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¿Podría un juicio mediático afectar una sentencia?
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6 meses agoon
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LA REDACCIÓN
Santo Domingo, R.D.-En la República Dominicana existen varios casos que han sido mediáticos mediante las redes sociales. Uno de los más recientes es el asesinato ocurrido en el restaurante MG Kitchen, el cual ha generado diversas reacciones en los últimos días.
A lo largo de los años, otros crímenes también han captado gran atención pública. Tal fue el caso de Emely Peguero, una adolescente de 16 años que estaba embarazada y desapareció. Posteriormente, fue encontrada sin vida dentro de una maleta. El asesinato fue orquestado por su pareja sentimental y su madre colaboró como cómplice en la desaparición del cuerpo.
Otro hecho ampliamente comentado en redes sociales fue el asesinato del ministro de Medio Ambiente, Orlando Jorge Mera. Fue ultimado por un amigo cercano. Aunque el autor intentó desacreditarlo tras su muerte, las redes jugaron un papel clave en exigir justicia, lo que contribuyó a que sobre él recayera todo el peso de la ley.
Ante este contexto, elCaribe consultó a cinco juristas dominicanos para conocer si los casos virales en redes sociales pueden influir en las decisiones judiciales. Estas fueron sus valoraciones:
El abogado Félix Portes respondió afirmativamente, al expresar que un juicio mediático podría afectar una sentencia. “Este tipo de condenas sin pruebas contundentes ocurre, especialmente en distritos judiciales remotos, donde la presión social y mediática puede tener un peso desproporcionado en las decisiones judiciales”.
Como ejemplo, mencionó el caso alarmante de una representada suya: no se presentó ninguna prueba directa que acreditara su supuesta autoría intelectual. Al momento de los hechos, ella se encontraba en España, y aun así fue condenada.
“No había vínculo comprobado entre ella y el presunto autor material del crimen. Más aún, tras la sentencia, se demostró que un perito mintió bajo juramento, lo que expone graves irregularidades en la valoración de las pruebas presentadas”.
A juicio del abogado, todo apunta a que la presión mediática y el impacto emocional generado por un crimen de tal magnitud —cuatro personas fallecidas y una sobreviviente gravemente quemada— influyeron más que las evidencias reales.
“Este tipo de condenas basadas en conjeturas vulnera de manera directa el debido proceso, la presunción de inocencia y el derecho fundamental a un juicio justo”, puntualizó.
Por su parte, el abogado Javier Ubiera señaló: “El principio de independencia judicial exige que las decisiones se basen únicamente en la ley y en las pruebas presentadas en el juicio, no en la opinión pública o mediática. Sin embargo, este principio no siempre se cumple plenamente, sobre todo en sistemas frágiles institucionalmente”.
Ubiera sostuvo que la opinión pública, aunque de forma indirecta, sí puede incidir en una decisión judicial, especialmente en casos controversiales.
Agregó que esto se nota incluso en la etapa de medidas de coerción: “Cuando la integridad física del ciudadano se ve comprometida, y los jueces dictan prisión como medida coercitiva, aun cumpliendo el imputado con los requisitos para una medida más favorable, lo hacen para salvaguardar su integridad física”.
El jurista subrayó que los jueces deben actuar con imparcialidad y apegados a la ley, pero admitió que muchos pueden verse influidos por el clima social y mediático que los rodea.
El abogado y periodista Miguel Guerrero también opinó sobre el tema. Señaló que los jueces no deben actuar por “íntima convicción”, sino basarse exclusivamente en lo que se presenta en audiencia.
No obstante, reconoció que dicha convicción, aunque no aplica para emitir una sentencia, puede influir en la decisión de un juez: “Si es hallado culpable, el juez debe condenarlo”.
Otra opinión recogida fue la del jurista Adolfo Salomón, quien afirmó que los juicios mediáticos sí pueden incidir en la decisión de un juez. “La presión mediática aquí tiene un poder extraordinario”, expresó.
Agregó que un buen juez no debería ceder ante esta presión, pero reconoció que “estos casos de decisiones judiciales mediáticas ocurren con mucha regularidad, aunque no en todos los casos”.
De igual forma, el abogado John García afirmó que un juicio mediático sí podría afectar una decisión judicial debido a la presión social, ya que “los medios de comunicación tienen un peso importante; esta muchas veces desconoce el derecho y apela al populismo judicial”.
“El juez, en muchas ocasiones, se ve presionado y atacado en su reputación sin que se conozca el derecho, y esto puede frenar su crecimiento profesional. Además, nadie quiere ese escrutinio despiadado que muchas veces impone la sociedad”, añadió.
García también explicó que, por esta razón, los jueces a veces optan por imponer medidas de coerción, trasladando así la responsabilidad a tribunales de mayor jerarquía. “Ya lo debe conocer una corte, y esa presión no recae sobre un solo juez”.
Finalmente, advirtió que cuando los casos tienen alto impacto social, en un país con instituciones débiles y altamente politizadas, donde todos opinan de todo, los jueces terminan cediendo ante la presión social, tomando decisiones que no necesariamente se corresponden con lo que dicta el derecho.
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Autoridades decomisan cargamento de drogas en alta mar por provincia Peravia
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1 día agoon
febrero 16, 2026
Santo Domingo, R.D.-Un decomiso maritimo de drogas, uno de los mayores que se producen en el pais, logró la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD) la madrugada del pasado contra el narcotráfico en la República Dominicana, producido al sur de Baní en colaboración con Estados Unidos.
El cargamento, que se estima podría superar las dos toneladas, era transportado en una lancha rápida procedente de zona de la Guajira, Colombia. Tras la interdicción, la droga fue trasladada a la base militar de Caldera, en Baní, donde quedó bajo custodia de los organismos de seguridad para los análisis y el proceso judicial correspondiente.
En la operación fueron detenidos seis tripulantes, todos de nacionalidad dominicana.
Su geografía (costas extensas, escasa presencia estatal en amplias áreas y cercanía relativa a rutas marítimas internacionales) ha sido aprovechada por organizaciones criminales para enviar cargamentos hacia Centroamérica y el Caribe, desde donde posteriormente se dirigen al mercado norteamericano.
Autoridades antinarcóticos sostienen que el uso de lanchas rápidas es una modalidad frecuente: embarcaciones livianas, de gran potencia y difícil detección que intentan atravesar el Caribe en pocas horas, para evadir los sistemas de vigilancia.
Según informes la detención fue posible gracias al intercambio de información entre agencias, especialmente datos suministrados por Estados Unidos a los organismos dominicanos, lo que permitió ubicar la embarcación antes de su llegada a nuestro territorio.
Destacan que la cooperación bilateral continúa activa, pese a la suspensión temporal anunciada la semana pasada por la embajada estadounidense respecto a la oficina local de la DEA. Esa medida, según se explicó, no implicó el cese de operaciones conjuntas, sino la separación provisional de agentes bajo investigación por un presunto fraude vinculado al programa de visas.
O sea, los mecanismos de asistencia técnica, intercambio de datos e interdicción marítima permanecen en funcionamiento.
El pasado sábado las autoridades del Ministerio Público y de la DNCD también informaron que persiguen a tres hombres, incluyendo a dos haitianos, en relación a un gran cultivo de marihuana desmantelado en un amplio operativo de seguimiento y vigilancia en un área montañosa de Baní, provincia Peravia.
El operativo se desarrolló con un equipo de fiscales y agentes de la DNCD que contaron con el apoyo de agencias de inteligencia del Estado y helicópteros de la Fuerza Aérea de República Dominicana (FARD).
Las labores de inteligencia llevaron a determinar que varios individuos se dedicaban al cultivo y venta del vegetal, lo cual llevó a poner en marcha un amplio operativo aéreo y terrestre en la zona montañosa de la sección Montería, Baní.
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Nuevo reglamento para regular afiliaciones y desafiliaciones en organizaciones políticas
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1 día agoon
febrero 16, 2026
Santo Domingo, R.D.-Un nuevo reglamento emitió la Junta Central Electoral (JCE) mediante el cual busca regular las afiliaciones y desafiliaciones de los partidos.
Las disposiciones generales señalan que el plazo anual establecido para la entrega de duplicados de los registros de afiliados actualizados de los miembros de los partidos, agrupaciones o movimientos políticos será cada día uno de agosto o el siguiente día hábil, a partir del año 2026.
El reglamento señala que los partidos tendrán la potestad de decidir el procedimiento de registro de sus afiliados, a través de una plataforma digital desarrollada por estos (la cual deberá ser compatible con la JCE y cuya utilización deberá ser notificada por escrito) o de utilizar la plataforma digital desarrollada por el órgano electoral.
El mismo, aprobado por el pleno encabezado por su presidente Román Jáquez Liranzo, la JCE, de común acuerdo con las organizaciones políticas, podrá incorporar las medidas que considere oportunas o necesarias para implementar las iniciativas que faciliten el proceso de afiliación y la comprobación del mismo, incluyendo pruebas de vida técnicamente disponibles en la institución.
La Junta Central Electoral, una vez reciba los registros de afiliados, realizará los cruces pertinentes, para determinar que los mismos cumplen con lo establecido en este artículo y comunicarlo a las respectivas organizaciones.
“La JCE entregará a más tardar cinco días laborables las observaciones detalladas de los casos con los/las ciudadanos/as que no reunieron los requisitos para pertenecer a una organización política”, reseña el documento.
La JCE establece que para afiliarse a un partido, agrupación o movimiento político se requiere ser ciudadano inscrito y habilitado en el Padrón Electoral.
Mientras que no podrán afiliarse a partidos, agrupaciones o movimientos políticos los militares o miembros de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional, así como los jueces del Poder Judicial, Tribunal Superior Electoral (TSE) y Tribunal Constitucional. Tampoco podrán afiliarse los representantes del Ministerio Público, miembros, funcionarios y colaboradores de JCE, juntas electorales, miembros de la Cámara de Cuentas, el Defensor del Pueblo y adjuntos.
Cuando los aspirantes ingresen a esos órganos previamente señalados, deberán presentar una declaración jurada sobre el hecho de estar o no afiliados a un partido, agrupación o movimiento político, con cuya declaración, la institución o el organismo correspondiente, comunicará por escrito tal circunstancia a la JCE y esta al partido, agrupación o movimiento político que corresponda, el cual procederá a cancelar la afiliación de la persona a la organización política.
La afiliación a otro partido, agrupación o movimiento político, el apoyo a otra candidatura contraria, la participación en actividades o la aceptación de candidaturas por otras organizaciones implicarán la renuncia automática a toda afiliación anterior.
“Hacer pronunciamientos en contra de candidaturas de elección popular postuladas por su partido, no producirán la renuncia automática de los militantes que procedieren y que, en caso de que la entidad política en que militan pretendiere sancionarlos, la sanción impuesta solo será válida si fuere dictada con ocasión de un juicio disciplinario llevado a cabo con observancia de las garantías del debido proceso”, indica el documento.
El documento señala que todo afiliado a un partido, agrupación o movimiento político podrá renunciar a él, en cualquier momento, sin expresión de causa.
“La renuncia producirá la desafiliación por el solo hecho de ser presentada al presidente del partido, agrupación o movimiento político, de la cual remitirá copia a través de la Plataforma Digital dispuesta por la Junta Central Electoral dentro de los 30 días calendarios a la fecha de su recepción”, dice la propuesta.
Por igual se indica los afiliados podrá renunciar, en cualquier momento, sin expresión de causa.
La renuncia producirá la desafiliación por el solo hecho de ser presentada al presidente del partido, agrupación o movimiento político, de la cual remitirá copia a través de la Plataforma Digital dispuesta por JCE dentro de los 30 días calendarios a la fecha de su recepción o ante el órgano electoral, quien remitirá copia y el debido reporte con los datos personales de los renunciantes cada 30 días calendario a los partidos, agrupaciones o movimientos políticos correspondientes.
El reglamento realizado por el órgano electoral indica que los partidos, agrupaciones o movimientos políticos realizarán el procedimiento de registro a través de la Plataforma Digital habilitada en la página web de la JCE.
La Dirección de Partidos Políticos otorgará un acceso a cada organización política que haya decidido utilizar la plataforma de la JCE, la cual operará a través y bajo la responsabilidad de un/a Administrador/a, quien tendrá a su cargo crear el/los usuarios/s necesarios para sus registros.
“Los partidos, agrupaciones o movimientos políticos usuarios de la referida plataforma, mediante instancia firmada por su presidente o secretario general, designarán un Administrador/a que será la persona autorizada y responsable de crear el/los usuario/s necesarios para realizar sus registros a través de la Plataforma Digital. El/La Delegado/a Político/a será el/la encargado/a de tramitar dicha designación ante la Junta Central Electoral”, señala el nuevo reglamento.
La plataforma de la JCE operará de forma permanente. En el caso de que la Junta Central Electoral requiera suspender temporalmente dicha Plataforma, se informará por los medios correspondientes a los partidos.
El formato establecido para la entrega del Registro de Afiliaciones, en cumplimiento con lo indicado en la Ley núm. 33-18, contendrá el logo y nombre del Partido, Agrupación o Movimiento Político; el Nombre del/ de la afiliado/a o desafiliado/a; la Cédula de Identidad y Electoral; el municipio /Distrito Municipal que corresponda; el código de circunscripción; la fecha de afiliación y la documentación soporte de las afiliaciones o desafiliaciones.
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Descartan hablar en reunión con Abinader de exsupervisor de la DEA acusado en EEUU.
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1 día agoon
febrero 16, 2026
Santo Domingo, R.D.-Este lunes la Fuerza de Tarea Conjunta descartó hablar sobre el caso del exsupervisor dominicano de la Administración de Control de Drogas (DEA) en Santo Domingo durante la reunión de seguimiento al Plan de Seguridad Ciudadana que encabezó el presidente Luis Abinader.
Raful respondió a una pregunta de uno de los periodistas durante la conferencia de prensa celebrada después de la reunión en el Palacio de la Policía Nacional. La funcionaria no amplió sus comentarios sobre este caso.
También asesoraba a las personas en la preparación de su entrevista de visa con funcionarios consulares estadounidenses.
“Cordero se reunió con un ciudadano extranjero y le proporcionó un pasaporte y una visa que le permitían viajar a Estados Unidos a cambio de dinero”, reveló la fiscalía.
Cordero “presuntamente recibió miles de dólares a cambio de ayudar a ciudadanos extranjeros a obtener un visado de no inmigrante que les permitiría visitar Estados Unidos por un período temporal”, indicó la fiscalía federal.
Cordero, de 47 años, estuvo asignado durante seis años a la embajada estadounidense en el país.
“Es una violación repugnante y deshonrada de la confianza pública usar el cargo oficial para beneficio propio. No toleraré ni siquiera la percepción de corrupción en ningún lugar de la Embajada que dirijo”, añadió.
En 2024, el presidente Abinader otorgó la condecoración de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella en el Grado de Caballero a Cordero, según el decreto 520-24 archivado en la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo.
