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Reiteran prohibición actos políticos en entidades del Estado

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SANTO DOMINGO.- Las regulaciones que prohíben publicidad y actos públicos en entidades durante el periodo de campaña fue recordado por la Junta Central Electoral al Gobierno, partidos, agrupaciones y movimientos políticos.

En un comunicado difundido este miércoles el organismo comicial reiteró también que «no se podrá pintar ni diseñar letreros, dibujos, lemas, emblemas o cualquier otro tipo de propaganda electoral en los edificios donde funcionen organismos públicos».

Asimismo, advierte que los funcionarios que en el ejercicio de la función pública utilicen fondos públicos con fines políticos para beneficiar a alguna organización política se exponen a una pena de uno a tres años de reclusión

«La JUNTA CENTRAL ELECTORAL (JCE), tiene a bien informar a los partidos, agrupaciones y movimientos
políticos, candidatos y candidatas, así como también a la ciudadanía en general, las siguientes prohibiciones
y regulaciones previstas en la Ley núm. 20-23, Orgánica del Régimen Electoral y otras disposiciones dictadas
por la Junta Central Electoral para el período de campaña electoral:

La celebración de los actos públicos realizados por las entidades estatales no puede servir de escenario para la promoción de cualquiera de los candidatos postulados por los partidos, agrupaciones o movimientos políticos a las elecciones.

No se podrá pintar ni diseñar letreros, dibujos, lemas, emblemas o cualquier otro tipo de propaganda electoral en los edificios donde funcionen organismos públicos, ni ser utilizados para fines de propaganda electoral.

Los funcionarios que en el ejercicio de la función pública utilicen fondos públicos con fines políticos para beneficiar a alguna organización política, incurren en un delito electoral y, por consiguiente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 316 numeral 19, de la Ley núm. 20-23, Orgánica del Régimen Electoral, son susceptibles de ser castigados con la pena de uno (1) a tres (3) años de reclusión, lo cual será investigado y perseguido por la Procuraduría Especializada para la Investigación y Persecución de los Crímenes y Delitos Electorales, que es la autoridad competente para estos casos, según la ley.

Se reiteran todas las demás disposiciones y regulaciones contenidas en la Resolución núm. 38-2023 que regula la participación de funcionarios públicos en el período de la campaña electoral de cara a las elecciones presidenciales, congresuales y municipales del año 2024, dictada por la Junta Central Electoral en fecha 15 de agosto de 2023.

Regulaciones para la publicidad en los actos de gobierno:

En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 210 de la Ley núm. 20-23, Orgánica del Régimen Electoral, durante la campaña electoral, la publicidad de los actos de gobierno a nivel nacional no podrá contener elementos que promuevan directa o indirectamente la motivación del sufragio a favor de cualquiera de los candidatos a cargos públicos de elección popular.

No podrán utilizarse las instituciones u órganos del Estado para desde ellos promover candidatos/as o partidos, agrupaciones o movimientos políticos a cargos de elección popular.

Los ministros/as y demás incumbentes de las instituciones del Estado, durante la campaña electoral, deberán abstenerse de incluir en la publicidad contratada de sus instituciones o en actividades Página 1 de 4 públicas, la figura de cualesquiera de los candidatos/as que están compitiendo en los niveles de elección que se disputarán en las elecciones del mes de mayo de 2024.

En el caso del actual Presidente de la República, que ostenta la condición de candidato presidencial para optar por un nuevo mandato, la Junta Central Electoral, en aras de garantizar el principio de equidad en la contienda que exige la Constitución de la República y la Ley núm. 20-23, Orgánica del Régimen Electoral, dispone que, a partir del dictado del presente comunicado, las vallas, letreros y afiches relacionadas con la promoción de ejecutorias y acciones de gobierno, no podrán contener, el nombre, la fotografía o imagen del presidente y candidato, hasta concluidas las elecciones, en virtud de que dichos elementos pueden traducirse en esquemas de promoción indirecta hacia el electorado, generando, a su vez un desequilibrio en la competencia respecto a las demás candidaturas presidenciales que están compitiendo en el actual certamen electoral. Esta disposición es de aplicación, en las mismas condiciones para la candidatura vicepresidencial que acompaña al actual Presidente de la República.

REGULACIONES ESPECIALES PARA FUNCIONARIOS SECTOR BANCARIO:

Durante el período de campaña electoral, las y los funcionarios a cargo de las instituciones bancarias que pertenecen al Estado Dominicano, así como también los entes reguladores del sistema financiero del Estado, deberán mantener neutralidad respecto a los candidatos/as contendientes y se abstendrán de realizar desde dichas instituciones, promoción y activismo político en favor de cualesquiera de los candidatos/as que participarán en las Elecciones Generales Ordinarias de 2024, lo que conllevará no utilizar los bienes de dichas instituciones con ese propósito.

AUTORIDADES DE LOS AYUNTAMIENTOS:

Las actuales autoridades y funcionarios de los ayuntamientos, así como también, aquellas que deberán tomar posesión de sus respectivos cargos el 24 de abril de 2024, no podrán utilizar dichas instituciones como plataforma para apoyar a cualesquiera de los candidatos/as de los niveles que habrán de competir en las Elecciones Generales Ordinarias del mes de mayo de 2024.

Durante la campaña electoral, la Liga Municipal Dominicana deberá mantener neutralidad en su accionar y observar las mismas reglas previstas para las autoridades de los ayuntamientos.

FUNCIONARIOS DEL EXTERIOR

Las y los funcionarios del servicio exterior, durante la campaña electoral y en cada una de las Circunscripciones Electorales del Exterior, deberán mantener un espíritu de neutralidad respecto a los candidatos/as que habrán de competir en las Elecciones Ordinarias Generales de 2024, debiendo abstenerse de realizar desde sus respectivos puestos de trabajo, actos que puedan implicar un desequilibrio en la contienda electoral respecto a los candidatos/as contendientes, incluyendo, además, la prohibición de promoción de la candidatura del actual Presidente y candidato, desde las Página 2 de 4 embajadas y consulados, del cual existe una relación de subordinación y dependencia jerárquica por aplicación de lo dispuesto en el artículo 128, numeral 3, letra a) de la Constitución de la República.

PROGRAMAS DE ASISTENCIA SOCIAL

Los programas de asistencia social, ayuda comunitaria o de servicios públicos habituales que estén contemplados en la planificación regular del Estado, podrán desarrollarse, de manera habitual, siempre que su implementación o ejecución haya sido planificada con anterioridad al inicio de la campaña electoral el 8 de marzo de 2024.

En el caso de aquellos programas de asistencia social, ayuda comunitaria o de servicios públicos, cuya ejecución haya sido planificada con anterioridad al día 8 de marzo de 2024, queda prohibido el aumento de la cantidad de beneficiarios de estos, así como también de los montos asignados a dichos programas, todo ello, conforme a lo dispuesto por el párrafo III del artículo 210 de la Ley núm. 20-23, Orgánica del Régimen Electoral.

Queda prohibida a la Administración Pública Central, las entidades públicas autónomas y descentralizadas y las alcaldías, la realización de programas de apoyo social o comunitario extraordinarios.
Prohibición de la realización de actos inaugurales de obras públicas por el gobierno central y las alcaldías:

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 210 párrafo VI de la Ley núm. 20-23, Orgánica del Régimen Electoral, desde el día 20 de marzo de 2024 y hasta concluidas las Elecciones Ordinarias Generales de 2024, está prohibida la realización de actos inaugurales de obras públicas por el Gobierno central y las alcaldías.

MILITARES Y FUNCIONARIOS ELECTORALES:

En atención a las disposiciones constitucionales, a todo miembro activo de las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional, los funcionarios y empleados de los organismos electorales les está prohibido difundir propaganda electoral o llevar a cabo otras actividades propias de la campaña electoral.

ESPACIOS PROHIBIDOS:

Los partidos, agrupaciones o movimientos políticos no podrán celebrar reuniones o mítines en frente a templos religiosos, estaciones de bomberos o de la Cruz Roja, ni a menos de doscientos metros de hospitales o dependencias de la autoridad de policía, ni centros educativos cuyas funciones normales puedan resultar perjudicadas.

Del uso de los medios de comunicación durante la campaña electoral:

Todos los partidos, agrupaciones y movimientos políticos disfrutarán de iguales posibilidades para la utilización libre de los medios de divulgación durante la campaña electoral y, por consiguiente, todos los partidos, agrupaciones o movimientos políticos son libres y sin discriminación, podrán contratar espacios de medios de comunicación, siempre que se respete el honor de las personas y la moral pública.

En cuanto a la Corporación Estatal de Radio y TV (CERTV), que incluye el Canal 4 RD y sus emisoras radiales, propiedad del Estado Dominicano; la Junta Central Electoral, durante la campaña electoral, garantizará gratuitamente a los partidos, agrupaciones y movimientos políticos, alianzas o coaliciones que presenten candidatos, espacios para promover sus candidaturas en los indicados medios, por medio de una resolución que será dictada a tal efecto».

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Acusados en caso SENASA señalan a Hazim como ‘el verdadero culpable’

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SANTO DOMINGO.- Parte de los imputados en el sonado caso SENASA han admitido ante el juez de Atención Permanente del Distrito Nacional su participación en una supuesta trama para desfalcar a esa institución con miles de millones de pesos.

Durante la primera audiencia de medida de coerción, los acusados Eduardo Read Estrella, Cinty Acosta Sención y Heidi Mariela Pineda Perdomo señalaron a Santiago Hazim, exdirector ejecutivo de la institución, como el cabecilla del presunto entramado, lo que complica la situación legal del exfuncionario.

El abogado Martín Rubiera, representante de otra imputada, confirmó que “ellos han manifestado todos lo mismo: que entregaron valores, dinero, a favor de él en este entramado. De 3-3 tiene él en contra hasta el momento, tres imputados que han confesado parte de la acusación y han manifestado una participación en la que afecta bastantemente a Hazim”.

De su lado, Surun Hernández, abogado de Read Estrella, dijo su defendido declaró ante el tribunal haber entregado mil millones de pesos a Hazim.

Según el Ministerio Público, desde agosto de 2020 hasta agosto de 2025, Read Estrella recibió pagos que ascienden a más de RD$7,110 millones por contratos y adendas con SENASA.

Surun Hernández calificó el entramado como un “hecho de lesa humanidad cruel” y aseguró que el proceso cuenta con “abundancia de elementos probatorios, como pagos, transferencias y actuaciones de lavado de activos debidamente comprobadas».

ABOGADOS DE HAZIM SOLICITAN HABLAR DE ULTIMO 

Tras los señalamientos directos que vinculan a Hazim con la recepción de sobornos, uno de sus abogados dijo que la defensa solicitó hablar de último ante el juez. 

“La defensa del doctor Hazim pidió que fuera de último porque las imputadas dicen que a través de un señor apodado ‘el gordo’ eran que recibían sobornos,” declaró el abogado Marcos Valentín Contreras, uno de los abogados del exfuncionario.

Durante la audiencia, el Ministerio Público identificó a José Pablo Ortiz Giráldez (el Gordo) como la “mano derecha” de Hazim y la persona “clave” en el supuesto cobro de sobornos a las empresas contratistas de SeNaSa.

HAZIM TENDRA SU TURNO ESTE VIERNES

Hazim tendrá este viernes su turno para defenderse ante el tribunal.

«Nosotros vamos a demostrar que el testigo estrella de la fiscalía es una persona dedicada a la corrupción, perdonado en otro expediente e involucrada en este caso, y eso obviamente tendremos que discutirlo», manifestó Miguel Valerio, otro de los abogados del exfuncionario.

Dijo que se demostró ante el tribunal que su cliente no guarda ninguna relación con Rafael Domínguez Hazim, otro de los implicados.

«A los empresarios los extorsionaron, pero ellos continuaron trabajando con Senasa. Esa es la extorsión más rara, porque al que extorsionan tienen que parar inmediatamente el trabajo, porque el trabajo no se paró nunca; incluso, el señor Hazim canceló ese contrato. Lo que nadie puede decir ahí es que el señor Hazim recibió ningún pago indebido», declaró.

jt-am

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Esposa de movimiento que apoyo a Abinader recibió más de 1,600 millones de Senasa

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Santo Domingo, R.D.-La esposa del movimiento Ola, que apoyo durante la campaña electoral a Luis Abinader, Heidi Mariela Pineda Perdomo, ha sido vinculada al caso SENASA,  aunque el Ministerio Público establece que la persona que controlaba la empresa Flavorheart Food Parts S.R.L era Manuel Enrique Ovalle Tapia, “conocido dentro de la organización por su activa participación y aportes económicos.

El órgano persecutor sostiene que a través de esta empresa Ovalle Tapia compró un reloj marca Rolex Daytona, valorado en USD$83,000.00, destinado al imputado Santiago Hazim.

Su esposa, Heidi Mariela Pineda Perdomo, admitió la noche del jueves su participación en los hechos que la acusa el Ministerio Público y pasó directamente a colaborar con las autoridades en el caso del Seguro Nacional de Salud (Senasa).

En el expediente de solicitud de medida de coerción a los implicados en este caso, se dice que su programa fue incorporado, a través del programa “Senasa Cuida de Ti”, en el que se le ofrecería complementos nutricionales para niños de 5 a 15 años y adultos en edad de 35 a 64 años.

Este programa “Nutrisalud” tenía un alcance de 55,741 afiliados del Régimen Subsidiado, con un costo por servicio al afiliado de RD$1,495.00. El mismo terminó ofreciendo servicios, supuestamente, a un total de 350,545 afiliados de diferentes regímenes.

El Ministerio Público establece que la empresa firmó el contrato con Senasa el 22 de julio de 2021. Este se firmó bajo la prestación farmacéutica para los servicios de emergencia, atención primaria. Esta empresa no contaba con licencia de servicio de consultoría de primer nivel de atención, además de que recibió del Ministerio de Salud Pública el “Certificado De Registro de Distribuidora”, un mes antes de la firma con Senasa.

De acuerdo al expediente a Falvorheart Food Parts S.R.L., se le pagó un monto aproximado de RD$1,606,924,076.95.

La Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (Sisalril), indicó en sus informes que el producto nutricional suministrado era importado desde Europa, sin evidencia completa de registro sanitario nacional y que no existen estudios o evaluaciones que midan los resultados e impacto del programa, lo que impide comprobar su efectividad sobre la salud de los afiliados.

A esta empresa también Senasa le pagó la suma de RD$3,307,577.06, “bajo el concepto de «NO DEFINIDO», lo que sugiere que dichos pagos no fueron vinculados a ningún régimen”.

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Tres imputados admiten hechos y colaboran en el caso Senasa.

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Santo Domingo, R.D.-Casi diez horas no fueron suficientes para que el juez de Atención Permanente, Rigoberto Sena, pudiera concluir este jueves el conocimiento de la medida de coerción contra los imputados en la presunta estructura criminal que, según el Ministerio Público, operó en el seguro estatal de salud para desviar fondos públicos, manipular procesos internos y beneficiar económicamente a funcionarios y allegados.

El magistrado recesó la audiencia y convocó para este viernes a las 2:00 de la tarde, cuando continuarán las exposiciones de las defensas y posteriormente la réplica del Ministerio Público.

La directora de Persecución, Mirna Ortiz, reveló que tres imputados (sin revelar sus nombres) admitieron su participación y han colaborado con el Ministerio Público.

Dijo que el monto de los supuestos sobornos pagados asciende a unos 2,000 millones de pesos.

Ortiz, en representación del Ministerio Público, informó que la acusación presentada este jueves incluye más de 138 pruebas documentales, más de 35 testimoniales y diversas pruebas periciales.

Aseguró que existen múltiples razones para que el caso sea declarado complejo. «Una de ellas es la pluralidad de víctimas. Estamos hablando de un seguro de salud que cubre a más de siete millones de dominicanos» señaló.

De su lado, el abogado Miguel Valerio, representante de Santiago Hazim, afirmó que en la audiencia se hicieron «pactos que no consideramos adecuados porque eran personas que, en dado caso, eran coautores o autores de soborno».

Valerio adelantó que este viernes desmontarán la credibilidad de uno de los principales testigos de la Fiscalía.

«Vamos a demostrar que el testigo estrella es una persona dedicada a la corrupciónperdonada en otro expediente, y que eso deberá discutir», dijo.

Agregó que Hazim aclaró en la audiencia que el imputado Martínez Hazim no es su familiar.

«Eso era importante porque se utilizó ese argumento para insinuar que había colocado a un sobrino en la institución, y no existe ningún vínculo familiar», indicó.

La solicitud de medida de coerción describe un supuesto entramado que combinó fraude administrativocorrupción, falsificación documental y lavado de activos.

Según la investigación, la red fue encabezada por Santiago Hazim durante su gestión al frente del seguro estatal, junto a varios gerentes y colaboradores estratégicos.

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