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JCE intima también al PRM y advierte severas sanciones por proselitismo

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Santo Domingo.– La Junta Central Electoral (JCE) emitió una intimación preventiva contra el Partido Revolucionario Moderno (PRM) por la realización de actividades consideradas como hechos notorios de precampaña y campaña anticipada, acciones prohibidas por la normativa electoral vigente.

La medida, ejecutada mediante un acto de alguacil, busca preservar la equidad entre aspirantes y garantizar el respeto al marco legal que regula los períodos de proselitismo político en República Dominicana.

Según el documento, la JCE actuó en cumplimiento de su rol preventivo y garante de la igualdad de condiciones para todos los aspirantes a cargos de elección popular.

La institución fundamentó su decisión en el Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador Electoral y en la reciente sentencia TSE/0011/2025, que ratifica que durante el lapso previo al inicio oficial de la precampaña «está prohibida toda promoción de precandidaturas o candidaturas orientadas a la captación de votos».

En la intimación, la JCE ordena formalmente al PRM que adopte las medidas necesarias para que dirigentes, miembros y militantes se abstengan de realizar actividades públicas o mediáticas que promuevan aspirantes como precandidatos o candidatos, en cualquiera de los niveles de elección, antes del inicio legal de la precampaña o campaña electoral.

¿Qué declararon sobre la intimación y sus consecuencias?

El órgano electoral señala que ha constatado «hechos notorios» de pronunciamientos públicos con contenido proselitista difundidos por algunos miembros del PRM en medios de comunicación y redes sociales.

La JCE estableció un plazo de diez (10) días hábiles para que el PRM presente ante la Secretaría General del órgano electoral una constancia fehaciente de que informó a toda su militancia sobre la prohibición y sobre la obligación de acatar la normativa. Este depósito debe incluir evidencia de que la advertencia fue oficialmente comunicada a sus dirigentes y miembros.

El documento advierte que, en caso de incumplimiento, el Pleno de la JCE podrá disponer de forma inmediata:

1. Aplicación de medidas cautelares

Las cuales serían ejecutadas por la Unidad de Sanciones Administrativas Electorales y Medidas Cautelares, conforme a lo establecido en las leyes 33-18 y 20-23, y en el Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador Electoral.

2. Apertura de un procedimiento sancionador

Si persisten las acciones prohibidas, la JCE iniciará formalmente un proceso administrativo que podría conllevar sanciones mayores.

Aunque el texto no detalla tipos específicos de sanciones, la intimación enfatiza que se aplicarán todas las consecuencias legales correspondientes, que pueden surgir tanto del incumplimiento de la advertencia como de la continuidad de actividades ilícitas en materia electoral.

Se recuerda que, la Junta Central Electoral también notificó formalmente al partido Fuerza del Pueblo (FP), una intimación y advertencia luego de la marcha realizada este domingo, encabezada por Leonel Fernández y el diputado Omar Fernández, actividad que la entidad consideró susceptible de confundirse con actos de carácter político-partidario.

Asimismo, el órgano electoral observó que, según medios de comunicación y redes sociales, la marcha contó con la presencia de dirigentes del FP y de ciudadanos portando distintivos de la organización. Según el documento, estos elementos podrían configurar acciones «de naturaleza político-partidaria» que exceden el ejercicio neutro del derecho a la protesta social.

Sobre la Ley 33-18 sobre Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos

La Ley 33-18 sobre Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos establece un marco estricto para regular el proselitismo y evitar ventajas indebidas en períodos no autorizados.

De acuerdo con el artículo 44, toda actividad de difusión pública —incluyendo promociones, discursos, marchas, caravanas y cualquier acción destinada a atraer simpatizantes— solo puede realizarse durante la campaña interna, etapa formalmente definida por las organizaciones políticas. Fuera de ese período, las acciones de promoción de figuras, aspirantes o corrientes internas son consideradas proselitismo prohibido.

La normativa también fija limitaciones claras a la propaganda visual y mediática. El artículo 47 prohíbe la colocación indiscriminada de afiches, vallas, pancartas y cualquier material publicitario fuera de las zonas permitidas, restringiendo su uso a espacios autorizados por las municipalidades.

  • Asimismo, impide la propaganda que afecte bienes públicos, áreas protegidas, cercas, postes o edificaciones del Estado, estableciendo que toda colocación no autorizada constituye una infracción sancionable.

Estas disposiciones buscan evitar que partidos o aspirantes adelanten campañas disfrazadas o generen ventajas competitivas antes del período legal, una práctica que la ley considera nociva para la equidad electoral.

La normativa también prevé sanciones administrativas para las organizaciones que violen estas reglas, las cuales pueden incluir advertencias formalesmedidas cautelares y la apertura de procedimientos sancionadores a través de la Junta Central Electoral.

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Defensa de Santiago Hazim no se opone a prórroga para presentar acusación en caso Senasa

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Santo Domingo, R.D.-La defensa del exdirector del Seguro Nacional de Salud (Senasa), Santiago Hazim, no se opone a que se otorgue una prórroga al Ministerio Público para presentar acusación.

El doctor Miguel Valerio dijo que es un caso complejo y que es un derecho que tienen los fiscales de la de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), y de la Dirección de Persecución del Ministerio Público.

Mientras que el abogado Hiroito Reyes, quien representa al imputado German Rafael Robles Quiñones, ex consultor jurídico de Senasa, tampoco puso oposición a que se dé un tiempo al Ministerio Público para presentar acto conclusivo.

El magistrado Deiby Timoteo Peguero tomó la decisión luego de que la defensa del imputado, Francisco Minaya no compareciera a la audiencia, debido que su padre falleció la noche del martes y se encontraba en la funeraria.

Wilson Camacho y Mirna Ortiz procuran que se de cuatro meses más para presentar acusación formal, pedimento que se suman los abogados que representan al Estado dominicano.

Los primeros cinco guardan prisión preventiva en el Centro de Corrección y Rehabilitación Las Parras, mientras que Ledesma se encuentra bajo arresto domiciliario.

También figuran como acusados Eduardo Read Estrella, Cinty Acosta Sención y Heidi Mariela Pineda Perdomo, quienes se encuentran bajo arresto domiciliario.

Al grupo se le acusa de defraudar al Estado dominicano por más de 15,000 millones de pesos, cifra que investigaciones posteriores han elevado a más de 19,000 millones de pesos.

Según el Ministerio Público, la red operó entre 2020 y 2025, afectando el sistema público de riesgos de salud.

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Juez evaluará este miércoles solicitud de Pepca para extender investigación del caso Senasa.

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Santo Domingo, R.D.-Deiby Peguero, juez del Séptimo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, fijó para este miércoles el conocimiento de la solicitud de prórroga de cuatro meses presentada por el Ministerio Público para concluir la investigación y depositar la acusación contra el exdirector del Seguro Nacional de Salud (SeNaSa), Santiago Marcelo Hazim, y los demás implicados en el caso Cobra.

La solicitud de prórroga fue depositada por fiscales de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), con el propósito de analizar minuciosamente las evidencias recabadas durante allanamiento. Así lo informó recientemente el procurador adjunto, Wilson Camacho.

Camacho indicó que la institución cuenta con un equipo especializado dedicado al estudio del contenido de 16,800 cajas de documentos ocupadas durante los recientes operativos de intervención como parte de la investigación que realiza del caso.

El exdirector de SeNaSa, Santiago Marcelo Hazim, junto a otros imputados, es señalado de conformar una estructura criminal que habría perpetrado un desfalco superior a RD$15 mil millones en perjuicio del Estado dominicano, a través de la entidad pública de salud.

Además de Hazim, figuran como imputados Gustavo Enrique Messina Cruz, Germán Rafael Robles Quiñones, Francisco Iván Minaya Pérez, Rafael Luis Martínez Hazim, Ramón Alan Speakler Mateo, Ada Ledesma Ubiera, Eduardo Read Estrella, Cinty Acosta Sención y Heidi Mariela Pineda Perdomo, quienes cumplen distintas medidas de coerción impuestas en diciembre de 2025.

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Asesino de conductor de camión recolector de basura es apresado en Jamaica.

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Santo Domingo, R.D.-Jhovanny de Jesus Metz Crus, conocido como «Macho», señalado como el principal sospechoso de la muerte del conductor Deivy Carlos Abreu Quezada, quien falleció luego de ser atacado por una turba de motociclistas durante una persecución, fue apresado en Jamaica.

La información fue confirmada a Diario Libre por una fuente de la Procuraduría General de la República (PGR).

De acuerdo con las investigaciones, «Macho» habría sido quien presuntamente propinó varias estocadas a Abreu Quezada durante el ataque ocurrido el pasado 17 de abril en el parqueo del Palacio de Justicia de Santiago, donde la víctima intentó refugiarse tras ser perseguida durante varios kilómetros por un grupo de motociclistas.

En principio, se informó que la persecución se produjo a raíz de un incidente de tránsito.

Posteriormente, trascendió que la agresión habría sido motivada por una presunta deuda económica que el conductor mantenía con sus atacantes.

Visado a JamaicaEn marzo pasado, Jamaica eliminó el requisito de visa para los dominicanos que viajen a ese país por turismo o negocio por un periodo de 180 días.

Mets Cruz también enfrenta un proceso judicial por las heridas de bala ocasionadas en 2023 al sargento de la Policía Nacional Christopher Almánzar García, adscrito a la unidad SWAT.

El imputado no se presentó al juicio de fondo pautado para el miércoles 20 de mayo ante el Cuarto Tribunal Colegiado de Santiago, por lo que la sala ordenó declararlo en rebeldía y activar las consecuencias legales correspondientes.

En ese expediente, Mets Cruz enfrenta acusaciones por intento de homicidio y asociación de malhechores.

El hecho ocurrió el 7 de mayo de 2023 en el sector El Ejido, de Santiago.

Durante el incidente, el sargento Almánzar García sufrió fracturas en el fémur y la rodilla izquierda, mientras que su sobrino, Jeison Willian Almánzar Núñez, resultó herido en la pierna izquierda cuando intentaba auxiliarlo.

Según las informaciones ofrecidas en el tribunal, Mets Cruz cumplía medidas de coerción consistentes en presentación periódica, impedimento de salida del país y orden de alejamiento de las víctimas.

Tras su incomparecencia al juicio, el tribunal dispuso su declaratoria en rebeldía, mientras las autoridades activaron su búsqueda.

Ahora, con su detención en Jamaica, las autoridades dominicanas deberán realizar las gestiones correspondientes para establecer su eventual retorno al país y que responda ante la justicia por los procesos que tiene pendientes.

Formalmente no hay un tratado de extradición entre República Dominicana y Jamaica. El intercambio judicial y la colaboración policial se apoyan en organismos internacionales como Interpol.

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