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En Santo Domingo queda prohibida la venta de alcohol entre la medianoche y 8:00 de la mañana.

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Santo Domingo, RD.-Ha quedado prohibida la venta y expendio de bebidas alcohólicas en establecimientos comerciales de la provincia de Santo Domingo a través de una disposición del  Ministerio de Interior y Policía.

La resolución es efectiva a partir del lunes 7 de noviembre (ayer) en los municipios de Santo Domingo Este, Santo Domingo Oeste, Pedro Brand, Boca Chica, Los Alcarrizos, San Antonio de Guerra y los distritos municipales pertenecientes a cada uno de los municipios anteriores de la provincia Santo Domingo.

«La violación del artículo 1 de la presente resolución, podrá dar lugar al cierre temporal o definitivo del establecimiento, así como, a la cancelación de licencias o permisos correspondientes, sin perjuicio de cualquier otra sanción establecida en las leyes o reglamentos».

De acuerdo con la institución, el Ministerio de Interior y Policía, a través de la Dirección Nacional de Control de Expendio de Bebidas Alcohólicas (Coba), junto con la Policía Nacional, deberán velar por el cumplimiento de la medida.

Las medidas no específica las razones de la prohibición.

Salud y la vida humana, razón por la cual resulta necesario la reducción del horario de expendio de bebidas alcohólicas en el territorio de la provincia de Santo domingo Norte.

CONSIDERANDO: Que resulta indispensable que las autoridades frente a situaciones que afectan el orden público y requiere de la urgente intervención del estado para reparar los daños causados.

VISTA: La Constitución de la República Dominicana.

VISTA:   la   Ley   Núm.   631 -16,   para   el   control   y   regulación   de  armas   de   fuego,  Municiones, explosivos y otros materiales relacionados, de fecha 25 de julio de 2016.

VISTA: La Ley Núm. 64-00, que crea la secretaria de medio ambiente y recursos naturales, de fecha 18 de agosto de 2000.

VISTA: Ley Núm. 287-04, del 15 de agosto de 2004, sobre Prevención. Supresión y Limitación de Ruidos Nocivos y Molestos que Produce Contaminación Sonora

Modificada por la Ley Núm. 90-19 del 15 de abril de 2019.

VISTA: Resolución núm. ESP/001-2022, de fecha 11 de abril del año 2022, relativa al  Horario de Expendio de Bebidas Alcohólicas, en todo el territorio nacional.

En ejercicio de las atribuciones legales del MINISTERIO DE INTERIOR Y POLICÍA, en sus respectivas funciones, DICTA LA SIGUIENTE

RESOLUCION:

ARTÍCULO 1.- A partir de la entrada en vigencia de la presente resolución, se prohíbe  el consumo y expendio de bebidas alcohólicas en todo establecimiento comercial de lunes a domingo desde las doce de la madrugada (12:00 am.) hasta ocho de la mañana. (8:00 a.m.), en los municipios santo domingo Este, Santo domingo Oeste, Pedro band, Boca chica, Los Alcarrizos, Pedro Brand, San Antonio de guerra, y los distritos municipales pertenecientes a cada uno de los municipios anteriores, de la provincia Santo domingo.

ARTÍCULO 2.- La violación artículo uno (01) de la presente resolución, podré dar lugar al cierre temporal o definitivo del establecimiento, así como, a la cancelación de las licencias o permisos correspondientes, sin perjuicio de cualquier otra sanción establecida en las leyes o reglamentos.

ARTÍCULO 3.- El Ministerio de Interior y Policía, a través de la Dirección Nacional de Control de Expendio de Bebidas Alcohólicas (COBA), con apoyo de la Policía Nacional, deberán velar por el fiel cumplimiento de la presente Resolución, debiendo promover las acciones que fueren pertinentes a tales fines de conformidad con las leyes.

ARTÍCULO 4.- La presente resolución entrará en vigencia a partir del día lunes 07 de noviembre de 2022.

ARTÍCULO 5.- Se Instruye a la Oficina de Acceso a la información publicar en el portal web institucional el contenido de la presente resolución.

DADA en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la Republica Dominicana, a los cuatro (04) días del mes de noviembre dos mil veintidós (2022).

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Solicitud de expedicion de pasaporte electrónico llega a miles de citas reservadas.

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Santo Domingo, R.D.-Desde este jueves la Dirección General de Pasaportes comenzará formalmente la expedición del nuevo pasaporte electrónico en República Dominicana, informó su director, Lorenzo Ramírez en declaraciones a los medios de comunicación.

Las citas para el público fueron abiertas el pasado 15 de enero y desde esa fecha, unos 3,200 usuarios han programado sus citas. En esta primera etapa solo podrán solicitar el nuevo documento quienes tengan el pasaporte vencido, posean menos de seis meses de vigencia, reporten pérdidadeterioro o agotamiento de páginas y aquellos que soliciten su libreta por primera vez.

La entrega del pasaporte ordinario, que tiene un costo 6,500 pesos con una vigencia de 10 años se realizará en 24 o 48 horas, dependiendo de la localidad y es una de las razones principales por las cuales el proceso VIP fue eliminado.

  • También adelantó que los primeros pasaportes ordinarios deberían comenzar a circular la próxima semana.

El proceso será progresivo. Inicialmente se implementa en Santo Domingo y luego se extenderá a otras oficinas en el Distrito NacionalSantiago, región norteeste y sur.

Durante el período de transición coexistirán la libreta tradicional y la electrónica, como parte de las «buenas prácticas internacionales».

«Entramos tarde al pasaporte electrónico, pero lo hicimos con tecnología de vanguardia«, afirmó Ramírez.

Como valor agregado, el pasaporte ordinario electrónico incluirá un servicio de repatriación en caso de fallecimiento en el exterior, con cobertura de hasta 9,000 dólares.

El beneficio aplicará únicamente para pasaportes ordinarios vigentes y entrará en vigencia 60 días después de su emisión. Tendrá criterios específicos, incluyendo condiciones médicas preexistentes y plazos de notificación.

Además, la institución lanzará el programa «Pasaporte en Ruta«, mediante unidades móviles que ofrecerán el servicio en empresas, instituciones y provincias, con el objetivo de reducir la necesidad de desplazamiento.

Con la puesta en marcha del pasaporte electrónico, la Dirección General de Pasaportes asegura que el país se coloca a la par de los estándares internacionales en materia de seguridad documental y modernización de servicios.

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Desorden del tránsito provoca pedido de declaracion de emergencia nacional.

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Santo Domingo, R.D.-Fue considerado impostergable el ordenamiento del sistema de transito terrestre por haberse convertido en una amenaza directa para la seguridad ciudadana, cuyo pedido proviene de la Fundación Institucionalidad y Justicia (FINJUS), la cual mostró ademas su preocupacion por la falta de regulacion real sobre las motocicletas que circulan en el pais.

Castaños Guzmán presentó cifras alarmantes que reflejan la magnitud del desafío, señalando que según datos de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), a inicios de este 2026, el número de motocicletas registradas en el país asciende a 3,872,238 unidades.

El jurista lamentó que, según organismos internacionales como World of Statistics, la República Dominicana figure entre las naciones con mayores tasas de mortalidad por accidentes de tránsito per cápita, registrando 65 decesos por cada 100,000 habitantes.

En estas estadísticas, los motoristas son el grupo más vulnerable y afectado.

Entre las causas principales del caos, la institución citó la violación sistemática de luces rojas y circulación por aceras o vía contraria, la ineficacia en la aplicación de la ley.

Igualmente, la ausencia de consecuencias reales para los infractores, la falta de coordinación entre las autoridades competentes.

Ante la gravedad de la crisis, Castaño Guzmán hizo un llamado al Gobierno y a los sectores sociales para adoptar decisiones responsables de manera inmediata, como declararse una emergencia nacional en materia de tránsito.

La propuesta incluye convocar a todos los sectores para coordinar soluciones y, sobre todo, establecer un régimen de sanciones efectivas que logre disuadir la conducción temeraria.

Para la entidad, la transformación del sistema de transporte no es solo una cuestión de movilidad, sino un requisito indispensable para garantizar la seguridad de la población dominicana.

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Designan nuevo director de la Policia Nacional.

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Santo Domingo, R.D.-Luis Abinader, presidente de la República,  nombró a Andrés Modesto Cruz Cruz como nuevo director general de la Policía Nacional.

La decisión está contenida en el decreto número 111-26.

Ese decreto ordena su ascenso de general al rango de mayor general.

Luis Abinader, nombró a Andrés Modesto Cruz Cruz como nuevo director general de la Policía Nacional.

Luis Abinader, nombró a Andrés Modesto Cruz Cruz como nuevo director general de la Policía Nacional.Fuente externa

Trayectoria

La Presidencia de la República dijo en un comunicado que el mayor general Cruz Cruz cuenta con una amplia trayectoria dentro de la institución, caracterizada por el desempeño en áreas estratégicas de control, supervisión y gestión interna.

«Hasta su designación se desempeñaba como inspector general de la Policía Nacional (2023-2026) y previamente ocupó posiciones como director de Asuntos Internos, director regional Sur, director de Enlace entre el Ministerio de Defensa y la Policía Nacional, y director de Control Interno, entre otras responsabilidades de alto mando», señala el comunicado.

El nuevo director de la Policía Nacional es ingeniero civil egresado de la Universidad Nacional Pedro Henríquez Ureña (UNPHU) y posee una maestría en Defensa y Seguridad Nacional por el Instituto Superior para la Defensa “General Juan Pablo Duarte y Díez”.

Su formación incluye programas especializados en liderazgo transformacional, investigación criminal, manejo de crisis, seguridad energética, protección de dignatarios y cooperación internacional, incluyendo capacitaciones con organismos de Estados Unidos, Israel y Colombia.

«A lo largo de su carrera ha recibido múltiples condecoraciones y reconocimientos, entre ellos la Medalla al Mérito del Servidor Público en Primera Categoría y distinciones otorgadas por las Fuerzas Armadas y la Dirección General de la Policía Nacional, en reconocimiento a su trayectoria y compromiso institucional», indica el comunicado de la Presidencia.

“La disposición se fundamenta en lo establecido en los artículos 255 y 256 de la Constitución de la República y en la Ley núm. 590-16, Orgánica de la Policía Nacional, que otorga al presidente la atribución de nombrar al director general de la institución entre oficiales generales activos. Asimismo, el decreto deroga el artículo 1 del Decreto núm. 557-23”, reseña el comunicado de prensa enviado desde la Presidencia de la República.

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