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Reiteran prohibición actos políticos en entidades del Estado

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SANTO DOMINGO.- Las regulaciones que prohíben publicidad y actos públicos en entidades durante el periodo de campaña fue recordado por la Junta Central Electoral al Gobierno, partidos, agrupaciones y movimientos políticos.

En un comunicado difundido este miércoles el organismo comicial reiteró también que «no se podrá pintar ni diseñar letreros, dibujos, lemas, emblemas o cualquier otro tipo de propaganda electoral en los edificios donde funcionen organismos públicos».

Asimismo, advierte que los funcionarios que en el ejercicio de la función pública utilicen fondos públicos con fines políticos para beneficiar a alguna organización política se exponen a una pena de uno a tres años de reclusión

«La JUNTA CENTRAL ELECTORAL (JCE), tiene a bien informar a los partidos, agrupaciones y movimientos
políticos, candidatos y candidatas, así como también a la ciudadanía en general, las siguientes prohibiciones
y regulaciones previstas en la Ley núm. 20-23, Orgánica del Régimen Electoral y otras disposiciones dictadas
por la Junta Central Electoral para el período de campaña electoral:

La celebración de los actos públicos realizados por las entidades estatales no puede servir de escenario para la promoción de cualquiera de los candidatos postulados por los partidos, agrupaciones o movimientos políticos a las elecciones.

No se podrá pintar ni diseñar letreros, dibujos, lemas, emblemas o cualquier otro tipo de propaganda electoral en los edificios donde funcionen organismos públicos, ni ser utilizados para fines de propaganda electoral.

Los funcionarios que en el ejercicio de la función pública utilicen fondos públicos con fines políticos para beneficiar a alguna organización política, incurren en un delito electoral y, por consiguiente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 316 numeral 19, de la Ley núm. 20-23, Orgánica del Régimen Electoral, son susceptibles de ser castigados con la pena de uno (1) a tres (3) años de reclusión, lo cual será investigado y perseguido por la Procuraduría Especializada para la Investigación y Persecución de los Crímenes y Delitos Electorales, que es la autoridad competente para estos casos, según la ley.

Se reiteran todas las demás disposiciones y regulaciones contenidas en la Resolución núm. 38-2023 que regula la participación de funcionarios públicos en el período de la campaña electoral de cara a las elecciones presidenciales, congresuales y municipales del año 2024, dictada por la Junta Central Electoral en fecha 15 de agosto de 2023.

Regulaciones para la publicidad en los actos de gobierno:

En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 210 de la Ley núm. 20-23, Orgánica del Régimen Electoral, durante la campaña electoral, la publicidad de los actos de gobierno a nivel nacional no podrá contener elementos que promuevan directa o indirectamente la motivación del sufragio a favor de cualquiera de los candidatos a cargos públicos de elección popular.

No podrán utilizarse las instituciones u órganos del Estado para desde ellos promover candidatos/as o partidos, agrupaciones o movimientos políticos a cargos de elección popular.

Los ministros/as y demás incumbentes de las instituciones del Estado, durante la campaña electoral, deberán abstenerse de incluir en la publicidad contratada de sus instituciones o en actividades Página 1 de 4 públicas, la figura de cualesquiera de los candidatos/as que están compitiendo en los niveles de elección que se disputarán en las elecciones del mes de mayo de 2024.

En el caso del actual Presidente de la República, que ostenta la condición de candidato presidencial para optar por un nuevo mandato, la Junta Central Electoral, en aras de garantizar el principio de equidad en la contienda que exige la Constitución de la República y la Ley núm. 20-23, Orgánica del Régimen Electoral, dispone que, a partir del dictado del presente comunicado, las vallas, letreros y afiches relacionadas con la promoción de ejecutorias y acciones de gobierno, no podrán contener, el nombre, la fotografía o imagen del presidente y candidato, hasta concluidas las elecciones, en virtud de que dichos elementos pueden traducirse en esquemas de promoción indirecta hacia el electorado, generando, a su vez un desequilibrio en la competencia respecto a las demás candidaturas presidenciales que están compitiendo en el actual certamen electoral. Esta disposición es de aplicación, en las mismas condiciones para la candidatura vicepresidencial que acompaña al actual Presidente de la República.

REGULACIONES ESPECIALES PARA FUNCIONARIOS SECTOR BANCARIO:

Durante el período de campaña electoral, las y los funcionarios a cargo de las instituciones bancarias que pertenecen al Estado Dominicano, así como también los entes reguladores del sistema financiero del Estado, deberán mantener neutralidad respecto a los candidatos/as contendientes y se abstendrán de realizar desde dichas instituciones, promoción y activismo político en favor de cualesquiera de los candidatos/as que participarán en las Elecciones Generales Ordinarias de 2024, lo que conllevará no utilizar los bienes de dichas instituciones con ese propósito.

AUTORIDADES DE LOS AYUNTAMIENTOS:

Las actuales autoridades y funcionarios de los ayuntamientos, así como también, aquellas que deberán tomar posesión de sus respectivos cargos el 24 de abril de 2024, no podrán utilizar dichas instituciones como plataforma para apoyar a cualesquiera de los candidatos/as de los niveles que habrán de competir en las Elecciones Generales Ordinarias del mes de mayo de 2024.

Durante la campaña electoral, la Liga Municipal Dominicana deberá mantener neutralidad en su accionar y observar las mismas reglas previstas para las autoridades de los ayuntamientos.

FUNCIONARIOS DEL EXTERIOR

Las y los funcionarios del servicio exterior, durante la campaña electoral y en cada una de las Circunscripciones Electorales del Exterior, deberán mantener un espíritu de neutralidad respecto a los candidatos/as que habrán de competir en las Elecciones Ordinarias Generales de 2024, debiendo abstenerse de realizar desde sus respectivos puestos de trabajo, actos que puedan implicar un desequilibrio en la contienda electoral respecto a los candidatos/as contendientes, incluyendo, además, la prohibición de promoción de la candidatura del actual Presidente y candidato, desde las Página 2 de 4 embajadas y consulados, del cual existe una relación de subordinación y dependencia jerárquica por aplicación de lo dispuesto en el artículo 128, numeral 3, letra a) de la Constitución de la República.

PROGRAMAS DE ASISTENCIA SOCIAL

Los programas de asistencia social, ayuda comunitaria o de servicios públicos habituales que estén contemplados en la planificación regular del Estado, podrán desarrollarse, de manera habitual, siempre que su implementación o ejecución haya sido planificada con anterioridad al inicio de la campaña electoral el 8 de marzo de 2024.

En el caso de aquellos programas de asistencia social, ayuda comunitaria o de servicios públicos, cuya ejecución haya sido planificada con anterioridad al día 8 de marzo de 2024, queda prohibido el aumento de la cantidad de beneficiarios de estos, así como también de los montos asignados a dichos programas, todo ello, conforme a lo dispuesto por el párrafo III del artículo 210 de la Ley núm. 20-23, Orgánica del Régimen Electoral.

Queda prohibida a la Administración Pública Central, las entidades públicas autónomas y descentralizadas y las alcaldías, la realización de programas de apoyo social o comunitario extraordinarios.
Prohibición de la realización de actos inaugurales de obras públicas por el gobierno central y las alcaldías:

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 210 párrafo VI de la Ley núm. 20-23, Orgánica del Régimen Electoral, desde el día 20 de marzo de 2024 y hasta concluidas las Elecciones Ordinarias Generales de 2024, está prohibida la realización de actos inaugurales de obras públicas por el Gobierno central y las alcaldías.

MILITARES Y FUNCIONARIOS ELECTORALES:

En atención a las disposiciones constitucionales, a todo miembro activo de las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional, los funcionarios y empleados de los organismos electorales les está prohibido difundir propaganda electoral o llevar a cabo otras actividades propias de la campaña electoral.

ESPACIOS PROHIBIDOS:

Los partidos, agrupaciones o movimientos políticos no podrán celebrar reuniones o mítines en frente a templos religiosos, estaciones de bomberos o de la Cruz Roja, ni a menos de doscientos metros de hospitales o dependencias de la autoridad de policía, ni centros educativos cuyas funciones normales puedan resultar perjudicadas.

Del uso de los medios de comunicación durante la campaña electoral:

Todos los partidos, agrupaciones y movimientos políticos disfrutarán de iguales posibilidades para la utilización libre de los medios de divulgación durante la campaña electoral y, por consiguiente, todos los partidos, agrupaciones o movimientos políticos son libres y sin discriminación, podrán contratar espacios de medios de comunicación, siempre que se respete el honor de las personas y la moral pública.

En cuanto a la Corporación Estatal de Radio y TV (CERTV), que incluye el Canal 4 RD y sus emisoras radiales, propiedad del Estado Dominicano; la Junta Central Electoral, durante la campaña electoral, garantizará gratuitamente a los partidos, agrupaciones y movimientos políticos, alianzas o coaliciones que presenten candidatos, espacios para promover sus candidaturas en los indicados medios, por medio de una resolución que será dictada a tal efecto».

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Aumenta a 46 lista de acusados en la Operación Calamar

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Santo Domingo, R.D.-Wilson Camacho, titular de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), informó este viernes que ya son 46 las personas físicas y jurídicas acusadas en el expediente de corrupción Operación Calamar.

El expediente de 3,162 páginas fue depositado de manera formal el jueves e involucra a varios exministros de la pasada gestión de gobierno del expresidente Danilo Medina.

«Hay más de dos mil medios de prueba, que servirán para que se produzca una apertura a juicio y cuando se de ese juicio, nosotros vayamos a procurar las sanciones correspondientes.

Tras recibir el documento, la Coordinación de los Juzgados de Instrucción deberá determinar qué juzgado será apoderado en el caso.

En el expediente Calamar el Ministerio Público imputa a los exministros José Ramón Peralta (Administrativo 2012-2020), Donald Guerrero (Hacienda 2016-2020) y Gonzalo Castillo (Obras Públicas 2012-2020).

Además de los exministros Peralta y Guerrero se involucra en la supuesta estafa al Estado al excandidato presidencial del PLD, Castillo, a través de pagos irregulares por terrenos declarados de utilidad pública y por alegadamente sobornar a empresarios de la construcción para que financiaran la campaña del 2020.

El alegado fraude contra el Estado también involucra al exdirector del CEA, Luis Miguel Piccirilo; a Aldo Antonio Gerbasi Fernández, exfuncionario de la Dirección de Reconocimiento de Deuda Pública de Hacienda, y el exencargado de Juegos de Azar de Hacienda, Julián Omar Fernández Figueroa.

Asimismo, se cita en el expediente al exdirector de Catastro Nacional, Claudio Silver Peña; Alejandro Constanzo Sosa, Marcial Reyes, Óscar Chalas Guerrero, Agustín Mejía y Víctor Matías.

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Siete expedientes contra Ley del DNI conoce Tribunal constitucional.

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Santo Domingo, R.D.-Siete expedientes conoció este viernes el Tribunal Constitucional (TC)  que atacan la Ley 1-24, que creó la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI).

Los documentos fueron conocidos durante una audiencia que se realizó en la sala de audiencias de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional.

La misma estuvo encabezada por el presidente de la alta corte, Napoleón Estévez Lavandier. Además, de los jueces que integran el organismo constitucional.

A través de una nota de prensa, el TC indicó que los mismo quedaron pendiente de ser fallados.

En el desarrollo de la audiencia, se conoció el expediente TC-01-2024-0005 que tuvo como accionante a Cirilo de Jesús Guzmán López, quien atacó los artículos 9, 10, 11 y 26 de esta norma. Y en el TC-01-2024-0006, el Partido Generación de Servidores (GENS) y Carlos Peña también se opusieron a esta ley.

Asimismo, ocurrió con el expediente TC-01-2024-0007, en el que el Instituto de Capacitación y Formación Política Jurídica y Social (ICAP) atacó el artículo 9, numerales 2, 4, 6 y 15; y los artículos 11, 26 y 29 de la referida ley.

TC deja en estado de fallo quince expedientes

Acuerdo con la nota, la institución dejó en estado de fallo quince expedientes de acción directa de inconstitucionalidad.

Entre estos, el expediente TC-01-2023-0047, en el que Edward Ureña Ureña atacó el artículo 73.5 de la Ley 821-27 de Organización Judicial y sus modificaciones, de fecha 21 de noviembre de 1927.

Igualmente, el expediente TC-01-2023-0048, interpuesto por Manuel Samil Segura de la Cruz, quien refutó la Ley Nacional de Vacunas de la República Dominicana.

De igual manera, el expediente TC-01-2023-0049, con el que Darío Antonio Cueto Leonardo impugnó los artículos 145, párrafo II de la Ley núm. 20-23, Orgánica del Régimen Electoral, del 17 de febrero de 2023; y el décimo sexto de la Resolución núm. 38-2023, del 15 de agosto de 2023, que regula la participación de funcionarios públicos en el período de la precampaña y en la campaña electoral de cara a las elecciones presidenciales, congresuales y municipales del año 2024.

También los magistrados dejaron en estado de fallo el expediente TC-01-2023-0050, con el cual Johannatan Loanders Medina Reyes atacó el artículo 291 del Código Procesal Penal.

También quedó pendiente de fallo el expediente TC-01-2024-0001, en el que Identidad Dominicana (IDEDOM), impugnó la Ley número 391, del 20 de septiembre de 1943, que establece penas correccionales para las personas que practiquen los espectáculos de «Voudou» o «Luá».

Asimismo, el expediente TC-01-2024-0002, igualmente interpuesto por Identidad Dominicana (IDEDOM), Inc, que atacó el artículo 130, párrafo II del Reglamento de Procedimientos Contenciosos Electorales, del 7 de marzo de 2023.

En la audiencia, además, se conoció y quedó en estado de fallo el expediente TC-01-2024-0003, cuyo accionante Jean Carlos Machuca de la Mota atacó las actuaciones e informes provenientes de la Policía Nacional y de los señores Ramón O. Hernández Peralta, Roberto A. Albino Filpo, Miguel Cuevas Cuevas y Flavia D. Montero Romero.

Los magistrados también dejaron en estado de fallo el expediente TC-01-2024-0008, con el que el Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD) y el licenciado Miguel Alberto Surún Hernández refutaron los artículos 9, 11, 13, 16, 22, 24, 26 y 27 de esta misma ley.

Igualmente, el expediente TC-01-2024-0009, interpuesto por Ruddys Antonio Mejía Tineo, quien impugnó la ley, y el expediente TC-01-2024-0010, donde Identidad Dominicana (IDEDOM), Inc., y los señores María Ysabel Jerez Guzmán y Rudys Odalis Polanco Lara atacaron específicamente sus artículos 9, 11 13, 15, 26 y 30.

Finalmente, los jueces de esta alta corte vieron el expediente TC-01-2024-0013, que tuvo como accionantes al Colegio de Abogados de la República Dominicana, seccional de San Pedro de Macorís y la señora Josefina Guerrero, quienes atacaron los artículos 9, 11, 13, 16, 22, 24, 26 y 27 de la mencionada ley promulgada el 15 de enero de 2024.

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Acusación formal deposita el Ministerio Público en contra implicados caso Calamar

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SANTO DOMINGO.-El director de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA), Wilson Camacho, informo que  el Ministerio Público presentó acusación formal en contra de los implicados en el caso Calamar.

La instancia con los encartados y nuevas pruebas, fueron depositadas ante la jueza coordinadora de los juzgados de la Instrucción del Distrito Nacional, Kenya Romero, por los fiscales de la dirección de Persecución y del Pepca.

La magistrada hará un inventario de las piezas y mediante un sorteo aleatorio computarizado, apoderará a uno de los juzgados de instrucción que conocerá el juicio preliminar.

El apoderamiento de la acusación se producirá luego de que el Ministerio Público interrogue al ex administrador del Banco de Reservas, Simón Lizardo; y al exministro de Obras Públicas, Ramón Antonio Pepín del Rosario.

El 8 de abril, la jueza Franchesca Potentini, intimó a la procuradora Miriam Germán a presentar acusación en contra de los implicados, en un plazo de 15 días.

IMPUTADOS

En el caso figuran como imputados el ex contralor general de la República, Daniel Omar Caamaño, y el exdirector del Consejo Estatal del Azúcar, Luis Miguel Piccirilo.

También Claudio Silver Peña, el economista Ángel Lockward y los exdirectores de Casinos, de Juego de Azar, Oscar Chalas Guerrero y Julián Omar Fernández, Roberto Santiago Moquete, Agustín Mejía Ávila, Emir Fernández de Paola.

Igualmente, Marcial Reyes, Alejandro Constanzo, Yahaira Brito Encarnación, Ana Linda Fernández, Aldo Antonio Gerbasi, Ramón David Hernández, Víctor Matías Encarnación y Rafael Parmenio Rodríguez Encarnación.

La imputación preliminar del Ministerio Público es de asociación de malhechores, desfalco, coalición de funcionarios, falsificación de documentos públicos y privados, soborno y financiamiento ilícito de campaña a una escala sin precedente, lavado de activos, entre otros.

mpv

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