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Ley de Extinción de Dominio es aprobado en primera lectura en el Senado.

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Santo Domingo, RD.-Luego de intensos debates y acusaciones y contra acusaciones, el Senado de la República aprobó en primera lectura el polémico proyecto de ley de extinción de dominio.
Durante la sesión de este martes, los legisladores de la Cámara Alta decidieron darle el primer visto bueno que necesita el proyecto con 24 a favor de los 27 senadores presentes, antes de pasar a la Cámara de Diputados.

El vocero del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) Yván Lorenzo, criticó que la pieza se removió la tipificación por elusión fiscal luego de que, supuestamente, fue consensuado en la comisión y catalogó esta acción “extorción”.

Según Lorenzo, los legisladores de la bancada del oficialista Partido Revolucionario Moderno (PRM), removieron del proyecto la elusión fiscal para así evitar señalamientos por la misma.

“Quieren hacerla mal hecha para construir una narrativa falsa de que fueron ellos que lo hicieron”, criticó Lorenzo e indicó que de aprobarse como una ley ordinaria el Tribunal Constitucional no lo aceptaría.

Tras la crítica de Lorenzo, el presidente del Senado, Eduardo Estrella, sometió el informe disidente, autoría de Lorenzo, el cual fue rechazado y con el mismo pretendía cambiar el nombre del proyecto para que se tratara como una ley orgánica.

Acto siguiente, se votó el informe de la comisión bicameral, el cual fue aprobado con una votación de 19 contra 8.

Asimismo el senador de la provincia de Pedernales, Dionis Sánchez solicitó que la pieza sea devuelta a la comisión bicameral para que se celebren vistas públicas y sea conocida por la ciudadanía.

Esta solicitud fue rechazada por la mayoría legislativa que encabeza el Partido Revolucionario Moderno.

El proyecto, que fue debatido en una comisión bicameral que, a su vez, tenía la presión del presidente de la República, Luis Abinader, tiene como objetivo central regular el proceso de extinción de dominio de bienes ilícitos y establecer el procedimiento que permita hacer dicho instituto efectivo.

En esencia, la acción de “extinción de dominio” consiste en la declaración judicial de la extinción del derecho de propiedad, control, disposición o posesión sobre bienes que hayan sido adquiridos mediante el fruto de actividades ilícitas o contrarias a la ley.

Entre los hechos ilícitos susceptible a la extinción de dominio aparecen el tráfico ilegal de drogas, sustancias controladas, humanos, personas, órganos y armas; infracciones relacionadas al terrorismo; pornografía infantil, secuestro, extorsión, falsificación de monedas, entre otros.

Con respecto al tiempo de vigencia, el artículo 10 sobre la prescripción, establece que la acción de extinción de dominio tendrá una prescripción de 20 años.

La pieza legislativa también deja establecida cuáles serán las competencias y accionar del Ministerio Público con respecto a una situación en la cual se pueda aplicar un juicio de extinción de dominio.

Destino y distribución de bienes

Un aspecto que limita el proyecto de ley, es lo referente al destino de los bienes ilícitos incautados tras lograr una sentencia definitiva sobre el juicio de extinción de dominio.

En ese sentido, establece que resuelto los relativo a derechos preferentes, descontados los gastos de administración o el saldo de deudas, así como incinerados o destruidos aquellos bienes perjudiciales a la sociedad, se procederá la distribución de lo restante a favor del Estado Dominicano “de conformidad con la ley de régimen de administración y disposición de bienes incautados y abandonados en los procesos penales y en los juicios de extinción de dominio”.

No obstante, dicha ley aún no ha sido aprobada y por ende dispone que los bienes quedaran indisponibles bajo el control y la responsabilidad del Ministerio de Hacienda.

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Exprocurador sostiene que declaraciones de Wilson Camacho debilitan acusación en su contra

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Santo Domingo.- Jean Alain Rodriguez, exprocurador general de la República,  afirmó este miércoles que las recientes declaraciones del director de Persecución del Ministerio PúblicoWilson Camacho, respaldan los cuestionamientos que ha realizado sobre la investigación y la acusación presentada en su contra.

Durante un receso de la audiencia del proceso judicial que enfrenta, Rodríguez respondió a los señalamientos de Camacho sobre una supuesta estrategia de amedrentamiento contra los fiscales vinculados al caso.

Según explicó, al manifestar públicamente que se sintió amedrentado mientras él dirigía la Procuraduría General de la RepúblicaCamacho estaría reconociendo una situación que, a juicio del exfuncionario, le impedía participar en una investigación relacionada con su persona.

«Siendo así, él acaba por destruir la acusación, porque un fiscal que se siente amedrentado sencillamente está inhibido o inhabilitado”, sostuvo Rodríguez.

El exprocurador reiteró que desde hace años ha señalado que algunos miembros del Ministerio Público no debieron intervenir en el proceso debido a circunstancias que, según afirma, comprometían su imparcialidad.

  • Asimismo, criticó que los fiscales respondieran con señalamientos personales, en lugar de abordar los argumentos planteados en una demanda impulsada por el abogado Carlos Balcácer.

Rodríguez concluyó asegurando que las declaraciones de Camacho constituyen una nueva evidencia de las presuntas irregularidades que, según sostiene, afectan el expediente judicial en su contra.

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Por intento de homicidio y estafa Ministerio Público pedirá prisión para “Mantequilla”.

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Santo Domingo, RD. – Wilkin Garcia Peguero< «Mantequilla», tendrá que afrontar qie el Ministerio Público solicitr en su contra  prisión preventiva como medida de coerción al imputarlo de asociación de malhechores, tentativa de homicidio agravada, agresión física y estafa en perjuicio del joven Yeison Mata Albuey.

El imputado se encuentra bajo custodia en la Fiscalía de Monte Plata para ser interrogado, y luego ser sometido a la justicia por los hechos que se le atribuyen. García Peguero fue arrestado mediante una orden emitida por un juez de la Coordinación de los Juzgados de la Instrucción de Monte Plata, mientras se desplazaba como pasajero en una motocicleta por el sector Arroyo Hondo Viejo, en el Distrito Nacional.

El órgano acusador trabaja en la instrumentación de la solicitud de medida de coerción contra García Peguero, la cual será depositada ante la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente de Monte Plata dentro del plazo de 48 horas establecido por el Código Procesal Penal. Dicho plazo vence antes de las 10:00 de la noche de este jueves.

Ministerio Público arresta a «Mantequilla» por estafa y otros delitos

Tras su arresto, García Peguero (Mantequilla)imputado fue trasladado al Centro de Atención y Privación de Libertad de Ciudad Nueva.

La operación fue ejecutada por miembros de la Unidad de Captura de Prófugos, Rebeldes y Condenados (Ucaprec), bajo la dirección de la fiscal Andry De Los Santos, en coordinación con el Departamento Operativo II de la Unidad Central de Búsqueda y Captura de Prófugos, Rebeldes y Condenados de la Policía Nacional.

Cabe recordar que Wilkin García Peguero, conocido como “Mantequilla”, cumplió una condena de dos años de prisión luego de que los jueces del Tribunal Colegiado de Monte Plata lo declararan culpable de abuso de confianza en perjuicio de varias personas del municipio Sabana Grande de Boyá. La sentencia fue emitida el 22 de marzo de 2024.

En ese proceso, el Ministerio Público sometió a García Peguero a la justicia tras recibir más de 25 querellas por presunta estafa, además de diez denuncias que posteriormente fueron convertidas en querellas para integrarse al expediente judicial.

Según la acusación, García Peguero captó millones de pesos a través de una empresa no regulada denominada 3.14 Inversiones World Wide, que operaba desde un local comercial y una residencia ubicados en el municipio Sabana Grande de Boyá, provincia Monte Plata.

El caso de “Mantequilla” ha generado gran atención pública debido a las múltiples denuncias relacionadas con presuntas estafas financieras y ahora por las nuevas acusaciones de intento de homicidio, agresión física y asociación de malhechores en perjuicio de joven Yeison Mata Albuey.

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Tribunales disciplinarios son eliminados de Ley del Colegio de Abogados.

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Santo Domigo, R.D.-La Ley 3-19 que crea el Colegio Dominicano de Abogados de la República Dominicana incorrectamente tenia la existencia simultánea de tribunales disciplinarios nacionales y distritales, lo que en opinión del Tribunal Constitucional genera incertidumbre sobre cuál era el juez para procesar a los abogados acusados de cometer irregularidades,

Mediante la Sentencia TC/0331/26, la alta corte acogió parcialmente una acción directa de inconstitucionalidad presentada por el Movimiento para el Rescate del CARD (Moreca) y anuló los artículos 56 y 58 de la legislación, que creaban tribunales disciplinarios en los distintos distritos judiciales del país.

La decisión deja como único órgano disciplinario al Tribunal Disciplinario de Honor, con sede en el Distrito Nacional, y ordena al Congreso Nacional adecuar la legislación para corregir las deficiencias detectadas en el régimen disciplinario del gremio.

El TC determinó que la ley creó dos estructuras con competencias prácticamente idénticas para conocer denuncias disciplinarias contra abogados en primera instancia: el Tribunal Disciplinario de Honor y los tribunales disciplinarios distritales.

Según la sentencia, esa coexistencia impedía identificar con claridad cuál era el órgano competente para conocer cada caso, vulnerando principios constitucionales como la seguridad jurídica, el debido proceso y la garantía del juez natural.

Para llegar a esa conclusión, la alta corte aplicó el denominado «test de razonabilidad» y reconoció que el objetivo del legislador —acercar la justicia disciplinaria a los distintos territorios del país— era legítimo. Sin embargo, consideró que el mecanismo escogido resultó irrazonable y desproporcionado porque generó un sistema paralelo de tribunales con funciones superpuestas.

El tribunal advirtió que esa estructura también podía producir desigualdades procesales. Mientras un abogado sometido ante un tribunal distrital disponía de una vía recursiva adicional ante el Tribunal Disciplinario de Honor, quienes eran procesados directamente por este último no contaban con el mismo esquema de revisión, creando diferencias injustificadas entre profesionales sometidos a procedimientos similares.

La sentencia también rechazó uno de los principales argumentos de Moreca, que sostenía que los abogados no debían ser juzgados disciplinariamente por otros miembros del gremio.

En consecuencia, la alta corte validó la permanencia del Tribunal Disciplinario de Honor como órgano competente para ejercer el control ético y disciplinario de los profesionales del derecho.

Aunque la decisión elimina hacia el futuro los tribunales disciplinarios distritales, el TC dispuso que los expedientes que actualmente se encuentran en trámite ante esas instancias podrán continuar hasta su conclusión para evitar afectar procesos ya iniciados.

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