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Los incidentes de los abogados que participan en el caso Medusa han prologando el proceso a más cuatro años.
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7 meses agoon
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LA REDACCIÓN
Santo Domingo, R.D.-Ya cumple cuatro años, seis meses y 28 días el proceso judicial seguido contra el exprocurador general de la República, Jean Alain Rodríguez, y otros implicados en el caso Medusa, acusados de un presunto desfalco superior a RD$6,000 millones al Estado dominicano.
El cómputo inicia desde el 13 de julio de 2021, fecha en que se dictó la medida de coerción contra los imputados. Sin embargo, hasta la fecha, el Ministerio Público no ha iniciado la lectura formal de la acusación, debido a múltiples incidentes y tácticas procesales presentadas por los abogados de la defensa.
El juicio se conoce ante las juezas del Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, presidido por la magistrada Claribel Nivar. El más reciente incidente ocurrió cuando dicho tribunal decidió fusionar nuevamente la acusación contra Altagracia Guillén, señalada en el entramado de corrupción del caso Medusa, con el expediente principal que encabeza Jean Alain Rodríguez.
Se espera que este miércoles el Ministerio Público finalmente inicie la lectura de la acusación contra los imputados del caso Medusa, que la jueza del tribunal aplazo para esa fecha el juicio.
Este plazo solo puede extenderse por 12 meses adicionales en caso de sentencia condenatoria, a fin de permitir la tramitación de los recursos correspondientes.
No obstante, la normativa establece que los períodos de suspensión causados por dilaciones indebidas o tácticas dilatorias provocadas por los imputados y sus defensas no se computan dentro de ese plazo.
Asimismo, la fuga o rebeldía de un imputado interrumpe el cómputo del tiempo procesal, el cual se reinicia una vez comparezca o sea arrestado.
El abogado Joaquín Zapata sostuvo que el proceso debería ser declarado extinta la acción penal por vencimiento del plazo máximo, aunque reconoció que la Suprema Corte de Justicia (SCJ) no ha fijado una posición constante sobre este tema.
Recordó que una situación similar ocurrió en el caso Odebrecht, donde, pese a plantearse la extinción de la acción penal por vencimiento del proceso, la Suprema Corte optó por resolver el expediente por otra vía procesal.
“Desde el punto de vista doctrinal y conforme al debido proceso, debe declararse la extinción de la acción penal, pero habrá que esperar cuál será la posición que asuma la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia”, expresó Zapata.
Por su parte, el jurista Jaime Caonabo Terrero manifestó que ha llegado a la conclusión de que el Ministerio Público prioriza la mediatización de los procesos en los medios de comunicación, en lugar de concluirlos de manera efectiva en los tribunales.
“Solo hay que ver las solicitudes de medidas de coerción: el caso Medusa tiene 12,274 páginas, Senasa 535 páginas, con listas extensas de testigos y pruebas periciales y documentales, como si se tratara de juicios de fondo. Aun así, solicitan que los procesos sean declarados complejos para disponer de más tiempo”, señaló.
El Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional fue apoderado del proceso el 3 de mayo de 2025, luego de que el 25 de febrero de 2025 la Corte de Apelación del Distrito Nacional acogiera una recusación contra los jueces del Cuarto Tribunal Colegiado, que había sido apoderado el 7 de agosto de 2024.
La recusación fue interpuesta el 29 de enero de 2025 por los abogados de Jean Alain Rodríguez, principal imputado del caso Medusa.
Los implicados fueron enviados a juicio el 28 de junio de 2024 por el juez del Tercer Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional. Durante la audiencia preliminar, 25 imputados llegaron a acuerdos con el Ministerio Público, admitiendo los hechos que se les imputaban.
Previamente, el 26 de julio de 2022, el juez Amauris Martínez fue apoderado para conocer la audiencia preliminar contra 63 imputados, incluidos 42 personas físicas y varias empresas.
El 13 de julio de 2021, la jueza Kenya Romero, de la Oficina de Atención Permanente del Distrito Nacional, impuso 18 meses de prisión preventiva contra Jean Alain Rodríguez y otros tres implicados en la denominada Operación Medusa, además de declarar el proceso como complejo.
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Suprema Corte mantiene condena de RD$2 millones contra Jean Alain Rodríguez a favor de Marino Zapete
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13 horas agoon
septiembre 16, 2026La Primera Sala declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por el exprocurador al considerar que no acreditó el interés casacional exigido por la Ley 2-23
SANTO DOMINGO.– La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) dejó vigente la condena que ordena al exprocurador general de la República Jean Alain Rodríguez Sánchez pagar una indemnización de RD$2 millones al periodista Marino Zapete Corniel, por concepto de daños morales relacionados con la salida del aire de su programa El Jarabe de Zapete.
La decisión fue adoptada por el tribunal presidido por Justiniano Montero Montero e integrado por los magistrados Samuel Arias Arzeno, Édynson Alarcón y Miguelina Ureña Núñez, al declarar inadmisible el recurso de casación presentado por Rodríguez Sánchez.
La Suprema Corte determinó que el recurrente no acreditó la existencia de interés casacional, requisito establecido por la Ley núm. 2-23 sobre Recurso de Casación.
Como consecuencia, permanece vigente la sentencia dictada el 26 de agosto de 2024 por la Tercera Sala Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, que revocó una decisión de primer grado y estableció la responsabilidad civil del exprocurador.
Condena incluye interés judicial
Además de los RD$2 millones por daños morales, la decisión contempla el pago de un interés judicial de 1.5 % mensual, computado desde la notificación de la sentencia hasta su ejecución total.
La Corte de Apelación había rechazado, sin embargo, la demanda interpuesta contra Maybeth Rodríguez Sánchez, hermana del exprocurador, y determinó que tampoco fueron demostrados los daños materiales reclamados por Zapete.
El origen del conflicto
El litigio tiene su origen en informaciones difundidas por Marino Zapete el 25 de septiembre de 2019, durante una emisión de El Jarabe de Zapete, transmitido entonces por Teleradio América.
El periodista abordó contratos suscritos entre el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones y Grupo Asimra, SRL, relacionados con el suministro de cemento asfáltico AC-30.
Dos de esos contratos habían sido firmados en 2017 por Maybeth Rodríguez Sánchez en representación de la empresa.
Tras las informaciones divulgadas, Zapete solicitó que las contrataciones fueran investigadas. Maybeth Rodríguez respondió mediante una comunicación en la que negó ser o haber sido suplidora del Estado y posteriormente presentó una acusación penal privada por difamación contra el comunicador, acción de la que desistió en 2020.
Zapete sostuvo en su demanda que Jean Alain Rodríguez ejerció presiones para que se retractara de sus señalamientos y que, ante su negativa, posteriormente se produjo la salida del aire de su programa. El periodista atribuyó a esos hechos los daños reclamados judicialmente.
Demanda fue rechazada inicialmente
En 2022, el tribunal de primera instancia rechazó la demanda al considerar insuficientes las pruebas presentadas.
La decisión fue posteriormente revocada por la Corte de Apelación, que estableció responsabilidad civil a cargo de Jean Alain Rodríguez y fijó en RD$2 millones la indemnización por daños morales.
Rodríguez recurrió la sentencia en casación alegando, entre otros aspectos, violaciones a su derecho de defensa, deficiencias en la motivación y valoración de las pruebas y cuestionamientos relacionados con la participación de una magistrada en la decisión de apelación.
SCJ no encontró acreditado el interés casacional
Al examinar los requisitos de admisibilidad, la Primera Sala concluyó que Rodríguez Sánchez no demostró que la sentencia impugnada contradijera jurisprudencia establecida por esa jurisdicción, que existieran criterios contradictorios entre tribunales sobre el asunto planteado o que fuera necesario establecer doctrina respecto de normas jurídicas inéditas.
Por esas razones, el recurso fue declarado inadmisible, sin que la Suprema Corte modificara la condena impuesta por la Corte de Apelación.
La SCJ también examinó el cuestionamiento relacionado con la magistrada Maritza Elupina Capellán Araujo. Determinó que la jueza había integrado el tribunal durante el conocimiento del proceso y que no fue recusada durante el trámite correspondiente.
Asimismo, estableció que su ausencia como firmante de la sentencia definitiva respondió a un error material, circunstancia que, según la Primera Sala, no afectó la validez de la decisión recurrida.
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Dictan tres meses de prisión preventiva contra acusado por muerte de joven.
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13 horas agoon
septiembre 16, 2026Lenin Jhericop Núñez de León deberá cumplir la medida de coerción en Najayo Hombres; el caso se originó tras una negociación para adquirir un iPhone 15 Pro Max
SANTO DOMINGO.– Un tribunal del Distrito Nacional impuso este miércoles tres meses de prisión preventiva contra Lenin Jhericop Núñez de León, señalado como presunto responsable de la muerte de Emmanuel Contreras Medina, de 23 años, quien fue agredido en medio de una negociación relacionada con la compra de un teléfono celular.
La medida de coerción fue dictada por el juez Rigoberto Sena, quien dispuso que el imputado cumpla la prisión preventiva en el Centro de Corrección y Rehabilitación Najayo Hombres. La audiencia se desarrolló en el Palacio de Justicia de Ciudad Nueva bajo un amplio dispositivo de seguridad.
Una negociación por un iPhone terminó en tragedia
De acuerdo con la solicitud de medida de coerción, el hecho ocurrió el pasado 1 de julio, en los alrededores de un play ubicado en el sector Los Praditos, Distrito Nacional.
El Ministerio Público sostiene que Núñez de León habría perseguido a Contreras Medina y posteriormente lo habría golpeado con un bate en la cabeza y la espalda.
El incidente habría tenido su origen en una confusa negociación para adquirir un iPhone 15 Pro Max, anunciado a través de Facebook Marketplace. Según el expediente, en la operación también intervino un tercer hombre que actualmente se encuentra prófugo.
Las autoridades sostienen, además, que después de la agresión el imputado habría tomado el teléfono celular que Emmanuel tenía entre sus pertenencias mientras permanecía tendido en el pavimento.
Emmanuel permaneció ingresado hasta su fallecimiento
Contreras Medina resultó gravemente herido y permaneció bajo cuidados intensivos hasta que falleció el 9 de septiembre en el Hospital Traumatológico Ney Arias Lora.
La solicitud de medida de coerción fue presentada por los fiscales Vladimir Viloria y Kelvyn Colón Rodríguez. En la audiencia también participaron representantes de la Fiscalía del Distrito Nacional y de la Dirección General de Persecución.
Según los fiscales litigantes, el tribunal consideró suficientes los presupuestos presentados para imponer la prisión preventiva solicitada por el Ministerio Público.
Defensa rechaza responsabilidad del imputado
La defensa cuestionó la medida de coerción. La abogada Dianiris Perderaux sostuvo previamente que en los hechos participaron varias personas y rechazó que su representado fuera responsable de provocar la muerte de Contreras Medina.
Por su parte, Hugo Contreras, padre de Emmanuel, manifestó satisfacción por la decisión judicial y agradeció el respaldo recibido por su familia. También expresó su esperanza de que el proceso continúe hasta esclarecer completamente el caso.
La imposición de prisión preventiva constituye una medida de coerción y no una declaración de culpabilidad. El proceso penal deberá continuar hasta que los tribunales determinen las responsabilidades correspondientes.
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Corte retoma apelaciones del caso Antipulpo; Ministerio Público procura elevar condenas
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1 día agoon
septiembre 15, 2026Los jueces revisan las decisiones dictadas en primera instancia mientras el órgano acusador busca aumentar las penas y obtener condenas contra imputados que fueron descargados
SANTO DOMINGO, República Dominicana.– La corte continúa este martes el conocimiento de los recursos de apelación relacionados con el caso Antipulpo, proceso mediante el cual condenados, el Ministerio Público y otras partes procuran la revisión de decisiones adoptadas en primera instancia.
Las audiencias se desarrollan los martes, en horario aproximado de 10:00 de la mañana a 4:30 de la tarde, como parte de una fase judicial que deberá determinar si las decisiones recurridas son confirmadas, modificadas o revocadas conforme a los argumentos y pruebas sometidos por las partes.
El Ministerio Público mantiene su pretensión de que sean incrementadas algunas de las condenas impuestas y que se establezca responsabilidad penal respecto de personas que resultaron descargadas en primera instancia.
El órgano persecutor ha sostenido durante el proceso que el entramado investigado habría ocasionado al Estado dominicano un perjuicio económico superior a RD$5,000 millones, planteamiento que corresponde a la tesis de la acusación.
Tribunal retoma audiencia tras aplazamiento
La corte está integrada por los magistrados Doris Pujols Ortiz, Rafael Báez e Indhira Montás Pimentel, quienes tienen a su cargo la revisión de los recursos interpuestos contra la sentencia.
La audiencia anterior fue aplazada a solicitud de la defensa de José Idelfonso Correa, luego de que fuera presentado un certificado médico indicando que se encontraba en recuperación tras una intervención quirúrgica.
Superado ese aplazamiento, el tribunal retoma el conocimiento de los recursos y continuará escuchando los planteamientos de las diferentes partes involucradas.
Ministerio Público mantiene petición de penas mayores
En representación del Ministerio Público participan Wilson Camacho, director general de Persecución; Mirna Ortiz, titular de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA), así como los fiscales Ernesto Guzmán Alberto, Elizabeth Paredes y Yoneivy González.
La acusación busca que la jurisdicción de alzada modifique parcialmente las decisiones adoptadas en primera instancia.
Entre sus pretensiones se encuentra conseguir penas superiores para determinados condenados, además de revertir los descargos pronunciados respecto de otros procesados.
Las defensas, por su parte, ejercen los recursos y medios correspondientes para cuestionar aquellos aspectos de la sentencia que consideran desfavorables a sus representados.
Los principales procesados
Entre las personas que recibieron condenas en primera instancia figura Juan Alexis Medina Sánchez, a quien el Ministerio Público ha señalado como principal responsable del entramado investigado.
También fueron condenados Magaly Medina Sánchez; Fernando Rosa, exdirector del Fondo Patrimonial de las Empresas Reformadas (Fonper); Freddy Hidalgo, exministro de Salud Pública; Antonio Germosén Andújar, excontralor general de la República, y Aquiles Alejandro Christopher Sánchez, exfiscalizador de la Oficina de Ingenieros Supervisores de Obras del Estado (OISOE).
La etapa de apelación no constituye un nuevo juicio desde cero, sino una revisión jurisdiccional de los aspectos de la sentencia que han sido impugnados por las partes, conforme a las reglas del proceso penal.
Un proceso que continúa abierto
El denominado caso Antipulpo ha sido uno de los procesos judiciales por presunta corrupción administrativa de mayor dimensión económica presentados en los últimos años en República Dominicana.
Sin embargo, el proceso todavía no ha concluido definitivamente.
La corte deberá ponderar individualmente los argumentos contenidos en los recursos, las respuestas de las demás partes y los fundamentos de la sentencia recurrida antes de adoptar sus decisiones.
Por tanto, será la jurisdicción de apelación la que determine cuáles condenas permanecen, cuáles podrían ser modificadas y qué decisión corresponde respecto de las personas descargadas cuya absolución fue recurrida por el Ministerio Público.
