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Irregularidades «graves» son encontradas en proceso de semáforos
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LA REDACCIÓN
SANTO DOMINGO.- Graves irregularidades fueron encontradas por la Dirección General de Contrataciones Públicas en el procedimiento utilizado para contratar un “servicio de modernización, ampliación, supervisión y gestión del Sistema Integral del Centro de Control de Tráfico y la Red Semafórica del Gran Santo Domingo”.
En un documento remitido a ALMOMENTO.NET la entidad gubernamental dice que entre las mismas figuran “indicios de falsificación de documentos, composición accionaria difusa” y “movimientos sospechosos de accionistas”.
Señala que ha decidido depositar ante el Ministerio Público los hallazgos encontrados, con la finalidad de que se investigue a la razón social Transcore Latam, SRL, y se identifique al beneficiario final de dicha empresa y su participación en actividades ilegales o fraudulentas relacionadas con la contratación.
Indica que tras agotar “un proceso de debida diligencia” este mismo lunes emitió dos resoluciones y un informe de cumplimiento que serán remitidos a las procuradurías General de la República y Especializada de la Persecución de la Corrupción “a fin de que se verifiquen las acciones ejecutadas por la razón social adjudicada que pudieran constituirse en indicios razonables de conductas de índole penal”.
La Dirección de Contrataciones destaca que, debido a las violaciones graves al debido proceso, ha declarado la nulidad “de pleno derecho” del primer “Informe Preliminar de Evaluación de Ofertas Técnicas”, y el “Informe Definitivo de Evaluación de Ofertas Técnicas”, lo que implica la nulidad del referido contrato.
Agrega que la decisión fue adoptada tras comprobarse que los actos administrativos emitidos por el Comité de Compras y Contrataciones del INTRANT, y que se fundamentan en los informes señalados, adolecen de los mismos vicios que afectan su validez.
“Por tanto, ningún acto relativo a la evaluación y adjudicación de la empresa Transcore Latam, S.R.L., emitido por el INTRANT puede surtir los efectos jurídicos pretendidos”, añade.
EL DOCUMENTO
El texto del documento de la DGCP es el siguiente:
«En el día de hoy informamos al país que esta Dirección General de Contrataciones Públicas, en el ejercicio de sus competencias como órgano rector de las contrataciones públicas, y sus facultades legales de conocer y decidir sobre las solicitudes de investigación que se suscitan en el sistema, concluyó el proceso de investigación de dos de las denuncias presentadas contra la licitación para la “contratación del servicio de modernización, ampliación, supervisión y gestión del Sistema Integral del Centro de Control de Tráfico y la Red Semafórica del Gran Santo Domingo”.
Sobre el particular, hemos encontrado graves irregularidades en la ejecución del procedimiento, tales como indicios de falsificación de documentos, composición accionaria difusa, movimientos sospechosos de accionistas, entre otros, que nos motivan a depositar ante el Ministerio Público los hallazgos encontrados, con la finalidad de que se investigue a la razón social Transcore Latam, SRL, a fin de que se identifique al beneficiario final de dicha empresa y su participación en actividades ilegales o fraudulentas relacionadas con la contratación.
En ese sentido, anunciamos que las dos resoluciones que se están emitiendo y notificando en el día de hoy, así como los hallazgos del informe de cumplimiento tras agotar un proceso de debida diligencia serán remitidos a la Procuraduría General de la República y de manera concreta, a la Procuraduría Especializada de la Persecución de la Corrupción, a fin de que se verifiquen las acciones ejecutadas por la razón social adjudicada que pudieran constituirse en indicios razonables de conductas de índole penal.
Producto de los hallazgos detectados en las investigaciones realizadas, hasta este momento, conjuntamente con la Unidad Antifraude de la Contraloría General de la República, el órgano rector estará agotando el procedimiento administrativo sancionador respecto de Transcore Latam, SRL, para determinar las consecuencias jurídicas, acordes con la naturaleza de las irregularidades y hechos que se mencionan en estas resoluciones.
Es importante destacar que, en atención a las violaciones graves al debido proceso, esta Dirección General declara la nulidad de pleno derecho del primer “Informe Preliminar de Evaluación de Ofertas Técnicas”, y el “Informe Definitivo de Evaluación de Ofertas Técnicas”, lo que implica la nulidad del referido contrato tras comprobarse que los actos administrativos emitidos por el Comité de Compras y Contrataciones del INTRANT, y que se fundamentan en los informes señalados, adolecen de los mismos vicios que afectan su validez; por tanto, ningún acto relativo a la evaluación y adjudicación de la empresa Transcore Latam, S.R.L., emitido por el INTRANT puede surtir los efectos jurídicos pretendidos.
Relación de los hechos
En atención a las alegaciones sobre la supuesta negativa del órgano rector de acompañar en calidad de veedor a la entidad contratante, quiero señalar que, debido al criterio de descentralización operativa del sistema de compras, establecido en el artículo 34 de la Ley 340-06, de Contrataciones Públicas, cada entidad es responsable de la gestión de sus procesos, desde la elaboración hasta la ejecución del contrato.
No obstante, me gustaría presentar una especie de cronología de los hechos que permitan ver los antecedentes y desarrollo del referido procedimiento, incluyendo nuestras actuaciones, en el marco de nuestras competencias.
El pasado 20 de febrero del 2023, el Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre publicó un procedimiento de Licitación Pública Nacional por un monto estimado de RD$1,200,000,000.00.
En fecha 14 de marzo del año en curso, a través de nuestro Sistema de Monitoreo Preventivo fueron enviadas a la Unidad de compras del INTRANT nuestras observaciones al procedimiento, producto de las cuales, el 28 de marzo, la entidad contratante publica una enmienda que modificaba el Pliego de Condiciones Específicas, tanto en el cronograma de actividades, como otros aspectos técnicos del procedimiento de contratación.
En fecha 11 de abril, presentaron sus ofertas los oferentes Transcore Latam, SRL y el Consorcio de Seguridad Sostenible, resultando adjudicatario el oferente Transcore Latam, SRL por el monto de RD$1,317,350,997.00. Sobre ese particular, la entidad contratante adjudicó por un monto mayor del que tenían previsto inicialmente para esta licitación, con lo cual estaría comprometiendo al Estado por encima de su disponibilidad, lo que podría acarrear responsabilidad penal y patrimonial para los funcionarios actuantes.
El 19 de junio se suscribe el contrato entre el INTRANT y TRANSCORE LATAM, SRL, y posteriormente, el 6 de julio del 2023 esta Dirección General notifica al INTRANT las denuncias presentadas por Transcore LP, Sistemas Integrados de Control, S.A. (SICTRANSCORE LATINOAMÉRICA), quienes alegaban que la razón social Transcore Latam, S.R.L, supuestamente había utilizado informaciones creadas de forma falsa o fraudulenta, o adulteradas de otras fuentes públicas disponibles, con el propósito de participar como oferentes en el procedimiento.
En dicha comunicación orientamos al INTRANT sobre el debido proceso para iniciar el procedimiento administrativo sancionador contra el proveedor Transcore Latam, S.R.L., en el entendido de que los hechos denunciados podrían dar cuenta de una infracción administrativa dentro del marco del procedimiento de contratación, que involucraría la eventual aplicación de la sanción de inhabilitación permanente contra el proveedor, en caso de determinarse la presentación de informaciones o documentos falsos o adulterados, en el marco de un procedimiento de contratación, lo cual se considera una infracción gravísima en materia de contrataciones públicas.
Al respecto, aun cuando en un ejercicio de buena administración y considerando el principio de coordinación y colaboración previsto en la Ley, esta Dirección General comunicó al INTRANT la denuncia presentada, pero al día de hoy, no hemos recibido ninguna contestación del INTRANT sobre el particular.
Ya para el 25 de octubre de 2023, la Dirección General de Contrataciones Públicas remite al INTRANT otra comunicación indicando que en vista de que no habían presentado ningún informe con relación a las denuncias que fueron comunicadas por el Órgano Rector el 6 de julio de 2023, conjuntamente con la Unidad Antifraude de la Contraloría General de la República, estaríamos llevando a cabo las investigaciones con todos los trámites que exige el debido proceso, a fin de verificar de oficio el cumplimiento o incumplimiento de causales de nulidad o anulabilidad en el régimen de contrataciones públicas, así como para determinar la responsabilidad de los funcionarios, servidores públicos y del propio adjudicatario en relación a los hechos denunciados.
Posteriormente, el 30 de octubre, mediante la Resolución RIC-156-2023 el órgano rector suspendió de oficio los efectos del referido contrato, como medida provisional para decidir el recurso jerárquico y las solicitudes de investigación presentadas contra dicha licitación.
Luego de analizar el procedimiento en cuestión, pudimos identificar que se cometieron varias irregularidades, entre ellas, contradicción en el pliego de condiciones, violación al debido proceso para emisión de enmiendas, un documento suscrito solo por el encargado del Departamento de Compras y Contrataciones de esa institución, y no por el Comité de Compras y Contrataciones, competente para modificar el pliego de condiciones, entre otras irregularidades citadas en las resoluciones RIC 164-2023 y RIC165-2023 disponibles en la sección Marco Legal de nuestro portal institucional.
Sobre la empresa adjudicataria, en el curso de la investigación y en el desarrollo del proceso de debida diligencia, la DGCP ha podido identificar un entramado societario con estructuras empresariales complejas, con signos de aparente utilización de mecanismos de creación de múltiples empresas a través de una única entidad o un solo beneficiario final. Este fenómeno apunta a prácticas que buscan deliberadamente ocultar la identidad de la persona o entidad que se beneficia finalmente de las operaciones, por lo que, como hemos dicho anteriormente, también estaremos remitiendo a la Procuraduría General de la República, el Informe de Cumplimiento elaborado, el cual documenta los hallazgos preliminares obtenidos hasta la fecha.
En ese sentido, la Dirección General de Contrataciones Públicas solicita al Ministerio Público iniciar una investigación sobre la razón social TRANSCORE LATAM, SRL, al identificar indicios de falsificación de documentos, estructura empresarial imprecisa, composición accionaria difusa, naturaleza inusual y precisa de los resultados de los índices calculados en cuanto a los estados financieros, movimientos de accionistas sospechoso, entre otras irregularidades.
Es importante precisar que la razón social Transcore Latam, SRL se encuentra inscrita en el Registro de Proveedor del Estado (RPE), desde el 17 de marzo del 2023 y que realizó una actualización en fecha 17 de julio de este mismo año. Conforme con el Registro Mercantil y las Actas de Asambleas presentados al momento de la inscripción en el RPE, se especifica como representante al señor Pedro Vinicio Padovani Báez. Asimismo, registra dos (2) accionistas, incluyendo al señor Padovani Báez, con un 90% de participación accionaria y al señor Jorg Brinkmeyer, con el 10% restante.
Asimismo, el Acta de Asamblea contempla una Declaración de Traspaso de Cuotas Sociales, indicando una cesión de 900 cuotas por parte de la Empresa Transcore LP, LLC, representada por el señor Jorg Brinkmeyer, a favor del señor Padovani Báez. Además, mediante la misma, se designa como Gerente General al señor Padovani Báez.
En el Registro Mercantil presentado como sustento de las credenciales en la Licitación Pública Nacional de referencia, no figura la cédula o pasaporte de los socios extranjeros, así como tampoco se presenta un comisario de cuentas.
El Acta de Asamblea que reposa en los documentos del proceso, evidencia una cesión de todas las cuotas sociales de la supuesta empresa Transcore LP, al señor Pedro Vinicio Padovani Báez, bajo la firma del señor Jorg Brinkmeyer, quien actúa como representante de la empresa Transcore, LP del cual no se presenta ninguna calidad para representar a la empresa mencionada.
En este proceso, fue encontrada dentro de la documentación societaria de la empresa adjudicataria TRANSCORE LATAM, un Acta de Gerencia fechada en julio de 2023, mediante la cual se incluyó como FIADOR SOLIDARIO E INDIVISIBLE a la empresa DEKOLOR, SRL., en una facilidad crediticia tomada por TRANSCORE LATAM con una entidad financiera, por el monto de RD$120 millones, como la gestionada para el proceso de contratación en cuestión. Cabe destacar que DEKOLOR no presentó ofertas en el proceso del INTRANT, ni por sí, ni a través de consorcio.
DEKOLOR, está relacionada al Sr. José Ángel Gómez Canaán (conocido como Jochi Gómez) y su empresa OML INVERSIONES, con quien ha compartido acciones junto a los extranjeros Sandra Oruña y Rogelio Oruña.
En adición a lo anterior, se verifican los registros de 3 empresas: SIC TRANSCORE DOMINICANA, TRANSCORE y TRANSCORE DOMINICANA por ante la Oficina Nacional de la Propiedad Industrial (Onapi), entre mayo y junio de 2022 con el nombre de José Ángel Gómez como Titular, todos con actividades comerciales y nombres afines a la contratación actual del INTRANT.
El registro de la empresa Transcore Latam, SRL en ONAPI, de fecha 9 de junio del 2022 fue realizado por el señor Julio César Martínez Lantigua, vinculado a la empresa Tiote Comercial, SRL, aunque, conforme se pudo verificar, este cedió sus acciones a los actuales socios de la empresa.
La creación de empresas con nombres y actividades comerciales similares ha sido identificada como una práctica preocupante durante nuestra investigación. Este fenómeno sugiere la posible intención de confundir o engañar, lo cual podría tener implicaciones serias en términos de transparencia, legalidad yo consecuencias penales.
Al constatarse las violaciones al debido proceso ya indicadas, procede que a los servidores y funcionarios que hayan participado en el procedimiento investigado, responsables de no ceñir su actuación a las normas del debido proceso administrativo, se les apliquen las sanciones que correspondan de acuerdo con las disposiciones establecidas en el párrafo I del artículo 65 de la Ley Núm. 340-06, y sus modificaciones, agotando el debido proceso disciplinario.
De nuestra parte, proseguiremos con el estudio y análisis de fondo de otra investigación y un recurso jerárquico también presentado contra dicha licitación, para eventualmente emitir las resoluciones que correspondan, así como el proceso sancionador a la empresa adjudicataria que, de confirmarse los hechos, pudiera ser inhabilitada de manera permanente en el Registro de Proveedores del Estado.
Para finalizar, queremos reiterar que continuaremos colaborando plenamente con las autoridades correspondientes durante el desarrollo de la investigación y que proporcionaremos toda la información necesaria para esclarecer los hechos en cuestión que favorezcan la adopción de decisiones bien informadas, apegadas al debido proceso y a los principios que informan la actividad de la administración.
13 de noviembre de 2023, Santo Domingo D.N»
Nacionales
Detectan 40 anomalías financieras por cientos de millones en la Apordom durante la gestión de Víctor Gómez Casanova
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38 mins agoon
febrero 18, 2026
Santo Domingo, R.D.-El Pleno de la Cámara de Cuentas de la República Dominicana (CCRD) presentó este martes los resultados de una auditoría especial realizada a la Autoridad Portuaria Dominicana (Apordom). El informe reveló numerosas irregularidades financieras y administrativas que impactaron negativamente en el manejo de miles de millones de pesos en el periodo del 2016 al 2021.
La auditoría efectuada a la gestión de Víctor Gómez Casanova como exdirector ejecutivo de la entidad, quien estuvo al frente de la entidad del 14 de septiembre de 2016 al 16 de agosto de 2020, expuso al menos 40 irregularidades financieras cruciales que comprometieron recursos públicos. La Cámara de Cuentas documentó estas anomalías en un informe pericial de 456 páginas.
Los investigadores habrían identificado que, durante el periodo fiscalizado, se realizaron pagos por un monto total de RD$ 51,047,482 a 42 supuestos asesores en nómina de la entidad. Sin embargo, se determinó que no existía evidencia documental que respaldara los procedimientos de selección correspondientes.
Durante el periodo auditado, los investigadores detectaron que se realizaron pagos por un total de RD$ 51,047,482 a 42 personas registradas como asesores en la nómina de la entidad. No obstante, la auditoría reveló que no se encontró evidencia documental que sustente los procedimientos de selección ni los criterios utilizados para la contratación de dichos asesores.
El informe también destaca la existencia de pagos realizados a trabajadores de jornales durante los meses de marzo, mayo y junio de 2016, por un monto total de RD$ 65,299,000. No obstante, dichos desembolsos no contaron con la documentación justificativa necesaria para respaldar las operaciones, lo que evidencia graves deficiencias en el control interno de la entidad, reza el documento de la CCRD.
El órgano de control externo determinó, además, que la Autoridad Portuaria Dominicana incluyó en sus nóminas a 178 empleados que, a pesar de estar registrados como trabajadores de esta institución, desempeñaban funciones en otras entidades gubernamentales. Según los documentos, entre agosto de 2016 y agosto de 2020, el monto destinado a salarios y beneficios de este personal ascendió a RD$ 50,741,453.
Durante el uso de las tarjetas, pagadas con recursos públicos, se identificaron transacciones relacionadas con gastos en hoteles, restaurantes, combustibles y otros conceptos, como compras en farmacias, hospitales, clubes y diversos comercios, según detalla el informe de la auditoría.
Asimismo, se detectaron consumos adicionales efectuados con tarjetas de crédito en dólares estadounidenses por un monto de US$ 153,806, equivalentes a RD$ 7,475,910. Que, al igual que los gastos en pesos dominicanos, estos pagos carecen de la documentación justificativa necesaria, según la auditoría.
En ese contexto, el informe señala diferencias significativas entre los pagos registrados en los estados bancarios y los reflejados en los estados de cuentas de las tarjetas de crédito, ascendiendo a un monto total de RD$ 2,635,257. Estas discrepancias fueron identificadas durante la fiscalización.
Por otra parte, los peritos detallan en su informe que, entre los años 2016 y 2021, se llevaron a cabo adquisiciones y recepción de bienes, obras y servicios por RD$ 18,137,876. Indican que estas operaciones no fueron incluidas en el Plan Anual de Compras y Contrataciones (PACC), lo que podría constituir una infracción a las disposiciones vigentes sobre la planificación y ejecución del gasto público.
El órgano superior destaca que no fueron publicadas en el portal institucional las nóminas correspondientes al programa de pensiones, ni los listados detallados de las remuneraciones por servicios prestados durante el periodo 2016-2021. Estas omisiones ascienden a un monto total acumulado de RD$ 389,866,445.
A continuación se presentan las 40 irregularidades identificadas por la Cámara de Cuentas en los estados financieros y contables de las autoridades portuarias de la República Dominicana.
1- Se reporta la desaparición de dos (2) vehículos de motor marca Hyundai, modelo Sonata 2010, adquiridos entre agosto 2016 y agosto 2020, propiedad de la institución, los cuales no fueron localizados ni tienen registros en la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).
2- Se identificaron nóminas electrónicas correspondientes al periodo 2016-2020 por un monto total de RD$ 291,738,493, las cuales no están registradas en el sistema.
3- Durante el periodo 2016-agosto 2020, se detectó la remuneración de 22 empleados por servicios prestados y fijos sin evidencia de contratos, nombramientos ni información en la base de datos de la entidad.
4 -Pagos realizados por servicios en el periodo 2016-2019, por un monto de RD$ 1,950,000, presentan firmas de recibido que no corresponden al destinatario y carecen de poderes especiales para su retiro. Además, se identificaron pagos por RD$1,267,500 sin copia de cédula de identidad para validarlos, sumando un total de RD$2,651,500.
5- Se emitieron cheques por servicios prestados entre noviembre 2016 y julio 2020 por un monto de RD$17,165,832, así como sueldos fijos por RD$ 7,262,454, que fueron retirados por personas distintas al beneficiario sin evidencia de autorización.
6- Durante el período noviembre 2016-julio 2020, se observaron cheques por un monto de RD$ 14,021,429, endosados por empleados de la entidad y personal externo.
7- Se identificaron debilidades en el control interno respecto a gastos de jornales en los meses de marzo, mayo y junio de 2016, por un monto de RD$ 65,299,000, sin documentos justificativos.
8- El control de asistencia del período 2016-2021 fue suministrado de manera incompleta, impidiendo llevar a cabo un análisis adecuado.
9- Los aportes a la cooperativa descontados a empleados durante el período 2016-2020, por un monto de RD$ 5,466,837, no fueron pagados oportunamente a dicha cooperativa.
10- Se detectó un atraso en el pago a la TSS por un monto de RD$ 42,910,509 correspondiente a los meses de mayo a agosto de 2020, lo que generó recargos e intereses por RD$ 7,674,652, los cuales fueron saldados el 8 de septiembre de 2020.
11- No se transparentaron en el portal institucional las nóminas de prepensión y listados de remuneraciones por servicios prestados entre 2016 y 2021, que suman un monto total de RD$ 389,866,445.
12 -Se realizaron transferencias de fondos al CESEP por un monto de RD$ 99,497,642 durante el período 2016-agosto 2020, sin contar con una reglamentación interna.
13- Se otorgaron compensaciones a empleados por uso de vehículos entre 2017 y agosto 2020, por un monto de RD$34,851,970, y RD$ 771,000 en el período agosto 2020-diciembre 2021, sin reglamentación interna.
14- Durante febrero, marzo, junio, julio, agosto y septiembre de 2016, se otorgaron retribuciones complementarias por un monto de RD$ 6,417,238 sin contar con una reglamentación interna.
15 -Se observó un ajuste no aplicado a los sueldos por pagar, por un monto de RD$ 23,953,291, correspondiente al período 2016-2020.
16- Se identificaron empleados militares nombrados como empleados fijos entre 2016 y 2020, con un costo total de RD$ 7,127,039.
17- Se emitieron sueldos con el código de asalariados, incluyendo uno duplicado, sin que el sistema de nómina contenga los nombres ni fechas de ingreso, por un monto de RD$ 483,620, en los años 2017 y 2018.
18- Se incluyeron 178 empleados en nóminas de otras entidades del Estado, lo que generó un desembolso de RD$ 50,741,453 entre agosto 2016 y agosto 2020.
19- Se detectó falta de gestión en el proceso de pensión de 60 empleados, lo que representa un monto acumulado de RD$ 82,601,247 durante el período auditado.
20- Se identificó que durante el período fiscalizado 2016-2020, se realizaron pagos por un monto total de RD$ 51,047,482 a asesores en nómina de la entidad, sin que existiera evidencia de los procedimientos de selección correspondientes.
21- En el período comprendido entre 2016 y 2021, se retuvo un monto inferior al debido del impuesto sobre la renta (ISR) a los asalariados, ascendiendo la diferencia a RD$ 1,986,293.
22- Durante los años 2018 y 2019, se realizaron retenciones del impuesto sobre la renta que no fueron pagadas, acumulando un monto pendiente de RD$ 6,007,903.
23-En los períodos 2016-2020, se detectaron errores en el cálculo de la Regalía Pascual (sueldo n.° 13), resultando en pagos inferiores por un monto de RD$ 752,029 y pagos superiores por un monto de RD$ 1,115,164, ambos fuera de lo establecido.
24- Se asignaron tarjetas de crédito corporativas para gastos de representación sin contar con una reglamentación interna que estableciera límites de consumo mensual, registrándose montos de RD$ 150,000 y US$ 10,000 durante los años 2016 a agosto de 2020.
25- Consumos realizados con tarjeta de crédito en pesos dominicanos (RD$) que no cuentan con facturas ni vouchers de los gastos de representación, ascendiendo a un monto total de RD$ 10,413,970, correspondientes al período 2016-2020.
26- Consumos efectuados con tarjeta de crédito en dólares estadounidenses (USD) sin facturas ni vouchers de los gastos de representación, por un monto de US$ 153,806, equivalente a RD$ 7,475,910, correspondientes al período 2016-agosto 2020.
27- Diferencias detectadas entre los pagos reflejados en los estados bancarios y los estados de cuentas de las tarjetas de crédito, por un monto de RD$ 2,635,257, dentro del período auditado 2016-2020.
28- Discrepancias en los estados bancarios durante el período 2016-2020, por un monto total de RD$ (107,566).
29- Adquisición y recepción de bienes, obras y servicios por un valor de RD$ 18,137,876, sin estar contemplados en el Plan Anual de Compras (PACC), correspondientes a los años 2016-2021.
30- Adquisiciones de bienes por un total de RD$ 52,906,996 y servicios por RD$28,168,689, registrados sin evidencia de haber seguido los procedimientos requeridos, durante el período 2016-2020.
31- Pagos realizados por facturación superior al monto contratado, por un total de RD$ 1,948,047, sin evidencia de autorización ni adenda para aumentar el arrendamiento de equipos de impresión, correspondientes a los años 2018 y 2019.
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Camacho garantiza ofensiva legal contra fraudes inmobiliarios en áreas protegidas
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41 mins agoon
febrero 18, 2026
Santo Domingo, R.D.-El titular de la Dirección General de Persecución del Ministerio Público, Wilson Camacho, aseguró que la ciudadanía puede tener plena confianza en que se realizará una investigación «exhaustiva e inmediata» sobre las ocupaciones ilegales y los posibles fraudes inmobiliarios que afectan el patrimonio natural de la República Dominicana.»
Consideró que este enfoque implica un cambio estructural, ya que los delitos ecológicos serán tratados con la misma rigurosidad que el crimen organizado, debido a su impacto lesivo y, muchas veces, irreversible para el tejido social.
Estas acciones responden a una instrucción directa de la procuradora general adjunta, Yeni Berenice Reynoso, orientada a blindar las reservas ecológicas del país frente a estructuras criminales.
Para garantizar la eficacia de las pesquisas y desarticular posibles redes de corrupción, se ha conformado un equipo de alto nivel integrado por Mirna Ortiz, titular de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca) y Francisco Contreras, de la Procuraduría Especializada para la Defensa del Medio Ambiente y los Recursos Naturales (Proedemaren).
También Ramona Nova, de la Procuraduría Especializada Anti-Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo; Ana Burgos, responsable de la Unidad de Investigación Inmobiliaria y Gedeón Platón Bautista Liriano, abogado del Estado ante la Jurisdicción Inmobiliaria del Departamento Central.
La instrucción emitida por Reynoso establece que el equipo debe auditar todos los actos jurídicos, administrativos y transacciones que hayan derivado en la emisión de títulos de propiedad privados dentro de terrenos protegidos.
El objetivo central es identificar la existencia de entramados criminales, casos de prevaricación y falsificación de documentos que hayan facilitado que particulares se apoderen del patrimonio público de forma fraudulenta.
Al respecto, la Procuradora General afirmó que la conservación de estos ecosistemas asegura la permanencia de los servicios ambientales y económicos para las presentes y futuras generaciones.
Esta medida forma parte de una estrategia para fortalecer la persecución de delitos ambientales que impactan la seguridad hídrica y las actividades productivas del país.
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Miércoles de Ceniza 2026: el inicio del camino hacia la Semana Santa
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47 mins agoon
febrero 18, 2026
Santo Domingo, R.D.-Este 18 de febrero se celebra el Miércoles de Ceniza, fecha que marca el inicio de la Cuaresma dentro del calendario cristiano y abre el período de preparación espiritual rumbo a la Semana Santa y la Pascua de Resurrección.
La jornada simboliza un tiempo de reflexión, arrepentimiento y conversión para millones de fieles alrededor del mundo. Durante este día, los creyentes son invitados a reconocer la fragilidad humana y renovar su compromiso espiritual mediante la oración, el ayuno y la penitencia.
¿Por qué se coloca ceniza en la frente?
Una de las tradiciones más representativas del Miércoles de Ceniza es la imposición de una cruz de ceniza en la frente de los fieles durante la eucaristía. El sacerdote pronuncia frases como: “Recuerda que polvo eres y en polvo te convertirás” o “Arrepiéntete y cree en el Evangelio”, recordando el carácter pasajero de la vida y la importancia de la conversión espiritual.
Ayuno y abstinencia durante la Cuaresma
La Iglesia Católica establece que los fieles entre 18 y 60 años practiquen ayuno durante esta jornada, realizando solo una comida fuerte al día. Además, inicia la abstinencia de carne todos los viernes de Cuaresma para los mayores de 14 años.
Un origen que se remonta a los primeros siglos
El origen del Miércoles de Ceniza se remonta al siglo IV, cuando la Iglesia organizó el período cuaresmal como preparación previa a la Pascua. Con el paso de los siglos, el ayuno y los actos penitenciales se consolidaron como pilares de esta tradición.
La práctica de usar cenizas tiene raíces aún más antiguas, vinculadas a costumbres hebreas en las que las personas se cubrían con ceniza como signo de arrepentimiento y búsqueda espiritual.
De esta manera, el Miércoles de Ceniza marca el inicio de 40 días de reflexión que culminan con una de las celebraciones más importantes del cristianismo: la Semana Santa.
