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Estudiante haitiana murió por asfixia mecánica de acuerdo a la autopsia
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6 meses agoon
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LA REDACCIÓN
Santo Domingo, R.D.-Fue por asfixia mecánica que murió Stephora Ann-Merci Joseph, de acuerdo al informe 552-2025 del Instituto Nacional de Ciencias Forenses fechado el 19 de noviembre, el cual ha sido dado a conocer muchos después de ocurrido el hecho.
De etiología médico legal indeterminada, el mecanismo de la muerte fue “insuficiencia respiratoria, la forma de producirse la muerte fue rápida”.
En el documento no se establece la hora de la muerte, ya que aunque en el relato fáctico del Ministerio Público se establece que los hechos comenzaron a las 9:45 de la mañana, el levantamiento del cadáver se produjo a las 2:05 de la tarde.
Según el Ministerio Público, “a las 9:44 de la mañana, la víctima se adentra a la piscina, caminando confiada». La piscina se encontraba sin ningún tipo de señalización y al momento en que llega a la mitad de la misma, la menor «se percató de que el nivel de agua era diferente y de inmediato empezó a hundirse y a hacer señas de auxilio con los brazos muestra de que se estaba ahogando».
El escrito del órgano acusador continúa explicando «que a las 9:45 (de la mañana) la menor de edad realizó gesto de desesperación, luchando por tomar aire, por mantenerse a flote, por sobrevivir».
En la solicitud de medida de coerción se establece que «mientras se estaba ahogando, la imputada Francisca Josefina Tavárez Vélez, camina por el borde de la piscina, justo al lado de la víctima y se desplaza sin siquiera voltear la cara, en cambio se dirige a la parte de la piscina donde está el jacuzzi y habla con unos niños que están ahí, regresando a la parte del gazebo, volviendo a pasar al lado de la víctima, sin que nada le llame la atención. Esta es una muestra extrema de la falta de cuidado y de la forma negligente e irresponsable en la que las imputadas realizaron la supervisión del área de la piscina».
«Se ahogó, se ahogó«, gritaba el menor, mientras llamaban a la imputada Vilma Altagracia Vargas Morel.
En su relato establece que durante esos 31 minutos la imputada Vilma Altagracia Vargas Morel utilizaba su aparato celular, sin ver lo que estaba pasando, siendo todo esto captado por las cámaras de seguridad del lugar.
El expediente revela un detalle estremecedor, cuando un empleado de la hacienda y varios estudiantes insistieron en llamar al 911 a las 10:20 a. m., la imputada Francisca Tavárez respondió: “No. Están llamando a la directora.”
Se llamó primero al colegio, no al sistema de emergencias. La madre tampoco fue informada de inmediato, la llamaron 1 hora 25 minutos después de que estaba muerta para decirle que se estaba vomitando.

La estudiante Stephora, de 11 años, murió en una excursión de un colegio.
Llamaron a madre más de una hora después
A la madre que llegó poco más de las 12:00 del mediodía le dijeron que su hija estaba viva bajo cuidados médicos. Le comunicaron la muerte 4 horas después de estar en la parte frontal de la hacienda.
Durante ese tiempo entraron unidades del DICRIM, del SWAT y una ambulancia…, pero nadie salió a hablar con la madre.
En su relato el Ministerio Público tampoco establece qué se hizo con la niña desde las 10:20 hasta las 2:05 de la tarde, cuando se hace el levantamiento del cadáver
Violación de los protocolos
El documento detalla que el colegio organizó la actividad llamada “Agasajo Guardia de Honor” violando la Orden Departamental 09-2009, que prohíbe terminantemente excursiones y actividades recreativas en ríos, playas, lagos y piscinas.
Pese a la prohibición, el centro aprobó la actividad, coordinada por las imputadas, para 87 estudiantes de entre 10 y 18 años, incluyendo a Stephora.
El lugar escogido fue Hacienda Los Caballos, un espacio que, de acuerdo al informe de la Defensa Civil, no contaba con salvavidas, señalización, rutas de evacuación ni protocolos de emergencia.
Sin verificar quién sabía nadar
Aunque los padres debían firmar una autorización para el uso de la piscina, el colegio nunca preguntó si los niños sabían nadar.
La propia madre de la niña declaró al Ministerio Público:
“Mi hija no sabía nadar. Yo pensaba que era una piscina de niños. Ellos no me dieron detalles”.
En el audiovisual se puede observar cómo un grupo de al menos cinco niños la ve mientras ella levanta las manos pidiendo ayuda al momento en que se está ahogando, ellos la señalan, pero nadie pide ayuda. De hecho, van hacia otros puntos de la piscina sin dar parte a las maestras, ni a ningún otro personal allí presente.
Las imputadas
La Fiscalía de Santiago depositó la solicitud de medida de coerción contra cuatro integrantes del equipo directivo y docente del colegio Leonardo Da Vinci, acusadas de homicidio involuntario, abandono y maltrato a menores.
Yris del Carmen Reyes Adames, directora administrativa del instituto Leonardo Da Vinci; Gisela Altagracia de las Mercedes González, coordinadora general y asesora del equipo directivo; Francisca Josefina Tavárez Vélez, orientadora y Vilma Altagracia Vargas Morel, coordinadora del nivel secundario.
Responsabilidad penal
El Ministerio Público sostiene que las cuatro imputadas actuaron con torpeza, negligencia e imprudencia extrema, incumpliendo su deber de cuidado y violando normas nacionales.
La calificación jurídica que ha dado el Ministerio Público es homicidio involuntario (art. 319 CP), abandono y maltrato a menores (art. 351-2 CP) y Violación al Código de Niños, Niñas y Adolescentes (Ley 136-03).
Para el Ministerio Público, la muerte de Stephora fue resultado directo de una excursión ilegal, en un lugar inseguro con falta total de supervisión, la omisión de auxilio y el incumplimiento de protocolos.
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Apelarán sentencia que condena a 20 años por corrupción a Torres Robiou.
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21 horas agoon
junio 18, 2026
Santo Domingo.– Los abogados de Juan Carlos Torres Robiou, los licenciados Aracelis Aquino y Luciano Hilario Marmolejos, anunciaron que preparan una ofensiva legal con miras a impugnar la condena emitida en contra del general en el marco de los casos Coral y Coral 5G.
En este proceso judicial, el tribunal dictó condenas que oscilan entre los cinco (5) y los veinte (20) años de prisión para distintos imputados, incluyendo la pena de veinte (20) años impuesta a Torres Robiou, decisión que forma parte de la sentencia actualmente objeto de cuestionamiento.
El equipo legal informó que se encuentra a la espera de la lectura íntegra de la sentencia, fijada para el 14 de agosto de 2026, a fin de proceder con las vías recursivas establecidas en la normativa vigente.
Los abogados indicaron que, conforme a lo expuesto en sus motivaciones in voce, tomarán como referencia el plazo de cuatro años, señalando, además, que existen contradicciones en la decisión oral, las cuales serán objeto de análisis en la fase recursiva.
Asimismo, la defensa sostiene que, durante el proceso judicial, se habrían producido presuntas irregularidades que, a su juicio, vulneran garantías constitucionales, las cuales serán debidamente expuestas ante el Tribunal de Alzada.
El equipo jurídico reiteró que su representado no cometió los hechos que se le imputan y afirmó que presentará ante la instancia superior las pruebas a descargo, así como observaciones sobre la repetición de elementos probatorios aportados por el órgano investigador, los cuales consideran que generaron confusión en el proceso.
El proceso judicial relacionado con los casos Coral y Coral 5G se extendió por más de cinco años, abarcando las fases de investigación, medidas de coerción, presentación de acusación y juicio de fondo.
La defensa recordó que las sentencias emitidas en primer grado son recurribles y no adquieren firmeza hasta agotar las vías de impugnación correspondientes ante las instancias superiores, conforme establece la Constitución. Asimismo, señalaron que eventualmente el Tribunal Constitucional podría disponer la suspensión de la ejecución de la sentencia.
En ese sentido, afirmaron que no cesarán en sus esfuerzos hasta demostrar que las medidas adoptadas contra su defendido carecen de base legal.
Finalmente, el equipo legal explicó que esperará la notificación íntegra de la sentencia para proceder con su análisis y, posteriormente, interponer el recurso de apelación correspondiente.
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TC se reservan fallo este jueves de recurso sobre despenalización del aborto
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21 horas agoon
junio 18, 2026
Santo Domingo, R.D.-Quedaron en estado de falla en el Tribunal Constitucional unas 21 acciones directas de inconstitucionalidad, incluida una interpuesta contra varios articulos de la Ley 74-25, que instituye el nuevo código penal, la cual persigue la despenalización del aborto.
Sostuvo que debido a la alta relevancia, complejidad y trascendencia nacional del debate sobre la penalización absoluta del aborto, concedía plazos especiales y sucesivos antes de emitir su dictamen definitivo.
Dijo que una vez venza ese plazo, se activará automáticamente un segundo de cinco días adicionales para que la parte accionada y todos los intervinientes que se oponen a la demanda puedan refutar los escritos depositados.
Manifestó que al concluir esta etapa procesal, el Tribunal Constitucional emitirá y notificará su fallo conforme a los plazos de la normativa vigente.
Durante la audiencia, la Procuraduría General de la República (PGR) fijó una posición al dictaminar formalmente en contra de la acción directa de inconstitucionalidad promovida por la ciudadana Rosa Herminia Hernández, la asociación Alianza Cristiana Dominicana (ACD) y la organización Católicas por el Derecho a Decidir de la República Dominicana (CDDRD).
La PGR solicitó rechazar de manera absoluta el recurso que ataca los artículos 106, 107, 108, 110 y 111 de la Ley 74-25, argumentando que la demanda adolece de un «vicio argumentativo común» al intentar forzar una interpretación expansiva de tratados internacionales para dejar sin efecto el artículo 37 de la Constitución, el cual blinda el derecho a la vida desde la concepción.
Respecto a las intervenciones de grupos pro-vida depositadas fuera de plazo, el órgano persecutor mantuvo neutralidad procesal,.
Mientras el doctor Fabio García, en representación del Senado, defendió la soberanía legislativa y proclamó la constitucionalidad del articulado.
Exigen adopción de las «tres causales»
En la acera opuesta, el reconocido jurista Cristóbal Rodríguez y el Instituto Tecnológico de Santo Domingo (INTEC)—junto a su Centro de Estudios de Género y la firma Ética, Estudio Jurídico—articularon la defensa técnica de la acción, solicitando la nulidad de la penalización absoluta del aborto por vulnerar un catálogo masivo de derechos fundamentales (salud, integridad, dignidad e igualdad).
Rodríguez planteó expulsar del ordenamiento la frase «fuera de la eximente del artículo 111 del Código Penal» del artículo 110, y modificar el artículo 111 para incluir explícitamente las tres causales (peligro para la vida de la mujer, inviabilidad fetal y embarazos por violación o incesto).
Mientras que la representante de INTEC, Ramírez Guzmán, solicitó aplicar el principio pro actione para admitir sus escritos y propuso una fórmula aditiva para asegurar que la interrupción médica del embarazo bajo las tres causales requiera siempre el consentimiento libre e informado de la mujer, de acuerdo con los protocolos sanitarios.
Colectivos pro-vida rechazan exclusión y llaman al debate
El bloque de organizaciones religiosas y comunitarias de corte pro-vida, que unificó a entidades como Juventud con una Misión (JUCUM), RD Inclusiva, el Consejo Dominicano de Unidad Evangélica (Codue), el Foro de la Arquidiócesis de Santo Domingo y la organización Pronación, defendió con vehemencia su derecho a participar en el proceso.
El jurista Juárez Víctor Castillo Semán, al frente de la defensa de estos colectivos, solicitó al TC desestimar el medio de inadmisión con el que los grupos feministas pretendían dejarlos fuera del proceso, basándose en «formalismos temporales«.
Castillo Semán invocó los principios de informalidad y tutela judicial efectiva para exigir una interpretación flexible de las normas procesales debido al orden público constitucional que reviste el caso.
El abogado argumentó que la admisión de los sectores pro-vida no vulnera la «igualdad de armas» ni genera indefensión, sino que enriquece el pluralismo constitucional y robustece el contradictorio de cara a la deliberación del tribunal.
En ese sentido, solicitó al TC declarar rechazar la instancia que busca la despenalización del aborto.
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Fueron desviados 148.6 millones de pesos por imputados en caso Oncológico.
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21 horas agoon
junio 18, 2026
Santo Domingo, R.D.-Fueron desviados 148.6 millones de pesos por la red de corrupcion encabezada por Hector Antonio Lora Cruceta del dinero perteneciente al Instituto Oncologico Regional del Cibao, cuya accion ilegal se produjo durante los aóos 2018 y 2025, según el Ministerio Público (MP).
El órgano persecutor afirma que ambas instituciones, destinadas al servicio público, comenzaron a operar bajo una estructura de «empresa familiar» orientada al lucro personal, bajo la dirección del principal imputado.
Lora Cruceta figura entre los implicados en la Operación Onco14, la supuesta red de corrupción que habría operado dentro de los citados organismos, en perjuicio del Estado, de pacientes con cáncer y usuarios del Seguro Nacional de Salud (Senasa).
En la supuesta trama también están vinculadas la exesposa de Lora Cruceta, Dilcia Isabel Vargas Sánchez, y su actual cónyuge, Luisa Yasiris Guzmán. Para los tres, el Ministerio Público solicita 18 meses de prisión preventiva.
Según el expediente, desde que Lora Cruceta asumió la presidencia y Vargas Sánchez la vicepresidencia en octubre de 2018, ambos dirigieron el Instituto Oncológico Regional del Cibao con el propósito de beneficiarse de sus recursos económicos.
Asimismo, el órgano persecutor sostiene que Lora Cruceta manejaba las finanzas exclusivamente desde su dispositivo personal a través de la banca por internet (Internet Banking), excluyendo al tesorero y a la Junta Directiva de cualquier proceso de supervisión.
De acuerdo con el Ministerio Público, Senasa fue el objetivo principal del presunto entramado de corrupción.
En la solicitud de medida de coerción, la entidad sostiene que el grupo aprovechó que gran parte de los ingresos del Patronato Cibaeño provenían de fondos públicos canalizados a través de esta aseguradora para ejecutar maniobras fraudulentas sistemáticas.
El pasado martes, el director general de Persecución del Ministerio Público, Wilson Camacho, informó que los implicados en la Operación Onco14 manejaron aproximadamente 3,700 millones de pesos provenientes del Senasa, administrados por el Instituto Oncológico Regional del Cibao.
Para el magistrado, el órgano acusador cuenta con abundantes pruebas para sustentar la solicitud de prisión preventiva contra los imputados.
