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Crece temor a poderes otorga nueva Ley 1-24 a la DNI

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Santo Domingo, R.D.-La promulgación de la Ley 1-24 que regula la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI) ha levantado una ola de preocupación de amplios sectores que consideran que las nuevas competencias del organismo, cercenan derechos fundamentales y coartan la libertad.

Entre quienes han salido al frente del Artículo 11 que obligaría a instituciones privadas o personas físicas a entregar toda información que requiera la DNI, con riesgo de prisión ante su negativa, están el obispo de La Altagracia, Jesús Castro Marte; el director ejecutivo de Finjus, Servio Tulio Castaños y los juristas Nassef Perdomo y Eduardo Jorge Prats.

“No podemos retroceder en conquistas ya logradas.”, advirtió monseñor Castro marte, al reaccionar sobre la posición de la Sociedad de Diarios, que percibe ambigüedades en los artículos 9, 11 y 26 de la nueva legislación y posibles impactos en el ámbito de la libertad de prensa, el derecho a la privacidad y el secreto profesional.

“La Sociedad Dominicana de Diarios advirtió sobre el peligro contra la libertad de prensa en los artículos 9, 11 y 26 de la recién publicada ley que crea la Dirección Nacional de Inteligencia. Hay que poner atención al caso”, sostuvo el prelado.

FINJUS

El vicepresidente de la Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus), Servio Tulio Castaños, dijo que la ley contiene aspectos que pudieran prestarse para interpretaciones diversas.

“Es verdad lo que dice la Sociedad Dominicana de Diarios, en cierta parte la ley es ambigua, confusa, eso va a traer como consecuencia que va a tener diferentes interpretaciones, ese es el tema”, expresó.

Dijo que la redacción original del artículo 11 no era la aprobada en la ley, aunque consideró que ese texto en parte se salvó en lo concerniente al derecho a la intimidad y al honor.

Manifestó que la SDD también tiene razón en cuanto a proteger las fuentes y que hay decisiones del Tribunal Constitucional que van en esa dirección.

Señaló que en base a una disposición del artículo 9, se pudiese interpretar que se pueden hacer interceptaciones telefónicas sin la orden de un juez.

NASSEF PERDOMO

En un artículo de opinión publicado ayer por el periódico El Día, el abogado Nassef Perdomo Cordero planteó que el artículo 11 es preocupante porque obliga a instituciones privadas o personas físicas a entregar toda información que requiera la DNI, “sin establecer claramente la obligación de la DNI de obtener una orden judicial que la autorice para ello”.

“La ley abre la puerta para que la DNI se considere con el derecho de exigir a los ciudadanos dominicanos convertirse en informantes sobre los demás, bajo amenaza de prisión”, apunta el jurista.

Con esta ley, sostiene Perdomo Cordero, “la simple voluntad de algunos funcionarios puede servir para obligarnos a convertirnos en oídos y ojos del Estado y a estar dispuestos a denunciar cualquier real o presunta desviación”, lo que definió como “la antítesis de una sociedad democrática”.

JORGE PRATS

Ayer, el doctor Eduardo Jorge Prats, experto en derecho constitucional, “Las leyes establecen informaciones de carácter privado, reservado, privilegiado o confidencial en el ámbito del secreto bancario, el secreto profesional, la confidencialidad de las fuentes periodísticas, los secretos de negocios o industriales y la reserva de información de la Administración Monetaria y Financiera, que exoneran a quienes poseen esta información del deber de entregar esta información a la DNI”, declaró Jorge Prats.

Manifestó que no se debe confundir la investigación de los delitos a cargo de los poderes públicos, con la actividad de inteligencia de la DNI, la que no debe indagar actos delictivos, ni siquiera sobre la base de una posible conculcación del ordenamiento jurídico.

Advirtió que si la DNI detecta la comisión de un delito en el curso de sus investigaciones, no debe intervenir ni detener a una persona, sino ponerlo en conocimiento del ministerio público y de la Policía, que tienen ámbitos constitucionalmente reservados para la investigación penal.

OBSERVACIONES DE ABA

Mientras, la Asociación de Bancos Múltiples de la República Dominicana (ABA) mostró satisfacción, debido a que las observaciones que presentó inicialmente la entidad fueron acogidas favorablemente, específicamente en lo concerniente al artículo 11, párrafo IV de la Ley.

“Nos place informarle que las observaciones presentadas inicialmente por esta Asociación de Bancos, específicamente al artículo 11, párrafo IV, de la Ley que crea la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI), fueron acogidas favorablemente por los legisladores y han quedado satisfechas con la redacción de la citada pieza legislativa, referente a la entrega de las informaciones a la Dirección Nacional de Inteligencia que se hará con las limitaciones y observaciones establecidas en la Constitución de la República y las leyes sectoriales.” Señaló la asociación de bancos en un comunicado.

Precisó que en el caso del sector financiero, incluyendo la banca múltiple que representa la ABA, las informaciones se suministran vía la Superintendencia de Bancos y la Unidad de Análisis Financiero (UAF). Agregó que esas entidades deben velar por su protección, resguardo integral y buen uso, conforme lo establecido por la Ley 183-02 Monetaria y Financiera y la Ley 155-17 de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo.

ARTÍCULO CONTROVERSIAL

Entre los artículos cuestionados de la nueva ley figura el 11, que establece que “Todas las dependencias del Estado, instituciones privadas o personas físicas, sin perjuicio de las formalidades legales para la protección y garantía del derecho a la intimidad y el honor personal, estarán obligadas a entregar a la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI) todas las informaciones que ésta requiera sobre las cuales se tengan datos o conocimiento, relativas a las atribuciones señaladas en el artículo 9 de esta ley, para el cumplimiento de sus funciones de inteligencia y contrainteligencia, a los fines de salvaguardar la seguridad nacional”.

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Empresa chilena dice que Rep. Dominicana figura entre países mejores posicionados de AL

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Por Jhonny Trinidad

SANTO DOMINGO.- La Corporación Latinobarómetro con sede en Santiago de Chile ubicó a la República Dominicana entre los países mejores posicionados de Latinoamérica.

Sobresalió como una de las naciones con mayor bienestar en su población.

84 % de 19,214 dominicanos entrevistos entre el 23 de agosto y el 9 de septiembre manifestó satisfacción con su estilo de vida, lo que coloca a su país entre las naciones más optimistas de la región, junto a México y Brasil, que registran entre 82 % y 84 %, respectivamente.

Solo Costa Rica, Uruguay, Guatemala y El Salvador superan esos niveles, alcanzando entre 89 % y 85 %.

Argentina obtuvo un 79 %, Chile, Perú, Honduras, Venezuela y Ecuador, consiguieron índices de entre 71 % y 77 %. Bolivia ocupa el último lugar con solo un 55 % de satisfacción.

72 % de la población de El Salvador percibe que su país está avanzando, al igual que el 50 % de los dominicanos, mexicanos, uruguayos y panameños.

Las cifras más bajas en esta categoría son atribuidas a Bolivia (5 %), Perú (11 %), Honduras (12 %) y Ecuador (13 %).

Según el informe, el 71 % de los dominicanos considera que su familia ha mejorado en los últimos 10 años, ubicando a República Dominicana entre los líderes regionales en este indicador, junto a Costa Rica (73 %).

El 68 % de los dominicanos también aprueba el desempeño de su gobierno, igual que el 87 % de los slavadoreños, 80 % de los panameños y el 75 % de los mexicanos.

Los presidentes más populares, según el estudio, son los de El Salvador (74 %), México (67%), Panamá (62%) y República Dominicana (60%).

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El marbete ya ha sido renovado por más de 600,000 conductores.

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Santo Domingo, R.D.-Desde el inicio del proceso de renovación del marbete desde el pasado 22 de octubre hasta este lunes 23 de diciembre, unos  627,885 conductores han renovado el Impuesto de Circulación Vehicular (marbete) para el periodo 2024-2025.

Este registro es evidenciado por las contabilizaciones que elabora la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), las cuales indican que este servicio es dirigido a 1,893,024 vehículos hábiles.
Por el pago de este tributo gubernamental, realizado por los conductores dominicanos, la DGII ha recaudado unos RD$1,070,088,000 por medio de diferentes vías.
La mayoría de los pagos se han realizado vía internet, con 601,797 pagos; luego a través de las estafetas del órgano fiscalizador ubicadas en el interior, que fueron utilizadas por 26,088 ciudadanos.
Los puntos DGII son los únicos establecimientos colocados en las provincias del interior que permanecerán en funcionamiento para permitir la renovación presencial, hasta tanto finalice el asueto navideño.

Los ciudadanos, que tienen hasta el 31 de enero del año entrante para cumplir con este requisito, disponen de 49 entidades financieras, con 859 sucursales distribuidas en toda la geografía nacional.

Quienes no renueven este el marbete antes de la fecha fijada deberán pagar un recargo de RD$2,000; de acuerdo con el monto dictado por el órgano gubernamental.

Mientras que para los vehículos que no renovaron en el marbete 2022-2023 y años anteriores son RD$3,000.00 por concepto de sanción por no renovación, más RD$100.00 por concepto de cesación administrativa.

Costo del impuesto

La DGII dijo que los valores del Impuesto de Circulación Vehicular (marbete) permanecen invariables con relación al periodo anterior. Es decir, que para los vehículos fabricados hasta el año 2019 el monto es de RD$1,500.00. Para los vehículos fabricados del año 2020 en adelante son RD$3,000.00.

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Dominicano extraditado desde Colombia recibe 18 meses de prisión.

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Santo Domingo, R.D.-El juez coordinador de los juzgados de la Instrucción del Distrito Judicial de Santiago, magistrado José Rafael D’ Asís Burgos, impuso 18 meses de prisión preventiva contra otra persona vinculada al caso Falcón, relacionado con narcotráfico y lavado de activos.

El tribunal también declaró el caso de tramitación compleja contra el imputado Joel Sosa Polanco.

Jonathan Tavárez, representante legal del imputado, dice que el único delito que ha cometido su cliente es ser pariente del presunto cabecilla de la supuesta estructura.

«Ese es el único dato relevante que tiene la investigación del Ministerio Público«, sostiene el jurista.

Sosa Polanco fue extraditado a la República Dominicana desde Colombia, donde fue detenido junto a Erick Randhiel Mosquea Polanco, señalado como cabecilla de la supuesta estructura.

La acusación establece también que la red se dedicaba al patrocinio ilegal de campañas políticas para agenciarse protección e inmunidad.

El Quinto Juzgado de la Instrucción del distrito judicial de Santiago está apoderado de la acusación presentada por el Ministerio Público en octubre del 2022 y que involucra a 31 personas físicas y 39 morales.

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