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Ley sanciona uso de fondos públicos en campaña con penas de prisión y multas

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Santo Domingo, R.D.-Multas consistentes en pago de salarios mínimos y penas de prisión son las sanciones que pueden imponer la Junta Central Electoral (JCE) y los tribunales penales por la comisión de infracciones electorales y faltas administrativas durante los procesos electorales, entre ellas el uso de recursos públicos durante la campaña electoral.

Luego que el Pleno de la JCE emitió la proclama que oficializa la campaña de las elecciones municipales del 18 de febrero del 2024, el pasado 4 de diciembre de 2023, se inició una etapa que impone deberes, obligaciones y prohibiciones, tanto a los partidos, militantes, candidatos y votantes en sentido general.

La ley 20-23, orgánica de régimen electoral, contiene un régimen de sanciones administrativas y penales por incurrir en faltas, en infracciones o delitos electorales, y violaciones a los actos prohibidos legalmente.

Recientemente han surgido denuncias de vulneraciones legales, por presuntamente incurrirse en actos que están vedados en el período de la campaña electoral. Y se ha reclamado la intervención de la JCE, como órgano rector de los procesos electorales, que está facultada por la ley electoral para dictar medidas cautelares.

Los cuestionamientos más recientes conciernen a violación sobre el uso de los recursos y bienes públicos durante la campaña electoral. Específicamente, el opositor Partido Fuerza del Pueblo se ha referido a un video que circula en las redes sociales, en el que se observan vehículos con distintivos del oficialista Partido Revolucionario Moderno (PRM) saliendo de un recinto militar.

En el ámbito administrativo, la ley electoral da potestad a la Junta para imponer sanciones de carácter monetario, ante faltas cometidas, otorgándole competencia para elaborar un reglamento con un procedimiento sancionador, el cual ya dictó en base al artículo 307 de la ley 20-23.

Incluye el uso en campaña política de los bienes y recursos públicos por parte de candidatos (as) que mantengan una relación estatutaria con la administración y que se prevalezcan de esa condición con fines de beneficiarse en el aspecto político.

En ese reglamento, del 3 de mayo de 2023, el Pleno de la JCE puso en funcionamiento una unidad de atención, seguimiento y mecanismos de ejecución de las sanciones y medidas cautelares que le facultan imponer las leyes 20-23 y 33-18. Además, establece, en el artículo 14, que la JCE podrá accionar, aún de oficio y en ausencia de un apoderamiento de parte, en los casos que ameriten una medida cautelar.

PENALIDADES QUE SE PUEDEN ESTABLECER

En el aspecto penal, la ley fija penas de uno a tres años de prisión para los funcionarios que en el ejercicio de sus funciones utilicen fondos públicos para beneficiar a alguna organización política.

Igual pena reserva la legislación para los representantes de las organizaciones políticas o personas físicas o jurídicas que se apropien indebidamente de los recursos partidarios, destinándolos a un uso distinto al que establece la ley y las instancias de dirección colegiada de las entidades políticas.

Esos son algunos de los delitos electorales que corresponde conocer a los tribunales penales. Antes, era competencia del Tribunal Superior Electoral (TSE), pero le fue quitada por jurisprudencia del Tribunal Constitucional. Luego, aplicando el precedente constitucional, en la nueva ley electoral, se establece expresamente la competencia de la jurisdicción penal.

EL CASO DE LOS MILITARES Y POLICÍAS

Las restricciones legales se extienden a los militares y policías, a los cuales la Constitución y la ley les prohíben ejercer proselitismo político y el derecho al sufragio.

“En atención a las disposiciones constitucionales y legales vigentes, a todo miembro activo de las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional, los funcionarios y empleados de los organismos electorales les está prohibido difundir propaganda electoral o llevar a cabo otras actividades propias de la campaña electoral.”, dispone el artículo 167 de la ley 20-23.

Por igual, en el artículo 233, prohíbe “la aglomeración de tropas y toda ostentación de Fuerzas Armadas durante el día de la elección.”

OTROS ACTOS PROHIBIDOS

En el párrafo IV del artículo 210, la ley prohíbe los actos de inauguración de obras públicas por parte del gobierno central y de las alcaldías desde un período de 40 días antes de las elecciones del nivel municipal y de 60 días de los comicios del nivel presidencial. Esto significa, que ni los ayuntamientos ni las instituciones estatales podrán inaugurar obras durante ese período.

En base a esa disposición legal, la JCE estableció en el calendario electoral el inicio de esa veda el 9 de enero, para las elecciones municipales, y el 20 de marzo para las presidenciales y congresuales.

La ley dispone sanciones administrativas por la comisión de otros actos ilegales. Está la prohibición de promociones de candidatos en actos públicos realizados por entidades estatales; la realización de marchas, mítines o cualquier otra manifestación alrededor de esos actos; la publicidad en los actos de gobierno y de los cabildos que inciten a votar por un determinado candidato, y la utilización de las entidades u órganos del Estado para esos fines.

Dispone que los funcionarios públicos que administran recursos del Estado, no podrán hacer uso de las áreas físicas y espacios, así como de los instrumentos, equipos, materiales y personal que pertenecen a la institución u órgano del Estado a la cual prestan su servicio.

Sin embargo, la ley excluye los programas de asistencia social, ayuda comunitaria o de servicios públicos habituales, pero prohíbe que sea aumentado el monto y el número de beneficiarios.

Hay otras prohibiciones que conciernen a la colocación de propaganda política en lugares públicos, y en vehículos propiedad del Estado, de organismos autónomos, empresas estatales o de ayuntamientos.

El Pleno de la JCE estableció en la proclama que durante el período de campaña electoral, las organizaciones políticas podrán ejercer libremente los derechos consagrados en la ley que les rige, y a su vez, preservar el régimen de deberes, obligaciones y prohibiciones de dicha legislación, al igual que de las disposiciones que dicta el órgano de administración electoral.

GASTOS DURANTE LA CAMPAÑA

La ley sanciona también el exceso del tope de gastos de campaña que pueden incurrir los partidos y los candidatos, cuando sobrepase del 5 por ciento del tope permitido. La sanción que faculta imponer a la JCE en ese caso es una multa equivalente al tripe del monto excedido.

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Abinader es felicitado por presidente de Honduras por organización de Santo Domingo 2026

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Nasry Asfura, presidente de Honduras, felicitó a su homólogo dominicano, Luis Abinader, por la organización de los XXV Juegos Centroamericanos y del Caribe Santo Domingo 2026, que concluyen este sábado en la capital dominicana.

Durante un encuentro celebrado en Cali, Colombia, Asfura explicó que dirigentes deportivos hondureños que participan en los Juegos le manifestaron estar gratamente impresionados con la organización, las instalaciones deportivas, la villa destinada a los atletas y el trato recibido.

Ambos gobernantes se reunieron en un hotel de la ciudad colombiana, donde asistieron a la toma de posesión del presidente Abelardo de la Espriella.

Presidente de Honduras felicita a Abinader por organización de Santo Domingo 2026

Durante la conversación, el mandatario hondureño solicitó el respaldo y la colaboración de República Dominicana para organizar los próximos Juegos Centroamericanos y del Caribe, previstos para celebrarse en Honduras en 2029.

Asfura afirmó que Santo Domingo 2026 ha representado un ejemplo para la región por la calidad organizativa de un evento que reúne a más de 6,200 atletas y representantes de organizaciones deportivas.

Abinader prometió compartir la experiencia dominicana en todo lo relacionado con la organización y el montaje de la competencia.

Asimismo, puso en contacto al mandatario hondureño con el presidente de Centro Caribe Sports, Luisín Mejía, para iniciar un proceso de colaboración con las autoridades deportivas de Honduras.

En otra parte del encuentro, el presidente dominicano invitó a Asfura a visitar República Dominicana para continuar profundizando las relaciones comerciales, empresariales y culturales entre ambos países. La fecha de la visita será informada posteriormente.

En la reunión participaron también los cancilleres Roberto Álvarez, de República Dominicana, y Mireya Agüero, de Honduras, así como Jaqueline Foglia Sandoval, embajadora hondureña en Colombia, y Félix Aracena, embajador dominicano en ese país.

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Jueces reprograman para el 23 septiembre lectura íntegra de sentencia contra Adán Cáceres y coimputados

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Santo Domingo, R.D.-La lectura integra de la sentencia número 249-02-2026 SSEN-00040 fue reprogramada para el 23 de septiembre a las dos de la tarde por el Primer Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, la cual condena a Adam Caceres Silvestre y Juan  Carlos Torres Robipu, acusados de corrupción y lavado de activos.

La decisión, contenida en el Auto núm. 249-02-2026-TFIJ-00052, busca concluir adecuadamente la redacción y revisión de la decisión motivada correspondiente al proceso núm. 062-2022-EPEN-00201, tras ponderar la complejidad del proceso y la amplitud del debate del juicio oral que se extendió por aproximadamente 658 días calendario.

En el proceso fueron juzgados 36 acusados, de los cuales 29 son personas físicas y 7 personas jurídicas, además de la participación de 18 intervinientes voluntarios.

El órgano jurisdiccional destacó que la explicación oral ofrecida al momento de pronunciar el dispositivo de la sentencia tuvo una duración aproximada de 11 horas, mientras que la parte dispositiva comprende 41 ordinales distribuidos en 88 páginas.

Aunque el tribunal informó que ha mantenido un trabajo constante en la redacción de la sentencia desde la emisión del dispositivo, indicó que aún restan aspectos cuya fundamentación demanda un análisis detallado.

La decisión también enfatiza que la motivación de las sentencias constituye una garantía esencial del debido proceso y de la tutela judicial efectiva.

Al evaluar el cronograma procesal, el tribunal explicó que el plazo legal para la redacción de la sentencia concluía el 8 de septiembre de 2026. Sin embargo, consideró razonable otorgar una extensión adicional de 10 días hábiles, fijando la lectura íntegra para el 23 de septiembre de 2026.

Finalmente, el tribunal ordenó la notificación de esta decisión a todas las partes involucradas y reiteró que la lectura íntegra de la sentencia constituye el acto formal de notificación previsto por la normativa procesal penal.

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En región de Enriquillo Policía ocupa 109 armas fuego y drogas.

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BARAHONA.- Ciento nueve armas de fuego de diferentes marcas y calibres, además de municiones, drogas y objetos vinculados a actividades delictivas en las provincias de la region  de Enriquillo, fueron  ocupados por la Dirección Regional Sur de la Policía Nacional.

Las autoridades indicaron que, como resultado de las labores de prevención, inteligencia e investigación, decenas de personas han sido apresadas en flagrante delito por su presunta vinculación con distintas infracciones.

Entre las armas ocupadas figuran ocho de alto calibre, incluidos cuatro fusiles, lo que, según la institución, representa un golpe a la circulación ilegal de armamentos y contribuye a reducir los riesgos asociados a hechos violentos en la zona.

La Policía informó que demás de las armas de fuego, durante operativos preventivos realizados desde el 21 de febrero hasta la fecha, también fueron incautadas sustancias narcóticas, armas cortopunzantes, balanzas, dinero en efectivo y otros artículos relacionados con actividades ilícitas.

La Policía atribuyó los resultados a las acciones estratégicas desplegadas por la Dirección Regional Sur en coordinación con sus departamentos operativos e investigativos, como parte de las medidas dirigidas a fortalecer la seguridad ciudadana y prevenir delitos.

La institución aseguró que continuará ejecutando operativos focalizados y acciones conjuntas con el Ministerio Público y otros organismos de seguridad del Estado para combatir el porte ilegal de armas, el microtráfico de drogas y otras manifestaciones delictivas que afectan a las comunidades de la región Enriquillo.

Asimismo, exhortó a los ciudadanos a colaborar con las autoridades mediante denuncias oportunas y garantizó la confidencialidad de las informaciones suministradas, como parte del esfuerzo para preservar el orden, la paz y la seguridad en la zona.

an/am

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