Opinión
Constituyente soberana o nuevas frustraciones
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3 años agoon
El sistema electoral y el régimen de partidos han sido estructurados para impedir el desarrollo de una democracia participativa; para convertir la política en negocio.
Por Narciso Isa Conde
En este 178 aniversario de la Constitución de la República, en el contexto de la JORNADA POR LOS DERECHOS DEL PUEBLO DOMINICANO que realizan un conjunto de organizaciones sociales y político-sociales, entiendo conveniente dar a conocer de manera resumida las ideas que sobre la cuestión constitucional hemos venido elaborando y proponiendo diversos sectores de las izquierdas; todos comprometidos con la necesidad de romper este largo círculo vicioso y viciado de colonización, exclusión y opresión social, corrupción estatal y recolonización neoliberal…y abrir cauce al proceso de creación de una sociedad justa, soberana y solidaria.
La verdad es que en la prolongada etapa republicana de nuestro país, solo la CONSTITUCIÓN de 1963 -bloqueada por la invasión militar estadounidense de 1963- merece ser calificada de democrática, socialmente avanzada y asumida por el pueblo.
Este criterio ha sido refrendado por la vida al punto de que su defensa desató una hermosa revolución política, cultural y social, que abrió las compuertas a la construcción de un nuevo poder basado en los comandos de pueblo y soldados constitucionalistas armados; poder soberano, democrático y participativo, obstruido y finalmente derrotado por una violenta contrarrevolución imperialista que dura ya casi 60 años.
Esa contrarrevolución imperialista auspicio un modelo de dependencia y predominio élites partidistas y oligárquico-capitalistas, con una fuerte carga de despotismo enmascarado con un esquema democrático-representativo, basado en las constituciones de 1966 (balaguerista) y del 2010 (leonelista), cuyos productos políticos han resultado realmente nefastos para nuestro país.
Los continuismos y las alternancias políticas registradas en los últimos 22 años han confirmado que por la vía de esta institucionalidad -actualmente basada en la Constitución neoliberal, conservadora y autoritaria del 2010- no habrá salida positiva para las demandas fundamentales de los movimientos feministas, ambientalistas, anti-impunidad, anti-represión juveniles, estudiantiles, niños, niñas y adolescentes, campesinos, comunitarios, populares. Patrióticos y clasistas, del sector salud, educación, deporte, justicia derechos de inmigrantes.
No habrá soberanía nacional ni derecho del pueblo a decidir.
Todas las reivindicaciones chocan con el poder constituido, con las instituciones controladas por los tutumpotes capitalistas, EEUU, la partidocracia y los agentes del patriarcado.
Vuelven a repetirse los escándalos de corrupción y entreguismo… los abusos de poder y los crímenes.
Eso es lo que está pasando y es lo que da razón a quienes planteamos la necesidad de un proceso capaz de crear una CONSTITUYENTE POPULAR y SOBERANA, electa por el pueblo; para dar paso a una nueva Constitución y una nueva institucionalidad, que posibiliten cambiar todo lo que impide que el pueblo decida todo lo que le atañe.
El Congreso Nacional o Asamblea Nacional Legislativa generalmente ha rechazado esa posibilidad, dado que desde 1844 hasta la fecha las Constituciones le han asignado exclusivamente a ese organismo la función de revisarla y reformarla a su antojo, siempre en función de los intereses que representan sus integrantes.
La excepción fue en 1963 cuando el Congreso electo, antes de legislar fue establecido como Asamblea Constituyente con poder para elaborar una nueva Constitución inspirada en un proyecto profundamente democrático, no simplemente para revisar la anterior; situación que asumió un gran legitimidad popular durante la insurgencia de Abril 65, centrada en el restablecimiento de la derogada Constitución de 1963.
La regla conservadora quedó restablecida en la Constitución del 1966, seguida de la del 2010, imponiendo en ambos casos un sistema constitucional cerrado, anti-democrático, en el que se anula la posibilidad de convocar una Asamblea Constituyente por elección popular, independiente del poder legislativo; atribuyéndole por el contrario al Congreso actual tanto las funciones legislativas como la de reformar la Constitución.
La cuestión se agrava, cuando además -como ha pasado en las últimas décadas- el Congreso Nacional se convierte en un mecanismo totalmente controlado por una partidocracia corrupta y conservadora, en la que predominan “riferos”, personas sobornables, políticos clientelistas, narcotraficantes, empresarios sin escrúpulos y negociantes de la política, que pervierten gran parte de lo que tocan y se siente protegidos por un sistema constitucional y un conjunto de leyes que garantiza la continuidad de esta degradación impune.
· RECHAZAR ASAMBLEA REVISORA, RESPALDAR PROCESO CONSTITUYENTE.
Es a ese Congreso Nacional, convocado por ley especial como Asamblea Revisora, que el Presidente Abinader pretende (o pretendía) someterle determinadas reformas constitucionales. Y eso debe ser rechazado por nuestro pueblo.
La situación actual exige crear progresivamente, desde el pueblo y sus luchas, un PODER CONSTITUYENTE que posibilite en lo inmediato derrotar esa pretensión, superar ese tranque y abrirle camino a las diferentes componentes y fases del PROCESO CONSTITUYENTE, sobre lo cual procuraremos escribir y hablar próximamente con más detenimiento.
La premisa fundamental de esa trascendente creación es lograr que el pueblo comprenda esa necesidad, tome conciencia colectiva de ella y se apodere de la idea de que él es el SOBERANO, de que debe y puede decidir el éxito de esa nueva y promisoria ruta.
Que entienda que debe y puede unirse, organizarse, y movilizarse en todo el territorio nacional para protagonizar el PROCESO CONSTITUYENTE y el cambio imprescindible que ponga fin a la larga era de las Constituciones conservadoras, neocoloniales , oligárquicas, anti-democráticas, negadoras de derechos, autodeterminación popular y de la dignidad del pueblo y la Nación.
Que tiene derecho a elaborar la Constitución que merece y a elegir a quienes deben participar en Asamblea Constituyente instalada al margen de ese Congreso usurpador de las funciones constituyente, controlado por la partidocracia corrupta y la plutocracia capitalista voraz.
El sistema tradicional de partidos, cuyos principales dirigentes son responsables, junto con otros sectores del poder actual, de la degradación de la política y las penurias padecidas por nuestro pueblo, está descalificado para auspiciar o facilitar ese proceso constituyente soberano.
El sistema electoral y el régimen de partidos han sido estructurados para impedir el desarrollo de una democracia participativa; para convertir la política en negocio, los electores en clientes, los comicios en votaciones manipulables por el poder del dinero, y la Nación en una dependencia de EE.UU, tal y como sigue aconteciendo en el régimen presidido por LUIS ABINADER y sustentado en la partidocracia del PRM y las elites capitalistas locales y transnacionales.
Aquí, ese sistema electoral sirve para atajar las rebeldías populares y crear la ilusión de que es posible cambiar el estado de cosas, aceptando las reglas de juego del sistema y solo cambiando personas y partidos que defienden intereses similares o parecidos, subordinados al dominio imperial
Al pueblo lo convocan a votar, no a elegir ni a ejercer poder. Los candidatos/as en la mayoría de los casos los/as escogen los partidos y las decisiones la toman sus cúpulas y quienes más dinero poseen bajo la tutela de EE.UU.
En tales circunstancias, un PROCESO CONSTITUYENTE con esas características, podría abrir la ruta de las transformaciones constitucionales, institucionales y estructurales que posibiliten crear progresivamente un Estado y una sociedad diferentes, liberados de opresiones y a tono con el ideal de Patria Grande Soberana, que en la actualidad toma fuerza renovada en Nuestra América. (6-1 1 -22, Santo Domingo, RD.)
Por Isaías Ramos
San Juan habló.
El Presidente entendió.
Ahora el Estado debe actuar.
El proyecto minero Romero ya no es un simple expediente ambiental: es una prueba de soberanía, autoridad institucional y respeto a la Constitución.
San Juan no se levantó contra la inversión ni contra el progreso. San Juan se levantó por el agua. Y cuando un pueblo se levanta por el agua, defiende la vida.
En un Estado Social y Democrático de Derecho, la inversión es bienvenida, pero subordinada a la dignidad humana, al interés general, al agua, al ambiente sano y a la soberanía popular.
El presidente Luis Abinader acertó al paralizar las actividades vinculadas al proyecto. Respondió a una realidad inocultable: una provincia agrícola, hídrica y movilizada rechazó un proyecto extractivo que percibe como amenaza a sus ríos y agricultura.
Las declaraciones de la empresa, afirmando que no se da por vencida y que buscará diálogo, pueden sonar diplomáticas; pero después de una decisión presidencial, pueden leerse como desafío elegante, presión calculada y gesto improcedente ante una comunidad que ya habló.
La empresa tiene derecho al debido proceso y a una respuesta formal. Pero no tiene derecho a desconocer la voluntad social ni a tratar el rechazo popular como obstáculo vencible con comunicación estratégica.
En República Dominicana la inversión no está por encima de la Constitución. Una concesión no es soberanía. Un permiso no es carta blanca. Una exploración no es derecho adquirido a explotar. Y un estudio de impacto ambiental no puede convertirse en antesala inevitable de una mina rechazada por el territorio.
El artículo 8 ordena al Estado proteger los derechos de las personas y crear condiciones para el desarrollo humano. La Constitución reconoce el agua como patrimonio nacional estratégico, esencial para la vida, y ordena proteger el ambiente sano para presentes y futuras generaciones.
Si una permisología de exploración o evaluación ambiental avanza ignorando la vocación agrícola, la fragilidad hídrica, la ausencia de licencia social y el rechazo masivo, contradice la Ley General de Medio Ambiente y el mandato superior de la Constitución.
La Ley Ambiental nació para prevenir, informar, consultar, restaurar y aplicar el principio de precaución. Cuando existe riesgo grave para el agua, la salud y la vida comunitaria, la falta de certeza absoluta no puede usarse como excusa para avanzar.
San Juan ya respondió la pregunta de fondo: agua sí, oro no.
A quienes defienden con ligereza la explotación industrial de oro habría que pedirles algo más que entusiasmo económico y frases sobre “minería responsable”: que citen, en cualquier lugar del mundo, con nombre, país, fecha y evidencia independiente, un caso de explotación aurífera industrial que no haya provocado daño ambiental significativo o irreversible, afectación hídrica comprobada, relaves peligrosos no remediados, deterioro neto de ecosistemas o pasivos pagados por comunidades; y que además haya dejado a su pueblo mejor, más seguro y más próspero, descontados los costos ambientales, sociales, hídricos y de remediación.
En República Dominicana la prudencia debe ser mayor: somos parte de una isla, con ríos cortos, acuíferos frágiles y montañas interconectadas. Aquí un error ambiental no queda aislado: baja al valle, afecta la agricultura y compromete agua sin sustituto. El oro se exporta y se agota; el agua y los suelos fértiles no se recuperan con discursos.
Si existe en el mundo un ejemplo incuestionable de explotación industrial de oro sin daño ambiental significativo, afectación hídrica, relaves peligrosos, deterioro neto del territorio ni pasivos comunitarios, que lo presenten. Y si no existe, que no nos pidan fe donde corresponde aplicar prudencia constitucional.
República Dominicana necesita una nueva Ley de Minería nacida de la Constitución, no extractivista: una ley que ponga el agua por encima del oro, la cuenca por encima del polígono minero y la comunidad por encima del contrato. Debe declarar zonas incompatibles con minería metálica y exigir garantías reales, cierre, post-cierre, monitoreo independiente, transparencia y participación ciudadana efectiva.
Que nadie confunda la paralización anunciada con victoria definitiva. El pueblo debe mantenerse vigilante hasta que las aguas se aclaren; hasta que la decisión sea formalizada y blindada; hasta que se legisle una Ley de Minería armónica con la Constitución; y hasta que ninguna empresa use la permisología como escalera hacia una explotación que el territorio ya rechazó.
Desde el Foro y Frente Cívico y Social impulsaremos una ruta cívica, jurídica e institucional: solicitudes para que ningún expediente avance sin transparencia, motivación legal y control ciudadano; estudio de una acción constitucional contra normas mineras incompatibles con el Estado Social y Democrático de Derecho; y convocatoria a una vigilancia nacional por el agua. Esta no es causa de un grupo: es causa de país.
En un país donde la partidocracia tantas veces ha abandonado al pueblo, la vigilancia ciudadana no es desconfianza gratuita: es deber patriótico. Hoy resuena aquella advertencia: “Nunca me fue tan necesario como hoy tener salud, corazón y juicio; hoy que hombres sin juicio y sin corazón conspiran contra la salud de la patria”.
En el Foro y Frente Cívico y Social entendemos que la mayor riqueza de una nación no está debajo de la tierra. Está en su gente, en su agua, en sus alimentos, en su educación, en su soberanía alimentaria y energética, y en su ciudadanía despierta.
San Juan habló.
El Presidente entendió.
La Constitución manda.
El pueblo debe vigilar.
Agua sí, oro no.
Ya basta de improvisar. Es tiempo de gobernar.
(Segunda entrega)
Por Oscar López Reyes
La publicidad digital (información procesada) ha prosperado, crecidamente como flor en primavera, por su exclusiva y ventajosa preferencia en el raudal de su automatización (función autónoma) y democratización tanto de su cobertura como del bajo costo presupuestario. Ha escalado un eslabón preeminente (por su cuantía y repetida difusión) del edificio mercadológico y sacudido la alfombra de los modelos de negocios comunicacionales. Se desplaza imparable…
En el universo hiperconectado y el cambio de mentalidades, el aforo de la digitalización experimenta un crecimiento de doble dígito, y lidera el gasto publicitario de República Dominicana, por ser más económica, por su precisa segmentación de audiencias, formato multimedia (texto, imagen y video), alcance global y por ser medible en tiempo real.
Reforcemos las palabras con cifras verificables: En 2025, la inversión publicitaria general de República Dominicana fue de 38 mil 645 millones de pesos, y la insertada en 583 medios oneline (redes sociales, buscadores y sitio web) fue 4 mil 600 pesos, que representó el 12%.
Los nuevos portales, blogs y nativos emergentes han logrado un gran alcance, y en el 2026 el 70% de la población dominicana incursiona en redes sociales, que la corona como el canal tecnológico dominante de interacción diaria, con una elevada inversión de tiempo.
Ese auge en apenas tres décadas se ha afianzado porque el consumo de noticias ha emigrado preponderantemente a redes sociales y portales digitales. Cerca del 90% de la población dominicana tiene acceso al servicio de internet, especialmente a través de la conexión celular, y más del 50% de los jóvenes entre 18 y 25 años la usa como su dieta alimenticia.
Empero, esa expansión se coloca muy por debajo del mercado planetario, que en el 2025 acumuló entre el 69% y el 73% de la inversión publicitaria global, lo que significa que los offlines o tradicionales (prensa escrita, radio, televisión y vallas/carteles) cuentan con un 30% de audiencia.
La publicidad en la red gira en el espinazo de algoritmos cambiantes, subastas y un ecosistema sofisticado y engorroso, en torno a por lo menos diez núcleos centrales:
1.- Contenido temático estratégico
La publicidad de contenido digital crea, edita y difunde narrativas emocionantes y motivantes sobre una marca, para posibilitar la acción de compra y fidelizar a audiencias preseleccionadas.
2.- Segmentación personalizada
Separar a clientes conquistados en grupos más pequeños y homogéneos (remarketing) para interactuar sobre el producto en plataformas definidas, a fin de lograr empatía, aumentar las visitas y detener a esos usuarios.
3.- Diversidad de espectro/plataformas
Las plataformas se fragmentan en cinco facetas: 1) Redes sociales, como Facebook, YouTube, Instagram, WhatsApp, TikTok, Telegram, LinkedIn, X (Twitter) y WeChat, Comunicación en tiempo real; 2) Streaming: Netflix, Disney, HBO Max, Prime Video y Apple TV+; 3) Comercio Electrónico (E-commerce) Amazon, Shopify, Mercado Libre, Tiendanube yHotmart; 4) Educación Virtual y E-learning (LMS), y 5) Trabajo y Almacenamiento en la Nube.
4.- Interacción dinámica conversacional
Interlocutores emplean el diálogo explicativo personalizado —por redes sociales, WhatsApp o chatbots— para despejar dudas, explicar procesos y generar confianza en la línea para guiar hacia el acto de compra.
5.- Tipos de publicidad de mensajes
Los textos persuasivos son diseñados para convencer a los usuarios sobre los plus de los bienes y servicios, en las esferas informativa/educativa, afectiva/sentimental, narrativa/memorable, racional e inspiracional. Abarca Marketing en Buscadores (SEM), Social Ads, Display (banners), Nativa, Video, Email Marketing, Programática, Retargeting/Remarketing, Marketing de Influencer y Marketing de Afiliación.
6.- Clases de formatos innovadores
Los formatos de documento, imagen, video y audio en dispositivos electrónicos almacenar y optimizan bases de datos, editan y mejoran la calidad de fotografías, gráficos y web, la animación y la impresión.
7.- Flexibilidad con cambios inmediatos
La publicidad digital facilita cambios inmediatos, el perfeccionamiento del mensaje, el movimiento de presupuestos de un canal a otro y la maximización automatizada para rehuir al cansancio de la audiencia.
8.- Alto alcance/cobertura de la campaña
El anuncio o campaña sobre una marca o servicio es oído o visto por una inmensidad de receptores (alto alcance), en extensos territorios geográficos o segmentos de un mercado (alta cobertura), para su mejor posicionamiento.
9.- Menor costo de producción y difusión
Son reducidos y eficientes los costos tanto de producción como de divulgación de los mensajes, por plataformas de nichos con creativos visuales de alta calidad, sin necesidad de contratar costosas agencias publicitarias.
10.- Facilidad para medir resultados
Las auditorías, que por métricas miden en tiempo real la tasa de clics de usuarios que han visitado la web y la efectividad del mensaje, factor básico para reajustar la campaña y cuantificar la rentabilidad de la inversión.
Como perciben sus ojos, la comunicación social en tanto disciplina científica ha parido un área, la publicidad digital (vinculada también con el marketing), que se sustenta en la investigación, el conocimiento sistemáticamente estructurado, los diseños, los cálculos y estadísticas, las ciencias de datos, los modelos predictivos y la inteligencia artificial.
Al ritmo apresurado en que la publicidad digital evoluciona, conceptual y tecnológicamente, los sitios web, blogs, redes sociales y otros nativos digitales, desplazan a los periódicos impresos, que están siendo instalados en las páginas web; el podcast a la radio tradicional y el streaming y YouTube a la televisión por cable y abierta.
Excluyendo los clics falsos y fraudes publicitarios, la propagación de datos privados, los ruidos por la sobrecarga de información/anuncios y las continuas modificaciones en los algoritmos de las plataformas –susceptibles de disminuir las metas propuestas- la publicidad digital seguirá agrandando su panza. En la multimedia interactiva descansa el futuro y los anunciantes preferirán, en la lógica rentable empresarial, a las altas audiencias.
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El autor: Periodista, mercadólogo, catedrático, escritor y gremialista.
Opinión
El medio ambiente y los crímenes en el Estatuto de Roma (2 de 2)
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3 días agoon
mayo 13, 2026Por Rommel Santos Diaz
Además, para ser admisible, cada uno deberá ser ¨ de gravedad suficiente para justificar la adopción de otras medidas por la Corte Penal Internacional¨. Quedan excluidos los casos fuera de lo habitual en los que la gravedad de los hechos específicos no deja de ser secundaria.
Al evaluar la admisibilidad de un caso, la Fiscalía estudiará el daño ambiental causado por el crimen. Aunque la determinación de la gravedad de los crímenes ambientales se centra a menudo en los daños sufridos por humanos como consecuencia de un daño ambiental, también podrán considerarse los daños sufridos por el medio ambiente en sí, tal como ocurre cuando un crimen ocasiona un daño a gran escala en un ecosistema no utilizado por humanos con fines de subsistencia.
La Fiscalía de la Corte Penal Internacional también tendrá en cuenta factores de orden estrictamente ambiental al determinar la gravedad, entre ellos factores de escala, naturaleza e impacto:
Escala: el número de víctimas humanas y no humanas directa e indirectas o el alcance geográfico o temporal del daño ambiental.
Naturaleza: si se cometieron daños ambientales contra víctimas marginadas o en situación de vulnerabilidad, entre ellas, mujeres, menores, personas mayores, personas con discapacidad, Pueblos Indígenas, afrodescendientes y campesinos, o si estas víctimas se vieron especialmente afectadas.
Impacto: magnitud del daño, desde el punto de vista integral y con inclusión de los daños irreversibles y a largo plazo, v vista de manera acumulativa cuando se ha cometido una serie de actos de daño ambiental causado al entorno natural , con independencia de su efecto antropocéntrico ; el efecto intergeneracional del daño ambiental en la vida humana; y el daño social, cultural, psicológico, religioso, espiritual o socioeconómico especifico infligido por los crímenes ambientales, en particular a grupos o personas con vulnerabilidades interseccionales.
