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Corrupción y tráfico influencia marcan gobiernos RD

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Por Freddy Matos

Trujillo recibido como «Dios» en el Congreso

La historia reciente de República Dominicana ha estado marcada por gobiernos en los cuales familiares y allegados de los presidentes de turno han acumulado grandes riquezas y han usado el tráfico de influencia para beneficios personales, mientras la población sigue padeciendo las carencias en sus servicios básicos: educación, salud, alimentación, energía eléctrica, transporte y vivienda.

En ellos han servido de plataforma dirigentes de los partidos Reformista Social Cristiano (PRSC), Revolucionario Dominicano (PRD), y de la Liberación Dominicana (PLD), quienes han tenido la responsabilidad y el deber histórico de hacer la diferencia de la dictadura que durante por 31 años (1930-1961), encabezó Rafael Leónidas Trujillo Molina.
Al referirse a Trujillo, los conocedores del tema expresaron que fue un hombre que manejó los destinos del país como un “Señor feudal, dueño de todo lo existente en el país”, lo que buscaba justificar con la percepción de un alto nivel de patriotismo.
Trujillo era fue un gobernante muy ostentoso, quien en torno a su figura concentraba todo.
Se benefició del país, favoreció a sus familiares y allegados. Luego de su madre, Altagracia Julia Molina Chevalier (Doña Julia), a quienes más privilegió con la práctica del nepotismo fue a sus hermanos Héctor Bienvenido Trujillo (Negro), y José Arismendy Trujillo (Petán). Otras figuras que sacaron provecho con posiciones y posibilidad de negocios en la tiranía fue Virgilio Álvarez Pina –( Cucho Álvarez), Manuel Moya Alonso, Paino Pichardo, Johnny Abbes, jefe del Servicio de Inteligencia Militar (SIM), y Porfirio Rubirosa Fermín, esposo de Flor de Oro, hija mayor del autócrata.
También: Rafael Vidal Torres, secretario de la Presidencia; Elías Brache hijo, secretario de Institución Pública y Bellas Artes; Roberto Despradel, secretario de Finanzas; Jacinto Bienvenido Peynado, secretario de Interior y Policía; Rafael César Tolentino, secretario de Agricultura y Comercio, y José Manuel Jiménez, secretario de Fomentos y Obras Públicas, entre otros.
Sin embargo, quienes más se quedaron con el dinero del patrimonio público dominicano durante la era fueron sus hijos: Ramfis, Flor de Oro y Angelita, quienes de acuerdo a los biógrafos eran sus debilidades.
Dentro de los derroches que más se conocen de familiares del opresor saltan a la vista el vestido de 80 mil dólares que Angelita Trujillo vistió para la “Feria de la Paz y Confraternidad del Mundo Libre”, evento que tuvo lugar el 20 de diciembre del 1955 para celebrar los 25 años de Rafael Leónidas Trujillo en el poder. El acto costó al Estado dominicano más de 30 millones de dólares, casi un tercio del presupuesto nacional en aquel tiempo. Trujillo se adueñaba de todo y veía a la República Dominicana, básicamente, como un feudo privado, suyo, de su familia y allegados.
Joaquín Balaguer
En cuanto a los gobiernos de Joaquín Balaguer (períodos 1960-1962, 1966-1978 y 1986-1996), testimonios exteriorizan que aunque se caracterizó por una vida totalmente austera y sin ambición de acumulación de riquezas -contrario a Trujillo-, sus adversarios lo cuestionan por haber sido demasiado permisivo con familiares y amigos cercanos, lo cual fue caldo de cultivo para el enriquecimiento ilícito, abuso de poder y tráfico de influencia, prácticas más evidentes entre policías y militares de alto rango.
Informes indican que Balaguer manejaba su relación con familiares y la gente cercana con mucha discrecionalidad; pero, tenía como principal vulnerabilidad la relación con sus hermanas, a quienes les permitía una serie de actuaciones, para muchos irregulares, como fue el caso de Doña Emma, quien dirigió la Cruzada del Amor, una especie de fundación que ayudaba a personas de escasos recursos económicos, cuyos fondos lo recibía de quienes contribuían a su causa, los cuales a la vez se beneficiaban con el sólo hecho de que el Presidente de la República supiera que determinado nombre figurara dentro de los aportes. Estos individuos se sentían obligados a contribuir a la campaña de Balaguer, sin que éste se lo pidiera.
Se dice que un comentario en término irónico y despectivo sobre una de las hermanas de Balaguer, fue obstáculo para que el extinto líder del PRD, José Francisco Peña Gómez, pudiera llegar a ser Presidente de la República. También se menciona a Polivio Díaz entre los pocos que gozaron de ciertas prerrogativas en el entorno del Doctor; incluso, el mandatario no firmaba nada sin el previo visto bueno de su íntimo amigo.
Durante sus mandatos, Balaguer hizo suya la práctica de lo que se conoce como “ración del Boa”, que consistía en -hacerse de la vista gorda-, cuando funcionarios y aliados derrochaban el erario, al punto que el mandatario llegó a decir: “La corrupción se detiene en la puerta de mi despacho”, lo cual se interpretó como que en su administración podría haber ciertos dolos; pero, él personalmente no participaba.
“Balaguer aplicó una forma artesanal de manejo de la economía y ejemplo de ello es que los titulares de carteras recaudadoras, todos los lunes, tenían que llevarle físicamente el dinero recolectado en la semana, para distribuirlo a obras, gastos sociales y ahorros.
“Era un hombre intrínseco y lo poco que exteriorizaba lo hacía con cierta malicia”, narró Alfonso Cochón, proveniente empresario de la época, quien cuenta con amplio conocimiento sobre las actuaciones de los gobiernos que ha tenido el país en su historia reciente.
Entre las acciones anormales que practicó Balaguer estuvo el incidente que se presentó en un pueblo donde inauguraba una obra y de repente un campesino se le acercó delante de todos y denunció que un general le había arrebatado unas tierras, conflicto que el Jefe de Estado resolvió compensando al campesino y dejándoselas al oficial.
Antonio Guzmán
El gobierno encabezado por Antonio Guzmán (período 1978-1982), se caracterizó por el hecho de que antes de cumplir 60 días en el poder promulgó la Ley de amnistía, poniendo en libertad a centenares de presos políticos que Balaguer había mantenido como mecanismo de represión, permitiendo el regreso de decenas de exiliados del régimen anterior.
Sin embargo, Guzmán precipitó el final de su mandato cuando 43 días antes de entregar el poder se suicidó pegándose un tiro en la cabeza en el Palacio Nacional, la madrugada del domingo 4 de julio de 1982, pasadas las 12 de la noche, supuestamente agobiado por asomos graves de corrupción, donde, de acuerdo con versiones, estaban involucradas gente de su extrema confianza.
Salvador Jorge Blanco
Jorge Blanco (gobierno 1982-1986), al concluir su mandato, el gobierno de Joaquín Balaguer lo acusó de desfalco, por lo que fue condenado a 20 años de prisión, en abril del 1987.
Dentro de las principales imputaciones que se le hicieron a Jorge Blanco estaban las compras de bienes para las Fuerzas Armadas (FF.AA), a unas empresas vinculadas a sí mismo, por valor de RD$25 millones, vendiéndoles bienes sobrevaluados a militares.
En el expediente de malversación se incluyó al entonces secretario de las FF.AA., Manuel Antonio Cuervo Gómez. En el documento figuraban 38 imputaciones penales que se le venían encima: estafa, robo, prevaricación, abuso de confianza, entre otras.
Otras de las “cargas pesadas” del gobierno de Jorge Blanco fue el caso de Leonel Almonte, quien jugaba una especie de rol de asesor económico del Poder Ejecutivo, el cual en pocos años pasó de vender enciclopedias a propietario de bancos, periódicos y cadenas de radio y televisión, bajo la protección del Presidente de la República.
Se le acusa de haber quebrado el Banco Universal, de quien era presidente, autoprestándose el 83.7% de los activos corrientes de la entidad, según informes publicados por la Superintendencia de Bancos. El banquero fue condenado a 15 años de cárcel y al pago de RD$ 90 millones de dólares a los ahorrantes por la defraudación de que fueron objeto.
En 2001 y después de 10 años de apelación, Jorge Blanco consiguió la anulación de la sentencia dictada por la Corte de Apelación de Santo Domingo. En septiembre, el presidente Hipólito Mejía retiró las acusaciones en su contra, lo que se interpretó como una especie de indulto.
Hipólito Mejía
Durante el gobierno de Rafael Hipólito Mejía Domínguez (período 2000-2004), el país fue afectado por una de las peores crisis económicas en su historia, generada por la quiebra de tres de los principales bancos comerciales (Intercontinental -Baninter-, Nacional de Crédito –Bancrédito-, y el Mercantil).
Las consecuentes medidas tomadas para enfrentar esas dificultades generaron un deterioro progresivo de los indicadores económicos, que trajo como consecuencia altas tasas de inflación, devaluación de la moneda y aumento de la pobreza local a partir de 2003. Sólo el Baninter dejó al país un hoyo fiscal de alrededor de RD$55 mil millones.
Un elementó que causó grandes “ronchas” al gobierno de Mejía Domínguez fue la famosa “Pepe Card”, una tarjeta de crédito que la administración del Baninter había otorgado a la Presidencia para pagar los gastos del entonces mandatario, la cual era manejada por el coronel Pedro Goico Guerrero (Pepe), quien se desempeñaba como jefe de la Guardia Presidencial.
Un cable de la Embajada de Estados Unidos en República Dominicana, del 16 de febrero del 2005 -publicado por Weakelead-, reveló que dentro de los gastos desproporcionados del coronel Pepe Goico con la tarjeta de Baninter, que le había suministrado Ramón Báez Figueroa, presidente de esa entidad financiera (quien guarda 10 años de prisión en la cárcel de Najayo), estaba la compra de un helicóptero a Quirino Ernesto Paulino, encarcelado en EE.UU, acusado de enviar drogas a esa nación.
Leonel Fernández
Los tres mandatos encabezados por Leonel Antonio Fernández Reyna (períodos 1996-2000; 2004-2008; 2008-2012), estuvieron “salpicados” de denuncias por malversación del dinero, privilegios, tráfico de influencia y contratos ilícitos.
De los casos más relevantes de corrupción administrativa durante el primer gobierno de Fernández fue el Programa de Empleos Mínimos Eventuales (PEME o Amansa Tigueres), dirigido por Luis Incháusti, que involucró RD$1,400 millones y donde unas 3,178 personas, alegadamente, recibían dinero mediante cédulas de identidad falsas, con el fin de mantenerse “tranquilos” y no hacer huelgas en los barrios.
El otro caso que dejó muy mal parado a Fernández fue la estafa de mediante el contrato que hizo con la empresa Sun Land, el entonces director de la Oficina Supervisora del Estado, Félix Bautista, para la construcción de varias obras en la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD), que envolvió US$130 millones.
Otro escándalo fue el que generaron las denominadas “nominillas”, pago que la administración de Fernández hacía a militantes del gobernante Partido de la Liberación Dominicana (PLD), sin que trabajaran, mediante el cual se gastaron unos RD$18 millones al año, los cuales eran sacados del presupuesto de diferentes instituciones del Estado.
También se acusa al presidente Leonel Fernández de favorecer amigos y allegados con enriquecimiento ilícito mediante fondos del Estado. Por ejemplo: la sobrevaluación en la compra de vagones para el metro de Santo Domingo; al igual que el Proyecto Portal Electrónico Dominicano, que se ejecutó por US$13 millones, cuando técnicos del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), lo cotizaron en no más de US$2 millones. Nunca hubo acción judicial en ninguno de estos casos.
Similar situación sucedió con los equipos para tecnificar a la Policía Nacional, con un préstamo de US$132 millones, a ser provistos por la Sun Land. Cada computadora se cotizó en más de US$30 mil.
Abultamiento del precio de los aviones Tucanos, ocho en total, comprados por US$9.5 millones cada uno, cuando naves similares en rendimiento y eficiencia probados costaban un promedio de US$5 millones.
Asimismo, el otorgamiento de los permisos de importación en beneficio relacionados y parientes de Estanislao Pérez (mejor conocido como Danilo Pérez), asistente personal y hombre de confianza del presidente Fernández.
Sin olvidar, el escándalo de RD$2,112 millones que se pagarían por comisiones en el contrato con la empresa china Sichuan para instalar una planta de generación eléctrica. Más los escándalos del Programa para Erradicación de los Apagones (PRA), de la Oficina Técnica de Transporte Terrestre (OTTT), y del Promypyme, cuyos incumbentes fueron destituidos y algunos llevados a la justicia.
El revuelo que causó el hinchamiento, dispendio, malversaciones y desvío de recursos cometidos durante la gestión de Héctor Rodríguez Pimentel en el Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos (Indrhi).
Participación Ciudadana
En su libro “Veinte años de Impunidad, Investigación de casos de corrupción en la justicia dominicana 1983-2003”, Participación Ciudadana (PC), sostiene que este flagelo en la administración pública y privada de República Dominicana es un lastre que afecta y retrasa el desarrollo de la sociedad.
Indica que ha sido uno de los factores que más ha contribuido con el creciente desprestigio de la actividad política y las funciones públicas. La determinación de los gobiernos para hacerle frente a la corrupción queda plasmada cada cuatro años en los programas que los candidatos presentan al electorado.
Precisa, finalmente, que esos programas, al llegar los líderes de los partidos y sus allegados a las funciones públicas, quedan relegados desde temprano, y al pasar la primera mitad del período son sepultados casi en forma absoluta.

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El Caribe lleva la delantera en legislación contra el plástico en América Latina.

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Legislar contra el plástico en América Latina: el Caribe lleva la delantera y Centroamérica se queda atrás

Bogotá.-El plástico es uno de los materiales más ubicuos de nuestra sociedad. Está en los celulares, en la ropa y en los empaques en los que llegan los domicilios. Es tanta su ubicuidad que, en forma de microplásticos, también se ha identificado en el hígado, el intestino y el cerebro humano, y en la fosa de las Marianas, a 6.800 metros de profundidad en el océano Pacífico. La relación con el plástico encaja perfectamente en lo que es una “relación tóxica”: contamina ecosistemas terrestres y marinos, afecta la salud humana y, pese a esto, en 2023, según la Organización de las Naciones Unidas, su producción mundial alcanzó los 436 millones de toneladas métricas.

A pesar de la evidencia, no hemos podido terminar esa relación. En 2025, casi cuatro años después de que los países acordasen crear un tratado global contra la contaminación por plástico, las negociaciones entraron en un paréntesis: se suspendieron en agosto y Luis Vayas-Valdivieso, el ecuatoriano que las presidía, renunció. El 7 de febrero de 2026, tras una votación en Ginebra (Suiza), el cargo volvió a quedar en manos de un latinoamericano: en las del chileno Julio Cordano, director de la División de Medio Ambiente de la Cancillería y de quien, se espera, le pueda dar un nuevo aire a las negociaciones. “Tenemos el reto de lograr consensos que sean realistas, pero ambiciosos, algo crucial para el éxito del acuerdo”, señaló en un comunicado Cornado tras ser elegido.

“La lucha contra los plásticos ha sido una con un sello latinoamericano desde el origen”, comenta Alberto Quesada, experto internacional en contaminación marina y gestión de residuos plásticos, y que ha participado como observador de las negociaciones desde su inicio. “Perú, de la mano de Ruanda, fue la que presentó la resolución para el tratado”. De forma más lenta de lo que requiere la emergencia —una que se empezó a anunciar desde los años 60—, los países de América Latina y el Caribe también han creado leyes para regular el plástico, una necesaria carrera en la que las islas del gran Caribe van liderando.

Caribe a la vanguardia, Centroamérica atrás

La avalancha de plásticos no es ajena a América Latina y el Caribe. En los años 80, el consumo promedio anual por habitante era de 7 kilogramos, pero actualmente alcanzó los 35. Aunque es una cifra por debajo del promedio global (50 kilogramos), las proyecciones indican que, si no cambian las tendencias, en dos décadas será de entre 60 y 80 kilogramos. Los cálculos son de la Alianza Global de Alternativas a la Incineración (GAIA) y Break Free From Plastics (BFFP), organizaciones que también hicieron el ejercicio de rastrear si los países de la región tienen alguna ley o marco que los regule.

De 34 países –y para mediados de 2025–, 23 tenían alguna legislación nacional específica, tres contaban con normas departamentales o estatales, y solo siete (el 20%) estaban en blanco. Pero si se tiene en cuenta el reciente decreto federal de Brasil que, entre otras cosas, exige un contenido mínimo de material reciclado en envases de plástico, empezando porque sea del 22% desde 2026 y aumente gradualmente a 2040, el número de países con legislación actual es de 24. Mientras en el Caribe todos los países han aprobado alguna normal nacional, en Centroamérica y México solo lo han hecho el 38% y, en Sudamérica, un 50%.

Legislación contra los plásticos en América Latina y el Caribe

“El panorama aún es algo tímido”, comenta Felipe Rodríguez Torres, investigador de la Universidad de Sao Paulo, asesor de BFFP y autor del último informe. “Pero hay países con avances significativos” y que van más allá de prohibir las bolsas de plásticos en los mercados. Cita, por ejemplo, la responsabilidad extendida del productor que, por lo menos en el papel, tienen Chile, Costa Rica y Colombia. Se trata de una política ambiental que obliga ya sea al fabricante o al importador a gestionar sus productos de plástico durante todo su ciclo de vida, incluyendo lo que pasa después del consumo. “Normalmente se responsabiliza al consumidor por la contaminación, por las externalidades, pero es una estrategia de las empresas para no pagar por esos impactos negativos”, agrega.

En el Caribe, por estar conformado de islas, donde el mar es cercano, el exceso de plásticos evidente, y el cambio climático golpea fuerte (el petróleo es la principal materia prima para la fabricación de la mayoría de plásticos), los países han sabido actuar más pronto. Como recuerda Quesada, en 2007 se convirtieron en uno de los primeros lugares en crear un plan regional sobre basura marina. Pocos años después, en 2012, Haití fue pionero en el subcontinente al prohibir ciertos productos plásticos de un solo uso, aunque, como señala el reporte, “la puesta en práctica de la legislación enfrenta desafíos significativos”. Con diversas leyes, además, Antigua y Barbuda dio la parada para hacer las normas más estrictas. Desde 2018 prohibió los recipientes de poliestireno expandido (conocido como icopor, unicel, telgopor y plumavit), así como los plásticos de un solo uso. Algo que no han logrado muchos.

En América Latina y el Caribe, los productos que más se han prohibido son las bolsas plásticas (88%), las pajillas, popotes o pitillos (63%), el poliestireno expandido (51%) y los contenedores de alimentos (43%).

Prohibición específica de productos plásticos en América Latina y el Caribe

Que la región logre navegar la crisis –más allá de si el tratado internacional sale adelante o no– implica romper tres obstáculos: que no se están implementando las normas y que no han escalado las alternativas al plástico. Pero, también, como comenta Rodríguez, pasa porque los productores y empresas asuman su parte. “Se siguen sumando al mito del reciclaje y no a cambiar lo que producen”, señala. “Y se puede reciclar eternamente, pero porque se consume eternamente”. Para 2015, según datos de un estudio publicado en Science, en el mundo se habían generado aproximadamente 6.300 toneladas métricas de residuos plásticos, pero solo alrededor del 9 % se había reciclado, el 12 % se incineró y el 79 % se acumuló en vertederos y ecosistemas.

Adméas, a través de metodologías que se han realizado para otros artículos científicos, el trabajo de Rodríguez apunta que, en la región, la producción primaria de resinas plásticas se concentra casi en su totalidad en cinco países asociados a la existencia de la industria petrolera: Brasil, México, Argentina, Colombia y Venezuela. Hacerle trazabilidad a la botella de plástico que llega a nuestras manos no es fácil: tiene varias materias primas y no hay transparencia desde los sectores en decir desde dónde vienen los insumos. Esa falta de información pública se suma a la lista de por qué no hemos sido capaces de cortar la relación con los plásticos.

elpais.com

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La jurisdicción contenciosa administrativa, una caricatura del sistema de justicia.

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Por José Cabral.

En una sociedad como la dominicana, donde los antivalores aparecen en todos los escenarios, fruto de una herencia histórico- cultural fundamentada en el caudillismo, el machismo, el patriarcado, el amiguismo, entre otras distorsiones, es lo que explica que el país haya caído en dictaduras férreas como las de Pedro Santana, Ulises Heureaux (Lilí y la de Rafael Leónidas Trujillo Molina.

Esta vocación dictatorial todavía perdura en muchos dominicanos, ya que, aunque se salió de esos gobiernos violadores de derechos humanos fundamentales, pero aún perdura la tendencia en el país, máxime cuando una persona adquiere cierta autooridad a través de la administración pública, la inclinación por las arbitrariedades que provienen del poder.

Entonces, a partir de esa premisa se puede decir que la jurisdicción contenciosa administrativa juega un papel de primer orden en el sistema de justicia nacional, porque tiene la sagrada misión de juzgar a la administración frente a los abusos que se cometen en contra del administrado.

Los avances en esta rama del derecho que se observan en los textos de las leyes 13-07 y 107-13, las cuales son una continuación de lo que consignan los artículos 164 y 167 de la Constitución de la Republica, no parecen que jueguen su papel en el marco del proceso de constitucionalización del derecho que se produce en el país desde el año 2010.

La jurisdicción contenciosa administrativa parece que se ha quedado estacionaria en lo que disponía la Ley 1494 de que a través de ella la administración se juzgaba a sí misma, mediante la llamada justicia tenida, ya que sus sentencias son una especie de bochorno y evitan que el ciudadano pueda recurrir en contra de la conducta abusiva del funcionario público.

Las sentencias de los jueces de la jurisdicción contenciosa administrativa son la principal frustración y negación del proceso de constitucionalización del derecho, cuyas ponderaciones dejan mucho que desear y son decepcionantes para que el administrado logre sobreponerse a los atropellos de la administración que ya no encajan en el contexto del neo-constitucionalismo.

Naturalmente, hay que decir que el fenómeno no es exclusivo de la jurisdicción contenciosa administrativa, sino de todo el sistema de justicia, en el que se observa que se producen graves violaciones a la tutela judicial efectiva, el debido proceso y el derecho a la defensa, así como de principios como el de celeridad procesal, el plazo razonable que devienen en justicia tardía, que no es otra cosa que denegación de justicia.

Todo este cuadro dice claramente que en el país todavía no se ha superado la denominada constitución de fachada, es decir, que la misma es muy bonita en el papel, pero que la práctica es una negación de ella, lo cual deja muy mal parada a la democracia nacional.

Sin embargo, hay que ratificar que lo que se observa en la jurisdicción contenciosa administrativa llena de vergüenza a los que de alguna manera abogan por una mejor administración de justicia, cuyas principales decisiones casi siempre terminan en nulidad mediante los recursos de revisión en esta materia elevados ante el Tribunal Constitucional (TC)

Lo interesante de las debilidades que se observan en todo el sistema de justicia es que en los discursos de los que lo representan, como el presidente de la Suprema Corte de Justicia, el país camina tan bien en esta materia que habría que compararlo con las naciones donde el estado de derecho tiene un real y contundente empoderamiento.

¿Percepción o realidad?

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Análisis Noticiosos

Una Constitución de fachada.

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Por José Cabral

En la República Dominicana se estila hablar de que en el país se ha avanzado en lo referente al Estado Social Democrático de Derecho, lo cual sólo existe en la cabeza de los que se la pasan proyectando una percepción que nada tiene que ver con la realidad.

Puede decirse que el proceso de constitucionalización del derecho se produce en el papel, pero no en la realidad, lo que crea una serie de incertidumbres en la sociedad.

La jurisdicción contenciosa administrativa es una que no hay forma de que tenga un desempeño en función de una buena administración de justicia, porque si el funcionario público incurre en graves violaciones de los derechos fundamentales, peor pasa con los jueces de la misma, quienes no hay forma de que demuestren que se manejan en función del impacto de los valores y principios constitucionales en sus decisiones, lo cual es definitivamente una negación de los supuestos avances en esta materia.

Las sentencias de la jurisdicción contenciosa administrativa son una especie de caja de resonancia de los pedidos en sus conclusiones de la  Procuraduría General Administrativa, cuyos contrasentidos jurídicos son el pan de cada día en las audiencias de sus diferentes salas, lo que impacta negativamente al ciudadano.

Por el momento quiero reproducir una carta enviada al presidente del Tribunal Superior Administrativa ante una decisión tomada en virtud de la solicitud de una medida cautelar frente a los abusos que comete la empresa Distribuidora del Norte (EDENORTE) en contra de los usuarios.

Sin embargo, la falta de razonabilidad y racionalidad de los jueces del Tribunal Superior Administrativo (TSA), principalmente de su presidente, causa más indignación que los atropellos que comete el órgano del Estado que maneja la referida empresa.

A continuación reproduzco la carta enviada al presidente del TSA a propósito de su sentencia mediante la cual niega una medida cautelar, cuyo razonamiento, aparte de ridículo, revela hasta donde en el país se cuenta con una Constitución de fachada, cuyo respeto a los derechos fundamentales sólo existe en el texto, pero no en la realidad.

Señor

Magistrado Diomedes Y. Villalona G.

Presidente del Tribunal Superior Administrativo

Magistrado Villalona:

La presente es para dejar sentada mi indignación por la reiteración de decisiones que dejan muy mal parada a la jurisdicción contenciosa administrativa en la República Dominicana, cuyo desempeño deja mucho que desear, a pesar de que se enarbola que su base de sustentación es el nuevo constitucionalismo que se rige por valores y principios.

El mejor ejemplo de que la jurisdicción contenciosa administrativa se maneja con un nivel de razonabilidad y de racionalidad que no supera lo que ocurre en los juzgados de paz o tribunales inferiores, donde las decisiones son generalmente muy superficiales y carentes de una aceptable ponderación, es la sentencia emitida y que genera la presente comunicación.

La última joya del presidente del Tribunal Superior Administrativo ante los abusos cometidos por la Distribuidora de Electricidad del Norte (EDENORTE), la cual ha incurrido en una serie de atropellos que revelan que los derechos de los consumidores y de los administrados están en manos de juzgadores que sólo sirven como caja de resonancia de los funcionarios públicos que actúan al margen de la Ley 13-07 y de la 107-13, así como de la 1494, ya que su misión no parece ser otra que imponer una carga procesal y económica que se agrava cuando  finalmente se emite un fallo carente de toda lógica jurídica en detrimento del impetrante y en favor del impetrado..

En este sentido, he querido dejar sentado mi rechazo al comportamiento y el daño que genera esta jurisdicción contenciosa administrativa en detrimento de un buen derecho, de una buena administración de justicia, que deteriora la  imagen del sistema de justicia en la República Dominicana, dado que en el fallo se establece qué tan grande es su falta de razonabilidad al negar una medida cautelar en virtud de un corte del servicio de electricidad que lleva varios meses bajo el argumento de que no se aportaron pruebas de que el recurrente no tiene el referido servicio, pese a que  la propia ley ofrece la respuesta al respecto.

Cómo se puede entender semejante decisión, ya que es un contrasentido que el recurrente diga que se le cortó arbitrariamente el servicio de energía eléctrica y que mediante la medida cautelar solicite la reconexión del mismo, pero que, en un choque con cualquier razonamiento lógico, máxime cuando la parte recurrida no ha invocado lo contrario de lo alegado por el cliente, el tribunal niegue el pedido sustentándose en que no se aportaron las pruebas al respecto, sobre todo cuando el órgano se niega a entregar documentos que comprometan su irresponsabilidad e ilegalidad.

La realidad es que ese desempeño de la jurisdicción contenciosa administrativa es una vergüenza ante el proclamado empoderamiento del neoconstitucionalismo, que se basa en la aplicación de valores y principios que van de las manos con los derechos humanos fundamentales.

La decisión tomada en torno a la medida cautelar es una especie de anuncio anticipado de que el recurso que tiene que ver con el fondo también será fallado en contra, en razón de que, como digo más arriba, la decisión tomada deja muy claro que las acciones de cualquier administrado es un esfuerzo perdido por los criterios con que se maneja la jurisdicción contenciosa administrativa en el país, convirtiéndose en una vergüenza para el derecho comparado, interamericano e internacional.

El mejor consejo para cualquier administrado abusado por la administración es desistir de buscar justicia en la jurisdicción contenciosa administrativa por representar una vergüenza para el sistema de justicia nacional, ya que como lo dije más arriba sus decisiones están determinadas por los contrasentidos jurídicos que invoca generalmente la Procuraduría General Administrativa, cuyos procesos para lo único que sirven es para aumentar la carga procesal y costos económicos en desfavor del  ciudadano a través de notificaciones arbitrarias y abusivas.

Este desempeño de la jurisdicción contenciosa administrativa, la cual todavía está estacionaria en la llamada justicia retenida, mediante la cual la administración se juzga a sí misma y cuyos jueces eran designados por el Poder Ejecutivo, igual que el que preside la Procuraduría General Administrativa, llena de vergüenza a cualquier buen dominicano, dado que  se supone que el Tribunal Superior Administrativa está bajo el control y la tutela de la Suprema Corte de Justicia en virtud del mandato de la Ley 13-07.

Evidentemente que la decisión de negar la medida cautelar tiene el propósito de condenar al fracaso la demanda principal en razón de que impone que el recurrente tenga que negociar con EDENORTE para restablecer el servicio y de ese modo disponer la inadmisibilidad de la misma por existir un acuerdo que deja sin sentido el pedido principal de la parte recurrente que, entre otras cosas, busca una indemnización por los daños morales y materiales causados.

No está de más recordar que el artículo 22 de la Ley 107-13 sobre Derechos de las Personas ante la Administración y el derecho a la defensa establece que la administración debe probar sus alegatos. El procedimiento sancionador obliga a la administración a sustentar la validez de sus actos y pruebas, además que existe la carga de la prueba que en los procedimientos sancionadores la administración pública tiene la obligación de probar los hechos que fundamentan sus decisiones contra un ciudadano en función del principio de legalidad, ya que el funcionario público está limitado por las normas de procedimiento y la Constitución, no pudiendo actuar sin sustento probatorio, ya que la presunción de validez no es absoluta.  Otro principio violado por la jurisdicción contenciosa administrativa es el de celeridad, consignado en el artículo 19 de la Ley 107-13, en cuya virtud las actuaciones administrativas se realizarán optimizando el uso del tiempo, resolviendo los procedimientos en plazo razonable que, en todo caso, no podrá superar los dos meses a contar desde la presentación de la solicitud en el órgano correspondiente, salvo que la legislación sectorial indique un plazo mayor. En especial, las autoridades impulsarán oficiosamente los procedimientos e incentivarán el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones a los efectos de que los procedimientos se tramiten con diligencia y sin dilaciones injustificadas, de manera escrita o a través de técnicas y medios electrónicos.  La medida cautelar solicitada por el impetrante  fue fallada en contra de lo que dispone al articulo 7 de la Ley 13-07, Orgánica del Tribunal Superior Administrativo, la cual se conoció el 16 de diciembre y fue fallada el 22 de enero, pese a que se habla de cinco días después  de la celebrada la audiencia en la que las partes plantean sus conclusiones, principalmente cuando hay una afectación mayor, porque el recurrente no tiene servicio de energía eléctrica y que en consecuencia todas las labores comerciales y empresariales están paralizadas y la reactivación está determinada por el fallo de la misma.

Este es un ejemplo de que en el país existe una Constitución de fachada que niega los supuestos avances y fortalecimiento del Estado Social Democrático de Derecho, lo cual es una explicación de que República Dominicana es una sociedad que vive más de la percepción que de la realidad.

Sin otro particular,

José Antonio Cabral Salcedo.

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