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El caso Intrant, con Hugo Beras y Jochi Gómez como protagonistas, ya espera por decisión de jueza
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2 meses agoon
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LA REDACCIÓN
Santo Domingo, R.D.-Tras escuchar la comparecencia de varios de los imputados, la noche del viernes culminó la audiencia preliminar contra Hugo Beras, Jochi Gómez y demás implicados en el presunto fraude al Estado mediante la adjudicación e instalación de una red semafórica y se decidirá si el caso irá a juicio a fondo.
Esa decisión está en manos de la jueza Yanibet Rivas, del Sexto Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, quien se reservó el fallo para el próximo martes cinco de mayo, a partir de las 9:00 de la mañana.
A través de un comunicado de prensa, el Ministerio Público aseguró que el caso cuenta con “los presupuestos necesarios” para que el mismo pase a la etapa de juicio de fondo, indicando que durante la fase preliminar se “probó” con “pruebas contundentes” la acusación por corrupción administrativa presentada en contra de los acusados.
Ortiz sostuvo que el Ministerio Público probó todas y cada una de las imputaciones a cargo de Hugo Beras, Gómez Canaán y de todos y cada uno de los imputado e indicó que ninguna de las dos defensas se refirió a los mensajes de WhatsApp que corroboran las afirmaciones que han hecho los comentarios de que ya la licitación había sido entregada a José Gómez Canaán desde antes de materializarse el proceso mismo de licitación.
Resaltó que esas actuaciones conjugan todo el esquema de defraudación al Estado dominicano, al estar jugando con cartas marcadas, “evidentemente para favorecer proveedor con el que ya se tenían relaciones a cambio de beneficios económicos”.
los imputados
Al hablar ante el tribunal, Jochi Gómez indicó que es “absurdo” que se le acuse de fraude indicando que el dinero que recibió desde el Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant), mediante la adjudicación, fue “mucho menor” a la cantidad total invertida por la empresa para la adquisición de los equipos.
“Éramos nosotros quienes invertíamos todo; es decir, el personal, la tecnología, los locales, las unidades móviles, los simuladores y el Estado no invertía nada; lo cual fue reconocido por el Intrant y más aún, nunca dejamos de prestar el servicio; no obstante, nos someten y nos quedan debiendo más de 700 millones de pesos y quizás se pregunte, porqué continuar prestando el servicio pese a la deuda requerida, porque nuestro único cliente es el Estado Dominicano y no deseábamos que se viera afectado dicho servicio público”, argumentó Gómez.
“Yo estoy seguro que ustedes se preguntan cómo llegó este joven empresario, con aparente inteligencia, a esta situación y yo se lo voy a decir: porque querían quedarse con lo mío y no me doblegué, ni se lo permití; por eso, solo les quedó la opción de utilizar a este Ministerio Público para perseguirme, aunque se caiga la acusación en el juicio preliminar”, manifestó Gómez.
Mientras, que la defensa del exdirector del Intrant, Hugo Beras, indicó que el Ministerio Público no respondió ninguno de los argumentos presentados a favor de su cliente.
La acusación
El Ministerio Público acusa a los implicados de corrupción administrativa, fraude en contrataciones públicas, estafa contra el Estado, sabotaje a infraestructuras críticas, contrabando, falsificación, delitos de alta tecnología, actos de terrorismo en infraestructura crítica y lavado de activos.
Las autoridades señalan que mediante contratos y convenios irregulares con Dekolor S.R.L., PagoRD Xchange S.R.L. y Transcore Latam S.R.L., se otorgó acceso privilegiado a estas empresas, utilizadas para desviar fondos públicos y ejecutar operaciones de lavado de activos, vulnerando los principios de transparencia, seguridad tecnológica y legalidad administrativa.
Por su participación en el mismo también están acusados Pedro Vinicio Padovani Báez, exencargado del Centro de Control de Tráfico del Intrant y Samuel Gregorio Baquero Sepúlveda, exdirector de Tecnología del Intrant.
A ellos se suman Frank Rafael Atilano Díaz Warden, excoordinador de Despacho y representante de Beras ante el Comité de Compras; Juan Francisco Álvarez Carbuccia, director administrativo y financiero del Intrant, y Carlos José Peguero Vargas.
Asimismo, la acusación incluye a Mariano Gustini, Manuel Eduardo Mora Vázquez y Henry Darío Féliz Casso.
Nacionales
RD tiene 14 fallas sísmicas activas, advierte la Defensa Civil y llama a la poblacion a estar alerta.
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9 horas agoon
junio 26, 2026
Santo Domingo.- Las alarmas se han encendido en la República Dominicana a propósito del movimiento telúrico de magnitud 5.0 registrado al sur de La Romana, sumado a los recientes fuertes terremotos en Venezuela.
El director de la Defensa Civil, Juan Salas, reiteró este viernes que el país “vive en una zona sísmicamente activa” y recordó que existen al menos 14 fallas sísmicas que pueden activarse en cualquier momento, por lo que la preparación ciudadana puede marcar la diferencia entre la vida y la muerte.
Salas insistió en que la población debe mantenerse informada, organizada y lista para responder ante un evento súbito, al tiempo que anunció que el organismo cuenta con una nueva herramienta técnica para ofrecer respuestas más rápidas ante emergencias.
En medio del contexto regional, el titular de la Defensa Civil advirtió sobre la vulnerabilidad del país.
“Una brigada de técnicos dominicanos está trabajando en esta dirección… lo ocurrido en Venezuela, país con una placa tectónica similar a la nuestra, nos llama a mantenernos atentos. Somos un país con 14 fallas que pudieran activarse en cualquier momento”, expresó Juan Salas.
Además, explicó que el equipo técnico realiza demostraciones constantes sobre qué hacer antes, durante y después de un sismo, destacando tres acciones esenciales:
- Mantener la calma
- Identificar salidas seguras
- Seguir un comportamiento correcto en medio de la emergencia.

Durante la jornada informativa también intervino el subdirector de la Defensa Civil, Delfín Rodríguez, quien detalló los protocolos básicos que debe seguir la población en caso de un sismo.
“Antes de un sismo hay que capacitarse, hacer un plan familiar y comunitario de emergencia para saber qué hacer antes, durante y después”, explicó.
Rodríguez enfatizó el uso del silbato como herramienta de rescate, especialmente en casos de colapso estructural.
“El silbato sirve para que, si quedamos atrapados, podamos emitir sonido y los equipos de rescate nos localicen. Si no hay silbato, se puede golpear metal o piedras para ser ubicados”, señaló.
También indicó que las unidades de rescate cuentan con equipos especializados como cámaras telescópicas con alcance de hasta 12 metros entre escombros, además de tecnología de ultrasonido para la localización de personas atrapadas.
En cuanto a la respuesta inmediata, fue enfático en la técnica básica que toda la población debe memorizar:
“Agáchate, cúbrete y protégete”, reiteró, explicando que durante el sismo las personas deben proteger la cabeza, adoptar posición segura y evitar correr de manera descontrolada.
Rodríguez explicó que el país comparte una compleja estructura tectónica en la isla, incluyendo fallas como la trinchera de los Muertos, ubicada al sur del territorio nacional, la cual ha sido históricamente responsable de eventos sísmicos en la región.
Recordó además el terremoto de Haití como un punto de reflexión para fortalecer la descentralización de los equipos de emergencia.
“Hoy contamos con equipos distribuidos en las nueve regiones del país. Si una región colapsa, otra puede brindar apoyo inmediato mientras llegan ayudas internacionales”, afirmó.
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TC dispone devolver RD$8 millones a hombre y fija límites a retención de bienes
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9 horas agoon
junio 26, 2026
Santo Domingo, R.D.-El Tribunal Constitucional (TC) volvió a pronunciarse sobre un problema recurrente: la negativa de autoridades e instituciones a devolver bienes o recursos cuya retención ya no tiene sustento legal.
En una nueva sentencia, la alta corte ordenó al Banco Agrícola devolver ocho millones de pesos que permanecían retenidos pese a que habían cesado las medidas de coerción que dieron origen a la garantía económica.
La decisión se suma a otros fallos recientes del TC relacionados con la devolución de bienes y recursos vinculados a procesos judiciales, en los que el tribunal ha advertido que las autoridades no pueden mantener bajo su control dinero o propiedades cuando desaparece la causa legal que justificó la medida.
Posteriormente, el 3 de octubre de 2017, el Juzgado de la Instrucción del Distrito Judicial de La Romana dictó un auto de no ha lugar y dispuso el cese de todas las medidas de coerción impuestas en ese proceso.
La entidad financiera alegó que la garantía estaba respaldada por un certificado financiero emitido a nombre de la Procuraduría Fiscal de La Romana y no a nombre de Michel, por lo que entendía que los fondos no podían ser entregados al reclamante. También sostuvo que este carecía de interés directo sobre esos valores y que la devolución podía afectar el patrimonio de la institución.
Ante la negativa, Michel presentó una acción de amparo alegando una vulneración de su derecho de propiedad. El Tribunal Superior Administrativo (TSA) acogió el recurso y, mediante una sentencia emitida en agosto de 2019, ordenó al Banco Agrícola devolver los fondos.
Los jueces verificaron que el dinero había sido aportado originalmente por Michel mediante un cheque de administración emitido por el Banco de Reservas y que esos recursos nunca fueron transferidos ni cedidos al imputado ni al Estado como propietarios de los fondos.
El TC concluyó que el certificado financiero emitido a nombre de la Procuraduría respondía al mecanismo utilizado para instrumentar la garantía judicial, pero no modificaba la titularidad del dinero.
«Resultaba jurídicamente improcedente la retención de los montos depositados», sostuvo el tribunal al confirmar la devolución de los 8 millones de pesos.
La alta corte recordó que el artículo 237 del Código Procesal Penal dispone que las garantías económicas deben cancelarse y los bienes afectados devolverse cuando cesa la medida que les dio origen.
Asimismo, reiteró un criterio fijado recientemente según el cual las personas que enfrenten la negativa de una autoridad a devolver bienes o valores cuya restitución sea obligatoria pueden recurrir al amparo de cumplimiento para exigir la ejecución de esa obligación legal.
Con esta decisión, el TC confirmó la devolución de los fondos reclamados por Michel y reafirmó que la retención de bienes o recursos no puede mantenerse cuando desaparece la causa legal que la justificaba.
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Los hermanos Espaillat van a juicio de fondo a la Segunda Sala Penal del Distrito Nacional.
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9 horas agoon
junio 26, 2026
Santo Domingo, R.D.-Fue apoderada para conocer el juicio de fondo contra Antonio y Maribel Espaillat, propietarios de la discoteca Jet Set, acusados de su presunta responsabilidad en el colapso del techo del referido establecimiento, tragedia que dejó como resultado la muerte de 236 personas y más de 180 heridos, la Segunda Sala Penal del Distrito Nacional.
El expediente fue asignado al tribunal, presidido por la magistrada Clara Luz Almonte, mediante el sistema de sorteo aleatorio computarizado de la presidencia de la Cámara Penal del Distrito Nacional, luego de que un juez determinara que debía seguir el proceso en un juicio de fondo.
Con este paso, la magistrada procederá próximamente a emitir el auto de fijación de audiencia para citar formalmente al Ministerio Público, a la defensa de los imputados y a las partes querellantes.
Tras un análisis exhaustivo del expediente, el magistrado tipificó los hechos como homicidio culposo o imprudente, rechazando la solicitud de un sector de las víctimas que buscaba que el caso fuera juzgado bajo la figura de homicidio voluntario.
Uno de los puntos relevantes de la decisión del juez Mejía es la exclusión del Ayuntamiento del Distrito Nacional, el Ministerio de Obras Públicas y otras instituciones estatales del proceso penal.
El juez argumentó que, ante la conducta procesal demostrada por los imputados, quienes han mostrado arraigo y disposición de asistir voluntariamente a las audiencias, la prisión preventiva no resulta procedente, recordando que en el sistema constitucional dominicano la libertad es la regla y la prisión la excepción.
No obstante, en el ámbito civil, el tribunal dictó medidas de coerción reales contra los imputados, consistentes en la inmovilización de bienes y medidas conservatorias para garantizar la reparación del daño a las víctimas.
El tribunal confirmó que las evidencias, tanto documentales como materiales, fueron recabadas respetando los derechos fundamentales y ajustándose a los artículos 140, 173, 174 y 197 del Código Procesal Penal, así como a la Resolución 38-69 de la Suprema Corte de Justicia.
