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Crece temor a poderes otorga nueva Ley 1-24 a la DNI

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Santo Domingo, R.D.-La promulgación de la Ley 1-24 que regula la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI) ha levantado una ola de preocupación de amplios sectores que consideran que las nuevas competencias del organismo, cercenan derechos fundamentales y coartan la libertad.

Entre quienes han salido al frente del Artículo 11 que obligaría a instituciones privadas o personas físicas a entregar toda información que requiera la DNI, con riesgo de prisión ante su negativa, están el obispo de La Altagracia, Jesús Castro Marte; el director ejecutivo de Finjus, Servio Tulio Castaños y los juristas Nassef Perdomo y Eduardo Jorge Prats.

“No podemos retroceder en conquistas ya logradas.”, advirtió monseñor Castro marte, al reaccionar sobre la posición de la Sociedad de Diarios, que percibe ambigüedades en los artículos 9, 11 y 26 de la nueva legislación y posibles impactos en el ámbito de la libertad de prensa, el derecho a la privacidad y el secreto profesional.

“La Sociedad Dominicana de Diarios advirtió sobre el peligro contra la libertad de prensa en los artículos 9, 11 y 26 de la recién publicada ley que crea la Dirección Nacional de Inteligencia. Hay que poner atención al caso”, sostuvo el prelado.

FINJUS

El vicepresidente de la Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus), Servio Tulio Castaños, dijo que la ley contiene aspectos que pudieran prestarse para interpretaciones diversas.

“Es verdad lo que dice la Sociedad Dominicana de Diarios, en cierta parte la ley es ambigua, confusa, eso va a traer como consecuencia que va a tener diferentes interpretaciones, ese es el tema”, expresó.

Dijo que la redacción original del artículo 11 no era la aprobada en la ley, aunque consideró que ese texto en parte se salvó en lo concerniente al derecho a la intimidad y al honor.

Manifestó que la SDD también tiene razón en cuanto a proteger las fuentes y que hay decisiones del Tribunal Constitucional que van en esa dirección.

Señaló que en base a una disposición del artículo 9, se pudiese interpretar que se pueden hacer interceptaciones telefónicas sin la orden de un juez.

NASSEF PERDOMO

En un artículo de opinión publicado ayer por el periódico El Día, el abogado Nassef Perdomo Cordero planteó que el artículo 11 es preocupante porque obliga a instituciones privadas o personas físicas a entregar toda información que requiera la DNI, “sin establecer claramente la obligación de la DNI de obtener una orden judicial que la autorice para ello”.

“La ley abre la puerta para que la DNI se considere con el derecho de exigir a los ciudadanos dominicanos convertirse en informantes sobre los demás, bajo amenaza de prisión”, apunta el jurista.

Con esta ley, sostiene Perdomo Cordero, “la simple voluntad de algunos funcionarios puede servir para obligarnos a convertirnos en oídos y ojos del Estado y a estar dispuestos a denunciar cualquier real o presunta desviación”, lo que definió como “la antítesis de una sociedad democrática”.

JORGE PRATS

Ayer, el doctor Eduardo Jorge Prats, experto en derecho constitucional, “Las leyes establecen informaciones de carácter privado, reservado, privilegiado o confidencial en el ámbito del secreto bancario, el secreto profesional, la confidencialidad de las fuentes periodísticas, los secretos de negocios o industriales y la reserva de información de la Administración Monetaria y Financiera, que exoneran a quienes poseen esta información del deber de entregar esta información a la DNI”, declaró Jorge Prats.

Manifestó que no se debe confundir la investigación de los delitos a cargo de los poderes públicos, con la actividad de inteligencia de la DNI, la que no debe indagar actos delictivos, ni siquiera sobre la base de una posible conculcación del ordenamiento jurídico.

Advirtió que si la DNI detecta la comisión de un delito en el curso de sus investigaciones, no debe intervenir ni detener a una persona, sino ponerlo en conocimiento del ministerio público y de la Policía, que tienen ámbitos constitucionalmente reservados para la investigación penal.

OBSERVACIONES DE ABA

Mientras, la Asociación de Bancos Múltiples de la República Dominicana (ABA) mostró satisfacción, debido a que las observaciones que presentó inicialmente la entidad fueron acogidas favorablemente, específicamente en lo concerniente al artículo 11, párrafo IV de la Ley.

“Nos place informarle que las observaciones presentadas inicialmente por esta Asociación de Bancos, específicamente al artículo 11, párrafo IV, de la Ley que crea la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI), fueron acogidas favorablemente por los legisladores y han quedado satisfechas con la redacción de la citada pieza legislativa, referente a la entrega de las informaciones a la Dirección Nacional de Inteligencia que se hará con las limitaciones y observaciones establecidas en la Constitución de la República y las leyes sectoriales.” Señaló la asociación de bancos en un comunicado.

Precisó que en el caso del sector financiero, incluyendo la banca múltiple que representa la ABA, las informaciones se suministran vía la Superintendencia de Bancos y la Unidad de Análisis Financiero (UAF). Agregó que esas entidades deben velar por su protección, resguardo integral y buen uso, conforme lo establecido por la Ley 183-02 Monetaria y Financiera y la Ley 155-17 de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo.

ARTÍCULO CONTROVERSIAL

Entre los artículos cuestionados de la nueva ley figura el 11, que establece que “Todas las dependencias del Estado, instituciones privadas o personas físicas, sin perjuicio de las formalidades legales para la protección y garantía del derecho a la intimidad y el honor personal, estarán obligadas a entregar a la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI) todas las informaciones que ésta requiera sobre las cuales se tengan datos o conocimiento, relativas a las atribuciones señaladas en el artículo 9 de esta ley, para el cumplimiento de sus funciones de inteligencia y contrainteligencia, a los fines de salvaguardar la seguridad nacional”.

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Aumenta a 46 lista de acusados en la Operación Calamar

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Santo Domingo, R.D.-Wilson Camacho, titular de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), informó este viernes que ya son 46 las personas físicas y jurídicas acusadas en el expediente de corrupción Operación Calamar.

El expediente de 3,162 páginas fue depositado de manera formal el jueves e involucra a varios exministros de la pasada gestión de gobierno del expresidente Danilo Medina.

«Hay más de dos mil medios de prueba, que servirán para que se produzca una apertura a juicio y cuando se de ese juicio, nosotros vayamos a procurar las sanciones correspondientes.

Tras recibir el documento, la Coordinación de los Juzgados de Instrucción deberá determinar qué juzgado será apoderado en el caso.

En el expediente Calamar el Ministerio Público imputa a los exministros José Ramón Peralta (Administrativo 2012-2020), Donald Guerrero (Hacienda 2016-2020) y Gonzalo Castillo (Obras Públicas 2012-2020).

Además de los exministros Peralta y Guerrero se involucra en la supuesta estafa al Estado al excandidato presidencial del PLD, Castillo, a través de pagos irregulares por terrenos declarados de utilidad pública y por alegadamente sobornar a empresarios de la construcción para que financiaran la campaña del 2020.

El alegado fraude contra el Estado también involucra al exdirector del CEA, Luis Miguel Piccirilo; a Aldo Antonio Gerbasi Fernández, exfuncionario de la Dirección de Reconocimiento de Deuda Pública de Hacienda, y el exencargado de Juegos de Azar de Hacienda, Julián Omar Fernández Figueroa.

Asimismo, se cita en el expediente al exdirector de Catastro Nacional, Claudio Silver Peña; Alejandro Constanzo Sosa, Marcial Reyes, Óscar Chalas Guerrero, Agustín Mejía y Víctor Matías.

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Siete expedientes contra Ley del DNI conoce Tribunal constitucional.

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Santo Domingo, R.D.-Siete expedientes conoció este viernes el Tribunal Constitucional (TC)  que atacan la Ley 1-24, que creó la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI).

Los documentos fueron conocidos durante una audiencia que se realizó en la sala de audiencias de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional.

La misma estuvo encabezada por el presidente de la alta corte, Napoleón Estévez Lavandier. Además, de los jueces que integran el organismo constitucional.

A través de una nota de prensa, el TC indicó que los mismo quedaron pendiente de ser fallados.

En el desarrollo de la audiencia, se conoció el expediente TC-01-2024-0005 que tuvo como accionante a Cirilo de Jesús Guzmán López, quien atacó los artículos 9, 10, 11 y 26 de esta norma. Y en el TC-01-2024-0006, el Partido Generación de Servidores (GENS) y Carlos Peña también se opusieron a esta ley.

Asimismo, ocurrió con el expediente TC-01-2024-0007, en el que el Instituto de Capacitación y Formación Política Jurídica y Social (ICAP) atacó el artículo 9, numerales 2, 4, 6 y 15; y los artículos 11, 26 y 29 de la referida ley.

TC deja en estado de fallo quince expedientes

Acuerdo con la nota, la institución dejó en estado de fallo quince expedientes de acción directa de inconstitucionalidad.

Entre estos, el expediente TC-01-2023-0047, en el que Edward Ureña Ureña atacó el artículo 73.5 de la Ley 821-27 de Organización Judicial y sus modificaciones, de fecha 21 de noviembre de 1927.

Igualmente, el expediente TC-01-2023-0048, interpuesto por Manuel Samil Segura de la Cruz, quien refutó la Ley Nacional de Vacunas de la República Dominicana.

De igual manera, el expediente TC-01-2023-0049, con el que Darío Antonio Cueto Leonardo impugnó los artículos 145, párrafo II de la Ley núm. 20-23, Orgánica del Régimen Electoral, del 17 de febrero de 2023; y el décimo sexto de la Resolución núm. 38-2023, del 15 de agosto de 2023, que regula la participación de funcionarios públicos en el período de la precampaña y en la campaña electoral de cara a las elecciones presidenciales, congresuales y municipales del año 2024.

También los magistrados dejaron en estado de fallo el expediente TC-01-2023-0050, con el cual Johannatan Loanders Medina Reyes atacó el artículo 291 del Código Procesal Penal.

También quedó pendiente de fallo el expediente TC-01-2024-0001, en el que Identidad Dominicana (IDEDOM), impugnó la Ley número 391, del 20 de septiembre de 1943, que establece penas correccionales para las personas que practiquen los espectáculos de «Voudou» o «Luá».

Asimismo, el expediente TC-01-2024-0002, igualmente interpuesto por Identidad Dominicana (IDEDOM), Inc, que atacó el artículo 130, párrafo II del Reglamento de Procedimientos Contenciosos Electorales, del 7 de marzo de 2023.

En la audiencia, además, se conoció y quedó en estado de fallo el expediente TC-01-2024-0003, cuyo accionante Jean Carlos Machuca de la Mota atacó las actuaciones e informes provenientes de la Policía Nacional y de los señores Ramón O. Hernández Peralta, Roberto A. Albino Filpo, Miguel Cuevas Cuevas y Flavia D. Montero Romero.

Los magistrados también dejaron en estado de fallo el expediente TC-01-2024-0008, con el que el Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD) y el licenciado Miguel Alberto Surún Hernández refutaron los artículos 9, 11, 13, 16, 22, 24, 26 y 27 de esta misma ley.

Igualmente, el expediente TC-01-2024-0009, interpuesto por Ruddys Antonio Mejía Tineo, quien impugnó la ley, y el expediente TC-01-2024-0010, donde Identidad Dominicana (IDEDOM), Inc., y los señores María Ysabel Jerez Guzmán y Rudys Odalis Polanco Lara atacaron específicamente sus artículos 9, 11 13, 15, 26 y 30.

Finalmente, los jueces de esta alta corte vieron el expediente TC-01-2024-0013, que tuvo como accionantes al Colegio de Abogados de la República Dominicana, seccional de San Pedro de Macorís y la señora Josefina Guerrero, quienes atacaron los artículos 9, 11, 13, 16, 22, 24, 26 y 27 de la mencionada ley promulgada el 15 de enero de 2024.

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Acusación formal deposita el Ministerio Público en contra implicados caso Calamar

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SANTO DOMINGO.-El director de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA), Wilson Camacho, informo que  el Ministerio Público presentó acusación formal en contra de los implicados en el caso Calamar.

La instancia con los encartados y nuevas pruebas, fueron depositadas ante la jueza coordinadora de los juzgados de la Instrucción del Distrito Nacional, Kenya Romero, por los fiscales de la dirección de Persecución y del Pepca.

La magistrada hará un inventario de las piezas y mediante un sorteo aleatorio computarizado, apoderará a uno de los juzgados de instrucción que conocerá el juicio preliminar.

El apoderamiento de la acusación se producirá luego de que el Ministerio Público interrogue al ex administrador del Banco de Reservas, Simón Lizardo; y al exministro de Obras Públicas, Ramón Antonio Pepín del Rosario.

El 8 de abril, la jueza Franchesca Potentini, intimó a la procuradora Miriam Germán a presentar acusación en contra de los implicados, en un plazo de 15 días.

IMPUTADOS

En el caso figuran como imputados el ex contralor general de la República, Daniel Omar Caamaño, y el exdirector del Consejo Estatal del Azúcar, Luis Miguel Piccirilo.

También Claudio Silver Peña, el economista Ángel Lockward y los exdirectores de Casinos, de Juego de Azar, Oscar Chalas Guerrero y Julián Omar Fernández, Roberto Santiago Moquete, Agustín Mejía Ávila, Emir Fernández de Paola.

Igualmente, Marcial Reyes, Alejandro Constanzo, Yahaira Brito Encarnación, Ana Linda Fernández, Aldo Antonio Gerbasi, Ramón David Hernández, Víctor Matías Encarnación y Rafael Parmenio Rodríguez Encarnación.

La imputación preliminar del Ministerio Público es de asociación de malhechores, desfalco, coalición de funcionarios, falsificación de documentos públicos y privados, soborno y financiamiento ilícito de campaña a una escala sin precedente, lavado de activos, entre otros.

mpv

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