Nacionales
La justicia sería una utopía si las sentencias no se ejecutan, dice Presidente del TC español.
Published
1 año agoon
By
LA REDACCIÓN
Santo Domingo, R.D.-Cándido Conde Pumpido, presidente del Tribunal Constitucional (TC) español, afirmó este lunes en República Dominicana que si en los Estados que no se ejecutan las sentencias de esa corte su justicia se convierten en una utopía.
Al exponer en un panel en el 29ª edición del Congreso Mundial de Derecho 2025 (World Law Congress), Conde-Pumpido explicó que la espada de la diosa de la justicia significa la «fuerza«, que es la capacidad de hacer efectiva esa justicia.
«La fuerza sin la justicia sería una tiranía, pero la justicia sin fuerza sería pura utopía«, recalcó Conde-Pumpido.
El presidente del TC de España citó como ejemplo de las consecuencias de desacatar las decisiones de esa alta corte, que los ciudadanos y políticos son pasibles de multas y hasta de destitución de sus cargos públicos.
Todos los poderes públicos y los ciudadanos deben cumplir las decisiones del TC porque su decisión es erga omnes, que quiere decir que tienen efectos entre todos los ciudadanos y todos los tribunales de un país.
«El TC español tiene competencias y facultades directas para hacer cumplir sus decisiones«, subrayó.
Conde-Pumpido explicó que esas atribuciones se les otorgaron en el 2015. Si las sentencias no son cumplidas, el TC puede dirigirse a cualquier cargo público para exigirle que las cumpla y de lo contrario, el propio TC puede imponer multas coercitivas, «a los políticos, a los cargos del Gobierno o de cualquier parlamento (autónomo) que incumpla las decisiones«.
«El Tribunal Constitucional (español) puede también, incluso, suspender a los políticos, a los cargos públicos que se nieguen a cumplir sus resoluciones y los suspende no como una sanción, sino con una coerción hasta el momento que cumplan», afirmó el jurista español.
Agregó que tiene la opción de someter a los que desacaten sus sentencias ante los tribunales penales, para imponer una sentencia por desobediencia y del que ya ha habido precedente desde el 2016.
Conde-Pumpido encabezó el panel titulado Ejecución de las Decisiones del Tribunal Constitucional, en el que participaron otros jueces de la Corte extrapolar de Albania, Colombia, Serbia y Ecuador.
El presidente del Tribunal Constitucional dominicano, Napoleón R. Estévez Lavandier, sostuvo que el desacato de las sentencias de ese órgano extrapoder «es un problema global» y que todavía el país no tiene la facultad de suspender cargos en el Estado o el Gobierno que no acaten sus dictámenes.
Aseguró que «la mayoría de las decisiones han sido ejecutadas» y que solo «unas 80″ han sido desacatadas», de más de 6,000 que se han emitido.
«Esa facultad todavía no la tiene», dijo Estévez Lavandier al referirse a la potestad de otros tribunales constitucionales de suspender cargos en el gobierno y el Estado que no ejecuten sus decisiones.
El Tribunal Constitucional dominicano sí puede recurrir a la figura del desacato, «que es un tipo penal y que podría ser utilizado para la ejecución de la sentencia», dijo Estévez Lavandier, quien fue entrevistado al llegar a la Universidad del Caribe para participar en el Congreso Mundial de Derecho 2025 (World Law Congress).
El día anterior, durante su participación en la ceremonia de apertura de la 29ª edición del World Law Congress, el presidente del Tribunal Constitucional (TC) dominicano destacó que este evento representa mucho más que un encuentro académico, y lo describió como «una manifestación viva de la cooperación internacional al servicio de la justicia».
En este importante encuentro, que reúne en el país a jueces, profesionales del ámbito jurídico de todo el mundo, ex jefes de Estado y funcionarios, el juez constitucional resaltó que la República Dominicana no solo es anfitriona del Congreso Mundial del Derecho, sino que se convierte durante tres días en la capital mundial del derecho.
Nacionales
ACD Media es imputado por JCE a través de la ley mordaza por publicar encuestas.
Published
9 horas agoon
agosto 7, 2026
Santo Domingo, R.D.-Un procedimiento administrativo sancionador en contra la firma encuestadora ACD Media, SRL, ha iniciado la Junta Central Electoral (JCE) al formular un pliego inicial de cargos por la presunta publicación y difusión de encuestas con fines electorales fuera del período legalmente habilitado, en aplicación del reglamento aprobado por el organismo en mayo pasado, cuya medida abre un proceso contradictorio, pero no implica una declaración definitiva de responsabilidad.
La actuación fue dispuesta por la Unidad de Sanciones Administrativas Electorales y Medidas Cautelares, luego de que el Pleno de la JCE la apoderara para investigar dos estudios de opinión atribuidos a ACD Media: una encuesta divulgada el 1 de junio y otra el 13 de julio de este año, ambas publicadas por Diario Libre.
Según el órgano electoral, los sondeos incluían mediciones sobre simpatía partidaria, intención de voto y preferencias presidenciales de cara a 2028, por lo que, de manera preliminar, poseen contenido político-electoral.
Los críticos del reglamento de la JCE, entre ellos la Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus), sostienen que el organismo fue más allá de ese marco legal al extender la prohibición hasta impedir la publicación de encuestas desde antes del inicio de la precampaña, una limitación que -afirman- no fue establecida por el Congreso en las leyes electorales. Esa es la cuestión que ahora deberá dilucidarse en la jurisdicción constitucional, luego de que el Tribunal Superior Electoral (TSE) declinara conocer el fondo del caso y lo remitiera al Tribunal Constitucional.
La JCE sostiene que ambas publicaciones se realizaron después de la entrada en vigor del Reglamento sobre Encuestas, vigente desde el 22 de mayo de 2026, pero antes del inicio del período oficial de precampaña, durante el cual sí estaría permitida la difusión de este tipo de estudios. El artículo 13 de la normativa prohíbe expresamente la publicación de encuestas con fines electorales fuera de esos plazos y contempla como sanción principal la suspensión temporal del registro de la firma entre seis meses y un año; la cancelación definitiva solo procedería en caso de reincidencia.
El expediente enfatiza, sin embargo, que la imputación tiene carácter provisional. La JCE deberá determinar durante la instrucción el grado de participación de ACD Media en la elaboración, autorización y difusión de las encuestas, mientras la empresa dispondrá de 10 días calendario para presentar su defensa, pruebas y argumentos jurídicos.
La decisión se produce en medio de un intenso debate jurídico sobre la validez del reglamento. La Finjus sostuvo desde su aprobación que la JCE excedió las facultades que le confieren las leyes electorales al prohibir la publicación de encuestas antes de la precampaña. La entidad argumentó que la restricción carece de respaldo legal expreso y podría vulnerar derechos constitucionales como la libertad de empresa, la libertad de información y el acceso de la ciudadanía a datos de interés público.
Las objeciones no provinieron únicamente de ACD Media. También Participación Ciudadana presentó un recurso de reconsideración solicitando la revocación del artículo que establece la prohibición, al entender que contradice la legislación electoral vigente. Incluso la miembro titular de la JCE, Hirayda Marcella Fernández Guzmán, remitió una opinión sobre la constitucionalidad del reglamento.
Ante esos cuestionamientos, el Pleno de la JCE decidió sobreseer el conocimiento de los recursos de reconsideración hasta que el Tribunal Superior Electoral se pronunciara sobre las acciones de las que había sido apoderado, aunque el presidente del organismo, Román Jáquez Liranzo, aclaró posteriormente que esa decisión no suspendía la vigencia del reglamento.
El TSE, sin embargo, no conoció el fondo de la controversia. La mayoría del tribunal se declaró incompetente para decidir la impugnación y remitió el caso al Tribunal Constitucional, al entender que corresponde al control concentrado de constitucionalidad. Esa decisión también generó críticas de juristas y de Finjus, que sostuvieron que el TSE sí tenía competencia para examinar la legalidad del reglamento y advirtieron que trasladar automáticamente este tipo de controversias al Tribunal Constitucional altera el diseño institucional previsto por la Constitución.
Nacionales
Más de cien mil dólares deben tener de fianza dominicanos solicitantes de residencia a EU.
Published
9 horas agoon
agosto 7, 2026
Santo Domingo, R.D.-Los dominicanos considerados como una carga pública por el cónsul que evalúe su caso tendrán que tener una fianza de más de 100 mil dólares, según un plan piloto anunciado por el Departamento de Estado (DOS por sus siglas en inglés), siendo la República Dominicana el primer pais escogido para aplicar la medida.
Los montos de las fianzas serán de seis cifras, una información que fue publicada por el medio Washington Free Beacon y que luego fue compartida por el Departamento de Estado junto a una imagen de Marco Rubio.
Las fianzas se están estimando entre los 100,000 y los 250,000 dólares, según el citado medio.
Diario Libre conversó con Natalia Molano, vocera en español del DOS, quien dijo que no hay un monto establecido, indicó que el mismo será determinado individualmente por el oficial consular tras evaluar las circunstancias particulares de cada caso, con base en la legislación migratoria vigente.
- Molano también explicó las razones por las cuales el país fue escogido para el inicio de este plan piloto que más adelante se extenderá a otros países.
«República Dominicana se escogió por el gran volumen y la escala de solicitudes de visa que maneja nuestra embajada en Santo Domingo. Es un programa piloto que se irá evaluando para determinar si se suman otros países o si se realizan modificaciones», explicó la funcionaria.
La portavoz explicó que el análisis sobre una posible carga pública comienza incluso antes de la entrevista consular.
Una vez que el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) aprueba la petición de residencia, el expediente es remitido al consulado con la información financiera presentada por el patrocinador mediante el affidavit de apoyo económico, documento obligatorio en este tipo de solicitudes.
Nacionales
10 mil pesos de garantía a hombre acusado de robar guagua.
Published
9 horas agoon
agosto 7, 2026
Santo Domingo, R.D.-Una garantia económica de 10 mil pesos umpuso el Juzgado de Atencion Permanente del Distrito Nacional a un hombre captado en video mientras conducia en via contraria por la avenida John F Kennedy luego de presudentamente robarse el vehiculo que manejaba en un dealer ubicado en el sector de Villas Agriocolas.
El magistrado Rigoberto Sena, dispuso además impedimento de salida del país y presentación periódica para el imputado, Eugenio Mauricio Álvarez, y ordenó su inmediata puesta en libertad.
La medida fue cuestionada por Juan Carlos de Jesús Rosario, propietario del vehículo, quien denunció la impunidad y el desamparo que sienten los ciudadanos trabajadores frente al sistema de justicia. El comerciante manifestó su indignación y frustración, ya que el hecho estuvo a punto de costarle la vida a uno de sus hijos.
«Ese negocio me ha costado sacrificio y humillación para tenerlo ahí, gracias a Dios y a mis hijos que me han ayudado. Por poco aplasta a mi hijo y al conductor vienen y lo sueltan con una medida de 10,000 pesos. ¿Quién me paga a mí los daños y mi dinero?», expresó con impotencia.
Según el expediente, el imputado sustrajo una guagua Nissan NV350 Rider del establecimiento Cristal de Jesús Autoimport y emprendió la huida conduciendo de manera temeraria por varias vías del Distrito Nacional.
Los videos del recorrido del vehículo, transitando en sentido contrario por la avenida John F. Kennedy, se viralizaron en redes sociales y generaron preocupación entre conductores y peatones.
