Análisis Noticiosos
La acacia de Constantinopla, así es el árbol que duerme por las noches
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3 años agoon
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LA REDACCIÓNEsta especie de origen oriental es resistente a condiciones duras, soportando incluso la sequía. Llamada también parasol de la China, acacia de Persia o árbol de la seda, su copa extendida procura una sombra amplia y ligera y sus abundantes flores desencadenan un enamoramiento instantáneo
Madrid.- Los nombres populares de la acacia de Constantinopla (Albizia julibrissin) transportan al jardinero a un lejano país. Hace una treintena de años, al menos, esta especie comenzó a popularizarse aún más por las calles y jardines de España gracias a la bondad de su belleza, aunque su introducción en Europa y América data del siglo XVIII. Sus otros nombres, parasol de la China, acacia de Persia o árbol de la seda, sugieren que su procedencia es oriental. Y, en esta ocasión, así es, no como otros apelativos populares mentirosos, como el del castaño de Indias (Aesculus hippocastanum), cuyo origen no se debe buscar más allá de las fronteras europeas, en las no tan orientales Bulgaria, Macedonia y aledaños de la península Balcánica.
La acacia de Constantinopla sí bebe las aguas de las regiones del —para nosotros— Lejano Este, desde Irán hasta la India o China, incluso Japón, generando así un nexo entre una infinidad de países. Una de las zonas donde crece, en la base de las montañas de la cordillera Kunlun china, hasta por encima de los 1.300 metros de altura, certifica que se trata de un árbol resistente a condiciones duras, soportando incluso la sequía.
Su sombra ligera —preferida por muchas personas para sus zonas de baño, frente a la de aquellos árboles con sombras más densas y frías— es otra de las razones de su uso. Pero en numerosas ocasiones no se tiene en cuenta la abundancia de su floración, que deja una gran cantidad de sus restos florales secos en el jardín, por lo que a veces acaba siendo denostado, y en no pocas veces sustituido por otras especies que generan menos residuos.

La copa ancha y extendida de la acacia de Constantinopla se llena de flores.
KATRIN RAY SHUMAKOV (GETTY IMAGES)
Precisamente, sus flores son las que pueden desencadenar un enamoramiento instantáneo de la acacia de Constantinopla. Sus penachos de estambres —la estructura masculina— son suaves, sedosos, alargados y delicadamente coloreados. Se contonean con la brisa, diluyendo en ella un aroma seductor dulce repleto de una esencia afrutada con toques de melocotón maduro. Un bello juego de observación consiste en coger una de sus flores y admirarla de cerca.
Aparte de sus inflorescencias, sus hojas caducas son muy atractivas, finamente divididas en infinidad de foliolos tan pequeños que reciben el nombre de foliólulos. En los viveros se pueden encontrar variedades de esta especie con las hojas de colores rojizos o purpúreos muy estéticos, como ‘Merlot Majik’ o, la más común, ‘Summer Chocolate’. El efecto que estas crean cerca de otras plantas de colores verdes es impactante. Con un dinamismo de tonos rojizos y verdosos a la vez, la variedad ‘Evy’s Purple’ puede ser muy notoria en el jardín. Asimismo, es habitual cultivar las variedades con inflorescencias de colores más intensos, como la popular ‘Ombrella’ —de un rosado fuerte— o ‘Rouge de Tuilière’ —de color rojizo—.
Como buena representante de la familia de las leguminosas —es una fabácea—, sus raíces también están asociadas a bacterias que secuestran el nitrógeno atmosférico para cedérselo al árbol, por lo que cuenta con una gran cantidad de este macroelemento para desarrollarse más rápido. Esto es debido a que el nitrógeno interviene de forma indispensable en la formación de nuevos tejidos en las plantas, entre otras funciones. Si se quiere cultivar esta especie desde la propia semilla es bastante fácil. Tan solo hay que tener la precaución de remojar la simiente, de cubierta muy dura, durante 24 horas, antes de sembrarla.
Una peculiaridad muy aparente de la acacia de Constantinopla es que, en sentido literal, se va a dormir por las noches: cierra sus delicadas hojas compuestas, plegándolas y dejándolas caer, como si estuvieran exhaustas, rendidas. Eso sí, su aroma no duerme, y también se podrá sentir cuando paseemos a su vera por alguna calle en la búsqueda de nuestra propia cama.
elpais.com
Análisis Noticiosos
Las demandas de los jueces y juezas y las falencias del sistema de justicia.
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3 días agoon
mayo 21, 2026Por José Cabral
Un total de 450 jueces y juezas de los 737 que hay en todo el país, así como sus 6,516 empleados fijos del Poder Judicial han paralizado sus laborares en demanda de aumento e indexación salarial, contratación de más personal en los tribunales y por mejores condiciones de trabajo.
Estos reclamos no pueden ser soslayados porque el sistema está lleno de deficiencias y debilidades de las que no se puede excluir a nadie, ya que todo obedece a las grandes distorsiones que sufre el Estado.
Entiendo que es un grave problema de institucionalidad, lo cual afecta a todos los actores del sistema, desde los jueces, fiscales y personal administrativo.
Tengo este criterio porque nadie puede discutir que las distorsiones que caracterizan al Estado no sólo se pueden ver en el sistema de justicia, sino también en el Poder Legislativo y el Ejecutivo.
Entonces, en el marco de estas debilidades y deficiencias que ponen en tela de juicio la democracia, se encuentran los bajos salarios de los jueces y todo el personal de la judicatura nacional.
Esta realidad lleva a todo el que tiene dos dedos de frente a entender que las demandas de los jueces y juezas son justas desde cualquier perspectiva que se vea y a cuyo problema debe buscársele una salida saludable, sin soslayar los demás asuntos que impactan negativamente al sistema de justicia.
El Consejo del Poder Judicial no sólo debe procurar darle salida a esa deficiencia y a sus problemas financieros, sino que al propio tiempo debe crear los mecanismos necesarios para que los tribunales del país tengan otro desempeño.
De manera, que la solución debe ser integral, no sólo a nivel de los salarios y las mejores condiciones laborales de los jueces, ya que las deficiencias tienen implicaciones que también tienen que ver con la arbitrariedad con que se manejan los casos en los tribunales, lo que muchas veces implican la violación de los derechos de los que buscan hacer justicia sobre la base de los derechos fundamentales.
Es decir, que, si bien los bajos salarios de los jueces es un problema grave en el marco del Estado dominicano, también debe decirse que hay otros de igual o peor magnitud que no tienen la mejor de las salidas.
Lo que pretendo establecer es que el problema no sólo tiene que ver con los salarios, el cúmulo de trabajo y el poco personal, sino también del manejo jurídico de los casos, porque es bueno que se entienda que muchos jueces y juezas violan hasta el derecho de recurrir de muchos justiciables y naturalmente los que incurren en esas inconductas no es que deben tener un mal salario, sino que deben ser expulsados del sistema de justicia para bien de la sociedad y la democracia.
Es oportuna la ocasión para que los que dirigen el Estado dominicano no sólo se aboquen a mejorar los salarios y las condiciones de trabajo de los jueces y juezas, lo cual me parece de justicia, sino también a fiscalizar mejor su desempeño porque hay que buscar la forma de mejorar el sistema justicia para bien de todas y cada de las personas, porque no hay derechos sin deberes.
Por José Cabral
Este miércoles participé de una conciliación en la fiscalía del juzgado de paz de Santiago sobre una pensión alimenticia y el magistrado que condujo la misma expresó tantos contrasentidos jurídicos que cualquiera siente vergüenza ajena.
Entre los disparates jurídicos de este fiscalizador está que antes de que se iniciara la vista de conciliación, que se hizo a solicitud de un padre que propone el pago de un monto especifico y concreto de pensión alimenticia, el funcionario incitó a la madre citada a que presentada una denuncia en contra de éste en violación de los procedimientos establecidos al respecto.
Pero peor fue todo lo que dijo este señor, como por ejemplo sostener que cualquier poder de una de las partes que llegue a sus manos de antemano es cuestionado porque alega que allí se llevan muchos títulos auténticos de este tipo falsificados, lo cual me llevó a llamar a la atención a este funcionario porque las leyes establecen los procedimientos al respecto.
Los contrasentidos del magistrado no pararon e incluso llegó a decir que en términos de pensión o manutención los hermanos y otros familiares del padre son también responsables de suplir de alimentos al niño víctima de una situación de irresponsabilidad paternal, pese a que no era el caso de la especie, lo que también me llevó a recordarle que lo que decía era una violación al principio constitucional de que nadie es responsable por los hechos que cometen otros sin importar los vínculos de familiaridad, a menos de que se trate de un menor no emancipado.
Este fiscal llegó al colmo de violar la Constitución de la República cuando mandó a retirarse a todos aquellos abogados que él considera que tienen una edad que a su juicio deben darles paso a otros profesionales del derecho más jóvenes, lo que también representa una vulneración del artículo 39 la carta magna cuando dice que nadie debe ser discriminado por sexo, color, edad y preferencia sexual, entre otras cosas.
Este comportamiento del Ministerio Público no es de ahora, ya que se trata de una debilidad que arrastra desde hace décadas, porque la verdad es que nadie sabe de dónde saca el órgano a este tipo de personaje, quien además decía y reiteraba con la anuencia de algunos abogados presentes que un poder no tenía validez en la jurisdicción de niñas, niños y adolescentes por tratarse de una ley especial.
Yo he sido uno de los que se han quejado por la tolerancia con que el sistema trata la emisión de actos auténticos que no cumplen con las formalidades de ley y que representan una falsedad, no sólo material, sino también intelectual, pero el problema consiste en que es letra muerta lo que dispone la Ley 140-15 y el propio Código Civil Dominicano al respecto.
Regularmente los jueces no estatuyen sobre este tipo de delito, pero ello de ninguna manera justifica que un fiscal o fiscalizador ignore los procedimientos a seguir cuando sospeche que un título autentico es falso, porque no puede hacer como el personaje de este miércoles que actúa como si tuviera la competencia para emitir sentencias o desempañar funciones jurisdiccionales.
Y no se trata sólo de un abuso de poder, sino de una gran ignorancia que daña y lesiona gravemente la credibilidad de todo el sistema de justicia.
No obstante, no es mucho lo que se puede pedir al respecto, porque es un problema integral que sólo una transformación total del Estado podrá resolver.
Análisis Noticiosos
La figura de la inadmisibilidad como sustituta de la mora judicial.
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3 semanas agoon
mayo 6, 2026Por José Cabral
La Suprema Corte de Justicia (SCJ) mantiene una campaña para crear la percepción de que la mora judicial ha sido reducida a su más mínima expresión.
Sin embargo, cuando cualquier ciudadano se aboca a un análisis de fondo del problema, descubre que se trata de un truco para vender una percepción que no tiene nada que ver con la realidad.
La disminución de la mora judicial ha sido concebida sobre la base de la negación de la tutela judicial efectiva, el debido proceso y el derecho a la defensa, porque el arma usada para este fin es la figura de la inadmisibilidad.
Ello se puede observar con el llamado interés casacional, el cual se sustenta en un criterio subjetivo del derecho, pero que la figura puede ser utilizada para descongestionar el sistema de justicia sobre la base de decisiones que se apoyan en la inadmisiblidad.
Este mecanismo jurídico permite que se proyecte una eficiencia que no existe y que tampoco representa una solución a un problema que en vez de disminuir se complica.
Por lo que se ve, la SCJ utiliza un arma que no es válida para acabar un problema que desde cualquier perspectiva que se analice representa denegación de justicia.
Justicia tardía es, sin lugar a dudas, denegación de justicia, pero peor aún recurrir a una interpretación como el interés casacional para declarar inadmisibles una gran cantidad de casos y buscar descongestionar el sistema y en esas condiciones en el país no se puede hablar de una mejoría del Estado Social Democrático de Derecho.
Lo que se sí ocurre ahora con el recurso extraordinario de casación es un aumento preocupante de la figura de la inadmisibilidad, a los fines de proyectar lo que en la realidad no se produce, aunque ciertamente genera un descongestionamiento sobre una base ficticia y negadora de derechos.
En este aspecto sostengo que se reasume una percepción que ha hecho tanto daño a la democracia dominicana, cuya credibilidad ya parece irrecuperable.
La mora judicial es un fenómeno que abarca todo el sistema de justicia, desde los juzgados de paz hasta los tribunales de primera instancia y las cortes de apelación, pero naturalmente en el nivel que causa mucha mayor preocupación es en casación, cuya Ley 2-23 se ha convertido en un instrumento para ahora apoyarse en la inadmisibilidad para la denegación de justicia.
