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Bienes de red acusada lavado superan los RD$1,000 millones

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El MP solicitó prisión preventiva en contra de 16 extranjeros y un dominicano

Santo Domingo. Los bienes decomisados a una banda desmantelada por el Departamento Nacional de Investigaciones (DNI) con ayuda de la Procuraduría General de la República superan los mil millones de pesos, sumando otras propiedades incautadas en el día de ayer.

Esto hace pensar que es la más poderosa organización criminal desmantelada en el área del Caribe en los últimos 15 años.

«La banda de Figueroa Agosto es más pequeña que ésta, a la de Figueroa no se le decomisaron los bienes que a ésta», dijo un oficial que participó en los allanamientos practicados en Santiago.

Este grupo, que operaba a sus anchas en la República Dominicana desde hacía más de un año, exportó dinero por valor de más de US$70 millones en este año y los carros de lujo decomisados superan a los de Figueroa Agosto.

Mientras que la Unidad Antilavado de Activos de la Procuraduría General de la República solicitó ayer la imposición de prisión preventiva en contra de catorce colombianos, un venezolano y un dominicano, acusados de formar parte de una red dedicada al lavado de millones de dólares.

La petición fue formulada por el director de la entidad, Germán Miranda Villalona, en una instancia depositada en la Jurisdicción de Atención Permanente del Distrito Nacional.

Los imputados son los alegados cabecillas de la red: el venezolano Ángel María Buitrago Vacca y su hermano Santiago Castro Sánchez o Huber Buitrago Ruiz, que presuntamente operaban en Santiago.

Asimismo, los colombianos Diego María Guzmán Arango, Ginaliz Quintero Flores (La Gorda), Pedro Julio Cárdenas (El Constructor), Marcos Tulio Rivas Sánchez, Clara Maritza Jaime Romero, Mónica Carolina Jaime Romero, César Braudilio Escalante Lizarazo, Ana Milena Alfonso, Jaime Alberto Delgado Muñoz, Wilhen Bonilla Delgado, Warner Muñoz Ruiz Bernard, Ronald Jessie Mora Buitrago, Jonathan Areña Peña y Javier Carrillo, éste último venezolano. También el dominicano Pedro de Jesús.

Miranda Villalona dijo que de los detenidos, ocho personas fueron liberadas y se solicitó medidas de coerción en contra de 17.

En cuanto a los liberados, dijo que no tienen ningún tipo de implicación en el hecho. El representante del Ministerio Público dijo que los bienes que se le ocuparon superan el millón de dólares.

Explicó que el grupo viajaba con permisos turísticos. Cuando entraban el país se iban con maletas llenas de dólares.

«El mecanismo es que ellos venían, compraban maletas en Panamá, las preparaban con doble fondo especial, que no las detectaban los rayos X, las traían en paquetes y aquí las empaquetaban y las llenaban de dinero».

Precisa que llevaban en compartimientos secretos más de US$300,000 en cada maleta. «Desde el 2009 o 2010, hasta la fecha, hay una secuencia de viajes, la mayoría de ellos tienen cinco, seis, siete, ocho, diez y doce viajes en diferentes períodos».

Califican de extraño excluyeran DNCD y PN de caso

Ha llamado la atención que durante la operación llevada a cabo por el Departamento Nacional de Investigaciones (DNI) y la Procuraduría General de la República, en la cual ambas instituciones desmantelaron la más grande red de lavado de dinero procedente del narcotráfico, no les hayan dado participación ni a la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD), ni a la Policía Nacional.

La DNCD es la institución llamada por ley a combatir el narcotráfico y la Policía el cuerpo por excelencia a darle seguimiento a este tipo de casos.

La red compuesta por colombianos, venezolanos y dominicanos es más grande que la dirigida por David Figueroa Agosto, partiendo por el volumen de las operaciones que hacían ambas organizaciones criminales.

Según los datos revelados por el DNI en rueda de prensa, la banda desmantelada ayer movía US$12 millones al mes.

Diario Libre

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JCE presenta plataforma digital del Observatorio de Participación Política de las Mujeres

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Santo Domingo, R.D.-La Junta Central Electoral (JCE), a través de la Comisión de Políticas de Igualdad de Género de la institución, presentó a la ciudadanía a través de sus redes sociales la plataforma digital del Observatorio de Participación Política de las Mujeres, espacio que estará integrado en la página de la institución.

Mediante un comunicado, la JCE explicó que el observatorio tiene como finalidad asesorar, diseñar, implementar, desarrollar y evaluar las acciones orientadas a fomentar la participación de las mujeres en la política.

Asimismo, indicó que esta iniciativa, que se encuentra bajo la coordinación de la miembro titular del Pleno y coordinadora de la Comisión de Políticas de Igualdad de Género, Dolores Fernández, es una plataforma que busca recopilar, analizar y visibilizar información sobre los avances, brechas y desafíos de la participación política femenina en República Dominicana.

Además, destacó que el observatorio funciona como una herramienta dinámica de estadísticas interactivas que permite conocer la evolución de la participación política de las mujeres en el país y a través de sus secciones, se podrán explorar datos sobre: candidaturas y cargos electos, participación en los partidos políticos, concurrencia electoral por sexo y participación de mujeres en juntas y colegios electorales.

La misión de este observatorio es, en primer lugar, analizar los niveles de cumplimiento de metas y objetivos nacionales e internacionales en torno a la igualdad de género en materia de representación política y, en segundo lugar, motivar e impulsar la participación paritaria de las mujeres en la toma de decisiones.

Entre los objetivos de esta propuesta, figuran: generar información cuantitativa y cualitativa sobre la representación política de mujeres y hombres en el ámbito nacional; medir los niveles de cumplimiento de metas y objetivos internacionales en torno a la igualdad de género; visibilizar avances de igualdad de género en los partidos políticos y aportar datos que sirvan para elaborar insumos claves para el análisis, la formulación de propuestas y el diseño de estrategias de incidencia política.

Asimismo, procura fortalecer las políticas públicas de igualdad, promover la paridad y la representación política equitativa, garantizar los derechos políticos de las mujeres e impulsar acciones para prevenir y erradicar la violencia política hacia las mujeres.

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Telemicro: TSA indicó que Indotel actuó de forma precipitada al asignar frecuencia del Canal 3

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Santo Domingo, R.D.-El Grupo Telemicro reaccionó al fallo judicial del Tribunal Superior Administrativo (TSA) sobre la asignación de la frecuencia del canal 3 VHF. En un documento indicó que la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA) reconoció que el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel), en su rol de autoridad para la gestión del espectro radioeléctrico, actuó de forma «imprudente y precipitada» al asignar el Canal 3 digital a favor de Franasyn, S.R.L., mediante la Resolución núm. 132-2024 dictada el 14 de noviembre de 2024.

Indicó que el tribunal estableció, luego del análisis de las pruebas aportadas por las partes en el litigio sobre el Canal 3 en la banda VHF, que el «regulador (Indotel) tenía pleno conocimiento de que existía un proceso judicial abierto sobre el derecho de uso y explotación de esa frecuencia».

«El órgano apuntó que, en tales circunstancias, esa entidad encargada de gestión radioeléctrica debía actuar con la debida prudencia y observar el principio de realizar una buena administración, absteniéndose de adoptar decisiones que pudieran incidir en el proceso, como lo fue asignar el Canal 3 a favor de un tercero, en este caso la sociedad Franasyl. S.R.L.», dice un documento enviado por la Corporación de Televisión y Microondas Rafa, S.A. (Telemicro).

Derechos de Franasyl

La Tercera Sala del TSA reconoció la legitimidad de los derechos alegados por Franasyl, S.R.L. en torno al Canal 3 virtual y declaró válida su intervención voluntaria en el proceso.

En su decisión, el tribunal rechazó en todas sus partes el recurso contencioso administrativo interpuesto por Telemicro y confirmó íntegramente la Resolución núm. 080-2022 emitida por el Indotel.

La sentencia se produce tras el reenvío ordenado por la Suprema Corte de Justicia mediante la decisión SCJ-TS-25-0203, que instruyó una nueva valoración del caso después de identificar un vicio de desnaturalización de los hechos en un fallo anterior.

  • Telemicro buscaba que la justicia anulara la resolución del Indotel alegando derechos adquiridos sobre el Canal 3 VHF derivados de una comunicación emitida por el órgano regulador en 2004.

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Senado contra la pared con el CPP: aprobar o rechazar

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Santo Domingo, R.D.-El Senado de la República conocerá este viernes en única discusión el proyecto de ley del nuevo Código Procesal Penal, con las decenas de modificaciones que hizo la Cámara de Diputados y la opción de aprobar o rechazar el documento.

El pleno senatorial deberá decidir “lo más rápido posible”, debido al plazo que le otorga el Tribunal Constitucional en la sentencia 0765/24. En su fallo, emitido el 6 de diciembre de 2024, la alta corte declaró nula la Ley 10-15, que modifica el Código Procesal Penal del 2002, y dio un año al Congreso Nacional, hasta el 11 de este mes, para tener listo un nuevo marco legal.

La pieza de ley que estudian los congresistas generó fuertes debates en la Cámara de Diputados mientras era conocida, por artículos que tienen que ver con las facultades del Ministerio Público (MP) en los procesos, como los de peritajes. Uno de ellos es el artículo 211, sobre el nombramiento de peritos.

La moción de Pacheco y Díaz, que es similar a la versión que llegó del Senado, consiga tres párrafos, en el que establecen que los peritos en cualquier otro momento son nombrados, mediante resolución motivada, por el juez o tribunal, a propuesta de parte; el número de peritos es determinado según la complejidad de las cuestiones a plantear, considerando las sugerencias de las partes; y el dictamen o la resolución que ordena el peritaje fija con precisión las razones que lo motivan, su objeto y alcance, así como el plazo para la presentación de dichos dictámenes.

El Procesal Penal vigente no condiciona el nombramiento del perito por el Ministerio Público a que no sea “anticipo jurisdiccional”. Dice, más bien, que durante la etapa preparatoria los nombra el Ministerio Público.

Ejecución del peritaje

Amado Díaz propuso también -siendo acogida por la mayoría-, modificar el artículo 215 del nuevo Código, que trata sobre la ejecución del peritaje, para agregar al MP, quien había sido dejado fuera de ese apartado en la aprobación en primera discusión. Se estableció que el órgano persecutor, juez o tribunal que ha dispuesto el peritaje, resuelva todas las cuestiones que se planteen durante su realización.

La CD modificó el artículo 48 de la pieza

Otro punto de debate en los diputados fue el de la interrupción de la prescripción, artículo 48, numeral 1, uno de los que se quejó Eugenio Cedeño. La Cámara modificó dicho apartado -al dejar quitar la frase “presentada por el Ministerio Público”, para que diga que la prescripción se interrumpe por: la imposición de medida de coerción; la presentación de la acusación; y el pronunciamiento de la sentencia, aunque sea revocable.

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