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Reglamento de armas de la Policía Nacional sobre el tapete con Operación Pandora.
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1 año agoon
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LA REDACCIÓN
Santo Domingo, R.D.-El sistema de control y regulación del armamento utilizado por la Policía Nacional se rige por un Reglamento de la institución para el registro, almacenamiento y conservación de armas, municiones y equipamientos letales y no letales.
Su aplicación busca garantizar que todo el armamento esté debidamente registrado, controlado y custodiado, minimizando así los riesgos asociados a su uso indebido.
El reglamento cubre diversos aspectos, desde el registro de huellas balísticas, hasta el control de las armas asignadas a cada agente policial y sus respectivas dependencias. En este reglamento la Intendencia de Armas de la Policía Nacional será responsable de la gestión, custodia y mantenimiento de las armas y municiones, asegurando que se cumpla con los protocolos establecidos.
- Activan Operación Pandora contra red criminal de policías
Puntos clave del reglamento
1. Asignación y control de armas:
El reglamento especifica que solo el intendente de armas puede asignar armamento a los miembros de la Policía Nacional. Cada arma será registrada, identificada con un número de serie y monitorizada a través de un sistema de control digital que garantizará la trazabilidad del armamento asignado.
2. Responsabilidad y sanciones:
En caso de pérdida o sustracción de un arma, el miembro de la Policía Nacional deberá informar inmediatamente sobre el incidente. Si la pérdida se debe a negligencia, se impondrán sanciones económicas que incluirán el descuento del valor del arma de los haberes del responsable, según lo dictado por la ley.
3. Auditorías y supervisión:
Como parte de la estrategia de control, el reglamento establece auditorías periódicas tanto a nivel de la Intendencia de Armas como en las dependencias locales. Además, se realizarán pruebas balísticas a las armas de fuego para asegurar su correcta operatividad y registro en la base de datos centralizada del Sistema Nacional de Control de Armas (SISNA).
4. Custodia y almacenamiento seguro:
Las armas deberán ser almacenadas en instalaciones especializadas, bajo control de los encargados de armas, quienes deberán mantener un registro detallado de cada una, incluyendo su estado de conservación, el uso que se les ha dado y la asignación a agentes específicos.
5. Comunicación inmediata ante pérdida o sustracción
Uno de los puntos más relevantes del reglamento es la obligación de notificar, de inmediato, cualquier pérdida o sustracción de armas, tal y como se establece en el Artículo 36.
Los coordinadores de las unidades deben informar sin demora a la Dirección General de la Policía Nacional y al intendente de armas en caso de pérdida de cualquier arma asignada. Este protocolo tiene como objetivo establecer mecanismos rápidos de respuesta y control ante situaciones de riesgo.
6. Control exhaustivo en el traslado y asignación de armas
El reglamento también regula el traslado de armas entre distintas dependencias de la Policía Nacional, asegurando que todos los movimientos sean registrados de manera minuciosa.
De acuerdo con el Artículo 38, los coordinadores de Recursos Humanos deben detallar en los documentos de envío las características de las armas, lo que incluye la marca, modelo y número de serie de cada pieza asignada.
Además, el Artículo 39 establece la obligación de cotejar regularmente estos datos con los registros de la Intendencia de Armas para verificar que las armas asignadas estén efectivamente en manos de los titulares registrados.
7. Responsabilidad y control de calidad en las armas asignadas
La seguridad de las armas no solo depende de su correcta gestión administrativa, sino también de su mantenimiento adecuado.
El reglamento establece estrictas normas para la limpieza, conservación y reparación de las armas. En este sentido, el Artículo 47 prohíbe el uso de materiales corrosivos para la limpieza de armas y subraya la responsabilidad de los agentes encargados de la manutención para evitar daños o negligencia.
8. Sanciones por negligencia o alteraciones
El reglamento también establece consecuencias claras para aquellos que violen las normas. Según el Artículo 66, cualquier alteración en las características de las armas, como el borrado del número de serie, será sancionada severamente.
Asimismo, el reglamento estipula que en caso de desperfectos por negligencia, los responsables enfrentan medidas disciplinarias, garantizando así que todos los miembros de la Policía Nacional se adhieran estrictamente a los procedimientos establecidos.
9. Transparencia en los informes semestrales
El reglamento también refuerza la obligación de los coordinadores de Recursos Humanos de presentar informes semestrales a la Intendencia de Armas, según lo dispuesto en el Artículo 40.
Estos informes deben incluir un inventario completo de las armas y propiedades afines, lo que permite mantener actualizado el registro y detectar cualquier irregularidad con respecto a las armas en poder de los miembros policiales.
Violaciones al reglamento de custodia y almacenamiento de armas
El caso de la Operación Pandora destaco el total incumplimiento del reglamento para el registro, almacenamiento y conservación de armas, municiones y equipamientos letales y no letales por parte de los miembros de la Policía Nacional.
Entre las violaciones más graves cometidas por los funcionarios detenidos se encuentran:
– Falsificación y manipulación de registros: Según el artículo 15 del reglamento, el intendente de armas debe llevar un registro riguroso de las asignaciones de armas y municiones.
Los funcionarios involucrados en el robo alteraron estos registros para ocultar la sustracción de municiones y armas.
– Distribución ilegal de municiones: El artículo 55 establece que la distribución de municiones debe realizarse solo a través de los canales oficiales y conforme a los requerimientos de la institución.
Sin embargo, los detenidos distribuían las municiones robadas sin ningún control, vendiéndolas en el mercado negro.
– Falta de control en los depósitos: El artículo 57 estipula que los depósitos deben cumplir con medidas de seguridad estrictas, como la vigilancia constante y la organización adecuada de las armas.
Las autoridades encontraron que los depósitos eran vulnerables y que las municiones no estaban almacenadas bajo las condiciones de seguridad exigidas.
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Solicitud de expedicion de pasaporte electrónico llega a miles de citas reservadas.
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10 horas agoon
febrero 18, 2026
Santo Domingo, R.D.-Desde este jueves la Dirección General de Pasaportes comenzará formalmente la expedición del nuevo pasaporte electrónico en República Dominicana, informó su director, Lorenzo Ramírez en declaraciones a los medios de comunicación.
Las citas para el público fueron abiertas el pasado 15 de enero y desde esa fecha, unos 3,200 usuarios han programado sus citas. En esta primera etapa solo podrán solicitar el nuevo documento quienes tengan el pasaporte vencido, posean menos de seis meses de vigencia, reporten pérdida, deterioro o agotamiento de páginas y aquellos que soliciten su libreta por primera vez.
La entrega del pasaporte ordinario, que tiene un costo 6,500 pesos con una vigencia de 10 años se realizará en 24 o 48 horas, dependiendo de la localidad y es una de las razones principales por las cuales el proceso VIP fue eliminado.
- También adelantó que los primeros pasaportes ordinarios deberían comenzar a circular la próxima semana.
El proceso será progresivo. Inicialmente se implementa en Santo Domingo y luego se extenderá a otras oficinas en el Distrito Nacional, Santiago, región norte, este y sur.
Durante el período de transición coexistirán la libreta tradicional y la electrónica, como parte de las «buenas prácticas internacionales».
«Entramos tarde al pasaporte electrónico, pero lo hicimos con tecnología de vanguardia«, afirmó Ramírez.
Como valor agregado, el pasaporte ordinario electrónico incluirá un servicio de repatriación en caso de fallecimiento en el exterior, con cobertura de hasta 9,000 dólares.
El beneficio aplicará únicamente para pasaportes ordinarios vigentes y entrará en vigencia 60 días después de su emisión. Tendrá criterios específicos, incluyendo condiciones médicas preexistentes y plazos de notificación.
Además, la institución lanzará el programa «Pasaporte en Ruta«, mediante unidades móviles que ofrecerán el servicio en empresas, instituciones y provincias, con el objetivo de reducir la necesidad de desplazamiento.
Con la puesta en marcha del pasaporte electrónico, la Dirección General de Pasaportes asegura que el país se coloca a la par de los estándares internacionales en materia de seguridad documental y modernización de servicios.
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Desorden del tránsito provoca pedido de declaracion de emergencia nacional.
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10 horas agoon
febrero 18, 2026
Santo Domingo, R.D.-Fue considerado impostergable el ordenamiento del sistema de transito terrestre por haberse convertido en una amenaza directa para la seguridad ciudadana, cuyo pedido proviene de la Fundación Institucionalidad y Justicia (FINJUS), la cual mostró ademas su preocupacion por la falta de regulacion real sobre las motocicletas que circulan en el pais.
Castaños Guzmán presentó cifras alarmantes que reflejan la magnitud del desafío, señalando que según datos de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), a inicios de este 2026, el número de motocicletas registradas en el país asciende a 3,872,238 unidades.
El jurista lamentó que, según organismos internacionales como World of Statistics, la República Dominicana figure entre las naciones con mayores tasas de mortalidad por accidentes de tránsito per cápita, registrando 65 decesos por cada 100,000 habitantes.
En estas estadísticas, los motoristas son el grupo más vulnerable y afectado.
Entre las causas principales del caos, la institución citó la violación sistemática de luces rojas y circulación por aceras o vía contraria, la ineficacia en la aplicación de la ley.
Igualmente, la ausencia de consecuencias reales para los infractores, la falta de coordinación entre las autoridades competentes.
Ante la gravedad de la crisis, Castaño Guzmán hizo un llamado al Gobierno y a los sectores sociales para adoptar decisiones responsables de manera inmediata, como declararse una emergencia nacional en materia de tránsito.
La propuesta incluye convocar a todos los sectores para coordinar soluciones y, sobre todo, establecer un régimen de sanciones efectivas que logre disuadir la conducción temeraria.
Para la entidad, la transformación del sistema de transporte no es solo una cuestión de movilidad, sino un requisito indispensable para garantizar la seguridad de la población dominicana.
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Designan nuevo director de la Policia Nacional.
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10 horas agoon
febrero 18, 2026
Santo Domingo, R.D.-Luis Abinader, presidente de la República, nombró a Andrés Modesto Cruz Cruz como nuevo director general de la Policía Nacional.
Ese decreto ordena su ascenso de general al rango de mayor general.

Luis Abinader, nombró a Andrés Modesto Cruz Cruz como nuevo director general de la Policía Nacional.Fuente externa
Trayectoria
La Presidencia de la República dijo en un comunicado que el mayor general Cruz Cruz cuenta con una amplia trayectoria dentro de la institución, caracterizada por el desempeño en áreas estratégicas de control, supervisión y gestión interna.
«Hasta su designación se desempeñaba como inspector general de la Policía Nacional (2023-2026) y previamente ocupó posiciones como director de Asuntos Internos, director regional Sur, director de Enlace entre el Ministerio de Defensa y la Policía Nacional, y director de Control Interno, entre otras responsabilidades de alto mando», señala el comunicado.
El nuevo director de la Policía Nacional es ingeniero civil egresado de la Universidad Nacional Pedro Henríquez Ureña (UNPHU) y posee una maestría en Defensa y Seguridad Nacional por el Instituto Superior para la Defensa “General Juan Pablo Duarte y Díez”.
Su formación incluye programas especializados en liderazgo transformacional, investigación criminal, manejo de crisis, seguridad energética, protección de dignatarios y cooperación internacional, incluyendo capacitaciones con organismos de Estados Unidos, Israel y Colombia.
«A lo largo de su carrera ha recibido múltiples condecoraciones y reconocimientos, entre ellos la Medalla al Mérito del Servidor Público en Primera Categoría y distinciones otorgadas por las Fuerzas Armadas y la Dirección General de la Policía Nacional, en reconocimiento a su trayectoria y compromiso institucional», indica el comunicado de la Presidencia.
“La disposición se fundamenta en lo establecido en los artículos 255 y 256 de la Constitución de la República y en la Ley núm. 590-16, Orgánica de la Policía Nacional, que otorga al presidente la atribución de nombrar al director general de la institución entre oficiales generales activos. Asimismo, el decreto deroga el artículo 1 del Decreto núm. 557-23”, reseña el comunicado de prensa enviado desde la Presidencia de la República.
