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Opinión

Reevaluemos el voto exterior

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Por Nelson Encarnación

Nadie discute que el voto de los dominicanos en el exterior es una gran conquista y un reconocimiento a los aportes que hacen nuestros compatriotas allende los mares, no solo en términos económicos cuantificables por vía de las remesas, sino directamente a familiares y allegados mediante otros medios.

Ese derecho llegó unido al reconocimiento de la doble ciudadanía, al establecerse la no pérdida de la original por nacimiento, lo que permite que cientos de miles conserven su arraigo nativo, lo cual se manifiesta en el apego a lo nacional en varios aspectos, incluido el político.

Pero esta última cuestión es solo un apego emocional que no se expresa en un ejercicio de ciudadanía, una de cuyas derivaciones esenciales es la participación en procesos electorales.

Veamos las recién pasadas elecciones, sobre las cuales se discute ahora mismo la gran abstención que por primera vez supera el 46% en unas presidenciales.

Sin embargo, esto es muy relativo, pues es oportuno tener en cuenta el gran impacto que sobre la abstención general ha tenido la ausencia de votantes en las circunscripciones del exterior, donde, de un padrón de inscritos de 863,785 electores, apenas concurrieron 162,953, para un pírrico 1.86%.

Si se desagregan estos 700,832 registrados no concurrentes, la abstención real bajaría significativamente, situándose en un 39%, cifra que, de todos modos, todavía se considera elevada, si se toma en cuenta el histórico en las presidenciales.

¿Qué hacer frente a una situación que deja ver que el voto en el exterior solo motiva a los activistas políticos?

Los actores políticos y la Junta Central Electoral pudieran implementar una modalidad en la que los dominicanos del exterior mantengan sus derechos electorales, pero solo para escoger a los diputados de ultramar.

Incluso, se pudiera estudiar—al segregarlos de la presidencial—la creación de dos senadurías, para Europa y América, que junto con las siete diputaciones, serían más útiles que la propia Presidencia.

Esta separación del padrón presidencial no sería negación de derechos, sino, por el contrario, un mayor reconocimiento, vía la representación congresual.

Sabemos que es un tema polémico, pero los propios líderes comunitarios deberían entender que un derecho solo sirve si se ejercita.

Y sobre lo económico, debemos entender que, en esas condiciones, la inversión para el montaje electoral del exterior es casi un dispendio. Que se estudie.

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Opinión

La Procuraduría General de la República y el MP deben amarrar el toro por los cuernos.

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Por José Cabral

Nadie sabe cómo se produce la formación de jueces y fiscales en la República Dominicana, a pesar de la existencia de las escuelas nacional de la judicatura y del Ministerio Público.

Cuantos disparates jurídicos se ven en los tribunales y las fiscalías de los diferentes distritos judiciales del territorio nacional, en unos más que en otros.

Cuando se tiene que litigar o acudir a los tribunales, por la razón que sea, llena de mucha amargura al que tiene que hacerlo.

Pero la asistencia a un palacio de justicia no sólo causa preocupación con ver a simple vista lo que allí ocurre, sino también por la forma en que se manejan las leyes en estas instancias.

Es un escenario donde los fiscales y los jueces hacen las cosas como a ellos les da la gana, muchas veces por irresponsabilidad y otras por incapacidad.

Tanto es así, que hay fiscales que tienen el cliché de que todo lo penal que proviene de una ley del derecho civil no es competencia del Ministerio Público.

Es decir, que el que comete fraude o falsifica documentos en el marco de una junta directiva de un condominio, el caso no es penal, sino civil, siempre de acuerdo a la visión del Ministerio Público.

Entonces, frente a esa incapacidad es como si no existiera la razonabilidad para determinar que cualquier ley del derecho civil tiene situaciones que por sus propias características entran en el derecho penal.

Esta situación genera en la actualidad una verdadera crisis con las actuaciones del Ministerio Público, cuyos miembros tienen unas actitudes que van a generar muchas vías de hecho por el manejo equivocado que se les da a los casos.

En el próximo artículo buscaré analizar el comportamiento de los jueces de los tribunales inferiores y de las cortes de apelación, quienes siempre recurren a la palabra clave para evitar la consecuente queja por una sentencia arbitraria emitida en contra de una serie de valores, principios y derechos constitucionales fundamentales, que es si no está de acuerdo con la decisión, recurra.

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Opinión

La Sede de la Corte Penal  Internacional en el Territorio de un Estado

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Por Rommel Santos Díaz

El artículo 3 del Estatuto de Roma dispone que la Sede de la Corte Penal Internacional  esté en La Haya, y que la Asamblea de los Estados Partes  aprobará un acuerdo entre la CPI y el Estado anfitrión.

El  artículo 3 (3) y 62 del Estatuto de Roma propone que la CPI también podrá celebrar sesiones en otro lugar cuando sea necesario  para un proceso o una serie de procesos  específicos.

Los Estados  Partes podrán disponer  que la Sede de la CPI esté en su territorio cuando  esto sea necesario o beneficioso.

Las Reglas de Prueba y Procedimientos  normalmente especificarán los procedimientos a tomar para que CPI  sesione fuera de su Sede.

Ninguna de estas disposiciones crea obligación alguna para los Estados.

Muchos Estados cuentan con legislación  y procedimientos administrativos  que permiten que el Tribunal Penal Internacional  para la ex Yugoslavia y el Tribunal Penal Internacional para Ruanda  celebre sesiones en su territorio.

Esta legislación y procedimientos podrían requerir una reforma mínima, para permitir que la Corte Penal  Internacional  también tenga su sede en su territorio.

Algunas veces, el hecho de celebrar un juicio en el  lugar en que se cometió el delito dará a las víctimas  un mayor sentido de justicia, ya que podrían claramente apreciar que la CPI funciona.

Finalmente, los Estados deberán tomar en consideración la posibilidad de permitir que la Corte Penal Internacional  funcione plenamente  en su territorio.

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Opinión

Un hospital en el “Maharishi”

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Por Nelson Encarnación

Los residentes en “los kilómetros” se han sorprendido con el anuncio de que en los amplios terrenos donde funcionó hace décadas un colegio conocido como “Maharishi”, se pretende construir un centro recreativo que estará a cargo del Ayuntamiento del Distrito Nacional.

A la sorpresa ha seguido el reclamo de que, en lugar de dicho centro, se construya un hospital general, en atención a que en esa zona no existe un establecimiento de salud de esa categoría ni de ninguna otra.

En realidad, toda esa amplia franja de territorio que va del Centro de los Héroes hasta el kilómetro 12 de la avenida Independencia (hacia el oeste de la carretera Sánchez), y de Sur a Norte, desde el Malecón hasta la avenida 27 de Febrero, solo existen dos centros médicos privados y ningún hospital del Estado.

Nos referimos a las clínicas Independencia y Real, mientras que el hospital más cercano es el Marcelino Vélez Santana, enclavado en la zona de Herrera, cuya capacidad se desborda solo con la demanda de la gran población del municipio Santo Domingo Oeste y vecindades que le rodean.

Es decir, la zona que mencionamos está compuesta de una numerosa población en su mayoría de condiciones económicas vulnerables que tiene que movilizarse a hospitales distantes para procurar una atención médica que no se puede costear en los escasos centros privados.

Desconocemos las razones por las cuales el Estado nunca ha contemplado la necesidad de dotar a la zona suroeste de la capital de un gran hospital, mientras se han realizado cuantiosas inversiones para la construcción de varias ofertas de salud en otros lugares, a veces establecimientos bien cercanos.

Ante esa realidad, el presidente Luis Abinader se consagrará como un preocupado por la salud de esa población si en los referidos terrenos, en vez de un indefinido “centro recreativo” se decidiera la construcción de un hospital que responda a las necesidades de salud de miles de personas marginadas de los servicios sanitarios accesibles.

En este caso yo abogo por la colectividad, no por unos cuantos que por intereses particulares quisieran que los terrenos del “Maharishi” siguieran bajo su usufructo.

De modo que, un hospital sería de impacto colectivo de un alcance mucho mayor que un innominado centro recreativo que nadie ha pedido. Presidente, tome esto como una solicitud formal.

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