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R.D. a la zaga en la persecución judicial y la condena de expresidentes involucrados en actos de corrupción pública y privada.
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3 años agoon
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Elba GarcíaPor Elba García
El Perú a la cabeza en el hemisferio y el mundo de enjuiciamiento de presidentes en funciones y otros salidos del poder por estar involucrados en actos de corrupción, mientras que el segundo lugar en esta materia lo ocupa El Salvador, lo cual no parece existir esperanza de que ocurra en República Dominicana.
En este país sudamericano suman ocho los expresidentes, tanto de izquierda como de derecha, enjuiciados por incurrir en actos de corrupción, principalmente por los sobornos promovidos por Odebrecht, cuyo último caso a ventilarse en los tribunales de este país es el de Alejandro Toledo, quien acaba de ser extraditado desde los Estados Unidos.

Alberto Fujimori y Alan García
Pero, además, son inculpados o condenados también, Alberto Fujimori, Alan García, quien se suicidó en el momento en que iba a ser apresado; Hullanta Humala, Pedro Pablo Kuczynski, Pedro Castillo, entre otros.
El segundo lugar en esta materia lo ocupa El Salvador, donde han sido enjuiciados y condenados varios expresidentes, dos de derecha e igual número de la izquierda, como Francisco Flores, que murió mientras cumplía prisión domiciliaria; Elías Antonio Saca y un tercero, Mauricio Funes, que se ha mantenido prófugo en Nicaragua por supuestamente incurrir en la sustracción de fondos públicos.

Salvador Sánchez Cerén
El cuarto expresidente del país centroamericano perseguido es Salvador Sánchez Cerén del izquierdista Frente Farabundo Martí para la Nacional (FMLN), expulsado del poder hace ya algunos años por el actual ocupante del cargo Nayid Bukele, quien se ha naturalizado en Nicaragua conjuntamente con toda su familia, donde no se permite la extradición de sus ciudadanos.
El procesamiento de exjefes de Estados no es exclusivo de estos dos países latinoamericanos, sino de algunos otros como Panamá, Paraguay, Brasil, Ecuador, entre otras naciones, pero que no existen esperanzas de que la misma pueda llegar hasta la República Dominicana por los altos niveles de complicidad que se dan en el sector público como en el privado, así como en su sistema de justicia.
La institucionalidad de las naciones se podría medir por las acciones tomadas por cada una de ellas de forma individual en contra de fenómenos como la corrupción a los niveles más altos de la administración pública, sancionado incluso por convenciones internacionales, lo que tal vez pueda explicar que en algunos países haya varios expresidentes de la República encarcelados, mientras en otros no se contemple una medida igual en contra de un pasado jefe de Estado, pese a que se trata de un delito o crimen que no perime.

Hullanta Humala y Pedro Pablo Kuczynski,
La República Dominicana no se puede medir a través del espejo de lo que ocurre en el Perú, donde su Código Penal y su régimen punitivo no difiere mucho del nacional, pero en lo que respecta al caso no importa la magnitud de la sustracción de fondos públicos para que no haya un régimen de consecuencia.
En el país todos los días salen a la superficie sustracciones del patrimonio público de miles de millones de pesos, pero los procesos encaminados por el Ministerio Público se alargan de tal modo que la gente pierde la esperanza de que el delincuente que ha asaltado el Estado pague por su conducta.
En los actuales momentos han sido más de media docena los presidentes procesados en El Perú, incluidos varios en pleno ejercicio del cargo, por incurrir en actos calificados como de corrupción administrativa, lo cual no se observa en otras naciones, aunque la que tal vez más se le acerca es El Salvador, donde también ha habido una real persecución de mandatarios que han incurrido en la comisión del delito de hurto del patrimonio público.
En el Perú han sido procesados por corrupción los expresidentes Alán García, quien en el último intento por apresarlo terminó con su suicidio, pero por lo menos uno guarda prisión por tener una condena definitiva, que se trata de Alberto Fujimori, mientras que otros cuando menos están en proceso de investigación, como son Pedro Castillo y ahora Alejandro Toledo, quienes están recluidos en la cárcel conocida como la de Barbadillo
Igual situación vivieron Pedro Pablo Kuczynski (2016-2018), quien está bajo arresto domiciliario mientras se desarrolla un proceso de investigación por favorecer con contratos a la compañía Odebrecht para construir una carretera y una obra de riego cuando era ministro del expresidente de Alejandro Toledo.
Kuczynski negó inicialmente tener algún vínculo con el grupo brasileño, pero terminó por reconocer que su consultora asesoró a Odebrecht en el financiamiento de proyectos que había ganado mientras era ministro. Luego Kuczynski renunció a la presidencia en medio de las presiones del Congreso.
Kuczynski y Humala, entre otros, la mayoría de los cuales fueron destituidos por el Parlamento, lo cual también ha ocurrido con pasados candidatos presidenciales importantes de la oposición como Keiko Fujimori, quien está en espera de los resultados de las investigaciones que se realizan en su contra.

Alejandro Toledo Manrique
Toledo gobernó el Perú durante el periodo 2001-2006, quien ha sido extraditado de los Estados Unidos escoltado por alguaciles de esa nación y de inmediato fue trasladado para una audiencia de reconocimiento de identidad.
Sin embargo, la cuestión a analizar tiene que ver con el hecho de lo que ocurre en El Perú, El Salvador y otras naciones latinoamericanas no se parece en nada a la realidad de la República Dominicana, donde luce prácticamente imposible que un expresidente pueda correr la misma suerte de los mandatarios de la nación suramericana.

El expresidente de la República Dominicana, Hipólito Mejía
El expresidente de la República Dominicana, Hipólito Mejía, ha sido un abanderado de que los exjefes de Estado no deben ser tocados ni con el pétalo de una rosa, aunque se les impute el peor de los delitos, lo cual de alguna manera representa una especie de teoría en favor del crimen y el delito proveniente de los que han tenido el privilegio de ocupar tan alta posición.
Lo cierto es que el país no tiene más de un precedente de persecución de un expresidente de la República, el cual fue el doctor Salvador Jorge Blanco, pero cuya acción del Estado no ha ocurrido con otros que han sido sindicados como responsables o cómplices de actos de corrupción, pero sin que haya habido alguna consecuencia.
Los niveles de diferencias existentes entre un país y otro en una época en que los sistemas punitivos son muy parecidos en prácticamente todos los países latinoamericanos, lo cual es comprobado mediante el derecho comparado, pero parece que las particularidades propias de cada conglomerado social pesa mucho para medir su eficiencia en lo que respecta a la existencia de un régimen de consecuencia.
Debe decirse que tanto El Salvador como El Perú están a la cabeza en lo que respecta a la persecución de los expresidentes que han delinquido desde la posición más alta del Estado,
Ahora mismo en la República Dominicana han salido a la superficie una amplia gama de acciones alegadamente ilícitas de varios pasados presidentes de la República, quienes protegen a personajes de sus gobiernos que se han enriquecido mediante la sustracción de dinero del patrimonio público y no luce que vaya haber alguna sanción por esas inconductas.

Leonel Fernández y Danilo Medina
Leonel Fernández y Danilo Medina, aunque no se puede excluir a Hipólito Mejía, son expresidentes seriamente comprometidos con este flagelo, tanto es así que sirven de protección a personajes que son símbolos de la corrupción administrativa del país.
En realidad, la República Dominicana está ante una situación que revela hasta donde el sistema de justicia no ha estado en capacidad de imponer las sanciones que cada caso conlleva, no importa quienes sean los protagonistas.
El involucramiento de presidentes y de expresidentes en acciones ilegales referidas a la corrupción administrativa no es un problema de ahora, pero las esperanzas de que este flagelo sea severamente atacado parecen alejarse a pesar de que en prácticamente todos los sistemas de justicia se han creado herramientas para combatirlo, lo cual se puede observar en lo que tiene que ver con el derecho internacional público, en el que ya está consignado de que este crimen no perime en el tiempo y que puede ser perseguido en cualquier momento después de producirse.
La Licenciada Elba Rosa García Hernández es abogada, comunicadora y activista social dominicana, con base en Santiago de los Caballeros. Es cofundadora de la firma legal "La Ley & Usted" y ejerce como litigante especialista en derecho civil, inmobiliario, penal y electoral y además se desempaña como jefa de información del periódico digital larepublicaonline.com, quien además es egresada de Derecho, Mercadeo y Secretario Ejecutivo de las universidades Pontificia Universidad Católica Madre y Maestra (PUCMM) y Abierta para Adultos (UAPA). Cuenta con formación en derecho inmobiliario, periodismo digital y marketing. Litiga casos complejos y se desempeña como consultora legal para diversas empresas corporativas. Es reconocida por su participación como panelista y comunicadora en plataformas digitales, donde analiza temas de relevancia jurídica, política y derechos humanos. Ha sido reconocida por su liderazgo y servicio social en la República Dominicana.
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Partidocracia pone en peligro estado de derecho con control y manipulación del sistema de justicia a través del CNM.
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1 día agoon
agosto 6, 2026Por Elba García
La evaluación de los jueces de la Suprema Corte de Justicia y los demás miembros del sistema está en manos de los partidos políticos, ya que la configuración del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) ha sido concebida para responder a los intereses de la partidocracia.
Esta realidad pone en peligro la independencia que debe prevalecer en el sistema de justicia para que en el país se pueda fortalecer el estado de derecho y la democracia, lo cual no parece un problema tan fácil de resolver.
En estos momentos está sobre la mesa el amplio margen de discrecionalidad que tiene el CNM para decidir la permanencia de un juez en el sistema de justicia, cuyos miembros provienen en su mayoría de los partidos políticos sin ninguna formación jurídica para evaluar a esos magistrados.
Una de las evidencias de la forma como jueces ponen en manos del sistema de partidos su carrera fue lo ocurrido en el 2025 con la decisión del CNM de no ratificar a Pilar Jiménez, Manuel Read y Moisés Ferrer cuando concluyó su periodo constitucional de siete años, siendo la primera vez que este órgano excluyó magistrados mediante el referido mecanismo, lo que generó críticas por la falta de parámetros objetivos para medir el desempeño judicial.
Ahora, es decir, el pasado 3 de agosto, el Consejo Nacional de la Magistratura aprobó el cronograma correspondiente a los 11 jueces de la SCJ que concluyeron su ciclo constitucional, de los cuales tres agotaron los dos periodos de siete años permitidos por la carta magna y en consecuencia deben ser sustituidos.
Sin embargo, cuatro de ellos, incluido el presidente de la SCJ, Luis Henry Molina, además de Nancy Salcedo, María Garabito y Manuel Herrera Carbucia anunciaron que no buscarán su ratificación, aunque no lo han dicho, pero ha trascendido que no creen en el sistema de evaluación que descansa en la partidocracia. De hecho, el saliente presidente del más alto tribunal del país fue el resultado de ese poder que tienen los partidos políticos para escoger los jueces del país.
El control de los partidos políticos para la escogencia de los jueces nacionales genera una gran incertidumbre por el hecho de que personas que no tienen la preparación ni la formación para someter a una evaluación a magistrados que tienen toda una carrera judicial, coloca a éstos en una situación incómoda e inaceptable.
Ya existe un precedente de cómo se escogen los jueces de las altas corte con el recordado Pacto de las Corbatas Azules entre Leonel Fernández y Miguel Vargas Maldonado, que dio como resultado el primer Tribunal Constitucional encabezado por Milton Rey Guevara.
El pasado 3 de agosto, el CNM aprobó el cronograma correspondiente a los 11 jueces de la SCJ, cuyo ciclo constitucional concluyó este año. Tres agotaron el tiempo en que deben permanecer en las posiciones, pero otros cuatro, -el presidente de la SCJ, Luis Henry Molina; Nancy Salcedo, María Garabito y en las últimas se unió Manuel Ramon Herrera Carbuccia, comunicaron que no buscarán la ratificación.
Las críticas al modelo no sólo se centran en los criterios consignados en el Reglamento 2-25 del Consejo Nacional de la Magistratura, el cual contempla aspectos técnicos, éticos y personales, como productividad, calidad de las decisiones, tiempo de respuesta, aportes jurídicos, integridad, independencia, reputación intelectual e imagen pública, sino en la interpretación y aplicación del mismo.
Empero, El CNM no dispone una calificación o ponderación específica para esos criterios ni define qué nivel de desempeño debe alcanzar un juez para ser ratificado, por lo que la decisión final queda en manos del órgano que está bajo control de los partidos políticos, donde se mide el vínculo del aspirante a juez a los fines de garantizar el control de sus funciones.
El precedente sentado por la evaluación, cuyas actas del 2025 hablan claro al respecto y no dejan dudas, además, de la agenda principalmente política que desarrollan los partidos políticos en esta instancia y muestra que ella compromete los informes de desempeño, ya que en casos muy concretos consejeros expusieron criterios opuestos sobre un mismo juez, pero a partir del mismo expediente.

Pero desde antes de esta situación, el país conoció la retaliación que se siguió durante la presidencia de Danilo Medina en contra de la jueza de carrera Miriam German, quien fue excluida del sistema sobre la base de criterios políticos más que técnicos judiciales.
El propio CNM suspendió las evaluaciones para revisar el entonces Reglamento 1-19, lo que dio paso al 2-25, el cual no fue afectado sustancialmente, dado que mantuvo los puntos que producen las principales críticas en su contra, porque carece de una escala de calificación y una ponderación objetiva para determinar cuándo el desempeño es suficiente para que se produzca la ratificación.
En lo que respecta a los tres jueces excluidos del sistema de justicia mediante la evaluación del CNM, hubo en dos de los tres casos una votación empatada y la decisión final descansó en el presidente Luis Abinader en su condición de presidente del órgano en cuestión, quien durante sus dos mandatos ha mostrado una marcada tendencia a no respetar el sistema de justicia constitucional con el desacato mediante decretos de una serie de leyes y jurisprudencia provenientes del Tribunal Constitucional.
La configuración del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) otorga al oficialismo tres votos de siete, los cuales son el de Abinader, el presidente del Senado, Ricardo de los Santos y el de la Cámara de Diputados, Alfredo Pacheco, mientras que los partidos de la oposición están representados por Omar Fernández, hijo de Leonel Fernández, y el diputado Tobías Crespo. Los demás integrantes son el presidente de la SCJ, la jueza Nancy Salcedo y el que preside el Tribunal Constitucional, Napoleón Estévez, lo que deja claro el control de los partidos políticos en un órgano que juega un papel de primer orden en la independencia del poder judicial.
Ahí está la explicación de que no hay demanda que tenga ganancia de causa en contra de los partidos políticos, cuyas decisiones no pasan de la declaración de inadmisibilidad de los casos como se puede comprobar con lo que ocurre regularmente en el Tribunal Superior Electoral (TSE).
La Fundación Institucionalidad y Justicia sostiene que el CNM carece de una estructura técnica especializada para hacer las evaluaciones de los jueces y en consecuencia ha planteado sustituir el modelo por un periodo de designación para los jueces de las altas cortes.
Otro que se ha expresado al respecto es el expresidente de la Suprema Corte de Justicia, Jorge Subero Isa, quien ha criticado que la permanencia de los jueces dependa de un órgano de una composición predominanmente política, lo que a su juicio puede afectar la independencia judicial y propiciar gestiones y cabildeos cuando se próxima la evaluación.
No obstante, Subero Isa es un defensor del sistema de partidos y del control que mantienen éstos sobre todo el Estado, cuya posición ahora avala desde la Consultaría Jurídica del Poder Ejecutivo con un asesoramiento al presidente Abinader para que desacate la jurisprudencia sentada por el Tribunal Constitucional.
Lo menos que debía ocurrir para mejorar la situación creada es la aprobación de una nueva ley o la modificación de la existente para conformar un nuevo Consejo Nacional de la Magistratura (CNM), cuyos miembros tienen que venir de las universidades nacionales, el Colegio de Abogados de la República Dominicana, la Suprema Corte de Justicia, el Tribunal Constitucional y jueces de carrera, pero no personas que representan los intereses de los partidos políticos.
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Transparencia Internacional con medición de lucha contra corrupción en R.D. se sale de contexto.
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1 semana agoon
julio 29, 2026Por Elba García
Son innumerables las afirmaciones de organismos internacionales que hablan de logros en la democracia dominicana, que nadie entiende porque su valoración parte de lo que venden mediáticamente sectores interesados.
El más reciente de estos informes se refiere a que en el país existe una verdadera lucha contra la corrupción, sin tomar en cuenta que se trata de una confrontación político partidaria para unos quitarles credibilidad a otros.
El primer problema para valorar correctamente lo que ocurre en la justicia con la corrupción administrativa, cuyo mal afecta a todos los partidos que han tenido el control del Estado, es que el Ministerio Público más que un mecanismo para combatir el fenómeno representa un instrumento para perseguir al contrario ya salido del poder y que es imputado de incurrir en mal uso de recursos públicos, pero generalmente los casos, aunque sean verdad, terminan en impunidad.
En la actualidad una serie de procesos se ventilan en la justicia, pero los resultados son regularmente la absolución de los acusados y cuando ello no ocurre así en el tiempo prudente es porque el Ministerio Público y la defensa de los imputados llevan los casos mediante incidentales a periodos muy largos sin que haya una solución a los mismos.
La base de lo que ocurre sólo tiene como fin satisfacer mediáticamente las ansias de justicia de la sociedad dominicana, pero que en la realidad ello nunca ocurre, todo como resultado de que la justicia está controlada por los mismos que promueven la corrupción administrativa a través del Consejo Nacional de la Magistratura y de otros órganos del Estado.
El trabajo de valoración de la transparencia en la República Dominicana no parte de una interpretación objetiva o más bien realista por la organización que acaba de publicarla, el que hace más daño que bien por tratarse de una especie de distorsión de la verdad, tal vez para llevar a una actitud conformista del ciudadano.
El estudio más reciente que impacta a la República Dominicana ha sido hecho público por el presidente de Transparencia Internacional, quien afirma que en el país existe una verdadera lucha contra la corrupción, pero que luce que el mismo carece de la objetividad necesaria para hacer tal afirmación.
Amplios sectores de la vida nacional entienden que esa supuesta lucha contra la corrupción que menciona Transparencia Internacional parte de una valoración fuera de contexto cuando no toma como referencia lo que ocurre con el Ministerio Público y todo el sistema de justicia.
Algunos medios de comunicación dan mucha relevancia a lo dicho por Transparencia Internacional, precisamente por el origen que tiene, pero no se detienen a sopesar lo que ocurre en el Estado dominicano por estar controlado por los partidos políticos, los cuales han creado las herramientas necesarias para evitar que la figura de la impunidad sea prácticamente erradicarla del escenario nacional.
La sanción de los delitos penales comunes son tal vez los que de alguna manera tienen una respuesta relativamente más convincente, aunque siempre la severidad de la justicia está determinada por el nivel de contaminación de los que controlan el sistema, como la ya conocida partidocracia.
La referencia realizada por Transparencia Internacional la atribuyen al papel del Gobierno, los fiscales y el sistema judicial, los cuales juegan un rol en este campo que los convierte en los principales actores del deterioro de elementos tan vitales para el logro del propósito anunciado como la seguridad jurídica, el fortalecimiento institucional y en consecuencia de la mejoría de la democracia, lo que deja en tela de juicio la afirmación de la mencionada organización de que lo que ocurre puede generar una mejoría de los niveles de confianza pública, pese a que es todo lo contrario.
La valoración de Transparencia Internacional destaca que estos actores, desde sus respectivas responsabilidades, forman parte de un proceso institucional que ha colocado la lucha contra la corrupción como un elemento relevante dentro de la gestión pública y del fortalecimiento de la democracia, cuando la realidad es que en el país hay serias preocupaciones por el camino que toma la justicia con el no cumplimiento de la tutela judicial efectiva, el debido proceso y el derecho a la defensa.
Sin lugar a dudas que durante décadas América Latina ha enfrentado el desafío de lograr instituciones más sólidas y confiables, pero que en muchos casos en ese contexto regional la valoración de Transparencia Internacional luce ser el resultado de un análisis hecho en un cuarto frío que no tiene nada que ver con la verdad.
Tanto es así que, si se parte del caso Odebrecht, cuyos imputados todos fueron absueltos por los tribunales nacionales, cuando no ocurrió lo mismo en otras naciones del hemisferio, como por ejemplo Perú, donde varios expresidentes de la República guardan prisión por estos hechos, se puede ver la falsa valoracion en esta materia de la referidad entidad interncaional.
Pero más recientemente en el país varios exministros del gobierno de Danilo Medina fueron absueltos a pesar de que a nivel social la gente mantiene la idea de que se enriquecieron con los recursos públicos, cuyo caso más emblemático es del ahora aspirante presidencial Gonzalo Castillo.
Es muy probable que este tipo de informe obedezca al interés del Gobierno de fortalecer los factores que observan los inversionistas antes de tomar cualquier decisión para poner su dinero en un proyecto nacional.
Todo el mundo sabe que la inversión nacional y extranjera no depende únicamente de las oportunidades de mercado, sino también de la confianza, la seguridad jurídica y la estabilidad de las reglas, las cuales todavía son un sueño en el país.
La proyección de una fortaleza institucional genera mejores condiciones para atraer capital, impulsar proyectos productivos y ampliar sus posibilidades de crecimiento, pero que las afirmaciones en este sentido pueden ser el resultado de una interpretación caprichosa, a los fines de que sea verdaderamente un componente estratégico para el desarrollo económico.
La valoración de Transparencia Internacional es posible que tenga su explicación en el hecho de que el país será sede del 1 al 4 de diciembre de 2026 de la Conferencia Internacional Anticorrupción, un encuentro global que reunirá a más de dos mil participantes provenientes de alrededor de 140 países.
La celebración de este importante foro internacional sobre la base de una premisa falsa no hace bien a la democracia en el hemisferio y el mundo, ya que el mismo es un escenario para el debate mundial sobre transparencia, integridad pública y fortalecimiento institucional, los cuales no están presentes en el Estado dominicano.
Sin embargo, el fenómeno de los informes de diferentes tipos como el de la pobreza y este de la transparencia y lucha contra la corrupción, parecen ser una forma de vender el país sobre la base de una percepción más que de la realidad.
La reputación internacional de un país se construye a partir de la verdad y debe ajustarse a factores como la estabilidad democrática, el desempeño económico, la calidad institucional y la confianza, los cuales deben estar por encima del debate político.
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Inseguridad del Gobierno al distintiguir entre promulgar una ley que viola o que se ajusta a proceptos constitucionales.
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2 semanas agoon
julio 23, 2026Por José Cabral
El presidente Abinader ha sido el que más, pese a que pregona lo contrario, que ha puesto en un total descrédito los decretos de leyes y de otros actos de la administración pública que son aplicables y de obligatorio cumplimiento para todo el pueblo dominicano, cuya inseguridad o falta de certeza juridica del principal funcionario del Gobierno implica la nulidad de los mismos, la pérdida de confianza ciudadana y de los diversos tipos de responsabilidad legal, lo cual ocurre cuando se toman decisiones sin claridad sobre las normas aplicables.
Cuando esto ocurre el documento pierde validez juridica si carece de los elementos esenciales de la ley de leyes, afectando los derechos de los ciudadanos, lo que expone al servidor público, máxime si se trata del presidente de la República, a sanciones administrativas, disciplinarias, civiles e incluso penales por extralimitación de funciones, sobre todo cuando el acto involucra la figura de la precaricación.
Las dudas en esta materia son una causa para que se produzca una paralisis institucional, dado que la ocurrencia de las mismas constantemente frenan la eficacia y la agilidad que se exige al servicio público moderno, lo que produce un impacto social que se expresa mediante la incertidumbre en los ciudadanos afectados que no tienen la claridad sobre sus derechos ni predictibilidad en los trámites del Estado.
Se entiende que la vulnerabilidad a este respecto estimula la corrupcion, ya que la falta de criterios firmes abre espacios a la arbitrariedad o a interpretaciones sesgadas de la ley.
Son innumerables los decretos publicados por el presidente que han sido anulados por el Tribunal Constitucional (TC) por representar una violación de leyes y de la Constitución de la República, lo que pone en peligro la seguridad jurídica, la institucionalidad y la vida democrática de la nación.
El sistema jurídico dominicano se rige por una jerarquía en la que ocupa el lugar preponderante y cimero la Constitución y luego van las leyes orgánicas y ordinarias y en ese mismo orden los decretos, las resoluciones y otros actos que no pueden estar por encima de los que ocupan lugares primeros en el orden legal.
Evidentemente que el gobierno de Luis Abinader no tiene la menor idea de este concepto de jerarquía, lo cual provoca que regularmente emita decretos que rompen con el principio de legalidad y de juridicidad por el que deben regirse los mismos.
Para cuidar detalles como este es que existe la Consultoría del Poder Ejecutivo, a los fines de asesorar al presidente de la República de lo que puede hacerse o no en el marco de la administración pública para evitar que el mandatario pierda su credibilidad como se produce en la gestión de Luis Abinader.
En la actualidad cursan varias acciones de inconstitucionalidad en el Tribunal Constitucional para anular la promulgación de leyes por parte del Poder Ejecutivo que violan la jerarquía jurídica, amén de que ya ha ocurrido lo propio con decisiones del presidente que proyectan ignorancia o sencillamente constituyen un desacato que rompe con la seguridad jurídica, la institucionalidad y el orden democrático.
Una de las «metidas de patas» del presidente Abinader fue la promulgación de la Ley 13-26 que persigue anular las candidaturas independientes cuando las mismas son el resultado de la facultad interpretativa del TC a través del mandato otorgado a este órgano extra poder por el constituyente mediante los artículos 184 y 185 de la Constitución de la Republica y el 47 de la Ley 137-11.
Ahora, si bien la promulgación de la ilegal ley por violar o desacatar una jurisprudencia del alto tribunal proyecta una mala imagen del presidente Abinader, pero peor ocurre con quien ostenta la dirección de la Consultoría del Poder Ejecutivo, cuyo titular al momento de las acciones antijurídicas es nada más y nada menos que el expresidente de la Suprema Corte de Justicia, Jorge Subero Isa.
La nulidad más reciente de un decreto de Abinader, que atenta en contra de la jerarquía jurídica, tiene que ver con la violación de la Constitución mediante la vulneración de derechos fundamentales, usurpación de poderes entre el Ejecutivo y el Congreso Nacional.
El TC ha recurrido a la facultad que tiene de anular decretos como el relacionado a la creación de escalas de rangos, pensiones o reglamentos orgánicos cuando el presidente excede su potestad y vulnera la Constitución de la República.
Muy recientemente el alto tribunal emitió la sentencia TC/0287/26 que anuló el decreto 178-25 del pasado 02 de abril del 2025 expedido por el presidente Luis Abinader, el cual tenía el propósito de implementar una escala de rangos entre alistados y suboficiales de las Fuerzas Armadas de la República Dominicana desde raso hasta sargento mayor de comando abarcando a los suboficiales dentro sus tres categorías de subtenientes, respectivamente.
Como se ve, el presidente de la República ha buscado modificar el otorgamiento de rangos mediante un decreto cuando las Fuerzas Armadas se rigen por una ley orgánica, que jerárquicamente es superior a la facultad que tiene en esta materia el jefe del Poder Ejecutivo.
Abinader con el referido decreto se llevó de paro la Ley 139-13, orgánica de las Fuerzas Armadas, que es la que otorga la autoridad para hacer los ascensos de rangos que el presidente ha tratado de disponer de forma ilegal, lo cual conllevó la nulidad de la referida norma.
Este escenario se repite regularmente, cuyo proceder del mandatario no sólo revela una mala asesoría legal, sino también un nivel de ignorancia que crea preocupación en la ciudadanía, ya que se pone en peligro la seguridad jurídica, la institucionalidad y la democracia nacional.
Los casos de este tipo son numerosos y los mismos ponen en tela de juicio la capacidad de un presidente que no tiene claros estos detalles, lo que constituye un atentado al régimen legal de la nación, ya que ello también implica incumplir, sobre todo cuando hay violación de derechos fundamentales, con las normas ya no sólo del derecho interno, sino también del externo.
