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Consulta peledeísta al margen de la ley no es definitiva ni vinculante con norma de régimen electoral.
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4 años agoon
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Elba GarcíaPor Elba García
La vocación de ilegalidad del sistema de partidos pesa más que cualquier interés en fortalecer la institucionalidad y el respeto a las normas jurídicas del régimen electoral y de otras que rigen la vida en sociedad.
Desde hace muchos meses que diferentes sectores de la vida nacional han advertido de la inclinación de los partidos tradicionales de violar la ley e incluso de no sentir vergüenza por el comportamiento de sus dirigentes, cuya conducta casi siempre es encaminada a no respetar a nada ni a nadie, lo cual ha quedado más evidenciado con una serie de acciones y con la intensa precampaña electoral que desarrollan extemporáneamente.
La irregularidad en que incurren los partidos constituye un cuestionamiento a la autoridad y la legalidad de la Junta Central Electoral (JCE), cuya violación a las leyes del régimen electoral ha provocado que el órgano en referencia haya hecho una serie de advertencias al respecto a las organizaciones que no sienten ningún respeto por el orden establecido.
La JCE aclara en un comunicado publicado recientemente que todavía no ha llegado el tiempo de que los partidos se involucren en el desarrollo de una precampaña que violenta las layes 33-18 y 15-19, y advierte que aplicará el régimen de sanciones que dispone la legislación dominicana, pero al propio tiempo busca ser liberada a través de las sugeridas modificaciones sometidas al Congreso Nacional del control de las primarias que deberán celebrar los partidos para la escogencia de sus candidatos para la contienda del 2024.
Lo que no se entiende y que muy bien es atribuible al grave problema de institucionalidad que padece el Estado dominicano, es que el órgano comicial se desvincule de la consulta del PLD, pero al propio tiempo diga que le prestará equipos para el montaje de la misma, lo cual es contradictorio porque estimula en cierta forma la ilegalidad y contradictoriamente aclara que no prestará ni gestionará para ese fin los recintos que utiliza en las elecciones generales que se celebran en el país cada cuatro años, pero la organización política revela que cuenta con la autorización del Ministerio de Educación para la utilización de las escuelas para las votaciones en la referida contienda al margen de la ley.
Todo ello dice claramente que el mayor problema del país es en lo referente a la institucionalidad, ya que la JCE se canta y se llora, pese a que no hay ser un experto ni un genio para darse cuenta que la consulta peledeísta se trata realmente de una primaria, cuyo fin es el mismo que tienen las que deben celebrar en el año 2023 todos los partidos políticos del país.
De manera, que está lo suficientemente claro que se trata de un asunto de autoridad y de institucionalidad, porque los partidos manipulan a su antojo la ley para el logro de sus fines, como por ejemplo lo ocurrido con la ley de extinción de dominio, cuyos miembros de la comisión, conformada principalmente por perremeístas, que estudiaba la pieza se inventaron la figura de la retrospectividad en sustitución de la retroactividad, lo cual no era otra cosa que una vulgar manipulación de un principio universal del derecho.
En este caso de la consulta peledeísta evidentemente que se pone en cuestionamiento el principio de igualdad que debe primar en cualquier actividad humana, ya que el hecho de que el PLD adelante la fecha de la escogencia de su candidato presidencial lo pone en condiciones de ventaja frente a los que tienen que esperar el próximo año para hacerlo, constituyéndose en una ingenuidad del Pleno de la Junta Central Electoral que no toma las medidas de lugar de inmediato para evitar mayores distorsiones del proceso electoral que se avecina y de la democracia nacional.
El artículo 41 de la 33-18 establece claramente que la precampaña es el periodo durante el cual los partidos, agrupaciones y movimientos políticos deberán celebrar sus procesos internos para la escogencia de los precandidatos a puestos de elección popular y que el mismo será iniciado el primer domingo del mes de julio y concluirá con la escogencia de los candidatos, cuyo mandato choca con la actividad programada para octubre de este año 2022 del Partido de la Liberación Dominicana (PLD)
Y en ese contexto el órgano comicial llamó a los partidos políticos y a la sociedad para que den cumplimiento a la ley, a fin de garantizar la integridad electoral que debe prevalecer en un Estado social y democrático de derecho.
El Pleno de la JCE se refirió particularmente a las declaraciones que dan cuenta de las características de la consulta que realizará el Partido de la Liberación Dominicana en el mes de octubre, la cual no administra, no organiza, ni actúa como árbitro y que la misma no es vinculante con la precampaña que deberá iniciarse a mediados del mes de julio del próximo año 2023.
Este comportamiento del PLD es como una especie de ratificación de su amor y pasión por lo mal hecho, lo cual también se puede medir a través de sus propios aspirantes presidenciales, cuya mayoría, en algún momento, ha sido citada como parte de una agresividad partidaria de enriquecerse apropiándose de lo que no es suyo a una velocidad realmente impresionante.
El órgano comicial ha recibido tres comunicaciones en las que se le requiere su colaboración para realizar la indicada consulta y en las que exponen los fundamentos bajo los cuales se habría de realizar la misma, precisando textualmente que: “El proceso de la consulta es una iniciativa organizativa y electoral que tiene el propósito de que el Partido tenga una información precisa sobre el nivel de simpatías que tienen cada una de las personas que han manifestado hasta el momento sus aspiraciones. Esta actividad es solo consultiva y no constituye un proceso de elección ni de definición de precandidatos y no tendrá un carácter vinculante”, indica la organización.
Naturalmente, a este respecto tampoco se pueden sacar los demás partidos del sistema, como la Fuerza del Pueblo y el Partido Revolucionario Moderno (PRM), los cuales se manejan como si fueran grandes corporaciones económicas e instrumentos para burlarse del ordenamiento jurídico nacional, porque ellos también han estado en una permanente campana electoral a destiempo.
La Junta Central Electoral ha establecido que la consulta del PLD para escoger su candidato presidencial no es vinculante con las primarias que deberán tener lugar a mediados del próximo año 2023, pero nadie entiende por qué esta organización tiene que violentar el calendario electoral, lo que provoca que, aunque se elija uno en octubre, cualquier otro puede presentar su candidatura para las elecciones del 2024.
Esa sola razón constituye un elemento que puede provocar distorsión en el próximo proceso electoral, porque ni la disciplina partidaria podría impedir que a alguien se le ocurra convertirse en aspirante presidencial después de su organización haber escogido uno al margen de la ley.
Otro escenario preocupante podría ser que en el PLD surja otra división como resultado de la consulta de octubre, bajo el alegato de que hubo fraude o que se ha impuesto a uno de los aspirantes, cuyo escenario también plantea un cuadro preocupante para esa organización y para toda la sociedad.
La realidad es que este tema ha estado sobre la mesa en diferentes debates que se han suscitado al respecto en el país, pero parece estar muy lejos que los partidos se acojan al mandato de la ley, ya que han desarrollado toda una cultura de hacer las cosas como a ellos más les conviene sin tomar en cuenta a la ley y a la sociedad.
La Licenciada Elba Rosa García Hernández es abogada, comunicadora y activista social dominicana, con base en Santiago de los Caballeros. Es cofundadora de la firma legal "La Ley & Usted" y ejerce como litigante especialista en derecho civil, inmobiliario, penal y electoral y además se desempaña como jefa de información del periódico digital larepublicaonline.com, quien además es egresada de Derecho, Mercadeo y Secretario Ejecutivo de las universidades Pontificia Universidad Católica Madre y Maestra (PUCMM) y Abierta para Adultos (UAPA). Cuenta con formación en derecho inmobiliario, periodismo digital y marketing. Litiga casos complejos y se desempeña como consultora legal para diversas empresas corporativas. Es reconocida por su participación como panelista y comunicadora en plataformas digitales, donde analiza temas de relevancia jurídica, política y derechos humanos. Ha sido reconocida por su liderazgo y servicio social en la República Dominicana.
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Partidocracia pone en peligro estado de derecho con control y manipulación del sistema de justicia a través del CNM.
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1 día agoon
agosto 6, 2026Por Elba García
La evaluación de los jueces de la Suprema Corte de Justicia y los demás miembros del sistema está en manos de los partidos políticos, ya que la configuración del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) ha sido concebida para responder a los intereses de la partidocracia.
Esta realidad pone en peligro la independencia que debe prevalecer en el sistema de justicia para que en el país se pueda fortalecer el estado de derecho y la democracia, lo cual no parece un problema tan fácil de resolver.
En estos momentos está sobre la mesa el amplio margen de discrecionalidad que tiene el CNM para decidir la permanencia de un juez en el sistema de justicia, cuyos miembros provienen en su mayoría de los partidos políticos sin ninguna formación jurídica para evaluar a esos magistrados.
Una de las evidencias de la forma como jueces ponen en manos del sistema de partidos su carrera fue lo ocurrido en el 2025 con la decisión del CNM de no ratificar a Pilar Jiménez, Manuel Read y Moisés Ferrer cuando concluyó su periodo constitucional de siete años, siendo la primera vez que este órgano excluyó magistrados mediante el referido mecanismo, lo que generó críticas por la falta de parámetros objetivos para medir el desempeño judicial.
Ahora, es decir, el pasado 3 de agosto, el Consejo Nacional de la Magistratura aprobó el cronograma correspondiente a los 11 jueces de la SCJ que concluyeron su ciclo constitucional, de los cuales tres agotaron los dos periodos de siete años permitidos por la carta magna y en consecuencia deben ser sustituidos.
Sin embargo, cuatro de ellos, incluido el presidente de la SCJ, Luis Henry Molina, además de Nancy Salcedo, María Garabito y Manuel Herrera Carbucia anunciaron que no buscarán su ratificación, aunque no lo han dicho, pero ha trascendido que no creen en el sistema de evaluación que descansa en la partidocracia. De hecho, el saliente presidente del más alto tribunal del país fue el resultado de ese poder que tienen los partidos políticos para escoger los jueces del país.
El control de los partidos políticos para la escogencia de los jueces nacionales genera una gran incertidumbre por el hecho de que personas que no tienen la preparación ni la formación para someter a una evaluación a magistrados que tienen toda una carrera judicial, coloca a éstos en una situación incómoda e inaceptable.
Ya existe un precedente de cómo se escogen los jueces de las altas corte con el recordado Pacto de las Corbatas Azules entre Leonel Fernández y Miguel Vargas Maldonado, que dio como resultado el primer Tribunal Constitucional encabezado por Milton Rey Guevara.
El pasado 3 de agosto, el CNM aprobó el cronograma correspondiente a los 11 jueces de la SCJ, cuyo ciclo constitucional concluyó este año. Tres agotaron el tiempo en que deben permanecer en las posiciones, pero otros cuatro, -el presidente de la SCJ, Luis Henry Molina; Nancy Salcedo, María Garabito y en las últimas se unió Manuel Ramon Herrera Carbuccia, comunicaron que no buscarán la ratificación.
Las críticas al modelo no sólo se centran en los criterios consignados en el Reglamento 2-25 del Consejo Nacional de la Magistratura, el cual contempla aspectos técnicos, éticos y personales, como productividad, calidad de las decisiones, tiempo de respuesta, aportes jurídicos, integridad, independencia, reputación intelectual e imagen pública, sino en la interpretación y aplicación del mismo.
Empero, El CNM no dispone una calificación o ponderación específica para esos criterios ni define qué nivel de desempeño debe alcanzar un juez para ser ratificado, por lo que la decisión final queda en manos del órgano que está bajo control de los partidos políticos, donde se mide el vínculo del aspirante a juez a los fines de garantizar el control de sus funciones.
El precedente sentado por la evaluación, cuyas actas del 2025 hablan claro al respecto y no dejan dudas, además, de la agenda principalmente política que desarrollan los partidos políticos en esta instancia y muestra que ella compromete los informes de desempeño, ya que en casos muy concretos consejeros expusieron criterios opuestos sobre un mismo juez, pero a partir del mismo expediente.

Pero desde antes de esta situación, el país conoció la retaliación que se siguió durante la presidencia de Danilo Medina en contra de la jueza de carrera Miriam German, quien fue excluida del sistema sobre la base de criterios políticos más que técnicos judiciales.
El propio CNM suspendió las evaluaciones para revisar el entonces Reglamento 1-19, lo que dio paso al 2-25, el cual no fue afectado sustancialmente, dado que mantuvo los puntos que producen las principales críticas en su contra, porque carece de una escala de calificación y una ponderación objetiva para determinar cuándo el desempeño es suficiente para que se produzca la ratificación.
En lo que respecta a los tres jueces excluidos del sistema de justicia mediante la evaluación del CNM, hubo en dos de los tres casos una votación empatada y la decisión final descansó en el presidente Luis Abinader en su condición de presidente del órgano en cuestión, quien durante sus dos mandatos ha mostrado una marcada tendencia a no respetar el sistema de justicia constitucional con el desacato mediante decretos de una serie de leyes y jurisprudencia provenientes del Tribunal Constitucional.
La configuración del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) otorga al oficialismo tres votos de siete, los cuales son el de Abinader, el presidente del Senado, Ricardo de los Santos y el de la Cámara de Diputados, Alfredo Pacheco, mientras que los partidos de la oposición están representados por Omar Fernández, hijo de Leonel Fernández, y el diputado Tobías Crespo. Los demás integrantes son el presidente de la SCJ, la jueza Nancy Salcedo y el que preside el Tribunal Constitucional, Napoleón Estévez, lo que deja claro el control de los partidos políticos en un órgano que juega un papel de primer orden en la independencia del poder judicial.
Ahí está la explicación de que no hay demanda que tenga ganancia de causa en contra de los partidos políticos, cuyas decisiones no pasan de la declaración de inadmisibilidad de los casos como se puede comprobar con lo que ocurre regularmente en el Tribunal Superior Electoral (TSE).
La Fundación Institucionalidad y Justicia sostiene que el CNM carece de una estructura técnica especializada para hacer las evaluaciones de los jueces y en consecuencia ha planteado sustituir el modelo por un periodo de designación para los jueces de las altas cortes.
Otro que se ha expresado al respecto es el expresidente de la Suprema Corte de Justicia, Jorge Subero Isa, quien ha criticado que la permanencia de los jueces dependa de un órgano de una composición predominanmente política, lo que a su juicio puede afectar la independencia judicial y propiciar gestiones y cabildeos cuando se próxima la evaluación.
No obstante, Subero Isa es un defensor del sistema de partidos y del control que mantienen éstos sobre todo el Estado, cuya posición ahora avala desde la Consultaría Jurídica del Poder Ejecutivo con un asesoramiento al presidente Abinader para que desacate la jurisprudencia sentada por el Tribunal Constitucional.
Lo menos que debía ocurrir para mejorar la situación creada es la aprobación de una nueva ley o la modificación de la existente para conformar un nuevo Consejo Nacional de la Magistratura (CNM), cuyos miembros tienen que venir de las universidades nacionales, el Colegio de Abogados de la República Dominicana, la Suprema Corte de Justicia, el Tribunal Constitucional y jueces de carrera, pero no personas que representan los intereses de los partidos políticos.
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Transparencia Internacional con medición de lucha contra corrupción en R.D. se sale de contexto.
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1 semana agoon
julio 29, 2026Por Elba García
Son innumerables las afirmaciones de organismos internacionales que hablan de logros en la democracia dominicana, que nadie entiende porque su valoración parte de lo que venden mediáticamente sectores interesados.
El más reciente de estos informes se refiere a que en el país existe una verdadera lucha contra la corrupción, sin tomar en cuenta que se trata de una confrontación político partidaria para unos quitarles credibilidad a otros.
El primer problema para valorar correctamente lo que ocurre en la justicia con la corrupción administrativa, cuyo mal afecta a todos los partidos que han tenido el control del Estado, es que el Ministerio Público más que un mecanismo para combatir el fenómeno representa un instrumento para perseguir al contrario ya salido del poder y que es imputado de incurrir en mal uso de recursos públicos, pero generalmente los casos, aunque sean verdad, terminan en impunidad.
En la actualidad una serie de procesos se ventilan en la justicia, pero los resultados son regularmente la absolución de los acusados y cuando ello no ocurre así en el tiempo prudente es porque el Ministerio Público y la defensa de los imputados llevan los casos mediante incidentales a periodos muy largos sin que haya una solución a los mismos.
La base de lo que ocurre sólo tiene como fin satisfacer mediáticamente las ansias de justicia de la sociedad dominicana, pero que en la realidad ello nunca ocurre, todo como resultado de que la justicia está controlada por los mismos que promueven la corrupción administrativa a través del Consejo Nacional de la Magistratura y de otros órganos del Estado.
El trabajo de valoración de la transparencia en la República Dominicana no parte de una interpretación objetiva o más bien realista por la organización que acaba de publicarla, el que hace más daño que bien por tratarse de una especie de distorsión de la verdad, tal vez para llevar a una actitud conformista del ciudadano.
El estudio más reciente que impacta a la República Dominicana ha sido hecho público por el presidente de Transparencia Internacional, quien afirma que en el país existe una verdadera lucha contra la corrupción, pero que luce que el mismo carece de la objetividad necesaria para hacer tal afirmación.
Amplios sectores de la vida nacional entienden que esa supuesta lucha contra la corrupción que menciona Transparencia Internacional parte de una valoración fuera de contexto cuando no toma como referencia lo que ocurre con el Ministerio Público y todo el sistema de justicia.
Algunos medios de comunicación dan mucha relevancia a lo dicho por Transparencia Internacional, precisamente por el origen que tiene, pero no se detienen a sopesar lo que ocurre en el Estado dominicano por estar controlado por los partidos políticos, los cuales han creado las herramientas necesarias para evitar que la figura de la impunidad sea prácticamente erradicarla del escenario nacional.
La sanción de los delitos penales comunes son tal vez los que de alguna manera tienen una respuesta relativamente más convincente, aunque siempre la severidad de la justicia está determinada por el nivel de contaminación de los que controlan el sistema, como la ya conocida partidocracia.
La referencia realizada por Transparencia Internacional la atribuyen al papel del Gobierno, los fiscales y el sistema judicial, los cuales juegan un rol en este campo que los convierte en los principales actores del deterioro de elementos tan vitales para el logro del propósito anunciado como la seguridad jurídica, el fortalecimiento institucional y en consecuencia de la mejoría de la democracia, lo que deja en tela de juicio la afirmación de la mencionada organización de que lo que ocurre puede generar una mejoría de los niveles de confianza pública, pese a que es todo lo contrario.
La valoración de Transparencia Internacional destaca que estos actores, desde sus respectivas responsabilidades, forman parte de un proceso institucional que ha colocado la lucha contra la corrupción como un elemento relevante dentro de la gestión pública y del fortalecimiento de la democracia, cuando la realidad es que en el país hay serias preocupaciones por el camino que toma la justicia con el no cumplimiento de la tutela judicial efectiva, el debido proceso y el derecho a la defensa.
Sin lugar a dudas que durante décadas América Latina ha enfrentado el desafío de lograr instituciones más sólidas y confiables, pero que en muchos casos en ese contexto regional la valoración de Transparencia Internacional luce ser el resultado de un análisis hecho en un cuarto frío que no tiene nada que ver con la verdad.
Tanto es así que, si se parte del caso Odebrecht, cuyos imputados todos fueron absueltos por los tribunales nacionales, cuando no ocurrió lo mismo en otras naciones del hemisferio, como por ejemplo Perú, donde varios expresidentes de la República guardan prisión por estos hechos, se puede ver la falsa valoracion en esta materia de la referidad entidad interncaional.
Pero más recientemente en el país varios exministros del gobierno de Danilo Medina fueron absueltos a pesar de que a nivel social la gente mantiene la idea de que se enriquecieron con los recursos públicos, cuyo caso más emblemático es del ahora aspirante presidencial Gonzalo Castillo.
Es muy probable que este tipo de informe obedezca al interés del Gobierno de fortalecer los factores que observan los inversionistas antes de tomar cualquier decisión para poner su dinero en un proyecto nacional.
Todo el mundo sabe que la inversión nacional y extranjera no depende únicamente de las oportunidades de mercado, sino también de la confianza, la seguridad jurídica y la estabilidad de las reglas, las cuales todavía son un sueño en el país.
La proyección de una fortaleza institucional genera mejores condiciones para atraer capital, impulsar proyectos productivos y ampliar sus posibilidades de crecimiento, pero que las afirmaciones en este sentido pueden ser el resultado de una interpretación caprichosa, a los fines de que sea verdaderamente un componente estratégico para el desarrollo económico.
La valoración de Transparencia Internacional es posible que tenga su explicación en el hecho de que el país será sede del 1 al 4 de diciembre de 2026 de la Conferencia Internacional Anticorrupción, un encuentro global que reunirá a más de dos mil participantes provenientes de alrededor de 140 países.
La celebración de este importante foro internacional sobre la base de una premisa falsa no hace bien a la democracia en el hemisferio y el mundo, ya que el mismo es un escenario para el debate mundial sobre transparencia, integridad pública y fortalecimiento institucional, los cuales no están presentes en el Estado dominicano.
Sin embargo, el fenómeno de los informes de diferentes tipos como el de la pobreza y este de la transparencia y lucha contra la corrupción, parecen ser una forma de vender el país sobre la base de una percepción más que de la realidad.
La reputación internacional de un país se construye a partir de la verdad y debe ajustarse a factores como la estabilidad democrática, el desempeño económico, la calidad institucional y la confianza, los cuales deben estar por encima del debate político.
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Inseguridad del Gobierno al distintiguir entre promulgar una ley que viola o que se ajusta a proceptos constitucionales.
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2 semanas agoon
julio 23, 2026Por José Cabral
El presidente Abinader ha sido el que más, pese a que pregona lo contrario, que ha puesto en un total descrédito los decretos de leyes y de otros actos de la administración pública que son aplicables y de obligatorio cumplimiento para todo el pueblo dominicano, cuya inseguridad o falta de certeza juridica del principal funcionario del Gobierno implica la nulidad de los mismos, la pérdida de confianza ciudadana y de los diversos tipos de responsabilidad legal, lo cual ocurre cuando se toman decisiones sin claridad sobre las normas aplicables.
Cuando esto ocurre el documento pierde validez juridica si carece de los elementos esenciales de la ley de leyes, afectando los derechos de los ciudadanos, lo que expone al servidor público, máxime si se trata del presidente de la República, a sanciones administrativas, disciplinarias, civiles e incluso penales por extralimitación de funciones, sobre todo cuando el acto involucra la figura de la precaricación.
Las dudas en esta materia son una causa para que se produzca una paralisis institucional, dado que la ocurrencia de las mismas constantemente frenan la eficacia y la agilidad que se exige al servicio público moderno, lo que produce un impacto social que se expresa mediante la incertidumbre en los ciudadanos afectados que no tienen la claridad sobre sus derechos ni predictibilidad en los trámites del Estado.
Se entiende que la vulnerabilidad a este respecto estimula la corrupcion, ya que la falta de criterios firmes abre espacios a la arbitrariedad o a interpretaciones sesgadas de la ley.
Son innumerables los decretos publicados por el presidente que han sido anulados por el Tribunal Constitucional (TC) por representar una violación de leyes y de la Constitución de la República, lo que pone en peligro la seguridad jurídica, la institucionalidad y la vida democrática de la nación.
El sistema jurídico dominicano se rige por una jerarquía en la que ocupa el lugar preponderante y cimero la Constitución y luego van las leyes orgánicas y ordinarias y en ese mismo orden los decretos, las resoluciones y otros actos que no pueden estar por encima de los que ocupan lugares primeros en el orden legal.
Evidentemente que el gobierno de Luis Abinader no tiene la menor idea de este concepto de jerarquía, lo cual provoca que regularmente emita decretos que rompen con el principio de legalidad y de juridicidad por el que deben regirse los mismos.
Para cuidar detalles como este es que existe la Consultoría del Poder Ejecutivo, a los fines de asesorar al presidente de la República de lo que puede hacerse o no en el marco de la administración pública para evitar que el mandatario pierda su credibilidad como se produce en la gestión de Luis Abinader.
En la actualidad cursan varias acciones de inconstitucionalidad en el Tribunal Constitucional para anular la promulgación de leyes por parte del Poder Ejecutivo que violan la jerarquía jurídica, amén de que ya ha ocurrido lo propio con decisiones del presidente que proyectan ignorancia o sencillamente constituyen un desacato que rompe con la seguridad jurídica, la institucionalidad y el orden democrático.
Una de las «metidas de patas» del presidente Abinader fue la promulgación de la Ley 13-26 que persigue anular las candidaturas independientes cuando las mismas son el resultado de la facultad interpretativa del TC a través del mandato otorgado a este órgano extra poder por el constituyente mediante los artículos 184 y 185 de la Constitución de la Republica y el 47 de la Ley 137-11.
Ahora, si bien la promulgación de la ilegal ley por violar o desacatar una jurisprudencia del alto tribunal proyecta una mala imagen del presidente Abinader, pero peor ocurre con quien ostenta la dirección de la Consultoría del Poder Ejecutivo, cuyo titular al momento de las acciones antijurídicas es nada más y nada menos que el expresidente de la Suprema Corte de Justicia, Jorge Subero Isa.
La nulidad más reciente de un decreto de Abinader, que atenta en contra de la jerarquía jurídica, tiene que ver con la violación de la Constitución mediante la vulneración de derechos fundamentales, usurpación de poderes entre el Ejecutivo y el Congreso Nacional.
El TC ha recurrido a la facultad que tiene de anular decretos como el relacionado a la creación de escalas de rangos, pensiones o reglamentos orgánicos cuando el presidente excede su potestad y vulnera la Constitución de la República.
Muy recientemente el alto tribunal emitió la sentencia TC/0287/26 que anuló el decreto 178-25 del pasado 02 de abril del 2025 expedido por el presidente Luis Abinader, el cual tenía el propósito de implementar una escala de rangos entre alistados y suboficiales de las Fuerzas Armadas de la República Dominicana desde raso hasta sargento mayor de comando abarcando a los suboficiales dentro sus tres categorías de subtenientes, respectivamente.
Como se ve, el presidente de la República ha buscado modificar el otorgamiento de rangos mediante un decreto cuando las Fuerzas Armadas se rigen por una ley orgánica, que jerárquicamente es superior a la facultad que tiene en esta materia el jefe del Poder Ejecutivo.
Abinader con el referido decreto se llevó de paro la Ley 139-13, orgánica de las Fuerzas Armadas, que es la que otorga la autoridad para hacer los ascensos de rangos que el presidente ha tratado de disponer de forma ilegal, lo cual conllevó la nulidad de la referida norma.
Este escenario se repite regularmente, cuyo proceder del mandatario no sólo revela una mala asesoría legal, sino también un nivel de ignorancia que crea preocupación en la ciudadanía, ya que se pone en peligro la seguridad jurídica, la institucionalidad y la democracia nacional.
Los casos de este tipo son numerosos y los mismos ponen en tela de juicio la capacidad de un presidente que no tiene claros estos detalles, lo que constituye un atentado al régimen legal de la nación, ya que ello también implica incumplir, sobre todo cuando hay violación de derechos fundamentales, con las normas ya no sólo del derecho interno, sino también del externo.
