex jefe de gabinete a través de su amigo de apellido Sena.
Por igual, el testimonio de la principal testigo inicial Rainiery Medina Sánchez, quien según el Ministerio Público realizó robo asalariado de más de 700 televisores durante la gestión de Miriam Germán Brito, dice que fue contratada por Rafael Canó Saco y esta era la persona que supuestamente bajo sus órdenes, distraía bienes de la Procuraduría para el Movimiento Renovación, dirigido por ese ciudadano.
De acuerdo con los juristas, la magistrada Miriam Germán Brito fue objeto de un burdo robo durante el inicio de su gestión y eso no la hace responsable de lo que hizo su subordinada.
Como bien resaltó la magistrada Yeni Berenice en sus tweets de fecha septiembre 13 del 2016 y julio 20 del 2017 respectivamente, “la confesión no es un medio de prueba”, “hay gente que tiene complejo de evidencia…cada palabra la convierte en prueba”. Resulta muy cómodo que quien es señalado por absolutamente todas las personas como el presunto autor de los hechos, ahora desde fuera, con un simple testimonio, atribuya al ex procurador todo acto que se le sindica a él mismo por tantas personas.
Nacionales
Obispos plantean que autoridades del país ejerzan un liderazgo que promueva diálogo
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19 horas agoon
junio 28, 2026
Santo Domingo, R.D.-Los obispos de la Republica Dominicana en una eucaristía celebrada en la Catedral Primada de América dedicaron la misa de este domingo al pueblo de Venezuela, donde más de mil personas han fallecido a causa de dos terremotos.
Al iniciar la eucaristía, monseñor Piergiorgio Bertoldi hizo eco de las palabras del Santo Padre pronunciadas al finalizar el ángelus de este domingo, refiriéndose al reciente terremoto ocurrido en Venezuela: «Ruego al Señor por el eterno descanso de los fallecidos, renuevo mi cercanía espiritual a sus familiares, a los lesionados y a quienes han sido golpeados por esta tragedia».
Explicó que cuando esta convicción guía el actuar de los miembros de la Iglesia, los gobernantes y magistrados, “el derecho se convierte en amparo y garantía de todos”.
Al reflexionar sobre la defensa de la vida, señaló que “la grandeza moral de una nación no se mide por su crecimiento económico sino por su capacidad de proteger a los más débiles”.
Además, motivó a las autoridades públicas a ejercer un liderazgo que promueva el diálogo y que respete la conciencia y libertad religiosa de los ciudadanos, al afirmar que, la autonomía del Estado nunca “debe interpretarse como hostilidad” hacia la fe, puesto que “la conciencia cristiana es la que ha enseñado históricamente a nuestros pueblos que los pobres pertenecen plenamente a la comunidad y que la vida humana jamás puede ser tratada como una mercancía”.
La celebración eucarística fue transmitida por diversos medios de comunicación y contó con la participación de diplomáticos, sacerdotes, diáconos, religiosos, religiosas y laicos.
Desde el domingo 28 de junio hasta el viernes tres de julio los obispos están reunidos en Asamblea Plenaria. Es el conjunto de los obispos de la CED, quienes sostienen un encuentro anual para tratar una temática específica: elección de la nueva directiva, informar sobre las diócesis, conocer el trabajo de las comisiones, y temas varios de interés para la institución.
Santo Domingo, R.D.-Se ha reabierto en el pais la discusion sobre los límetes entre la proteccion del honor y la libertad de expresion ante la inminencia de la entrada en vigor en agosto de este año del nuevo Código Penal, cuyas disposiciones sobre injuria y difamación no solo actualizan figuras jurídicas existentes, sino que extienden su alcance al entorno digital, un aspecto que ha generado interrogantes entre juristas, periodistas y defensores de la libertad de prensa.
Entre quienes han analizado los cambios se encuentra el fiscal adscrito a la Procuraduría General de la República, Jonathan Pérez Fulcar, quien considera que la principal novedad de la Ley 74-25 radica en la ampliación de estas conductas al ciberespacio. Mientras la legislación anterior, sustentada principalmente en la Ley 61-32 sobre Expresión y Difusión del Pensamiento, estaba enfocada en medios tradicionales como la prensa escrita, la radio y la televisión, los artículos 208 al 212 del nuevo Código incluyen expresamente las redes sociales, plataformas de streaming, medios electrónicos y servicios de mensajería.
La reforma también incorpora nuevas figuras, entre ellas la denominada «difamación extorsiva» (artículo 209), que sanciona la utilización de imputaciones como mecanismo de presión. Asimismo, el artículo 212 contempla la posibilidad de atribuir responsabilidad penal a personas jurídicas, una disposición que podría alcanzar a empresas y medios de comunicación, además de los individuos involucrados.
Uno de los aspectos que más debate ha generado es la forma en que estas disposiciones podrían afectar el trabajo periodístico, particularmente las investigaciones sobre asuntos de interés público.
Pérez Fulcar advierte que, bajo el nuevo esquema, podrían surgir controversias cuando una investigación publicada por un periodista sea objeto de cuestionamiento judicial. Según explica, la regulación sobre difamación no establece expresamente una excepción basada en la veracidad de la información ni condiciona su configuración a la existencia de mala fe, elementos que suelen formar parte de las discusiones sobre libertad de expresión en otras jurisdicciones.
La preocupación también se extiende a la valoración de las pruebas dentro de estos procesos. De acuerdo con el fiscal, en la práctica podría generarse un escenario en el que el comunicador deba demostrar la veracidad de lo publicado, lo que podría incrementar la carga procesal para quienes realizan investigaciones periodísticas.
La discusión no se limita a los medios de comunicación. Las disposiciones también alcanzan a los usuarios que participan diariamente en plataformas digitales.
El artículo 210 sanciona la injuria, entendida como una expresión ofensiva o despreciativa que no implique necesariamente la atribución de un hecho concreto. Sin embargo, la aplicación práctica de esta figura plantea desafíos relacionados con la interpretación de determinadas expresiones.
Para Pérez Fulcar, una de las dificultades radica en definir dónde termina la crítica legítima y dónde comienza una conducta sancionable. A modo de ejemplo, señala que una publicación en redes sociales podría ser interpretada de distintas maneras dependiendo del contexto y de la valoración realizada por los tribunales.
El debate también ha puesto sobre la mesa la relación entre las nuevas disposiciones y las garantías constitucionales sobre libertad de expresión.
El artículo 49 de la Constitución dominicana reconoce el derecho a expresar libremente pensamientos e informaciones, protege la libertad de prensa y prohíbe la censura previa. A partir de ese marco, diversos sectores han examinado cómo las nuevas figuras penales podrían interactuar con precedentes establecidos por el Tribunal Constitucional.
Pérez Fulcar cita tres decisiones que considera especialmente relevantes. La sentencia TC/0075/16 estableció que la prisión por difamación contra funcionarios públicos vulnera el núcleo esencial de la libertad de expresión; la TC/0437/16 reconoció que internet y las redes sociales merecen la misma protección constitucional que otros medios de comunicación; y la TC/0092/19 consideró desproporcionado imponer sanciones más severas únicamente por el uso de plataformas digitales.
A juicio del fiscal, algunos aspectos de la Ley 74-25 podrían generar futuras discusiones constitucionales debido a que reincorporan sanciones privativas de libertad y contemplan agravantes vinculadas a medios digitales.
La controversia refleja una tensión permanente entre dos derechos fundamentales. Quienes respaldan las nuevas disposiciones sostienen que el alcance de las redes sociales ha multiplicado la difusión de acusaciones falsas y ataques a la reputación, por lo que consideran necesario fortalecer los mecanismos de protección del honor.
Por otro lado, sectores vinculados a la libertad de prensa entienden que cualquier regulación debe evitar generar efectos que limiten la investigación periodística o el debate público sobre asuntos de interés colectivo.
Para Pérez Fulcar, más allá de la eventual decisión de los tribunales, una de las principales preocupaciones radica en los costos personales, económicos y profesionales que implica enfrentar una querella penal. En ese contexto, considera que el verdadero desafío será encontrar un equilibrio que permita proteger la reputación de las personas sin desalentar la circulación de informaciones de interés público.
La discusión, en definitiva, trasciende el ámbito penal. Lo que está en juego es cómo armonizar la defensa del honor con la libertad de expresión en una sociedad cada vez más digitalizada, donde la información circula con rapidez y donde las decisiones que adopten los tribunales podrían definir el alcance de ambos derechos durante los próximos años.
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RD tiene 14 fallas sísmicas activas, advierte la Defensa Civil.
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3 días agoon
junio 26, 2026
Santo Domingo.- Las alarmas se han encendido en la República Dominicana a propósito del movimiento telúrico de magnitud 5.0 registrado al sur de La Romana, sumado a los recientes fuertes terremotos en Venezuela.
El director de la Defensa Civil, Juan Salas, reiteró este viernes que el país “vive en una zona sísmicamente activa” y recordó que existen al menos 14 fallas sísmicas que pueden activarse en cualquier momento, por lo que la preparación ciudadana puede marcar la diferencia entre la vida y la muerte.
Salas insistió en que la población debe mantenerse informada, organizada y lista para responder ante un evento súbito, al tiempo que anunció que el organismo cuenta con una nueva herramienta técnica para ofrecer respuestas más rápidas ante emergencias.
En medio del contexto regional, el titular de la Defensa Civil advirtió sobre la vulnerabilidad del país.
“Una brigada de técnicos dominicanos está trabajando en esta dirección… lo ocurrido en Venezuela, país con una placa tectónica similar a la nuestra, nos llama a mantenernos atentos. Somos un país con 14 fallas que pudieran activarse en cualquier momento”, expresó Juan Salas.
Además, explicó que el equipo técnico realiza demostraciones constantes sobre qué hacer antes, durante y después de un sismo, destacando tres acciones esenciales:
- Mantener la calma
- Identificar salidas seguras
- Seguir un comportamiento correcto en medio de la emergencia.

Durante la jornada informativa también intervino el subdirector de la Defensa Civil, Delfín Rodríguez, quien detalló los protocolos básicos que debe seguir la población en caso de un sismo.
“Antes de un sismo hay que capacitarse, hacer un plan familiar y comunitario de emergencia para saber qué hacer antes, durante y después”, explicó.
Rodríguez enfatizó el uso del silbato como herramienta de rescate, especialmente en casos de colapso estructural.
“El silbato sirve para que, si quedamos atrapados, podamos emitir sonido y los equipos de rescate nos localicen. Si no hay silbato, se puede golpear metal o piedras para ser ubicados”, señaló.
También indicó que las unidades de rescate cuentan con equipos especializados como cámaras telescópicas con alcance de hasta 12 metros entre escombros, además de tecnología de ultrasonido para la localización de personas atrapadas.
En cuanto a la respuesta inmediata, fue enfático en la técnica básica que toda la población debe memorizar:
“Agáchate, cúbrete y protégete”, reiteró, explicando que durante el sismo las personas deben proteger la cabeza, adoptar posición segura y evitar correr de manera descontrolada.
Rodríguez explicó que el país comparte una compleja estructura tectónica en la isla, incluyendo fallas como la trinchera de los Muertos, ubicada al sur del territorio nacional, la cual ha sido históricamente responsable de eventos sísmicos en la región.
Recordó además el terremoto de Haití como un punto de reflexión para fortalecer la descentralización de los equipos de emergencia.
“Hoy contamos con equipos distribuidos en las nueve regiones del país. Si una región colapsa, otra puede brindar apoyo inmediato mientras llegan ayudas internacionales”, afirmó.
