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Ministerio de Trabajo usurpó funciones del Congreso con resolución reguló trabajo doméstico.

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Santo Domingo.-El Ministerio de Trabajo incurrió en una afrenta al principio de separación de poderes, al de legalidad y al de seguridad jurídica  al usurpar las funciones del legislador cuando reguló el trabajo domestico, según una decisión del Tribunal Constitucional.

Estableció que la resolución invade los campos que el constituyente ha establecido con reserva de ley, atendiendo a lo establecido en el artículo 62, numeral 7 de la Constitución.

Estas son las motivaciones de la sentencia TC-0402/23, mediante la cual el Tribunal Constitucional declaró no conforme con la Constitución la resolución número 14-2022, sobre adopción y armonización de medidas atinentes al mejoramiento del cumplimiento del Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), emitida por el Ministerio de Trabajo el 25 de agosto del 2022, cuyo dispositivo publicó anteriormente en un comunicado.

Señaló que las medidas dispuestas constituyen verdaderas modificaciones al régimen instaurado en el título IV del Código de Trabajo, relativo al trabajo de los domésticos, contenido del artículo 258 hasta 265 del Código de Trabajo.

“En el estudio de la resolución impugnada, hemos podido verificar que esta regula aspectos como las jornadas de trabajo, las vacaciones, las formas de pago y de contrato, así como regulaciones especiales del trabajo de los domésticos; es decir, que no nos encontramos ante una resolución que mejore las providencias establecidas en la ley especial (Código de Trabajo)” indicó el TC en las motivaciones de la sentencia.

Subordinación

El TC reiteró su precedente de que los reglamentos y resoluciones se encuentran subordinados a la ley, por lo que argumentó que la facultad del ministro de Trabajo se encuentra subordinada a la normativa legal adoptada e instaurada por el legislador.

Expuso que la potestad que le asiste a ese funcionario se limita a emitir disposiciones residuales y subordinadas. Determinó que las regulaciones establecidas mediante la resolución modificaron aspectos neurálgicos de las estipulaciones que hizo el legislador, que no es posible hacer mediante este tipo de normas.

“Una resolución no puede modificar los aspectos consagrados en la ley, máxime de una ley especial como lo es el Código de Trabajo. Esto así, porque todo reglamento o resolución debe limitar su contenido a lo que ordena el contenido de la ley; sin embargo, este no debe ni puede crear nuevas situaciones que no hayan sido previstas en los textos legales.”, subrayó.

Sobre convenio 189 de la OIT

En la sentencia, el Tribunal Constitucional reconoce que el acuerdo 189 de la OIT ha sido incorporado al derecho interno y, que con ello, el Estado ha asumido las recomendaciones que hace dicho acuerdo en relación con la mejora al trabajo que ejercen las trabajadoras y trabajadores domésticos.

Puntualizó que a su vez, dicho acuerdo reconoce, en virtud de la contribución que realizan dichos trabajadores a la economía mundial, un aumento de las posibilidades de empleo remunerados para aquellos trabajadores con responsabilidades familiares.

Sostiene que el acuerdo se circunscribe a realizar una serie de recomendaciones que deben ser formalizadas por el Estado a través de los mecanismos que regula el derecho interno.

Explicó que el Convenio 189 sobre las trabajadoras domésticos se encuentra incorporado al derecho interno, en razón de que agotó los trámites pertinentes para su incorporación, para lo cual fue dictada la Resolución número 104-13, emitida por el Congreso Nacional y promulgada por el Poder Ejecutivo el 30 de julio de 2013. Precisó que dicho convenio fue registrado ante la OIT dos años después, en el 2015, y que su entrada en vigor ocurrió el 15 de mayo de 2016.

“Lo anterior quiere decir que dicho acuerdo o tratado no puede autoejecutarse o aplicarse directamente ─como si lo han hecho otros al disponer normas directas y autoejecutables─, sino que requiere de acción por parte del Estado miembro.”, subrayó.

Establece que, sin embargo, esto no implica que el ministro de Trabajo puede apropiarse de dicha necesidad de acción por parte del Estado ─máxime ante la necesidad de modificación de la ley especial que rige la materia─, ya que la Constitución y las leyes indican los mecanismos y formas en que han de realizarse dichas modificaciones o incorporación normativa requerida.

“Lo que queremos indicar es que la adopción de las medidas que indica el acuerdo no puede ser realizada por cualquier entidad gubernamental o del Estado, sino que debe seguir los parámetros legales, pero ─sobre todo─ constitucionales.”, enfatizó el TC en las motivaciones del fallo.

En ese sentido, acotó que no guarda razón el ministro de Trabajo cuando indica que el acuerdo le otorga facultades para dictar una resolución que no solo modifica aspectos de la ley de trabajo, sino que están expresamente reservadas al legislador.

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Miembros de organización criminal reciben acusación formal del Ministerio Público.

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SAN CRISTÓBAL, República Dominicana.- Los miembros de la organización criminal que dirigía el occiso José Antonio Figuereo y que se dedicaba al narcotráfico recibió una acusación formal del Ministerio Público.

El documento fue presentado en el Primer Juzgado de la Instrucción del distrito judicial de San Cristóbal.

La imputación es contra el coronel retirado de la Policía Nacional, Elvi de la Rosa de León, alias El Gringo, Angel Miguel Figuereo Santana, Wilkin Lorenzo Moreta, Ana Luisa de Jesús y Joselito Valdez.

Estos acusados están sometidos a medidas de coerción, como la prisión preventiva para De la Rosa, Moreta Lorenzo y Figuereo Santana, mientras que De Jesús y Valdez cuentan con presentación periódica.

 El Ministerio Público estableció que De la Rosa, en su condición de teniente coronel de la Policía Nacional retirado, hizo uso indebido de su estatus.

El acusado transportaba al hoy occiso Figuereo Bautista (a) Kiko La Quema, en vehículos de la organización criminal, burlando los controles policiales, ya que por su investidura transitaba sin ser requisado.

El órgano de justicia  indicó que De la Rosa también era  quien compraba y transportaba alimentos, bebidas, insumos y armas de fuego ilegales hacia la zona montañosa donde estaba escondido “Kiko La Quema”.

El Ministerio Público demostró las distintas funciones que realizaban Lorenzo Moreto, Figuereo Santana (hijo de Kiko), Ana Luisa de Jesús,  y Valdez.

Entre otras, gestionar vehículos, homicidios, amenazas, narcotráfico y porte ilegal de armas de fuego en la zona de Calderón, Los Cacaos, San Cristóbal y el municipio de Cambita Garabitos.

La Fiscalía acusa a los miembros de la banda criminal de numerosas violaciones del Código Penal Dominicano.

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Ciento de personas acuden a la Feria Ganadera a comprar productos para la cena de Nochebuena

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Santo Domingo, R.D.-Este domingo cientos de personas acudieron a la Feria Ganadera para comprar los productos de la cena de Nochebuena a bajos precios en el operativo «Navidad del Cambio con Inespre» que se desarrolló durante tres días.

Desde primeras horas, la gente hacia largas filas para adquirir los productos. Las más concurridas eran donde estaban la venta de pierna de cerdo, pollo y arroz. Se trata de la cuarta Feria que realiza el Inespre en el país para llevar alimentos a bajos precios a la gente.

Ya se hicieron en Azua, San Cristóbal, Los Frailes, Los Alcarrizos y el próximo fin de semana será en Santiago para completar seis ferias, informó, Edgar García Peralta, coordinador de las ferias.

La gente adquirió piernas de cerdos de 12 y 14 libras a 850 pesos, un saco de arroz de 25 pesos a 600 pesos, un pollo de cinco libras por 150 pesos, un cartón de huevos 120 pesos, los paquetes de papa cebolla y ajo entre 60 y 90 pesos.

Además, la venta de cuatro tipos de vinos artesanales entre 100 y 200 pesos, vegetales, dulces navideños y otros productos utilizados en la cena del 24 de diciembre.

«Gracias a Dios y a nuestro presidente y nuestros ejecutivos, estamos aquí cumpliendo una misión haciendo un trabajo para la población, ahora en esta época navideña con la Feria de Navidad con el Cambio ustedes pueden ver la muestra de cómo se ha desplazado hoy la persona a comprar», dijo.

Con un promedio de 3,000 pesos una persona puede llevarse una compra con todos los productos para su cena de Nochebuena y hasta para Año Nuevo, debido a los bajos precios.

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Autoridades ocupan 137 kilos de drogas y apresan 853 personas.

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Santo Domingo.-Otro cargamento de 137 kilos de drogas fue ocupado por agentes de la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD) y miembros del Ministerio Público, apoyados por la Policía Nacional, en el marco del fortalecimiento de las acciones conjuntas, las cuales ejecutaron durante la última semana 50 allanamientos y más de cinco mil operativos de interdicción en contra del microtráfico de sustancias controladas en gran parte del territorio nacional.

Una nota de la entidad antinarcótico señala que en las operaciones para erradicar el tráfico y venta de drogas se apresaron a 853 personas y se incautaron de 102,566 gramos de cocaína, 30, 295 de marihuana, 4, 401 dosis de crack, 5.10 de metanfetaminas, 2.10 gramos de heroína y 143 pastillas de éxtasis, para un total de 137, 260 gramos.

También, 10 armas de fuego, 45 machetes y cuchillos, 04 vehículos, 49 motocicletas, 244 celulares, 09 radios de comunicación, 55 balanzas y un chaleco antibalas, dinero en efectivo, entre otras evidencias.

Agrega que durante el mes de diciembre, las labores operativas para enfrentar el tráfico ilícito de drogas se reforzaron en el Gran Santo Domingo y las provincias La Altagracia, La Romana, San Pedro de Macorís, San Cristóbal, Peravia, Azua, San Juan, Barahona, Santiago, La Vega, Monseñor Nouel, Duarte, Hermanas Mirabal, Espaillat, María Trinidad Sánchez, Sanchez Ramírez y Samaná, entre otras.

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