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Califican de injusta sentencia del TSA sobre las AFP

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SANTO DOMINGO. – Como injusta y contraria al derecho fue calificada la sentencia del Tribunal Superior Administrativo (TSA) por la Superintendencia de Pensiones (SIPEN), cuya decisión de la alta corte ordena a ese organismo la restitución de valores supuestamente sustraídos a los afiliados a las administraciones de los fondos de pensiones (AFP).

El superintendente de Pensiones, Ramón Emilio Contreras Genao,  y un equipo de técnicos y abogados de este organismo oficial, anunciaron que recurrirán la decisión  ya que, según dijeron, tal sustracción no se realizó jamás.

Señalaron que eso queda evidenciado en los posteriores montos acumulados presentados en las respectivas cuentas de capitalización individual, obedeciendo a las condiciones propias del mercado financiero.

En la rueda de prensa leyeron un documento cuyo texto es el siguiente:

«A LA OPINION PUBLICA NACIONAL

CON MOTIVO DE LA SENTENCIA NUM.030-02-2022-SSEN-00327 DICTADA POR LA PRIMERA SALA DEL TRIBUNAL SUPERIOR ADMINISTRATIVO.

La Constitución de la República, consagra el derecho a la seguridad social, mediante la fórmula establecida por el artículo 60, el cual reza:

“Artículo 60.- Derecho a la seguridad social. Toda persona tiene derecho a la seguridad social. El Estado estimulará el desarrollo progresivo de la seguridad social para asegurar el acceso universal a una adecuada protección en la enfermedad, discapacidad, desocupación y la vejez.”

Para la protección y garantía de este derecho se han establecido múltiples mecanismos, entre los cuales se encuentran la creación de instituciones al amparo de la Ley Número 87-01 del año 2001, siendo una de estas instituciones la Superintendencia de Pensiones (SIPEN).

En este sentido tenemos el artículo 107 de la referida Ley Número 87-01 que establece textualmente lo siguiente:

“Art. 107.- Creación de la Superintendencia de Pensiones Se crea la Superintendencia de Pensiones como una entidad estatal, autónoma, con personalidad jurídica y patrimonio propio, para que a nombre y representación del Estado Dominicano ejerza a plenitud, la función de velar por el estricto cumplimiento de la presente ley y de sus normas complementarias en su área de incumbencia, de proteger los intereses de los afiliados, de vigilar la solvencia financiera de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) y de contribuir a fortalecer el sistema previsional dominicano. Está facultada para contratar, demandar y ser demandada y será fiscalizada por la Contraloría General de la República y/o la Cámara de Cuentas sólo en lo concerniente al examen de sus ingresos y gastos.”

Entre las atribuciones legales conferidas por la referida Ley Número87-01 a la Superintendencia de Pensiones, se destacan las siguientes:

“Art. 108.- Funciones de la Superintendencia de Pensiones La Superintendencia de Pensiones tendrá las siguientes funciones:

e) Fiscalizar a las AFP en lo concerniente a las inversiones del Fondo de Pensiones, según los riesgos y límites de inversión dictados por la Comisión Clasificadora de Riesgos y en lo relativo a la entrega de los valores bajo custodia del Banco Central de la República Dominicana;

f) Fiscalizar a las AFP en cuanto a su solvencia financiera y contabilidad; a la constitución, mantenimiento, operación y aplicación de la garantía de rentabilidad, al fondo de reserva de fluctuación de rentabilidad, a las carteras de inversión y al capital mínimo de cada AFP;”

Todas estas funciones legales han sido, están siendo y seguirán siendo cumplidas por esta Superintendencia de Pensiones, y muy particularmente las funciones relativas a la protección y garantía de los derechos de seguridad social de los afiliados.

De hecho, toda situación que pudo dar lugar a apreciaciones incorrectas o malas interpretaciones fue debidamente clarificada, sin que en ningún momento los derechos de los afiliados hayan resultado lesionados.

Es deber de esta Superintendencia de Pensiones dejar constancia, y edificar y aclarar a la opinión pública nacional, que en ningún momento estos derechos han sido afectados ni reducidos, ni mucho menos sustraídos los fondos de la cuenta de capitalización individual de los trabajadores afiliados.

En estas circunstancias y contrario a la realidad ostensible,  la Sentencia Numero 030-02-2022-SSEN-00327, dictada en fecha tres (3) de agosto del año 2022, por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA), dispuso en síntesis lo siguiente:

“Ordena a la Superintendencia de Pensiones (SIPEN), en su condición de entidad reguladora de las Administradoras de Fondo de Pensiones AFP POPULAR, S.A.; AFP RESERVAS, S.A.; AFP CRECER, S.A.; AFP SIEMBRA; AFP ATLANTICO, S.A.; y AFP JMMB BDI, S.A., dar cumplimiento a las disposiciones de los artículos 100 y 105 de la Ley Num.87-01; ajustarse a los requerimientos de la Ley Num.87-01 y restituir a los accionantes los valores reducidos de sus cuentas de capitalización individual de acuerdo a deducciones.”

Esta sentencia no solo es injusta, sino además total y absolutamente contraria a derecho, y sobre todo a principios y aspectos constitucionales, toda vez que las circunstancias retenidas en la misma no guardan relación ni son conforme con la realidad de los hechos y mucho menos con la constitucionalidad y legalidad dominante en virtud de que:

a).- La rentabilidad real de los fondos de pensiones se ha mantenido por encima de la rentabilidad mínima del sistema. En tal sentido, no existe un fondo de pensiones que se encuentre por debajo de la rentabilidad mínima exigida, condición indispensable conforme las disposiciones de la ley, por lo que no existe la posibilidad de que los recursos acumulados en la cuenta Garantía de Rentabilidad establecida en el artículo 105 de la ley, sean utilizados con fines distintos a los que están expresamente establecidos en la ley 87-01. Por lo tanto, se ha dado fiel cumplimiento a lo establecido en los artículos 103, 104 y el referido artículo105 de la Ley Núm. 87-01.

b).- Las cuentas de capitalización individual de los actuantes presentan saldo positivo superior a los aportes realizados durante los meses transcurridos hasta el corte de agosto de 2022, evidenciando esto que las inversiones de los fondos de pensiones han generado rendimientos favorables.

c).- De igual forma, el saldo acumulado de las CCI de los actuantes se ha mantenido en crecimiento a pesar de que, en algunos casos, no se hayan recibido aportes de manera constante a estas cuentas, sino que todo el crecimiento de esas CCI se atribuye al rendimiento generado por las inversiones realizadas a favor del fondo de pensiones.

d).- Asimismo, cabe aclarar que dentro de los actuantes existen casos de afiliados que se encuentran disfrutando de beneficios otorgados por el sistema dominicano de pensiones e incluso, han retirado la totalidad del saldo acumulado en sus CCI.

Tal como hemos resaltado anteriormente, resultado de la pandemia COVID-19 y la actual situación geopolítica mundial, a nivel internacional se ha registrado una crisis económica que ha llevado a la adopción de medidas coyunturales de carácter macroeconómico para fines de contrarrestar las consecuencias económicas y financieras presentes. Ambas situaciones han causado un impacto en los precios de todos los mercados del mundo, siendo uno de los más afectados el mercado de capitales, causando una variación en los precios de los instrumentos financieros, lo cual no implica una pérdida de la rentabilidad generada por las inversiones. La República Dominicana no ha sido la excepción y se han tenido que aplicar y adoptar medidas de política monetaria para controlar la inflación actual. Debido a que la mayor parte de los recursos de los fondos de pensiones se encuentran invertidos en instrumentos financieros que son ofrecidos y transados en el mercado de valores, los cambios en las tasas de interés y las variaciones en la tasa de cambio impactan los precios de los instrumentos financieros, afectando el valor de éstos. Por otra parte, cabe indicar que estas circunstancias no solamente han afectado a las inversiones realizadas por las AFP, sino a aquellas realizadas por entidades financieras que administran recursos de terceros, por lo que no es un comportamiento exclusivo del sistema de pensiones.

Visto lo anterior, puede advertirse el absurdo de la Sentencia Numero 030-02-2022-SSEN-00327, dictada en fecha tres (3) de agosto del año 2022, por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA), que está ordenando a esta Superintendencia dar cumplimiento al artículo 105 instruyendo la restitución de valores supuestamente sustraídos, pero que nunca han sido ni fueron ni serán sustraídos. En este sentido, como se expuso en el desarrollo de la instrucción de la acción de amparo de cumplimiento celebrada por ante el Tribunal Superior Administrativo, tal sustracción no se realizó jamás, lo cual se evidencia en los posteriores montos acumulados presentados en las respectivas cuentas de capitalización individual, obedeciendo a las condiciones propias del mercado financiero.

Como hemos reiterado en innumerables ocasiones, no se han registrado sustracciones a las CCI de ningún afiliado al sistema de pensiones, según lo indicado por los actuantes. Lo registrado en el mes de febrero se debió a situaciones coyunturales, propias de los mercados financieros y al comportamiento de variables externas que inciden en la valoración de los instrumentos financieros en un mercado organizado de capitales, en desarrollo, como el de nuestro país, que en modo alguno implicaron sustracción de fondos o valores a las CCI.

Asimismo, es importante recalcar que los recursos acumulados en los fondos de pensiones constituyen el principal ahorro nacional contribuyendo en el desarrollo de sectores como el turismo, energía, industrias, entre otros, generando externalidades positivas en la economía de nuestro país y siendo parte importante de la estabilidad económica que hemos disfrutado en los últimos años. Son los principales inversionistas institucionales del mercado de capitales de nuestro país y han sido los precursores vitales de éste.

Finalmente, el proceso de inversión de los recursos de los fondos de pensiones es estrictamente regulado y supervisado diariamente por esta Superintendencia de Pensiones, actuando en apego a las disposiciones de la Ley 87-01 y sus modificaciones, sus normas complementarias, las mejores prácticas utilizadas a nivel internacional, en la búsqueda de generar las mejores condiciones posibles para los trabajadores afiliados al Sistema.

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Exfiscal acusado de recibir US$10,000 en caso SeNaSa conocerá este miércoles si será enviado a juicio

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El juez Raymundo Mejía también decidirá si mantiene la prisión preventiva contra Aurelio Valdez Alcántara, investigado por presunto soborno, lavado de activos y otras infracciones

Santo Domingo.— El Primer Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional decidirá este miércoles si dicta auto de apertura a juicio contra el exfiscal Aurelio Valdez Alcántara, acusado por el Ministerio Público de solicitar y recibir un presunto soborno de US$10,000 de una persona vinculada a la investigación por el supuesto desfalco al Seguro Nacional de Salud (SeNaSa).

La decisión estará a cargo del juez Raymundo Mejía, quien se reservó el fallo luego de escuchar los argumentos de las partes y examinar las pruebas aportadas por el órgano acusador.

Además de determinar si existen elementos suficientes para enviar el expediente a juicio de fondo, el magistrado deberá pronunciarse sobre la revisión obligatoria de la medida de coerción que mantiene al imputado en prisión preventiva.

El Ministerio Público solicita que Valdez Alcántara continúe privado de libertad, mientras que su abogado, Valentín Medrano, reclama que la medida sea revocada y sustituida por otra menos gravosa.

Ministerio Público asegura contar con pruebas suficientes

El procurador adjunto Eduardo Velásquez, representante del Ministerio Público, solicitó formalmente que el exfiscal sea enviado a juicio.

Según sostuvo, las pruebas recopiladas son suficientes para sustentar las imputaciones relacionadas con presunto soborno, lavado de activos y otras infracciones.

La acusación vincula a Valdez Alcántara con Roberto Canaán, quien también figura bajo investigación por su presunta relación con el expediente de corrupción administrativa que involucra al SeNaSa.

La defensa, en cambio, mantiene que no existen razones para prolongar la prisión preventiva y espera que el tribunal aplique una medida distinta mientras continúa el proceso.

Así habría ocurrido la entrega del dinero

De acuerdo con la acusación del Ministerio Público, el 27 de marzo de 2026, Valdez Alcántara habría contactado telefónicamente a Canaán para coordinar un encuentro en el estacionamiento del cuarto piso de Bella Vista Mall, en el Distrito Nacional.

Las autoridades aseguran que un equipo de seguimiento integrado por miembros de la Policía Nacional y del Ministerio Público se trasladó al lugar.

Durante el operativo, habrían observado una Honda CR-V color crema, placa G428129, presuntamente conducida por el entonces fiscal.

Canaán habría abordado el vehículo y permanecido en su interior durante aproximadamente cinco minutos, período en el que, según la acusación, se produjo la entrega de los US$10,000.

Posteriormente, el vehículo fue interceptado en las inmediaciones de Almacenes Unidos.

Valdez Alcántara fue trasladado a la Procuraduría General de la República, donde se realizó una inspección del vehículo en presencia del fiscal Andrés Octavio Mena Marte.

Investigación también lo vincula con expediente SeNaSa

El Ministerio Público sostiene que Valdez Alcántara participó en investigaciones relacionadas con la supuesta red de corrupción administrativa que habría provocado pérdidas de miles de millones de pesos al Seguro Nacional de Salud.

Según el expediente, el imputado habría ejercido presión sobre una de las personas investigadas y le habría ofrecido supuesta ayuda a cambio de dinero.

La acusación indica que inicialmente habría solicitado US$200,000, cantidad que posteriormente habría reducido a US$150,000.

Las autoridades señalan además que durante las conversaciones habría mostrado interés en recibir otros bienes, entre ellos un reloj Rolex y un vehículo Mercedes-Benz.

Finalmente, se habría acordado una entrega inicial de US$10,000, operación tras la cual las autoridades ejecutaron el arresto.

Permanece recluido en Najayo

Aurelio Valdez Alcántara cumple actualmente prisión preventiva en el Centro de Corrección y Rehabilitación Najayo Hombres, en San Cristóbal.

La decisión que adopte este miércoles el tribunal será determinante para establecer si el expediente avanza hacia un juicio de fondo o si el proceso toma otra dirección en la etapa preliminar.

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Envían a Najayo a inspector de Migración investigado por facilitar salidas irregulares desde el AILA

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La DGM asegura que el funcionario era vigilado desde hacía meses y que fue sorprendido cuando presuntamente ayudaba a pasajeros con impedimento de salida

Santo Domingo.— Un inspector de la Dirección General de Migración (DGM) asignado al Aeropuerto Internacional de Las Américas (AILA) fue enviado a prisión preventiva tras ser acusado de facilitar de manera irregular la salida del país de personas sometidas a restricciones migratorias.

El imputado fue identificado como Esteban Nohassis Mogena González, contra quien la Oficina de Atención Permanente de Santo Domingo Este impuso tres meses de prisión preventiva.

La medida deberá ser cumplida en el Centro de Corrección y Rehabilitación Najayo Hombres.

Habría facilitado la salida de pasajeros con impedimento

De acuerdo con la Dirección General de Migración, Mogena González fue detenido mientras presuntamente intervenía para permitir la salida del territorio nacional de dos ciudadanos dominicanos que tenían impedimento de salida.

La institución sostiene que el inspector utilizaba su posición dentro de los controles migratorios del aeropuerto para evitar determinados procedimientos obligatorios.

Según la investigación, cuando atendía a determinados pasajeros en el mostrador de Migración, presuntamente omitía el escaneo de las huellas dactilares y la certificación correspondiente en el sistema oficial de salida.

Mediante ese mecanismo, uno de los pasajeros habría logrado abordar un vuelo con destino a Las Bahamas, de acuerdo con la versión ofrecida por las autoridades.

Autoridades investigan supuesto pago de miles de dólares

Migración informó que las evidencias recopiladas incluyen documentación, testimonios y material audiovisual.

La institución sostiene que el funcionario presuntamente recibió miles de dólares a cambio de permitir que determinadas personas evadieran los controles migratorios establecidos en la terminal aérea.

Estas evidencias fueron remitidas al Ministerio Público para sustentar la investigación.

Era vigilado desde hacía meses

La DGM explicó que Mogena González se encontraba bajo seguimiento desde hacía varios meses, luego de que fueran detectadas inconsistencias relacionadas con el ejercicio de sus funciones.

El proceso de investigación interna derivó posteriormente en un operativo que, según las autoridades, permitió detenerlo en flagrante delito.

La Dirección Jurídica de Migración remitió el expediente al Ministerio Público en coordinación con la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA).

Le atribuyen varios delitos

Al imputado se le atribuye la presunta violación de disposiciones del Código Penal Dominicano y de la Ley General de Migración 285-04.

Entre las infracciones señaladas por las autoridades figuran asociación de malhechores, falsificación de documentos y alteración de registros.

La calificación jurídica definitiva deberá ser determinada durante el desarrollo del proceso penal.

Migración inicia proceso de desvinculación

La Dirección General de Migración informó además que inició los procedimientos administrativos para suspender al funcionario y avanzar hacia su desvinculación definitiva de la institución, de conformidad con las disposiciones que regulan la función pública.

El director general de Migración, vicealmirante Luis Rafael Lee Ballester, reiteró la posición institucional de mantener una política de cero tolerancia frente a posibles actos de corrupción.

La DGM aseguró que cualquier servidor que sea detectado incurriendo en prácticas contrarias a la ley será puesto a disposición de los organismos correspondientes.

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Se entrega hombre vinculado a asalto a punta de pistola en Villa María

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La Policía informó que recuperó las pertenencias sustraídas a la víctima y recibió además un arma de fuego entregada durante el proceso

Santo Domingo.— Un hombre señalado como presunto autor de un asalto ocurrido en el sector Villa María, del Distrito Nacional, se entregó este martes a la Policía Nacional, luego de que el hecho fuera captado en video y difundido en redes sociales.

El detenido fue identificado como Bryan Ernesto Prensa, alias “Droga”, de 27 años, quien acudió al Palacio de la Policía Nacional para ponerse a disposición de las autoridades.

De acuerdo con la información ofrecida por la institución, durante el proceso también fue entregada un arma de fuego y se logró recuperar parte de los artículos que habían sido sustraídos a la víctima.

El asalto ocurrió luego de un seguimiento

Según la versión ofrecida por la víctima y las imágenes obtenidas del hecho, Prensa habría seguido a Luis Miguel Morillo desde un establecimiento comercial ubicado en la zona.

El asalto se produjo el pasado domingo, cuando Morillo se encontraba en la residencia de una amiga en Villa María.

Las autoridades señalan que el presunto agresor lo habría amenazado con una pistola y despojado de una cadena de oro de 14 quilates, dos guillos, un teléfono celular, dinero en efectivo, documentos personales, tarjetas bancarias y otros objetos.

Policía reporta recuperación de pertenencias

La Policía Nacional informó este martes que los artículos sustraídos fueron recuperados como parte de las diligencias realizadas tras la denuncia.

Morillo explicó que antes del hecho se encontraba en el Colmado La Ruta, donde compró una cerveza, y luego se dirigió junto a una amiga hacia una vivienda cercana.

Según su relato, no se percató del momento en que el hombre entró al lugar, pero reaccionó cuando escuchó que manipulaba un arma de fuego.

La víctima indicó que optó por no resistirse y entregó sus pertenencias.

Testigo afirma que el señalado salió detrás de la víctima

Un empleado del establecimiento, identificado como Yunior Minier, declaró que el hombre señalado permaneció en el negocio aproximadamente 30 minutos antes de que llegara Morillo.

De acuerdo con su testimonio, el sospechoso se encontraba jugando en máquinas recreativas y posteriormente salió detrás de la víctima.

Las autoridades mantienen las investigaciones abiertas para completar el proceso y establecer las responsabilidades correspondientes en torno al asalto.

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