Más Noticias
Califican de injusta sentencia del TSA sobre las AFP
Published
3 años agoon
By
LA REDACCIÓN
SANTO DOMINGO. – Como injusta y contraria al derecho fue calificada la sentencia del Tribunal Superior Administrativo (TSA) por la Superintendencia de Pensiones (SIPEN), cuya decisión de la alta corte ordena a ese organismo la restitución de valores supuestamente sustraídos a los afiliados a las administraciones de los fondos de pensiones (AFP).
El superintendente de Pensiones, Ramón Emilio Contreras Genao, y un equipo de técnicos y abogados de este organismo oficial, anunciaron que recurrirán la decisión ya que, según dijeron, tal sustracción no se realizó jamás.
Señalaron que eso queda evidenciado en los posteriores montos acumulados presentados en las respectivas cuentas de capitalización individual, obedeciendo a las condiciones propias del mercado financiero.
En la rueda de prensa leyeron un documento cuyo texto es el siguiente:
«A LA OPINION PUBLICA NACIONAL
CON MOTIVO DE LA SENTENCIA NUM.030-02-2022-SSEN-00327 DICTADA POR LA PRIMERA SALA DEL TRIBUNAL SUPERIOR ADMINISTRATIVO.
La Constitución de la República, consagra el derecho a la seguridad social, mediante la fórmula establecida por el artículo 60, el cual reza:
“Artículo 60.- Derecho a la seguridad social. Toda persona tiene derecho a la seguridad social. El Estado estimulará el desarrollo progresivo de la seguridad social para asegurar el acceso universal a una adecuada protección en la enfermedad, discapacidad, desocupación y la vejez.”
Para la protección y garantía de este derecho se han establecido múltiples mecanismos, entre los cuales se encuentran la creación de instituciones al amparo de la Ley Número 87-01 del año 2001, siendo una de estas instituciones la Superintendencia de Pensiones (SIPEN).
En este sentido tenemos el artículo 107 de la referida Ley Número 87-01 que establece textualmente lo siguiente:
“Art. 107.- Creación de la Superintendencia de Pensiones Se crea la Superintendencia de Pensiones como una entidad estatal, autónoma, con personalidad jurídica y patrimonio propio, para que a nombre y representación del Estado Dominicano ejerza a plenitud, la función de velar por el estricto cumplimiento de la presente ley y de sus normas complementarias en su área de incumbencia, de proteger los intereses de los afiliados, de vigilar la solvencia financiera de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) y de contribuir a fortalecer el sistema previsional dominicano. Está facultada para contratar, demandar y ser demandada y será fiscalizada por la Contraloría General de la República y/o la Cámara de Cuentas sólo en lo concerniente al examen de sus ingresos y gastos.”
Entre las atribuciones legales conferidas por la referida Ley Número87-01 a la Superintendencia de Pensiones, se destacan las siguientes:
“Art. 108.- Funciones de la Superintendencia de Pensiones La Superintendencia de Pensiones tendrá las siguientes funciones:
e) Fiscalizar a las AFP en lo concerniente a las inversiones del Fondo de Pensiones, según los riesgos y límites de inversión dictados por la Comisión Clasificadora de Riesgos y en lo relativo a la entrega de los valores bajo custodia del Banco Central de la República Dominicana;
f) Fiscalizar a las AFP en cuanto a su solvencia financiera y contabilidad; a la constitución, mantenimiento, operación y aplicación de la garantía de rentabilidad, al fondo de reserva de fluctuación de rentabilidad, a las carteras de inversión y al capital mínimo de cada AFP;”
Todas estas funciones legales han sido, están siendo y seguirán siendo cumplidas por esta Superintendencia de Pensiones, y muy particularmente las funciones relativas a la protección y garantía de los derechos de seguridad social de los afiliados.
De hecho, toda situación que pudo dar lugar a apreciaciones incorrectas o malas interpretaciones fue debidamente clarificada, sin que en ningún momento los derechos de los afiliados hayan resultado lesionados.
Es deber de esta Superintendencia de Pensiones dejar constancia, y edificar y aclarar a la opinión pública nacional, que en ningún momento estos derechos han sido afectados ni reducidos, ni mucho menos sustraídos los fondos de la cuenta de capitalización individual de los trabajadores afiliados.
En estas circunstancias y contrario a la realidad ostensible, la Sentencia Numero 030-02-2022-SSEN-00327, dictada en fecha tres (3) de agosto del año 2022, por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA), dispuso en síntesis lo siguiente:
“Ordena a la Superintendencia de Pensiones (SIPEN), en su condición de entidad reguladora de las Administradoras de Fondo de Pensiones AFP POPULAR, S.A.; AFP RESERVAS, S.A.; AFP CRECER, S.A.; AFP SIEMBRA; AFP ATLANTICO, S.A.; y AFP JMMB BDI, S.A., dar cumplimiento a las disposiciones de los artículos 100 y 105 de la Ley Num.87-01; ajustarse a los requerimientos de la Ley Num.87-01 y restituir a los accionantes los valores reducidos de sus cuentas de capitalización individual de acuerdo a deducciones.”
Esta sentencia no solo es injusta, sino además total y absolutamente contraria a derecho, y sobre todo a principios y aspectos constitucionales, toda vez que las circunstancias retenidas en la misma no guardan relación ni son conforme con la realidad de los hechos y mucho menos con la constitucionalidad y legalidad dominante en virtud de que:
a).- La rentabilidad real de los fondos de pensiones se ha mantenido por encima de la rentabilidad mínima del sistema. En tal sentido, no existe un fondo de pensiones que se encuentre por debajo de la rentabilidad mínima exigida, condición indispensable conforme las disposiciones de la ley, por lo que no existe la posibilidad de que los recursos acumulados en la cuenta Garantía de Rentabilidad establecida en el artículo 105 de la ley, sean utilizados con fines distintos a los que están expresamente establecidos en la ley 87-01. Por lo tanto, se ha dado fiel cumplimiento a lo establecido en los artículos 103, 104 y el referido artículo105 de la Ley Núm. 87-01.
b).- Las cuentas de capitalización individual de los actuantes presentan saldo positivo superior a los aportes realizados durante los meses transcurridos hasta el corte de agosto de 2022, evidenciando esto que las inversiones de los fondos de pensiones han generado rendimientos favorables.
c).- De igual forma, el saldo acumulado de las CCI de los actuantes se ha mantenido en crecimiento a pesar de que, en algunos casos, no se hayan recibido aportes de manera constante a estas cuentas, sino que todo el crecimiento de esas CCI se atribuye al rendimiento generado por las inversiones realizadas a favor del fondo de pensiones.
d).- Asimismo, cabe aclarar que dentro de los actuantes existen casos de afiliados que se encuentran disfrutando de beneficios otorgados por el sistema dominicano de pensiones e incluso, han retirado la totalidad del saldo acumulado en sus CCI.
Tal como hemos resaltado anteriormente, resultado de la pandemia COVID-19 y la actual situación geopolítica mundial, a nivel internacional se ha registrado una crisis económica que ha llevado a la adopción de medidas coyunturales de carácter macroeconómico para fines de contrarrestar las consecuencias económicas y financieras presentes. Ambas situaciones han causado un impacto en los precios de todos los mercados del mundo, siendo uno de los más afectados el mercado de capitales, causando una variación en los precios de los instrumentos financieros, lo cual no implica una pérdida de la rentabilidad generada por las inversiones. La República Dominicana no ha sido la excepción y se han tenido que aplicar y adoptar medidas de política monetaria para controlar la inflación actual. Debido a que la mayor parte de los recursos de los fondos de pensiones se encuentran invertidos en instrumentos financieros que son ofrecidos y transados en el mercado de valores, los cambios en las tasas de interés y las variaciones en la tasa de cambio impactan los precios de los instrumentos financieros, afectando el valor de éstos. Por otra parte, cabe indicar que estas circunstancias no solamente han afectado a las inversiones realizadas por las AFP, sino a aquellas realizadas por entidades financieras que administran recursos de terceros, por lo que no es un comportamiento exclusivo del sistema de pensiones.
Visto lo anterior, puede advertirse el absurdo de la Sentencia Numero 030-02-2022-SSEN-00327, dictada en fecha tres (3) de agosto del año 2022, por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA), que está ordenando a esta Superintendencia dar cumplimiento al artículo 105 instruyendo la restitución de valores supuestamente sustraídos, pero que nunca han sido ni fueron ni serán sustraídos. En este sentido, como se expuso en el desarrollo de la instrucción de la acción de amparo de cumplimiento celebrada por ante el Tribunal Superior Administrativo, tal sustracción no se realizó jamás, lo cual se evidencia en los posteriores montos acumulados presentados en las respectivas cuentas de capitalización individual, obedeciendo a las condiciones propias del mercado financiero.
Como hemos reiterado en innumerables ocasiones, no se han registrado sustracciones a las CCI de ningún afiliado al sistema de pensiones, según lo indicado por los actuantes. Lo registrado en el mes de febrero se debió a situaciones coyunturales, propias de los mercados financieros y al comportamiento de variables externas que inciden en la valoración de los instrumentos financieros en un mercado organizado de capitales, en desarrollo, como el de nuestro país, que en modo alguno implicaron sustracción de fondos o valores a las CCI.
Asimismo, es importante recalcar que los recursos acumulados en los fondos de pensiones constituyen el principal ahorro nacional contribuyendo en el desarrollo de sectores como el turismo, energía, industrias, entre otros, generando externalidades positivas en la economía de nuestro país y siendo parte importante de la estabilidad económica que hemos disfrutado en los últimos años. Son los principales inversionistas institucionales del mercado de capitales de nuestro país y han sido los precursores vitales de éste.
Finalmente, el proceso de inversión de los recursos de los fondos de pensiones es estrictamente regulado y supervisado diariamente por esta Superintendencia de Pensiones, actuando en apego a las disposiciones de la Ley 87-01 y sus modificaciones, sus normas complementarias, las mejores prácticas utilizadas a nivel internacional, en la búsqueda de generar las mejores condiciones posibles para los trabajadores afiliados al Sistema.
Más Noticias
TSE reafirma compromiso con fortalecimiento justicia electoral
Published
10 horas agoon
diciembre 5, 2025
Santo Domingo, (EFE).- El Consejo Nacional de la Magistratura (CNM), que encabeza el presidente Luis Abinader, juramentó este jueves a los jueces titulares y suplentes escogidos para integrar el Tribunal Superior Electoral (TSE), en un acto donde se reafirmó el compromiso institucional con el fortalecimiento de la justicia electoral y la transparencia democrática, según un comunicado de Presidencia.
Los jueces titulares juramentados fueron Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo, quien continuará como presidente del mismo, Pedro Pablo Yermenos Forastieri y Fernando Fernández Cruz -quienes repiten como miembros titulares- Rafaelina Peralta Arias y Lenis Rosángela García.
Asimismo, durante el acto realizado en el salón de Embajadores del Palacio Nacional también fueron juramentados los jueces suplentes: Lourdes Teresa Salazar, Juan Cuevas, Juan Manuel Martín Garrido, Freddy Ángel Castro y Víctor Rafael Menieur.
Durante la juramentación también estuvo presente el consultor jurídico del Poder Ejecutivo, Antoliano Peralta.
Estos fueron elegidos por el Consejo Nacional de la Magistratura tras agotar la etapa de evaluación de los 41 postulantes preseleccionados para integrar el Tribunal Superior Electoral, en virtud de las funciones que le confieren los artículos 179 y 215 de la Constitución y el artículo 3 de la Ley número 138-11, que rige el Consejo.
El CNM esta compuesto por el presidente Abinader, quien lo preside, los presidentes de la Suprema Corte de Justicia, Luis Henry Molina; del Tribunal Constitucional, Napoleón Estévez; del Senado, Ricardo de los Santos, y de la Cámara de Diputados, Alfredo Pacheco, la magistrada Nancy Salcedo, el senador Omar Fernández y el diputado Tobías Crespo.EFE
rsl
Más Noticias
Supérate inicia entregadel bono por Navidad
Published
11 horas agoon
diciembre 5, 2025La “Brisita” navideña para beneficiarios del subsidio Aliméntate fue distribuida de forma simultánea
Santo Domingo, R.D.-El Gobierno entregó ayer, vía transferencia electrónica, el Bono Navideño a 1,453,907 personas beneficiarias del subsidio Aliméntate.
Cada hogar recibió RD$1,500.00 adicionales a los RD$1,650 que reciben mensualmente, lo que da un desembolso total de RD$2,180,860,500.
El acto de lanzamiento, encabezado por la titular de la Dirección de Desarrollo Social Supérate, Gloria Reyes, empezó con el cliqueo simbólico en una pantalla gigante digital a cargo de ella, gesto que marcó el inicio formal de las transferencias. La actividad se replicó de manera simultánea en Santo Domingo Este, Santiago, San Cristóbal y San Pedro de Macorís, con la presencia de funcionarios y autoridades locales. En cada punto, además, se ofreció un almuerzo navideño para 250 beneficiarios y beneficiarias. Durante el evento, realizado en el Club Deportivo y Cultural Ensanche La Fe, en el Distrito Nacional, Reyes explicó que el objetivo es permitir a las familias celebrar la Navidad con alegría, tranquilidad y el espíritu de unión que caracteriza al pueblo dominicano.
“Este lanzamiento del Bono no es más que uno de los elementos especiales de La Brisita. El señor presidente Luis Abinader desea que todos los dominicanos podamos disfrutar en paz, con mucha alegría y rodeados de nuestros seres queridos esta época tan hermosa”, expresó la funcionaria.
Durante la actividad se compartieron los beneficios de La Brisita de Supérate con las familias asistentes, las cuales disfrutaron de un almuerzo navideño amenizado con villancicos y la presencia de Santa Claus.
Otros eventos
En Santiago, el acto estuvo encabezado por el alcalde Ulises Rodríguez, junto al subdirector administrativo y financiero de la Dirección de Desarrollo Social, Elpidio García, y la directora regional, Ylsi Cruz.
En Santo Domingo Este, el alcalde Dio Astacio acompañó a Yasiris Sánchez, subdirectora de Desarrollo Local y Asuntos Comunitarios, y a Australiana Segura, directora regional de Supérate.
En San Pedro de Macorís, la actividad estuvo a cargo de Damelia Zapata, subdirectora de Proyectos Sociales y Asuntos Comunitarios, con participación de la directora regional María Santana, junto a autoridades locales, que anunciaron el inicio del pago del bono navideño.
La Brisita también llegó a las familias de San Cristóbal, donde el anuncio fue realizado por Aurelia Amarante, directora de Acompañamiento Sociofamiliar, y Miguel Peña, director regional para la región de Valdesia.

Comipol apoya operativo navideño
En otro orden, la Comisión Militar y Policial (Comipol) del Ministerio de Obras Públicas (MOPC) y RD-Vial desplegaron hoy unidades y personal de apoyo el operativo preventivo de seguridad ciudadana: “Navidad con Garantía de Paz 2.0”.
En ese sentido, se adicionaron 26 unidades patrulleras, siete ambulancias, dos camiones de extricación, cuatro grúas, dos talleres móviles y seis motocicletas, así como 134 personas entre oficialistas superiores, alistados y médicos y civiles debidamente entrenados.
El operativo, puesto en marcha en el peaje del kilómetro 32 de la Autopista Duarte, fue encabezado por directores de la Comipol, coronel Luis Rafael Herrera Almonte, ERD, PhD y de Fideicomiso RD-Vial, Hostos José Rizik Lugo.
El oficial sostuvo que las unidades y personal a utilizarse en el operativo, van de las manos a las labores cotidianas que ejecuta la Comipol en los 3,200 kilómetros que cubre ese Programa de Protección y Asistencia Vial.
Herrera Almonte llamó a los dominicanos a reflexionar durante el asueto, pero al mismo tiempo, tomar precaución previo a salir de sus casas, tras señalar que ante cualquier inconveniente solo tienen que comunicarse de manera rápida con el número único 511 de asistencia.
Más Noticias
Incendio afecta despacho del presidente de la Cámara de Diputados
Published
11 horas agoon
diciembre 5, 2025
Santo Domingo.-Un incendio afecta en estos momentos el despacho del presidente de la Cámara de Diputados, Alfredo Pacheco.
La Cámara de Diputados informó en un comunicado que el fuego se originó en la cocina del despacho de la Presidencia.
Añadió que la situación fue atendida de inmediato por el Cuerpo de Bomberos del Distrito Nacional, quienes actuaron con rapidez y eficiencia.
Las labores en la institución continúan con normalidad y se realiza una investigación profunda para determinar los motivos del incendio y de esa manera ofrecer un informe definitivo, informó Pachecho.
