Opinión
Constituyente soberana o nuevas frustraciones
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4 años agoon
El sistema electoral y el régimen de partidos han sido estructurados para impedir el desarrollo de una democracia participativa; para convertir la política en negocio.
Por Narciso Isa Conde
En este 178 aniversario de la Constitución de la República, en el contexto de la JORNADA POR LOS DERECHOS DEL PUEBLO DOMINICANO que realizan un conjunto de organizaciones sociales y político-sociales, entiendo conveniente dar a conocer de manera resumida las ideas que sobre la cuestión constitucional hemos venido elaborando y proponiendo diversos sectores de las izquierdas; todos comprometidos con la necesidad de romper este largo círculo vicioso y viciado de colonización, exclusión y opresión social, corrupción estatal y recolonización neoliberal…y abrir cauce al proceso de creación de una sociedad justa, soberana y solidaria.
La verdad es que en la prolongada etapa republicana de nuestro país, solo la CONSTITUCIÓN de 1963 -bloqueada por la invasión militar estadounidense de 1963- merece ser calificada de democrática, socialmente avanzada y asumida por el pueblo.
Este criterio ha sido refrendado por la vida al punto de que su defensa desató una hermosa revolución política, cultural y social, que abrió las compuertas a la construcción de un nuevo poder basado en los comandos de pueblo y soldados constitucionalistas armados; poder soberano, democrático y participativo, obstruido y finalmente derrotado por una violenta contrarrevolución imperialista que dura ya casi 60 años.
Esa contrarrevolución imperialista auspicio un modelo de dependencia y predominio élites partidistas y oligárquico-capitalistas, con una fuerte carga de despotismo enmascarado con un esquema democrático-representativo, basado en las constituciones de 1966 (balaguerista) y del 2010 (leonelista), cuyos productos políticos han resultado realmente nefastos para nuestro país.
Los continuismos y las alternancias políticas registradas en los últimos 22 años han confirmado que por la vía de esta institucionalidad -actualmente basada en la Constitución neoliberal, conservadora y autoritaria del 2010- no habrá salida positiva para las demandas fundamentales de los movimientos feministas, ambientalistas, anti-impunidad, anti-represión juveniles, estudiantiles, niños, niñas y adolescentes, campesinos, comunitarios, populares. Patrióticos y clasistas, del sector salud, educación, deporte, justicia derechos de inmigrantes.
No habrá soberanía nacional ni derecho del pueblo a decidir.
Todas las reivindicaciones chocan con el poder constituido, con las instituciones controladas por los tutumpotes capitalistas, EEUU, la partidocracia y los agentes del patriarcado.
Vuelven a repetirse los escándalos de corrupción y entreguismo… los abusos de poder y los crímenes.
Eso es lo que está pasando y es lo que da razón a quienes planteamos la necesidad de un proceso capaz de crear una CONSTITUYENTE POPULAR y SOBERANA, electa por el pueblo; para dar paso a una nueva Constitución y una nueva institucionalidad, que posibiliten cambiar todo lo que impide que el pueblo decida todo lo que le atañe.
El Congreso Nacional o Asamblea Nacional Legislativa generalmente ha rechazado esa posibilidad, dado que desde 1844 hasta la fecha las Constituciones le han asignado exclusivamente a ese organismo la función de revisarla y reformarla a su antojo, siempre en función de los intereses que representan sus integrantes.
La excepción fue en 1963 cuando el Congreso electo, antes de legislar fue establecido como Asamblea Constituyente con poder para elaborar una nueva Constitución inspirada en un proyecto profundamente democrático, no simplemente para revisar la anterior; situación que asumió un gran legitimidad popular durante la insurgencia de Abril 65, centrada en el restablecimiento de la derogada Constitución de 1963.
La regla conservadora quedó restablecida en la Constitución del 1966, seguida de la del 2010, imponiendo en ambos casos un sistema constitucional cerrado, anti-democrático, en el que se anula la posibilidad de convocar una Asamblea Constituyente por elección popular, independiente del poder legislativo; atribuyéndole por el contrario al Congreso actual tanto las funciones legislativas como la de reformar la Constitución.
La cuestión se agrava, cuando además -como ha pasado en las últimas décadas- el Congreso Nacional se convierte en un mecanismo totalmente controlado por una partidocracia corrupta y conservadora, en la que predominan “riferos”, personas sobornables, políticos clientelistas, narcotraficantes, empresarios sin escrúpulos y negociantes de la política, que pervierten gran parte de lo que tocan y se siente protegidos por un sistema constitucional y un conjunto de leyes que garantiza la continuidad de esta degradación impune.
· RECHAZAR ASAMBLEA REVISORA, RESPALDAR PROCESO CONSTITUYENTE.
Es a ese Congreso Nacional, convocado por ley especial como Asamblea Revisora, que el Presidente Abinader pretende (o pretendía) someterle determinadas reformas constitucionales. Y eso debe ser rechazado por nuestro pueblo.
La situación actual exige crear progresivamente, desde el pueblo y sus luchas, un PODER CONSTITUYENTE que posibilite en lo inmediato derrotar esa pretensión, superar ese tranque y abrirle camino a las diferentes componentes y fases del PROCESO CONSTITUYENTE, sobre lo cual procuraremos escribir y hablar próximamente con más detenimiento.
La premisa fundamental de esa trascendente creación es lograr que el pueblo comprenda esa necesidad, tome conciencia colectiva de ella y se apodere de la idea de que él es el SOBERANO, de que debe y puede decidir el éxito de esa nueva y promisoria ruta.
Que entienda que debe y puede unirse, organizarse, y movilizarse en todo el territorio nacional para protagonizar el PROCESO CONSTITUYENTE y el cambio imprescindible que ponga fin a la larga era de las Constituciones conservadoras, neocoloniales , oligárquicas, anti-democráticas, negadoras de derechos, autodeterminación popular y de la dignidad del pueblo y la Nación.
Que tiene derecho a elaborar la Constitución que merece y a elegir a quienes deben participar en Asamblea Constituyente instalada al margen de ese Congreso usurpador de las funciones constituyente, controlado por la partidocracia corrupta y la plutocracia capitalista voraz.
El sistema tradicional de partidos, cuyos principales dirigentes son responsables, junto con otros sectores del poder actual, de la degradación de la política y las penurias padecidas por nuestro pueblo, está descalificado para auspiciar o facilitar ese proceso constituyente soberano.
El sistema electoral y el régimen de partidos han sido estructurados para impedir el desarrollo de una democracia participativa; para convertir la política en negocio, los electores en clientes, los comicios en votaciones manipulables por el poder del dinero, y la Nación en una dependencia de EE.UU, tal y como sigue aconteciendo en el régimen presidido por LUIS ABINADER y sustentado en la partidocracia del PRM y las elites capitalistas locales y transnacionales.
Aquí, ese sistema electoral sirve para atajar las rebeldías populares y crear la ilusión de que es posible cambiar el estado de cosas, aceptando las reglas de juego del sistema y solo cambiando personas y partidos que defienden intereses similares o parecidos, subordinados al dominio imperial
Al pueblo lo convocan a votar, no a elegir ni a ejercer poder. Los candidatos/as en la mayoría de los casos los/as escogen los partidos y las decisiones la toman sus cúpulas y quienes más dinero poseen bajo la tutela de EE.UU.
En tales circunstancias, un PROCESO CONSTITUYENTE con esas características, podría abrir la ruta de las transformaciones constitucionales, institucionales y estructurales que posibiliten crear progresivamente un Estado y una sociedad diferentes, liberados de opresiones y a tono con el ideal de Patria Grande Soberana, que en la actualidad toma fuerza renovada en Nuestra América. (6-1 1 -22, Santo Domingo, RD.)
Por Narciso Isa Conde
Vivimos una sociedad de grandes injusticias, discriminaciones y opresiones, las que son mayores si se examinan en la relación hombre-mujer; lacerantes y crueles en temas como el acceso al empleo y los ingresos, derecho a la salud, relación de poder en la familia y la sociedad, forma de participar en la política y cruel despliegue de la violencia masculina.
La violencia no se detiene ni se revierte con Estados y Gobiernos que se niegan a combatir la ideología patriarcal-machista, a educar en torno a la teoría de género, a defender los derechos de la población femenina, a superar los fundamentalismos religiosos, a impartir educación sexual y promover la enseñanza basada en los permanentes adelanto de la ciencia.
La matriz de las modalidades de violencia de género es ideológica-cultural, constantemente reproducida por la clase dominante y el Estado bajo su tutela, incluido su poderoso sistema de comunicación, sus instancias educativas públicas y privadas, sus poderes eclesiales y sus diversos.
No es solo cuestión de reconocer y condenar verbalmente los feminicidios.
No es asunto que se solucione con establecer, como simple formalidad, un Ministerio de la Mujer.
No es tema para limitarse expresar pesares o allantar con medidas superficiales y con leyes que no se cumplen.
A eso se limita la clase dominante-gobernante dominicana, su Estado, su Gobierno, las cúpulas de sus iglesias y el propio presidente Abinader con su equipo de gobierno.
Aquí el sistema educativo, los aparatos de comunicación y cultura han sido asaltados por la ideología machista.
El Estado ha pisoteado el laicismo y el valor de las humanidades y las ciencias sociales, con la anuencia y participación de Luis Abinader,
Importa mucho por eso destacar esa realidad y detenernos siempre en dos características relevantes de la sociedad dominicana: la opresión y la explotación de las mujeres:
La opresión tiene sus raíces en un sistema capitalista plagado de desigualdades, que le da continuidad a una cultura dominante machista que coloca a las mujeres en posición subordinada frente a los hombres; quienes abusivamente se asumen como propietarios de sus vidas y de sus cuerpos.
En ese contexto toda independencia femenina, toda resistencia a ser propiedad masculina, todo desamor provocado por el maltrato y el menosprecio, se paga con agresiones y hasta con la vida, pasando por sufrimientos inenarrables.
Así opera la sociedad patriarcal-machista dirigida por un Estado generador y complaciente frente a distintas formas de violencia y exclusión machista (física, psicológica, económica) contra mujeres y niñas. Todo un poder dominante que opera como una fábrica de feminicidios
La explotación se sustenta en una cultura dominante clasista que empobrece hombres y mujeres trabajadoras -y que mezclada con la división sexual del trabajo y basada en el interés exclusivo del capital por la ganancia- genera y se apropia de más riquezas en base al trabajo desvalorizado de las mujeres en múltiples labores y también en el trabajo absolutamente no remunerado, asignándoles unilateralmente a las mujeres las tareas del cuidado de la familia y del hogar.
La paternidad irresponsable, del abandono total de la familia por los hombres, que determina que la mitad de los hogares estén a cargo de mujeres, se suma a ese despliegue de calamidades.
Aquí y en gran parte del planeta. las mujeres viven múltiples formas de maltrato y discriminación que son tanto más graves y dolorosas cuando ellas son más pobres, negras y con menos oportunidades.
La lucha de las mujeres por la igualdad es cuestión de poder y contra ese poder es necesario que juntos encaucemos la lucha para alcanzar la liberación de todos/as los/as oprimidos/as y explotados/as.
Se ha dicho con razón, que lo personal, en este y muchos casos es también político, y lo político implica valorar que la base de esta gran trampa opresora es el sistema y que hay que cambiarlo por otro que desplace y reemplace la alianza criminal del patriarcado con el capital.
Opinión
Cumplimiento de las solicitudes de la Corte Penal Internacional
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3 días agoon
junio 3, 2026Por Rommel Santos Diaz
Las solicitudes de asistencia se cumplirán de conformidad con el procedimiento aplicable en el derecho interno del Estado requerido y, salvo si ese derecho lo prohíbe, en la forma especificada en la solicitud, incluidos los procedimientos indicados en ella y la autorización a las personas especificadas en ella para estar presentes y prestar asistencia en el trámite.
En el caso de una solicitud urgente y cuando la Corte Penal Internacional lo pida, los documentos o pruebas incluidos en la respuesta serán transmitidos con urgencia.
El Estatuto de Roma establece que las respuestas del Estado Parte requerido serán transmitidas en su idioma y forma original.
Cuando resulte necesario en el caso de una solicitud que pueda ejecutarse sin necesidad de medidas coercitivas, en particular la entrevista a una persona o la recepción de pruebas de una persona voluntariamente, aun cuando sea sin la presencia de las autoridades del Estado Parte requerido si ello fuere esencial para la ejecución de la solicitud, y el reconocimiento de un lugar u otro recinto que no entrañe un cambio en el , el Fiscal podrá ejecutar directamente la solicitud en el territorio de un Estado.
Cuando el Estado Parte requerido fuere un Estado en cuyo territorio se hubiera cometido presuntamente el crimen, y hubiere habido una de admisibilidad de conformidad con los artículos 18 o 19, el Fiscal podra ejecutar directamente la solicitud tras celebrar todas las consultas posibles con el Estado Parte requerido.
En los demás casos, el Fiscal podra ejecutar la solicitud tras celebrar consultas con el Estado Parte requerido y con sujeción a cualquier condición u observación razonable que imponga o haga ese Estado Parte.
Cuando el Estado Parte requerido considere que hay problemas para la ejecución de una solicitud de conformidad con las solicitudes a que se hace referencia en los artículos 933 y 96 del Estatuto de Roma, celebrará consultas sin demora con la Corte Penal Internacional para resolver la cuestión.
Finalmente, las disposiciones en virtud de las cuales una persona que sea oída o interrogada por la Corte Penal Internacional con arreglo al artículo 72 podrá hacer valer las restricciones previstas para impedir la divulgación de información confidencial relacionada con la seguridad nacional serán igualmente aplicables al cumplimiento de las solicitudes de asistencia a que se hace referencia en el presente artículo.
Opinión
La dignidad humana y los procesos político-electorales en la República Dominicana (2006–2026).
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3 días agoon
junio 3, 2026Por Robinson Lebrón
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El presente artículo analiza de manera crítica la evolución, los hitos normativos y las persistentes vulneraciones a la dignidad humana en el marco de los procesos político-electorales de la República Dominicana durante el periodo 2006–2026. A partir de la reforma constitucional de 2010, la dignidad humana se consagró como el principio fundante del Estado Social y Democrático de Derecho, transformando la dimensión procedimental del voto en un derecho fundamental sustantivo. Mediante un enfoque cualitativo y dogmático, la investigación examina el balance entre la expansión formal de los derechos ciudadanos evidenciada en políticas de inclusión como el Voto Accesible, el Voto Penitenciario y la tutela judicial efectiva del debido proceso partidario por parte del Tribunal Superior Electoral (TSE) y la realidad fáctica de los procesos electorales dominicanos.
El análisis revela que, a pesar del blindaje institucional y jurisprudencial, subsisten patologías estructurales arraigadas como el clientelismo sistémico, la mercantilización del voto y la instrumentalización político-electoral del gasto social del Estado. Asimismo, se constata que la transición del debate hacia el entorno digital ha generado nuevas amenazas a la integridad moral a través de campañas de desinformación automatizada mediante robots y violencia política de género en redes sociales. Se concluye que la plena realización de la dignidad ciudadana en las urnas sigue supeditada a una profunda transformación cultural del sistema de partidos y a la aplicación efectiva de regímenes sancionatorios que erradiquen la coerción basada en la vulnerabilidad económica de la población.
El sistema democrático contemporáneo ha superado la concepción procedimental del voto para orientarse hacia un modelo sustantivo, donde el ciudadano es el eje central de las decisiones públicas. En el ordenamiento jurídico de la República Dominicana, esta visión adquirió un carácter vinculante a partir de la reforma constitucional del 26 de enero de 2010. Dicha reforma refundó el Estado dominicano bajo el modelo de un Estado Social y Democrático de Derecho, consagrando explícitamente en su artículo 5 que la Constitución se fundamenta en el respeto irrestricto a la dignidad humana. De este modo, la dignidad dejó de ser un enunciado meramente filosófico para convertirse en un principio jurídico superior, una norma transversal y un derecho fundamental absoluto e inviolable (artículo 38) que debe guiar la actuación de todos los poderes públicos, incluidos los órganos electorales.
Bajo este marco constitucional, los procesos político-electorales celebrados en el país durante las últimas dos décadas (2006–2026) han experimentado una profunda transformación normativa e institucional. El ejercicio de los derechos de ciudadanía —concebidos como el derecho a elegir y ser elegido en condiciones de equidad— se vincula directamente con la autonomía moral y la libertad del individuo. Durante este periodo, la promulgación de normativas clave como la Ley No. 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, la Ley No. 15-19 (y su posterior evolución hacia la Ley No. 20-23 Orgánica del Régimen Electoral), así como las jurisprudencias del Tribunal Superior Electoral (TSE) y del Tribunal Constitucional (TC), han buscado estructurar un ecosistema político que garantice la inclusión social, el debido proceso partidario, la paridad de género y el acceso al sufragio de poblaciones históricamente vulnerabilidades, tales como los internos preventivos y las personas con discapacidad.
Sin embargo, el análisis del periodo 2006–2026 revela una persistente desigualdad entre el marco garantista del derecho positivo y la realidad fáctica de las campañas electorales dominicanas. A pesar de los significativos avances tecnológicos y logísticos implementados por la Junta Central Electoral (JCE), la dignidad de los electores continúa enfrentando serios desafíos culturales y estructurales. Fenómenos sistémicos como el clientelismo arraigado, la compra abierta de voluntades en los recintos electorales, la desproporción en el financiamiento de los candidatos y el uso instrumentalizado de los recursos asistenciales del Estado tienden a cosificar al ciudadano, reduciendo su condición de agente político soberano a la de una mercancía económica.
Asimismo, el auge de los entornos digitales en la última década ha introducido nuevas amenazas a la integridad personal a través de campañas de difamación automatizada y la vulneración del derecho al honor. Frente a este escenario, el presente artículo tiene como objetivo analizar de manera crítica la evolución, los hitos normativos y las persistentes vulneraciones a la dignidad humana en el marco de los procesos políticos electorales de la República Dominicana durante los últimos veinte años. A través de un enfoque cualitativo y dogmático, se examina el balance entre la expansión formal de los derechos políticos y la persistencia de prácticas tradicionales que erosionan la autonomía del votante. Se sostiene como tesis central que, si bien el Estado dominicano ha blindado institucional y jurisprudencialmente las garantías del sufragio, la pervivencia de una cultura política de subordinación económica y el desborde ético en las campañas digitales constituyen los principales reductos que limitan la plena realización de la dignidad ciudadana en las urnas.
Robinson Jesús Lebrón Céspedes.
rlebroncespedes@gmail.com
El autor es abogado y Docente Universitario.
