Santo Domingo, RD.-En el caso de corrupción identificado como Calamar no sólo están involucrados ministros del pasado gobierno de Danilo Medina, sino que también aparece en el expediente el director de Titulación de Tierras de la actual administración, Mérido Torres de Jesús Espinal.Nacionales
Involucrado en corrupción actual director Titulación de Terrenos del Estado.
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LA REDACCIÓN
Santo Domingo, RD.-En el caso de corrupción identificado como Calamar no sólo están involucrados ministros del pasado gobierno de Danilo Medina, sino que también aparece en el expediente el director de Titulación de Tierras de la actual administración, Mérido Torres de Jesús Espinal.De acuerdo al documento, De Jesús Espinal recibió del exministro de Hacienda, Donald Guerrero, RD$32,065,992.00 por el pago de unos terrenos que supuestamente eran de su propiedad.
Explican que el desembolso se hace en los libramientos 51 y 52 del 24 de enero del 2020; por el pago a Marcial Reyes y compartes, “sucesores” de Generosa Reyes O Ben, Florencia Reyes, Agustina Reyes, Evarista Pérez Reyes, Pablo Reyes, Oliverto Reyes Lora, Domingo Reyes Mosquea y Moisés Reyes O Ben.
En ese momento, de acuerdo al Ministerio Público, no existía ningún requerimiento, ni acuerdo transaccional, entre el Estado dominicano, representado por la Dirección General de Bienes Nacionales y los supuestos sucesores de estas personas.
El nombre de Mérido de Jesús Torres Espinal se hace presente por ser uno de los supuestos propietarios de la parcela 613, amparada en el Certificado de Título núm. 46572, con una extensión superficial de 168,966.00 m2, expropiada mediante el decreto núm. 1159, de fecha diecinueve (19) de septiembre del año 1955.
Al día siguiente de la orden dada por el exministro de Hacienda (14 de enero), Emilio César Rivas Rodríguez, firmó un acuerdo transaccional con los sucesores de Generosa Reyes O Ben y demás propietarios, en el que también se menciona al abogado Ángel Gilberto Lockward Mella.
Por estos terrenos se acordó pagar RD$1,288,365,750.00, con el fin de que “dejaran sin efectos jurídicos todas las litis judiciales en curso y por venir, que enfrentaran a las partes suscribientes”.
“Como patrón recurrente del maniobrar fraudulento se destaca también en este acuerdo que, Emilio César Rivas Rodríguez, en su condición de director de Bienes Nacionales, consintió la emisión de un primer pago ascendente a la suma de mil treinta millones seiscientos noventa y dos mil seiscientos pesos dominicanos (DOP 1,030,692,600.00), equivalentes al 80% del precio acordado, sin que los supuestos sucesores acreditaran su calidad de legítimos sucesores, ni los requisitos obligatorios que demandaba el expediente de expropiación”, dice el Ministerio Público.
El Ministerio Público establece que Merido de Jesús Torres Espinal recibió por sus terrenos RD$32,065,992.00; Ángel Gilberto Lockward Mella recibió a título personal RD$70,203,268.00.
Más adelante dicen que Ángel Gilberto Lockward Mella recibió más de RD$150,000,000.00, pagados a título personal y mediante interpósitas personas, “como la razón social Ángel Lockward & Asociados, S.R.L., Joar Emil Ortiz Hernández, y Mérido de Jesús Torres Espinal”.
Dentro de las pruebas documentales que posee el expediente, el Ministerio Público indica la copia de documento titulada “Entrada de Diario de Transacciones” (Libramientos) número y versión 52-1 de fecha 24/01/2020 concepto: “Pago deuda de BN con Marcial Reyes y compartes. Abono del 80% de la expropiación de terreno de 168,966 MTS2 parcela 613 del Distrito Catastral 32 en Santo Domingo. Sentencia Núm. 0030-03-2019 SSEN-00484 fecha 05/12/2019 beneficiarios: Ángel Lockward Mella, Mérido de Jesús Torres Espinal, Joar Emil Ortiz Hernández, Prominex Multiservicios SRL, Rediux Consulting SRL, por un monto de DOP 463,811,670.00”.
Nacionales
JCE presenta plataforma digital del Observatorio de Participación Política de las Mujeres
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5 horas agoon
diciembre 5, 2025
Santo Domingo, R.D.-La Junta Central Electoral (JCE), a través de la Comisión de Políticas de Igualdad de Género de la institución, presentó a la ciudadanía a través de sus redes sociales la plataforma digital del Observatorio de Participación Política de las Mujeres, espacio que estará integrado en la página de la institución.
Mediante un comunicado, la JCE explicó que el observatorio tiene como finalidad asesorar, diseñar, implementar, desarrollar y evaluar las acciones orientadas a fomentar la participación de las mujeres en la política.
Asimismo, indicó que esta iniciativa, que se encuentra bajo la coordinación de la miembro titular del Pleno y coordinadora de la Comisión de Políticas de Igualdad de Género, Dolores Fernández, es una plataforma que busca recopilar, analizar y visibilizar información sobre los avances, brechas y desafíos de la participación política femenina en República Dominicana.
Además, destacó que el observatorio funciona como una herramienta dinámica de estadísticas interactivas que permite conocer la evolución de la participación política de las mujeres en el país y a través de sus secciones, se podrán explorar datos sobre: candidaturas y cargos electos, participación en los partidos políticos, concurrencia electoral por sexo y participación de mujeres en juntas y colegios electorales.
La misión de este observatorio es, en primer lugar, analizar los niveles de cumplimiento de metas y objetivos nacionales e internacionales en torno a la igualdad de género en materia de representación política y, en segundo lugar, motivar e impulsar la participación paritaria de las mujeres en la toma de decisiones.
Entre los objetivos de esta propuesta, figuran: generar información cuantitativa y cualitativa sobre la representación política de mujeres y hombres en el ámbito nacional; medir los niveles de cumplimiento de metas y objetivos internacionales en torno a la igualdad de género; visibilizar avances de igualdad de género en los partidos políticos y aportar datos que sirvan para elaborar insumos claves para el análisis, la formulación de propuestas y el diseño de estrategias de incidencia política.
Asimismo, procura fortalecer las políticas públicas de igualdad, promover la paridad y la representación política equitativa, garantizar los derechos políticos de las mujeres e impulsar acciones para prevenir y erradicar la violencia política hacia las mujeres.
Nacionales
Telemicro: TSA indicó que Indotel actuó de forma precipitada al asignar frecuencia del Canal 3
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5 horas agoon
diciembre 5, 2025
Santo Domingo, R.D.-El Grupo Telemicro reaccionó al fallo judicial del Tribunal Superior Administrativo (TSA) sobre la asignación de la frecuencia del canal 3 VHF. En un documento indicó que la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA) reconoció que el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel), en su rol de autoridad para la gestión del espectro radioeléctrico, actuó de forma «imprudente y precipitada» al asignar el Canal 3 digital a favor de Franasyn, S.R.L., mediante la Resolución núm. 132-2024 dictada el 14 de noviembre de 2024.
Indicó que el tribunal estableció, luego del análisis de las pruebas aportadas por las partes en el litigio sobre el Canal 3 en la banda VHF, que el «regulador (Indotel) tenía pleno conocimiento de que existía un proceso judicial abierto sobre el derecho de uso y explotación de esa frecuencia».
«El órgano apuntó que, en tales circunstancias, esa entidad encargada de gestión radioeléctrica debía actuar con la debida prudencia y observar el principio de realizar una buena administración, absteniéndose de adoptar decisiones que pudieran incidir en el proceso, como lo fue asignar el Canal 3 a favor de un tercero, en este caso la sociedad Franasyl. S.R.L.», dice un documento enviado por la Corporación de Televisión y Microondas Rafa, S.A. (Telemicro).
Derechos de Franasyl
La Tercera Sala del TSA reconoció la legitimidad de los derechos alegados por Franasyl, S.R.L. en torno al Canal 3 virtual y declaró válida su intervención voluntaria en el proceso.
En su decisión, el tribunal rechazó en todas sus partes el recurso contencioso administrativo interpuesto por Telemicro y confirmó íntegramente la Resolución núm. 080-2022 emitida por el Indotel.
La sentencia se produce tras el reenvío ordenado por la Suprema Corte de Justicia mediante la decisión SCJ-TS-25-0203, que instruyó una nueva valoración del caso después de identificar un vicio de desnaturalización de los hechos en un fallo anterior.
- Telemicro buscaba que la justicia anulara la resolución del Indotel alegando derechos adquiridos sobre el Canal 3 VHF derivados de una comunicación emitida por el órgano regulador en 2004.
Nacionales
Senado contra la pared con el CPP: aprobar o rechazar
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5 horas agoon
diciembre 5, 2025
Santo Domingo, R.D.-El Senado de la República conocerá este viernes en única discusión el proyecto de ley del nuevo Código Procesal Penal, con las decenas de modificaciones que hizo la Cámara de Diputados y la opción de aprobar o rechazar el documento.
El pleno senatorial deberá decidir “lo más rápido posible”, debido al plazo que le otorga el Tribunal Constitucional en la sentencia 0765/24. En su fallo, emitido el 6 de diciembre de 2024, la alta corte declaró nula la Ley 10-15, que modifica el Código Procesal Penal del 2002, y dio un año al Congreso Nacional, hasta el 11 de este mes, para tener listo un nuevo marco legal.
La pieza de ley que estudian los congresistas generó fuertes debates en la Cámara de Diputados mientras era conocida, por artículos que tienen que ver con las facultades del Ministerio Público (MP) en los procesos, como los de peritajes. Uno de ellos es el artículo 211, sobre el nombramiento de peritos.
La moción de Pacheco y Díaz, que es similar a la versión que llegó del Senado, consiga tres párrafos, en el que establecen que los peritos en cualquier otro momento son nombrados, mediante resolución motivada, por el juez o tribunal, a propuesta de parte; el número de peritos es determinado según la complejidad de las cuestiones a plantear, considerando las sugerencias de las partes; y el dictamen o la resolución que ordena el peritaje fija con precisión las razones que lo motivan, su objeto y alcance, así como el plazo para la presentación de dichos dictámenes.
El Procesal Penal vigente no condiciona el nombramiento del perito por el Ministerio Público a que no sea “anticipo jurisdiccional”. Dice, más bien, que durante la etapa preparatoria los nombra el Ministerio Público.
Ejecución del peritaje
Amado Díaz propuso también -siendo acogida por la mayoría-, modificar el artículo 215 del nuevo Código, que trata sobre la ejecución del peritaje, para agregar al MP, quien había sido dejado fuera de ese apartado en la aprobación en primera discusión. Se estableció que el órgano persecutor, juez o tribunal que ha dispuesto el peritaje, resuelva todas las cuestiones que se planteen durante su realización.
La CD modificó el artículo 48 de la pieza
Otro punto de debate en los diputados fue el de la interrupción de la prescripción, artículo 48, numeral 1, uno de los que se quejó Eugenio Cedeño. La Cámara modificó dicho apartado -al dejar quitar la frase “presentada por el Ministerio Público”, para que diga que la prescripción se interrumpe por: la imposición de medida de coerción; la presentación de la acusación; y el pronunciamiento de la sentencia, aunque sea revocable.
