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RD no coloca impedimento de entrada a varios sancionados por EE.UU. y Canadá
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3 años agoon
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LA REDACCIÓN
Santo Domingo.-El Gobierno dominicano dejó fuera del impedimento de entrada a personas ya sancionadas por los Estados Unidos y Canadá, cuya lista de los afectados fue publicada por el Palacio Nacional este domingo tras una orden de Luis Abinader para evitar el ingreso a territorio dominicano de unas 39 personas haitianas.
en las que se mencionan a muchos que ya han sido sancionados por Estados Unidos y Canadá, pero hay otros nombres en los que el país no ha coincidido con los países del Norte.
Entre los empresarios enlistados con prohibición para ingresar a suelo dominicano no se incluyó a Gilbert Bigio, sancionado por Canadá en noviembre del 2022, junto a Reynold Deeb y Sherif Abdallah (incluidos en la prohibición de ingreso), por alegadamente proporcionar apoyo financiero y logístico a bandas armadas.
Bigio es fundador de GB Group, que en 2012 adquirió los activos de Chevron Texaco en República Dominicana, Jamaica y San Martín.
Lambert fue sancionado por Estados Unidos junto a Youri Latortue, quien también fue presidente del Senado haitiano entre 2017 y 2018, bajo el argumento de que ambos «abusaron de sus cargos oficiales para traficar drogas y colaboraron con redes criminales y de pandillas para socavar el estado de derecho en Haití”, afirmó el subsecretario del Tesoro para Terrorismo e Inteligencia Financiera de Estados Unidos, Brian E. Nelson.
De acuerdo con lo informado por Estados Unidos en ese momento, la historia de Lambert con el narcotráfico abarca dos décadas, durante las cuales «lideró y facilitó» el tráfico de cocaína de Colombia a Haití.
Céant fue sancionado en noviembre de 2022 por el gobierno de Canadá también emitió sanciones contra el expresidente de Haití, Michel Martelly, por sus presuntos vínculos con bandas criminales. Martelly tampoco le fue prohibida la entrada a la República Dominicana.
En esta sanción del gobierno canandiense se incluyó al también ex primer ministro Laurent Lamothe (2012–2014), siendo este último el único de este grupo que figura en el listado de los sancionados por el Gobierno dominicano.
Los sancionados por EE. UU. y Canadá
Estados Unidos y Canadá han liderado las sanciones contra políticos, empresario y pandilleros haitianos, a los que ha acusado de alterar la estabilidad del país y beneficiarse del ambiente de violencia e inseguridad que se vive en el país.
Las consecuencias de las sanciones de estos dos países incluye la no admisión a su país y la prohibición de a sus ciudadanos de realizar transacciones con estas personas, así como el congelamiento de todos los bienes que posean en su territorio.
Tanto Canadá como Estados Unidos han impuesto sanciones contra el senador Rony Celestin y el exsenador Richard Lenine Hervé Fourcand por violaciones graves y sistemáticas de los derechos humanos en Haití, ambos están incluidos en la prohibición de entrada emitida por Abinader el viernes.
El expresidente de la Cámara de Diputados de Haití, Gary Bodeau, ha sido sancionado por corrupción por el Gobierno de EE.UU. y desde el pasado viernes 14 de abril también tiene prohibido el ingreso a la República Dominicana.
Liszt Quitel, Charles Kiko Saint-Rémy, Sherif Abdallah, Arnel Belizaire, Reynold Deeb, Nénel Cassy, Berto Dorcé, Steve Khawly, son nombres que figuran entre los haitianos sancionados por Canadá, que en el mes pasado sumaban 19 y que figuran en la disposición de Abinader de no ingresar a territorio dominicano.
Otros afectados por el impedimento
Otros a los que afectó la medida de Abinader son Gracia Delva; Rodolphe Jaar, quien se declaró culpable del asesinato de Jovenel Moise en EE.UU.; así como Bredy Charlot, Kesner Normil, Evans Paul, Assad Volcy, Jean Tholbert Alexis, Victor Prophane, Espérance Pierre, Salim Succar; el senador Antonio Cheramy (a) Don Kato.
Además, Frantz Cole, Jean Mardoché Vil, Fritz Désiré, Dieuné Day; el exdirector de aduanas de Haití, Romel Bell, Wakin Pierre y los pandilleros Jhonson André (a) Izo, Manuel Saloman (a) Manno, Joselito Petit-Homme (a) Ti Makak, Carlo Petit-Homme (a) Ti Makak, Elan Luckson, Jermaine Stephenson (a) Gaspiyay, Albert Stevenson (a) Djouma, Julmé Ernst (a) Ti Greg y Woodley Ethéart (a) Sonson La Familia.
La disposición de Luis Abinader considera a los involucrados una amenaza para los intereses e instituciones de la República y se da cumplimiento de la resolución adoptada por el Consejo de Seguridad de la ONU que impone un conjunto de sanciones aplicadas a ciudadanos haitianos relacionados con la situación de violencia e inseguridad en Haití.
La medida se da tras la visita de la subsecretaria de Estado de Estados Unidos, Wendy Sherman, que durante su estancia en el país se reunió con el presidente Luis Abinader, en dicho encuentro abordaron diferentes temas entre ellos relaciones con la seguridad regional, incluida la situación de Haití.
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JCE presenta plataforma digital del Observatorio de Participación Política de las Mujeres
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4 horas agoon
diciembre 5, 2025
Santo Domingo, R.D.-La Junta Central Electoral (JCE), a través de la Comisión de Políticas de Igualdad de Género de la institución, presentó a la ciudadanía a través de sus redes sociales la plataforma digital del Observatorio de Participación Política de las Mujeres, espacio que estará integrado en la página de la institución.
Mediante un comunicado, la JCE explicó que el observatorio tiene como finalidad asesorar, diseñar, implementar, desarrollar y evaluar las acciones orientadas a fomentar la participación de las mujeres en la política.
Asimismo, indicó que esta iniciativa, que se encuentra bajo la coordinación de la miembro titular del Pleno y coordinadora de la Comisión de Políticas de Igualdad de Género, Dolores Fernández, es una plataforma que busca recopilar, analizar y visibilizar información sobre los avances, brechas y desafíos de la participación política femenina en República Dominicana.
Además, destacó que el observatorio funciona como una herramienta dinámica de estadísticas interactivas que permite conocer la evolución de la participación política de las mujeres en el país y a través de sus secciones, se podrán explorar datos sobre: candidaturas y cargos electos, participación en los partidos políticos, concurrencia electoral por sexo y participación de mujeres en juntas y colegios electorales.
La misión de este observatorio es, en primer lugar, analizar los niveles de cumplimiento de metas y objetivos nacionales e internacionales en torno a la igualdad de género en materia de representación política y, en segundo lugar, motivar e impulsar la participación paritaria de las mujeres en la toma de decisiones.
Entre los objetivos de esta propuesta, figuran: generar información cuantitativa y cualitativa sobre la representación política de mujeres y hombres en el ámbito nacional; medir los niveles de cumplimiento de metas y objetivos internacionales en torno a la igualdad de género; visibilizar avances de igualdad de género en los partidos políticos y aportar datos que sirvan para elaborar insumos claves para el análisis, la formulación de propuestas y el diseño de estrategias de incidencia política.
Asimismo, procura fortalecer las políticas públicas de igualdad, promover la paridad y la representación política equitativa, garantizar los derechos políticos de las mujeres e impulsar acciones para prevenir y erradicar la violencia política hacia las mujeres.
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Telemicro: TSA indicó que Indotel actuó de forma precipitada al asignar frecuencia del Canal 3
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4 horas agoon
diciembre 5, 2025
Santo Domingo, R.D.-El Grupo Telemicro reaccionó al fallo judicial del Tribunal Superior Administrativo (TSA) sobre la asignación de la frecuencia del canal 3 VHF. En un documento indicó que la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA) reconoció que el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel), en su rol de autoridad para la gestión del espectro radioeléctrico, actuó de forma «imprudente y precipitada» al asignar el Canal 3 digital a favor de Franasyn, S.R.L., mediante la Resolución núm. 132-2024 dictada el 14 de noviembre de 2024.
Indicó que el tribunal estableció, luego del análisis de las pruebas aportadas por las partes en el litigio sobre el Canal 3 en la banda VHF, que el «regulador (Indotel) tenía pleno conocimiento de que existía un proceso judicial abierto sobre el derecho de uso y explotación de esa frecuencia».
«El órgano apuntó que, en tales circunstancias, esa entidad encargada de gestión radioeléctrica debía actuar con la debida prudencia y observar el principio de realizar una buena administración, absteniéndose de adoptar decisiones que pudieran incidir en el proceso, como lo fue asignar el Canal 3 a favor de un tercero, en este caso la sociedad Franasyl. S.R.L.», dice un documento enviado por la Corporación de Televisión y Microondas Rafa, S.A. (Telemicro).
Derechos de Franasyl
La Tercera Sala del TSA reconoció la legitimidad de los derechos alegados por Franasyl, S.R.L. en torno al Canal 3 virtual y declaró válida su intervención voluntaria en el proceso.
En su decisión, el tribunal rechazó en todas sus partes el recurso contencioso administrativo interpuesto por Telemicro y confirmó íntegramente la Resolución núm. 080-2022 emitida por el Indotel.
La sentencia se produce tras el reenvío ordenado por la Suprema Corte de Justicia mediante la decisión SCJ-TS-25-0203, que instruyó una nueva valoración del caso después de identificar un vicio de desnaturalización de los hechos en un fallo anterior.
- Telemicro buscaba que la justicia anulara la resolución del Indotel alegando derechos adquiridos sobre el Canal 3 VHF derivados de una comunicación emitida por el órgano regulador en 2004.
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Senado contra la pared con el CPP: aprobar o rechazar
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4 horas agoon
diciembre 5, 2025
Santo Domingo, R.D.-El Senado de la República conocerá este viernes en única discusión el proyecto de ley del nuevo Código Procesal Penal, con las decenas de modificaciones que hizo la Cámara de Diputados y la opción de aprobar o rechazar el documento.
El pleno senatorial deberá decidir “lo más rápido posible”, debido al plazo que le otorga el Tribunal Constitucional en la sentencia 0765/24. En su fallo, emitido el 6 de diciembre de 2024, la alta corte declaró nula la Ley 10-15, que modifica el Código Procesal Penal del 2002, y dio un año al Congreso Nacional, hasta el 11 de este mes, para tener listo un nuevo marco legal.
La pieza de ley que estudian los congresistas generó fuertes debates en la Cámara de Diputados mientras era conocida, por artículos que tienen que ver con las facultades del Ministerio Público (MP) en los procesos, como los de peritajes. Uno de ellos es el artículo 211, sobre el nombramiento de peritos.
La moción de Pacheco y Díaz, que es similar a la versión que llegó del Senado, consiga tres párrafos, en el que establecen que los peritos en cualquier otro momento son nombrados, mediante resolución motivada, por el juez o tribunal, a propuesta de parte; el número de peritos es determinado según la complejidad de las cuestiones a plantear, considerando las sugerencias de las partes; y el dictamen o la resolución que ordena el peritaje fija con precisión las razones que lo motivan, su objeto y alcance, así como el plazo para la presentación de dichos dictámenes.
El Procesal Penal vigente no condiciona el nombramiento del perito por el Ministerio Público a que no sea “anticipo jurisdiccional”. Dice, más bien, que durante la etapa preparatoria los nombra el Ministerio Público.
Ejecución del peritaje
Amado Díaz propuso también -siendo acogida por la mayoría-, modificar el artículo 215 del nuevo Código, que trata sobre la ejecución del peritaje, para agregar al MP, quien había sido dejado fuera de ese apartado en la aprobación en primera discusión. Se estableció que el órgano persecutor, juez o tribunal que ha dispuesto el peritaje, resuelva todas las cuestiones que se planteen durante su realización.
La CD modificó el artículo 48 de la pieza
Otro punto de debate en los diputados fue el de la interrupción de la prescripción, artículo 48, numeral 1, uno de los que se quejó Eugenio Cedeño. La Cámara modificó dicho apartado -al dejar quitar la frase “presentada por el Ministerio Público”, para que diga que la prescripción se interrumpe por: la imposición de medida de coerción; la presentación de la acusación; y el pronunciamiento de la sentencia, aunque sea revocable.
