Santo Domingo, R.D.-Es una violación al derecho a la intimidad consagrado constitucionalmente una circular del Ministerio de Administración Pública (MAP) que advierte a los empleados del sector publico a cumplir con el pago del agua y de la luz.
La opinión al respecto proviene de abogados constitucionalistas consultados por el periódico Diario Libre, el cual reproduce La República por considerase de una gran trascendencia, quienes advirtieron que la circular del Ministerio de Administración Pública (MAP) que instruye la realización de un levantamiento sobre el cumplimento de pago de los servicios de electricidad y agua por parte de los empleados de instituciones gubernamentales, no tiene base legal y viola el derecho a la intimidad consagrado en el artículo 44 de la Constitución.
El abogado Juan Castillo Pantaleón indicó que las leyes Orgánica de Administración Pública No. 247-12 y la de Función Pública No. 41-08 no establecen como un deber del servidorpúblico informar a su superior sobre el pago de sus compromisos particulares.
«Los deberes del servidorpúblico que están sujetos a sanciones están en la ley de Función Pública y todos están vinculados al ejercicio de sus funciones. El pagar o no la luz de tu casa no tiene que ver con la función pública, es un servicio particular», expresó.
A su vez, el experto constitucional Cirilo Guzmán, indicó que el MAP se extralimitó con esta circular y, si el objetivo es que todos los servidorespúblicos paguen debidamente estos servicios, las empresas distribuidoras de electricidad tienen el mecanismo para el cobro o, en su defecto, suspensión del servicio.
«Aunque sean empleados públicos, tienen derecho a no dar informaciones personales de ese tipo, a menos que con un préstamo les vayan a pagar la factura, eso no le importa a nadie, si no paga la luz se la cortan. El derecho a la intimidad entraña que en la vida privada de las personas no puede entrometerse nadie», puntualizó.
Castillo Pantaleón señaló que la circular del MAP no ofrece una explicación clara de qué hará con los datos recopilados y que, en todo caso, el servidor que ofrezca esta información lo puede hacer únicamente de manera voluntaria y consentida, reconociendo que ninguna normativa vigente lo obliga a ceder esta información.
¿Qué dice la circular del MAP?
Este miércoles, el Ministerio de Administración Pública giró una circular en la que instruye a las entidades gubernamentales, a través de las direcciones de recursos humanos, a recopilar los datos sobre el cumplimiento de pago de servicios públicos, como el agua y la energía eléctrica, por parte de los empleados del Estado.
En un plazo de 15 días laborales, el MAP indicó que las direcciones de recursos humanos deberán recopilar la información respecto a si los servidorespúblicos tienen contrato de energía eléctrica y de servicio de agua potable, y si no lo tienen a su nombre deberán especificar quién de su familia es el responsable.
Significó que la medida, que «busca mejorar la calidad de los servicios públicos y asegurar las normativas vigentes, tiene como propósito la actualización de las bases de datos del MAP, correspondientes a estas obligaciones de pago, así como identificar posibles casos en los que estos pagos de servicio no estén siendo efectuados».
Resolución del MAP
La circular, firmada por el ministro del MAP, Sigmund Freund, establece: «Es importante que cada empleado presente las facturas correspondientes, ya que esto permitirá llevar un registro más preciso y facilitará la gestión administrativa».
El documento está dirigido a ministros, consultor jurídico del Poder Ejecutivo, contralor general de la República, directores generales, nacionales y ejecutivos, administradores generales y nacionales de órganos y entes del Poder Ejecutivo.
Santo Domingo, R.D.-Desde este jueves la Dirección General de Pasaportes comenzará formalmente la expedición del nuevo pasaporte electrónico en República Dominicana, informó su director, Lorenzo Ramírez en declaraciones a los medios de comunicación.
Las citas para el público fueron abiertas el pasado 15 de enero y desde esa fecha, unos 3,200 usuarios han programado sus citas. En esta primera etapa solo podrán solicitar el nuevo documento quienes tengan el pasaporte vencido, posean menos de seis meses de vigencia, reporten pérdida, deterioro o agotamiento de páginas y aquellos que soliciten su libreta por primera vez.
La entrega del pasaporte ordinario, que tiene un costo 6,500 pesos con una vigencia de 10 años se realizará en 24 o 48 horas, dependiendo de la localidad y es una de las razones principales por las cuales el proceso VIP fue eliminado.
Ramírez aseguró que la institución cuenta con suficiente abastecimiento de libretas y procesos estandarizados para evitar los cuellos de botella del pasado.
También adelantó que los primeros pasaportes ordinarios deberían comenzar a circular la próxima semana.
El proceso será progresivo. Inicialmente se implementa en Santo Domingo y luego se extenderá a otras oficinas en el Distrito Nacional, Santiago, región norte, este y sur.
Durante el período de transición coexistirán la libreta tradicional y la electrónica, como parte de las «buenas prácticas internacionales».
«Entramos tarde al pasaporte electrónico, pero lo hicimos con tecnología de vanguardia«, afirmó Ramírez.
Como valor agregado, el pasaporte ordinario electrónico incluirá un servicio de repatriación en caso de fallecimiento en el exterior, con cobertura de hasta 9,000 dólares.
El beneficio aplicará únicamente para pasaportes ordinarios vigentes y entrará en vigencia 60 días después de su emisión. Tendrá criterios específicos, incluyendo condiciones médicas preexistentes y plazos de notificación.
«No tiene costo adicional para el ciudadano. Es un valor agregado por tener su pasaporte vigente«, explicó.
Además, la institución lanzará el programa «Pasaporte en Ruta«, mediante unidades móviles que ofrecerán el servicio en empresas, instituciones y provincias, con el objetivo de reducir la necesidad de desplazamiento.
Con la puesta en marcha del pasaporte electrónico, la Dirección General de Pasaportes asegura que el país se coloca a la par de los estándares internacionales en materia de seguridad documental y modernización de servicios.
Santo Domingo, R.D.-Fue considerado impostergable el ordenamiento del sistema de transito terrestre por haberse convertido en una amenaza directa para la seguridad ciudadana, cuyo pedido proviene de la Fundación Institucionalidad y Justicia (FINJUS), la cual mostró ademas su preocupacion por la falta de regulacion real sobre las motocicletas que circulan en el pais.
Castaños Guzmán presentó cifras alarmantes que reflejan la magnitud del desafío, señalando que según datos de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), a inicios de este 2026, el número de motocicletas registradas en el país asciende a 3,872,238 unidades.
«Las motocicletas representan aproximadamente el 58% del total del parque vehicular nacional», destacó el jurista, señalando que este sector crece a un ritmo superior al 6% anual.
El jurista lamentó que, según organismos internacionales como World of Statistics, la República Dominicana figure entre las naciones con mayores tasas de mortalidad por accidentes de tránsito per cápita, registrando 65 decesos por cada 100,000 habitantes.
En estas estadísticas, los motoristas son el grupo más vulnerable y afectado.
Entre las causas principales del caos, la institución citó la violación sistemática de luces rojas y circulación por aceras o vía contraria, la ineficacia en la aplicación de la ley.
Igualmente, la ausencia de consecuencias reales para los infractores, la falta de coordinación entre las autoridades competentes.
Ante la gravedad de la crisis, Castaño Guzmán hizo un llamado al Gobierno y a los sectores sociales para adoptar decisiones responsables de manera inmediata, como declararse una emergencia nacional en materia de tránsito.
La propuesta incluye convocar a todos los sectores para coordinar soluciones y, sobre todo, establecer un régimen de sanciones efectivas que logre disuadir la conducción temeraria.
Para la entidad, la transformación del sistema de transporte no es solo una cuestión de movilidad, sino un requisito indispensable para garantizar la seguridad de la población dominicana.
Santo Domingo, R.D.-Luis Abinader, presidente de la República, nombró a Andrés Modesto Cruz Cruz como nuevo director general de la Policía Nacional.
La decisión está contenida en el decreto número 111-26.
Ese decreto ordena su ascenso de general al rango de mayor general.
Cruz Cruz se desempeñaba como inspector general de la Policía Nacional y sustituye al mayor general Ramón Antonio Guzmán Peralta, quien fue colocado en situación de retiro por el cese de sus funciones como director general de la Policía Nacional y designado asesor del presidente de la República en materia policial, como establece la legislación dominicana.
Luis Abinader, nombró a Andrés Modesto Cruz Cruz como nuevo director general de la Policía Nacional.Fuente externa
Trayectoria
La Presidencia de la República dijo en un comunicado que el mayor general Cruz Cruz cuenta con una amplia trayectoria dentro de la institución, caracterizada por el desempeño en áreas estratégicas de control, supervisión y gestión interna.
«Hasta su designación se desempeñaba como inspector general de la Policía Nacional (2023-2026) y previamente ocupó posiciones como director de Asuntos Internos, director regional Sur, director de Enlace entre el Ministerio de Defensa y la Policía Nacional, y director de Control Interno, entre otras responsabilidades de alto mando», señala el comunicado.
El nuevo director de la Policía Nacional es ingeniero civil egresado de la Universidad Nacional Pedro Henríquez Ureña (UNPHU) y posee una maestría en Defensa y Seguridad Nacional por el Instituto Superior para la Defensa “General Juan Pablo Duarte y Díez”.
Su formación incluye programas especializados en liderazgo transformacional, investigación criminal, manejo de crisis, seguridad energética, protección de dignatarios y cooperación internacional, incluyendo capacitaciones con organismos de Estados Unidos, Israel y Colombia.
«A lo largo de su carrera ha recibido múltiples condecoraciones y reconocimientos, entre ellos la Medalla al Mérito del Servidor Público en Primera Categoría y distinciones otorgadas por las Fuerzas Armadas y la Dirección General de la Policía Nacional, en reconocimiento a su trayectoria y compromiso institucional», indica el comunicado de la Presidencia.
“La disposición se fundamenta en lo establecido en los artículos 255 y 256 de la Constitución de la República y en la Ley núm. 590-16, Orgánica de la Policía Nacional, que otorga al presidente la atribución de nombrar al director general de la institución entre oficiales generales activos. Asimismo, el decreto deroga el artículo 1 del Decreto núm. 557-23”, reseña el comunicado de prensa enviado desde la Presidencia de la República.