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ADP prepara acción ante el Tribunal Constitucional contra artículos del nuevo Código Penal
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LA REDACCIÓNEl gremio magisterial advierte que varias disposiciones podrían generar procesos judiciales contra docentes por actuaciones vinculadas con la vigilancia, disciplina y cuidado de los estudiantes
Santo Domingo.– La Asociación Dominicana de Profesores (ADP) anunció que prepara una acción ante el Tribunal Constitucional contra varias disposiciones del nuevo Código Penal que, a juicio del gremio, podrían afectar el ejercicio de la función docente y abrir la posibilidad de judicializar actuaciones propias de las responsabilidades de los maestros en los centros educativos.
El presidente de la organización, Eduardo Hidalgo, informó que la ADP cuestionará los artículos 121, 145, 146, 171, 173, 214, 309, 310 y 313, al considerar que algunas de esas disposiciones requieren una delimitación más precisa cuando sean aplicadas en el ámbito escolar.
Hidalgo ofreció las declaraciones durante el panel “El impacto del Nuevo Código Penal en el ejercicio de la función docente”, celebrado en la sede de la ADP, en Gascue.
Gremio defiende protección de menores, pero pide garantías para docentes
El dirigente sindical aseguró que la organización respalda las disposiciones destinadas a proteger a niños, niñas y adolescentes, pero entiende que esa protección debe armonizarse con las garantías de los educadores y con las responsabilidades que estos asumen diariamente dentro de las escuelas.
La preocupación de la ADP se concentra en la posibilidad de que determinadas actuaciones relacionadas con la disciplina, vigilancia, orientación o cuidado de los estudiantes puedan originar procesos judiciales contra profesores.
Entre las disposiciones cuestionadas por el sindicato, Hidalgo hizo referencia al artículo 121, relacionado con el hostigamiento e intimidación; al 145, relativo al acoso sexual; y al 173, vinculado con la discriminación.
También manifestó preocupación por disposiciones relacionadas con el abandono de niños, niñas y adolescentes cuando existe un deber de vigilancia o cuidado, debido a que los docentes tienen responsabilidades de esa naturaleza durante el desarrollo de la jornada escolar.
Para el gremio, la legislación debe permitir diferenciar claramente una actuación docente legítima de aquellas conductas que efectivamente constituyan una infracción penal.
ADP teme denuncias sin fundamento
Otro de los puntos planteados por Hidalgo fue el riesgo de que acusaciones carentes de fundamento puedan afectar la reputación y la carrera profesional de un maestro antes de que los hechos sean debidamente establecidos.
El presidente de la ADP sostuvo que el sindicato mantiene una posición firme frente a conductas como el acoso sexual y aseguró que los miembros de la organización sometidos a la justicia por acusaciones de esa naturaleza son suspendidos del gremio.
Sin embargo, entiende necesario que existan mecanismos capaces de distinguir entre denuncias sustentadas y acusaciones formuladas con la intención de perjudicar a un educador.
La posición del sindicato, según explicó, no procura disminuir la protección penal de los estudiantes, sino evitar que disposiciones cuya finalidad es proteger derechos puedan interpretarse de manera que obstaculicen injustificadamente el ejercicio de la docencia.
Observaciones fueron presentadas antes de aprobarse el Código
La ADP informó que sus inquietudes sobre la reforma penal no surgieron después de su aprobación.
Hidalgo recordó que el pasado 15 de julio la organización entregó a la comisión que trabajaba el proyecto de Código Penal un documento con observaciones relativas a varios de los artículos que ahora pretende cuestionar constitucionalmente.
Según el dirigente, las preocupaciones del gremio no fueron solucionadas satisfactoriamente durante el proceso legislativo, razón por la cual se encuentran preparando la acción constitucional.
La intención es presentar el recurso a principios de septiembre, según adelantó.
Buscarán respaldo del Colegio de Abogados
La ADP también pretende sumar otros sectores a su iniciativa.
Hidalgo indicó que esperan contar con el respaldo del Colegio de Abogados de la República Dominicana, cuyo presidente, Trajano Vidal Potentini, participó en el panel realizado por el sindicato.
El encuentro contó además con las intervenciones del diputado Wandy Modesto Batista; el maestro y abogado José Vega; y el consultor jurídico de la ADP, John A. Bello. La actividad fue moderada por Nolberto Ortiz, secretario de Finanzas de la organización.
La ADP plantea que el debate sobre el nuevo Código Penal debe encontrar un punto de equilibrio entre dos intereses que considera esenciales: garantizar una protección efectiva de los estudiantes y preservar las condiciones necesarias para que los profesores puedan ejercer legítimamente sus funciones.
Año escolar comienza en medio de otras preocupaciones
Durante el encuentro con periodistas, Hidalgo también se refirió al inicio del año escolar y señaló dificultades relacionadas con infraestructura, sobrepoblación estudiantil, falta de agua y déficit de personal docente y administrativo en algunos centros educativos.
Según afirmó, determinados planteles no pudieron comenzar las clases este martes debido a que todavía no estaban dadas las condiciones necesarias, por lo que algunos iniciarían sus labores la próxima semana.
De esta manera, el comienzo del nuevo período escolar coincide con un debate jurídico que podría trasladarse próximamente al Tribunal Constitucional y que coloca en discusión hasta dónde llega la responsabilidad penal del docente y cuáles garantías deben acompañar el ejercicio de su autoridad dentro de las aulas.
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JCE detalla requisitos para crear y obtener reconocimiento de organizaciones políticas en República Dominicana
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3 horas agoon
agosto 25, 2026El organismo electoral señala que la constitución de un partido, agrupación o movimiento exige cumplir requisitos legales, territoriales, financieros y organizativos establecidos en la Ley 33-18.
Santo Domingo.– La Junta Central Electoral (JCE) recordó que la creación de una organización política en República Dominicana requiere mucho más que reunir simpatizantes, debido a que los interesados deben cumplir una serie de condiciones legales, territoriales, administrativas y financieras antes de obtener el reconocimiento oficial.
El organismo electoral explicó que estos requisitos están contemplados en la Ley 33-18 sobre Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, normativa que regula la constitución y funcionamiento de estas organizaciones.
Uno de los primeros aspectos que deben definir los promotores es el alcance de la organización que pretenden constituir, debido a que esta puede tener carácter nacional, provincial o municipal.
Requisitos para símbolos y estatutos
Entre las exigencias señaladas por la JCE figura la presentación de los estatutos y la identificación de los símbolos que utilizará la nueva organización.
En ese sentido, el organismo indicó que no pueden emplearse símbolos patrios, nombres de próceres ni denominaciones o elementos susceptibles de confundirse con los utilizados por partidos previamente reconocidos.
Dentro de la identidad gráfica deberán definirse, entre otros elementos, la bandera y el logotipo de la organización.
Según las informaciones suministradas, actualmente existen en el país 41 organizaciones políticas y siete movimientos políticos reconocidos.
Firmas deberán alcanzar el 2 % de los votos
Otro de los principales requisitos corresponde a la recolección de firmas necesarias para sustentar la solicitud de reconocimiento.
La JCE señaló que la cantidad requerida equivale al 2 % de los votos emitidos en las últimas elecciones y que las firmas deberán organizarse por calles y sectores, además de presentarse tanto en formato físico como digital.
En las elecciones presidenciales y congresuales celebradas el 19 de mayo de 2024 participaron 4,429,079 votantes, de un padrón compuesto por 8,145,548 electores.
Tomando como referencia estrictamente esa cifra de votos emitidos, el 2 % equivaldría aproximadamente a 88,582 firmas.
Estructura territorial y autoridades
El proceso tampoco se limita a demostrar respaldo mediante firmas.
De acuerdo con las explicaciones atribuidas a la JCE, las organizaciones deberán disponer de una estructura física y de autoridades operativas que permitan demostrar su funcionamiento territorial.
Entre las condiciones mencionadas figuran locales físicos en los municipios correspondientes, sedes en Santo Domingo y el Distrito Nacional y directivas provinciales, según corresponda a los requisitos aplicables a la organización.
Estas exigencias buscan demostrar que la entidad que procura reconocimiento posee una organización efectiva y no constituye únicamente una estructura creada con fines electorales inmediatos.
También deberán demostrar capacidad financiera
La dimensión económica constituye otra parte del procedimiento.
Los interesados deberán presentar un presupuesto que contemple los gastos realizados durante el proceso de organización, así como las proyecciones financieras anuales hasta las próximas elecciones.
De esta manera, la documentación sometida a la autoridad electoral deberá reflejar no solamente el respaldo ciudadano y la estructura territorial de la organización, sino también su planificación económica.
Plazos para obtener reconocimiento
La JCE también recordó que existen plazos específicos para solicitar y obtener el reconocimiento de las organizaciones que aspiren a participar en los próximos procesos electorales.
Según la información divulgada, los interesados deberán depositar la documentación requerida 12 meses antes de los comicios, mientras que el organismo electoral deberá adoptar la decisión correspondiente sobre el reconocimiento dentro de los plazos establecidos.
Las próximas elecciones generales tendrán lugar en 2028, proceso en el que serán escogidas las autoridades correspondientes al nuevo período constitucional.
Crear un partido va más allá de reunir seguidores
Las orientaciones divulgadas por la JCE ponen de relieve que la constitución de una organización política constituye un procedimiento jurídico y administrativo sujeto a controles específicos.
Además de conseguir respaldo ciudadano, quienes aspiren a obtener reconocimiento deberán demostrar estructura institucional, presencia territorial, organización interna, identidad propia y capacidad financiera, conforme a las exigencias establecidas por la legislación electoral.
La advertencia del organismo cobra especial importancia de cara al próximo ciclo electoral, cuando nuevas organizaciones podrían procurar su reconocimiento para participar en las elecciones de 2028.
La JCE resumió el alcance del procedimiento con una idea central: crear una organización política en República Dominicana “no es solo reunir seguidores”.
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Aquiles Jiménez queda libre de medidas de coerción tras acuerdo con Alicia Ortega y Fernando Hasbún
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4 horas agoon
agosto 25, 2026El tribunal homologó el desistimiento alcanzado entre las partes luego de que el comunicador ofreciera disculpas públicas por las expresiones que dieron origen al proceso por difamación e injuria.
Santo Domingo.– El Primer Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional dispuso dejar sin efecto las medidas de coerción impuestas al comunicador Aquiles Jiménez, tras la homologación de un acuerdo de desistimiento alcanzado con la periodista Alicia Ortega y su esposo, Fernando Hasbún.
La decisión fue adoptada por el magistrado Raymundo Mejía, luego de que las partes pusieran fin a la controversia judicial originada por una serie de publicaciones realizadas por Jiménez en las redes sociales y que motivaron una acción por difamación e injuria.
Como consecuencia del acuerdo, quedaron levantadas la presentación periódica, la prohibición de salida del país y la garantía económica de RD$1.5 millones que habían sido impuestas al comunicador durante el proceso.
Disculpas precedieron el acuerdo
El entendimiento judicial estuvo precedido por las disculpas públicas ofrecidas por Jiménez a Ortega, Hasbún y su familia, en un gesto dirigido a superar las diferencias que dieron origen al conflicto.
Durante su pronunciamiento, el comunicador reconoció la trayectoria profesional de la pareja y manifestó su disposición de dejar atrás la controversia.
Jiménez indicó, además, que continuará desarrollando su actividad en los medios de comunicación y expresando posiciones críticas sobre asuntos de interés público, aunque aseguró que procurará hacerlo dentro del respeto a la dignidad de las personas y al ordenamiento jurídico.
Tribunal homologa desistimiento
La homologación judicial del acuerdo permitió poner término al conflicto entre las partes y, como consecuencia, eliminar las restricciones que permanecían vigentes contra Jiménez.
El caso también coloca nuevamente sobre el escenario público la discusión acerca de los límites entre la libertad de expresión, el ejercicio crítico de la comunicación y la protección del honor y la dignidad de las personas, particularmente ante el alcance que actualmente poseen las redes sociales.
Al referirse al desenlace, Jiménez sostuvo que la rectificación y la conciliación no deben ser interpretadas como una renuncia al derecho de expresar opiniones.
“Rectificar no es claudicar, conciliar no es perder”, expresó el comunicador, quien agregó que reconocer cuándo una controversia debe concluir también constituye parte del ejercicio responsable de la comunicación.
Asimismo, afirmó que las diferencias personales deben quedar subordinadas al respeto institucional y al interés colectivo.
Con la decisión judicial, quedan sin efecto las medidas de coerción que habían sido dictadas contra el comunicador como consecuencia del proceso iniciado por Ortega y Hasbún.
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Juezas de Corte de Apelación de Santo Domingo objetan traslados por Consejo del Poder Judicial
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14 horas agoon
agosto 25, 2026
Santo Domingo, R.D.-Las magistradas Natividad Ramona Santos, Wendy Altagracia Valdez y Pilar Antonia Rufino Díaz presentaron una objeción formal ante el presidente del Consejo del Poder Judicial (CPJ), Luis Henry Molina Peña, así como ante los demás consejeros de la entidad, en rechazo a sus traslados de sala dentro de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Santo Domingo.
En un documento remitido con fecha del 22 de agosto de 2026, las magistradas calificaron la medida como un acto de arbitrariedad, ilegalidad y retaliación en su contra, y señalaron que se enteraron «con mucho asombro» de los movimientos aprobados mediante el acta del CPJ de fecha 19 de agosto de 2026.
«Nunca hemos solicitado traslado, ni se ha consultado o pedido nuestra anuencia para ello, lo cual convierte dichos traslados en un acto de arbitrariedad, ilegalidad y retaliación en nuestra contra», indica el documento dirigido a Molina Peña, quien preside tanto la Suprema Corte de Justicia como el Consejo del Poder Judicial.
Los traslados cuestionados
Las modificaciones disponían el paso de la magistrada Natividad Ramona Santos de la Tercera a la Segunda Sala; de la magistrada Wendy Altagracia Valdez de la Segunda a la Tercera Sala; y de la magistrada Pilar Antonia Rufino Díaz de la Primera a la Tercera Sala de dicha corte.
Las juezas sostienen que las reubicaciones fueron decididas sin ser consultadas y sin otorgar su consentimiento, lo que consideran una actuación «arbitraria, ilegal y de retaliación».
Sustentaron su reclamo en el párrafo del artículo 18 de la Ley 327-98 sobre Carrera Judicial, el cual establece que todo traslado o ascenso requiere de la anuencia previa del juez involucrado.
Argumentación legal y jurisprudencia
En la comunicación, las tres magistradas quienes acumulan más de 23 años dentro del Poder Judicial y llevaban alrededor de nueve años en sus respectivas salas denunciaron que la Dirección General de Administración y Carrera Judicial justificó la recomposición bajo la figura de «movimientos internos», alegando criterios de experiencia y necesidad del servicio.
A juicio de las objetantes, este procedimiento afecta su derecho al buen nombre y la inamovilidad judicial, creando suspicacias sobre su desempeño.
Asimismo, argumentaron que los cambios perjudican a magistradas de carrera para favorecer ascensos de jueces masculinos, y citaron la sentencia núm. TC/0364/21 del Tribunal Constitucional. En dicho precedente, la alta corte determinó que los traslados no consentidos vulneran la garantía de inamovilidad e independencia judicial consagrada en el artículo 151 de la Constitución.
Plazo de tres días
Las tres magistradas solicitaron formalmente al Consejo del Poder Judicial dejar sin efecto los traslados y otorgaron un plazo de tres días hábiles para recibir respuesta, reservándose el derecho de interponer acciones por la vía administrativa en caso de no ser atendido su reclamo.
La instancia, además de Molina Peña, está dirigida a Manuel Aurelio Hernández Victoria, consejero representante de la Suprema Corte de Justicia ante el Consejo del Poder Judicial; Karen Josefina Mejía Pérez, consejera representante de las Cortes de Apelación; Keila E. González Belén, consejera representante de los Tribunales de la Primera Instancia; y Katherine A. Rubio Matos, consejera representante de los Juzgados de Paz ante el Consejo del Poder Judicial.
