Análisis Noticiosos
La volatilidad del dólar y su efecto en Europa y América Latina
Published
13 años agoon
By
LA REDACCIÓN
La inyección masiva de dólares vía los programas de facilitación cuantitativa [Quantitative Easing](1) favoreció la depreciación del tipo de cambio dólar/euro en los últimos meses. Prevalece la especulación financiera con posiciones largas, compra de divisas a un precio determinado que esperan venderse en el futuro a un precio mayor, pasando de 1.240 a 1.333 dólares por euro de julio de 2012 a enero de 2013.(2)
Tanto el programa de Transacciones Monetarias Directas (OMT, por sus siglas en inglés)(3) del Banco Central Europeo (BCE), equivalente al QE estadounidense, como el último rescate a Grecia en diciembre apostaron por recobrar la confianza en el euro y reducir la volatilidad cambiaria, sin embargo, se han probado insuficientes.
El fortalecimiento del proceso de integración mediante la conformación de una Genuina Unión Monetaria Europea (GUME) se paralizó en diciembre. El proyecto del GUME se inició a mediados de 2012 con los siguientes elementos: a) una Unión Bancaria, b) un mecanismo de recuperación y quiebra para los bancos en problemas, c) un presupuesto especial para absorber shocks externos, c) un programa de transferencias supranacionales bajo condicionalidad y d) una entidad fiscal supranacional.
El salto subyacente hacia un gobierno supranacional europeo fue rechazado por varios líderes europeos, en especial Alemania. Estos emplazaron al presidente del Consejo Europeo, Van Rompuy, a presentar una nueva propuesta en junio próximo. El problema que ha emergido es que tras sesenta años del proceso de integración, su naturaleza supranacional -que define a la integración y la distingue de la subordinación-, donde los Estados se someten a la voluntad del acuerdo común expresado en el ente político unitario, está en cuestión.
Cuando Estados Unidos entró en recesión, la Reserva Federal (Fed) empezó a inyectar dólares para evitar la deflación y apuntalar el crecimiento. El efecto de esto ha sido depreciar el dólar con el subsecuente efecto sobre Europa. La crisis en la Zona Euro se profundizó: la depreciación del tipo de cambio dólar/euro incrementó el costo de las exportaciones extra zonales -25% del total- y la volatilidad cambiaria.
Con el argumento de incrementar la productividad, los gobiernos respondieron con políticas de austeridad contrayendo el comercio interno europeo. Las tasas de crecimiento cayeron y las prospectivas de recuperación apuntaron a la baja.(4) El resultado es un círculo vicioso que aumenta el riesgo en Europa y genera nuevas apuestas especulativas en el mercado cambiario y de deuda.
América Latina (AL) por su parte, tras la experiencia de la década del ochenta, aplica ahora, con excepciones, políticas de tipo cambio flotante, reducción de la deuda externa en el PIB y del costo del servicio de la deuda en la balanza de pagos, que se cuentan dentro de las condiciones que han reducido su vulnerabilidad.(5) El EMBI [Emerging Markets Bond Index] elaborado por JP Morgan Chase, que mide las posibilidades de impago de la deuda externa de un país emergente, se encuentra en su mínimo para la mayoría de los países de la región.
No obstante desde 2002 -pero más desde el 2007- se viene observando la apreciación de los tipos de cambio de México, Brasil, Chile, Colombia, Perú y Uruguay espejo de la depreciación del dólar. Las tasas de interés negativas en EU y Europa que empujan la liquidez hacia AL, aprecian los tipos de cambio. Las excepciones son Venezuela y un tanto Argentina.
En los próximos meses la lucha contra el fortalecimiento cambiario y su impacto negativo en las exportaciones de la región continuará. La tasa de crecimiento del PIB de las economías emergentes seguirá su tendencia al alza en comparación con el estancado G7.(6) Sin embargo, una vez que la Fed cierre el grifo de la liquidez y las tasas de interés suban en Estados Unidos o Europa, el mercado de materias primas caerá en picado junto con las monedas latinoamericanas. El ‘auge’ bien podría terminar en colapso.
Ciudad Universitaria, Coyoacán, 18 de enero de 2013
Editorial del Observatorio Económico de América Latina (OBELA), UNAM: Instituto de Investigaciones Económicas. Fecha de publicación: Enero (2013). Disponible en Web: http://www.obela.org.
– Oscar Ugarteche es economista peruano, trabaja en el Instituto de Investigaciones Económicas de la UNAM, México. Es presidente de ALAI y coordinador del Observatorio Económico de América Latina (OBELA).
– Ariel Noyola Rodríguez es pasante de la licenciatura en Economía, UNAM. Miembro del proyecto Observatorio Económico de América Latina (OBELA), UNAM: Instituto de Investigaciones Económicas. Contacto: anoyola@iiec.unam.mx.
(1) Los programas de facilitación cuantitativa [Quantitative Easing] tienen por objeto inyectar liquidez a la economía mediante la compra de valores hipotecarios.
(2) Hastings, Michael. “El efecto Draghi del Euro podría estar llegando a su fin” en Wall Street Journal. Fecha de publicación: 07-01-2013. Disponible en Web: http://online.wsj.com/article/SB10001424127887324391104578228003018599088.html
(3) El objetivo del programa es evitar la cesación de pagos de España mediante la compra ilimitada de bonos de deuda soberana por el BCE.
(4) Véase Panico, Carlos y Purificato, Francesco. “Fears, ideologies and rational solutions to the European debt crisis” en TripleCrisis. Fecha de publicación: 14-01-2013. Disponible en Web: http://triplecrisis.com/fears-ideologies-and-rational-solutions-to-the-european-debt-crisis/
(5) Rapetti, Martin. “Capital inflows to Latin America: Blessing or curse?” en TripleCrisis. Fecha de publicación: 19-11-2012. Disponible en Web: http://triplecrisis.com/capital-inflows-to-latin-america-blessing-or-curse/
(6) El Grupo de los 7 (G7) integra a Estados Unidos, Alemania, Canadá, Francia, Italia, Japón y Reino Unido.
Análisis Noticiosos
Las demandas de los jueces y juezas y las falencias del sistema de justicia.
Published
3 días agoon
mayo 21, 2026Por José Cabral
Un total de 450 jueces y juezas de los 737 que hay en todo el país, así como sus 6,516 empleados fijos del Poder Judicial han paralizado sus laborares en demanda de aumento e indexación salarial, contratación de más personal en los tribunales y por mejores condiciones de trabajo.
Estos reclamos no pueden ser soslayados porque el sistema está lleno de deficiencias y debilidades de las que no se puede excluir a nadie, ya que todo obedece a las grandes distorsiones que sufre el Estado.
Entiendo que es un grave problema de institucionalidad, lo cual afecta a todos los actores del sistema, desde los jueces, fiscales y personal administrativo.
Tengo este criterio porque nadie puede discutir que las distorsiones que caracterizan al Estado no sólo se pueden ver en el sistema de justicia, sino también en el Poder Legislativo y el Ejecutivo.
Entonces, en el marco de estas debilidades y deficiencias que ponen en tela de juicio la democracia, se encuentran los bajos salarios de los jueces y todo el personal de la judicatura nacional.
Esta realidad lleva a todo el que tiene dos dedos de frente a entender que las demandas de los jueces y juezas son justas desde cualquier perspectiva que se vea y a cuyo problema debe buscársele una salida saludable, sin soslayar los demás asuntos que impactan negativamente al sistema de justicia.
El Consejo del Poder Judicial no sólo debe procurar darle salida a esa deficiencia y a sus problemas financieros, sino que al propio tiempo debe crear los mecanismos necesarios para que los tribunales del país tengan otro desempeño.
De manera, que la solución debe ser integral, no sólo a nivel de los salarios y las mejores condiciones laborales de los jueces, ya que las deficiencias tienen implicaciones que también tienen que ver con la arbitrariedad con que se manejan los casos en los tribunales, lo que muchas veces implican la violación de los derechos de los que buscan hacer justicia sobre la base de los derechos fundamentales.
Es decir, que, si bien los bajos salarios de los jueces es un problema grave en el marco del Estado dominicano, también debe decirse que hay otros de igual o peor magnitud que no tienen la mejor de las salidas.
Lo que pretendo establecer es que el problema no sólo tiene que ver con los salarios, el cúmulo de trabajo y el poco personal, sino también del manejo jurídico de los casos, porque es bueno que se entienda que muchos jueces y juezas violan hasta el derecho de recurrir de muchos justiciables y naturalmente los que incurren en esas inconductas no es que deben tener un mal salario, sino que deben ser expulsados del sistema de justicia para bien de la sociedad y la democracia.
Es oportuna la ocasión para que los que dirigen el Estado dominicano no sólo se aboquen a mejorar los salarios y las condiciones de trabajo de los jueces y juezas, lo cual me parece de justicia, sino también a fiscalizar mejor su desempeño porque hay que buscar la forma de mejorar el sistema justicia para bien de todas y cada de las personas, porque no hay derechos sin deberes.
Por José Cabral
Este miércoles participé de una conciliación en la fiscalía del juzgado de paz de Santiago sobre una pensión alimenticia y el magistrado que condujo la misma expresó tantos contrasentidos jurídicos que cualquiera siente vergüenza ajena.
Entre los disparates jurídicos de este fiscalizador está que antes de que se iniciara la vista de conciliación, que se hizo a solicitud de un padre que propone el pago de un monto especifico y concreto de pensión alimenticia, el funcionario incitó a la madre citada a que presentada una denuncia en contra de éste en violación de los procedimientos establecidos al respecto.
Pero peor fue todo lo que dijo este señor, como por ejemplo sostener que cualquier poder de una de las partes que llegue a sus manos de antemano es cuestionado porque alega que allí se llevan muchos títulos auténticos de este tipo falsificados, lo cual me llevó a llamar a la atención a este funcionario porque las leyes establecen los procedimientos al respecto.
Los contrasentidos del magistrado no pararon e incluso llegó a decir que en términos de pensión o manutención los hermanos y otros familiares del padre son también responsables de suplir de alimentos al niño víctima de una situación de irresponsabilidad paternal, pese a que no era el caso de la especie, lo que también me llevó a recordarle que lo que decía era una violación al principio constitucional de que nadie es responsable por los hechos que cometen otros sin importar los vínculos de familiaridad, a menos de que se trate de un menor no emancipado.
Este fiscal llegó al colmo de violar la Constitución de la República cuando mandó a retirarse a todos aquellos abogados que él considera que tienen una edad que a su juicio deben darles paso a otros profesionales del derecho más jóvenes, lo que también representa una vulneración del artículo 39 la carta magna cuando dice que nadie debe ser discriminado por sexo, color, edad y preferencia sexual, entre otras cosas.
Este comportamiento del Ministerio Público no es de ahora, ya que se trata de una debilidad que arrastra desde hace décadas, porque la verdad es que nadie sabe de dónde saca el órgano a este tipo de personaje, quien además decía y reiteraba con la anuencia de algunos abogados presentes que un poder no tenía validez en la jurisdicción de niñas, niños y adolescentes por tratarse de una ley especial.
Yo he sido uno de los que se han quejado por la tolerancia con que el sistema trata la emisión de actos auténticos que no cumplen con las formalidades de ley y que representan una falsedad, no sólo material, sino también intelectual, pero el problema consiste en que es letra muerta lo que dispone la Ley 140-15 y el propio Código Civil Dominicano al respecto.
Regularmente los jueces no estatuyen sobre este tipo de delito, pero ello de ninguna manera justifica que un fiscal o fiscalizador ignore los procedimientos a seguir cuando sospeche que un título autentico es falso, porque no puede hacer como el personaje de este miércoles que actúa como si tuviera la competencia para emitir sentencias o desempañar funciones jurisdiccionales.
Y no se trata sólo de un abuso de poder, sino de una gran ignorancia que daña y lesiona gravemente la credibilidad de todo el sistema de justicia.
No obstante, no es mucho lo que se puede pedir al respecto, porque es un problema integral que sólo una transformación total del Estado podrá resolver.
Análisis Noticiosos
La figura de la inadmisibilidad como sustituta de la mora judicial.
Published
3 semanas agoon
mayo 6, 2026Por José Cabral
La Suprema Corte de Justicia (SCJ) mantiene una campaña para crear la percepción de que la mora judicial ha sido reducida a su más mínima expresión.
Sin embargo, cuando cualquier ciudadano se aboca a un análisis de fondo del problema, descubre que se trata de un truco para vender una percepción que no tiene nada que ver con la realidad.
La disminución de la mora judicial ha sido concebida sobre la base de la negación de la tutela judicial efectiva, el debido proceso y el derecho a la defensa, porque el arma usada para este fin es la figura de la inadmisibilidad.
Ello se puede observar con el llamado interés casacional, el cual se sustenta en un criterio subjetivo del derecho, pero que la figura puede ser utilizada para descongestionar el sistema de justicia sobre la base de decisiones que se apoyan en la inadmisiblidad.
Este mecanismo jurídico permite que se proyecte una eficiencia que no existe y que tampoco representa una solución a un problema que en vez de disminuir se complica.
Por lo que se ve, la SCJ utiliza un arma que no es válida para acabar un problema que desde cualquier perspectiva que se analice representa denegación de justicia.
Justicia tardía es, sin lugar a dudas, denegación de justicia, pero peor aún recurrir a una interpretación como el interés casacional para declarar inadmisibles una gran cantidad de casos y buscar descongestionar el sistema y en esas condiciones en el país no se puede hablar de una mejoría del Estado Social Democrático de Derecho.
Lo que se sí ocurre ahora con el recurso extraordinario de casación es un aumento preocupante de la figura de la inadmisibilidad, a los fines de proyectar lo que en la realidad no se produce, aunque ciertamente genera un descongestionamiento sobre una base ficticia y negadora de derechos.
En este aspecto sostengo que se reasume una percepción que ha hecho tanto daño a la democracia dominicana, cuya credibilidad ya parece irrecuperable.
La mora judicial es un fenómeno que abarca todo el sistema de justicia, desde los juzgados de paz hasta los tribunales de primera instancia y las cortes de apelación, pero naturalmente en el nivel que causa mucha mayor preocupación es en casación, cuya Ley 2-23 se ha convertido en un instrumento para ahora apoyarse en la inadmisibilidad para la denegación de justicia.
