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Opinión

IDAC vs Asociación de Pilotos: corrupción, pugna y manipulaciones

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Por Narciso Isa Conde

La corrupción, incluso la narco-corrupción, tiene un amplio y diverso capítulo aeroportuario que ha sido develado en diferentes ediciones del periódico Tiro al Blanco.

En ese capítulo el Instituto de Aeronáutica Civil-IDAC no solo sale bien parado, ni antes ni ahora; mientras siempre las pugnas entre facciones del PLD y la indignación de gente independiente de valor se han encargado de airear muchas de las irregularidades y muchas expresiones de corrupción, así como la manipulación de las Asociaciones de Pilotos y Controladores Aéreos con fines de taponar males que se han ido acumulando.

Días atrás se habló del pago a patrocinadores de la campaña a favor de la actual gestión, de compras millonarias de equipos al mismo suplidor sin licitación y de planes de privatizar en beneficios de particulares de los servicios de navegación aérea; aunque se le reconoce al nuevo incúmbete del IDAC, Alejandro Herrera, alto dirigente del PLD, haber reducido significativamente la nomina abultada de ese organismo.

Entre hechos graves se mencionan la compra de dos centros de control de radares, adjudicado sin licitación durante el pasado periodo de transición gubernamental por un monto de 600 millones de pesos a la misma empresa.

Una dura critica a las administraciones anteriores y a la actual es la relacionada con el bloqueo a la reactivación de Dominicana de Aviación, postrada a lo largo de unos 25 años, durante los cuales se ha recurrido a arrendar a líneas aéreas extranjeras sus valiosas franquicias a cambio de jugosos sobornos a políticos peledeístas enquistados en la Junta de Aeronáutica Civil de IDAC.

Se destaca la complicidad con monopolios como American Airlines, Delta, Jet Blue, Continental y otros; mientras se dejan a un lado los esfuerzos para rehabilitar la línea bandera nacional, lo cual -según entendidos en la materia- sería posible con una inversión inferior a mitad de lo gastado en la compra de los aviones Súper-Tucanos (unos de los grandes negocios del ex-presidente Fernández y de ciertos jefes de la Fuerza Aérea Dominicana).

En las áreas técnicas de IDAC siguen con mucho poder funcionarios cuestionados por los usuarios, mientras se sub-utilizaban los mejores expertos ajenos al clan dominante.

Los privilegios vuelven a asomar como medios de compra de conciencia y así el comedor que se construye en el Edificio Norge Botello en Punta Caucedo, sobrevaluado en 58.4 millones de pesos, será destinado exclusivamente a controladores aéreos en detrimento de empleados de menores ingresos.

Se argumenta, con razón, que la aviación civil dominicana va por mal rumbo cuando la política del IDAC afecta a pilotos, técnicos y empresarios que no tiene el privilegio de ser empleados o de estar “enllavados” con los círculos del poder peledeísta que dominan el IDAC.

Nuevo intento de control de la ANP

La práctica de controlar, para manipular, las asociaciones de pilotos y controladores de aéreos, es consuetudinaria y persigue quitarles independencia, anular su espíritu critico y convertirlas en cómplices de las irregularidades y males manejos.

Un nuevo intento en esa dirección se ha puesto en marcha en ocasión de las próximas elecciones de la Asociación Nacional de Pilotos-ANP, fijadas para el 31 de enero.

El instrumento para esos fines es la plancha peledeísta “Dignidad, Unidad y Progreso” y la figura clave es Tirso Borromé, quien al tiempo de trabajar en uno de los aeropuertos del Este del país, labora en la Terminal del Higuero; en franca violación de la ley 491-o6 art.8, violando el Código de Trabajo que prohíbe dos empleos con el mismo horario y violando la ley 930 sobre descanso de controladores y pilotos; poniendo, por demás, en riesgo pasajeros y pilotos de esas aeropuertos.

Pero además, Tirso Borromé es unos de los violadores de los Estatutos de la Asociación Nacional de Pilotos (ANP) que prohíbe la postulación a su directiva de funcionarios del IDAD; en su caso se trata de un funcionario privilegiado. Acompañándolo en esa misma violación otros dos funcionarios del IDAC: el Inspector Rodolfo Victoria y el Director de Normas de Vuelo Gabriel Medina (este último también pilotea en la Embajada de EU); ambos, como Borromé, actuando como instrumentos de Alejandro Herrera en el propósito de controlar la ANP.

Fatiga aérea

Se estima como muy grave que el IDAC no le ponga la debida atención al tema de la fatiga aérea de los pilotos y controladores, principal causas de accidentes en el mundo; y que en lugar de convertirse en factor vigente sobre las líneas aéreas abusadoras, haga las veces de cómplice de éstas.

Por eso y por todas las reivindicaciones postergadas, no se debe permitir que la ANP sea un instrumento del IDAC y de los peledeístas que controlan esa institución.

La postulación de Tirso Borromé, Gabriel Medina y Rodolfo Victoria es ilegal y anti-estatutaria, y tratar de imponerlos como dirigentes de la ANP atenta contra la democracia y contra la libertad de asociación.

Urge que los pilotos le salgan al frente a esos negativos designios.

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Opinión

Poder capitalista-patriarcal: fábrica de feminicidios

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Por Narciso Isa Conde

Vivimos una sociedad de grandes injusticias, discriminaciones y opresiones, las que son mayores si se examinan en la relación hombre-mujer; lacerantes y crueles en temas como el acceso al empleo y los ingresos, derecho a la salud, relación de poder en la familia y la sociedad, forma de participar en la política y cruel despliegue de la violencia masculina.

La violencia no se detiene ni se revierte con Estados y Gobiernos que se niegan a combatir la ideología patriarcal-machista, a educar en torno a la teoría de género, a defender los derechos de la población femenina, a superar los fundamentalismos religiosos, a impartir educación sexual y promover la enseñanza basada en los permanentes adelanto de la ciencia.

La matriz de las modalidades de violencia de género es ideológica-cultural, constantemente reproducida por la clase dominante y el Estado bajo su tutela, incluido su poderoso sistema de comunicación, sus instancias educativas públicas y privadas, sus poderes eclesiales y sus diversos.

No es solo cuestión de reconocer y condenar verbalmente los feminicidios.

No es asunto que se solucione con establecer, como simple formalidad, un Ministerio de la Mujer.

No es tema para limitarse expresar pesares o allantar con medidas superficiales y con leyes que no se cumplen.

A eso se limita la clase dominante-gobernante dominicana, su Estado, su Gobierno, las cúpulas de sus iglesias y el propio presidente Abinader con su equipo de gobierno.

Aquí el sistema educativo, los aparatos de comunicación y cultura han sido asaltados por la ideología machista.

El Estado ha pisoteado el laicismo y el valor de las humanidades y las ciencias sociales, con la anuencia y participación de Luis Abinader,

Importa mucho por eso destacar esa realidad y detenernos siempre en dos características relevantes de la sociedad dominicana: la opresión y la explotación de las mujeres:

La opresión tiene sus raíces en un sistema capitalista plagado de desigualdades, que le da continuidad a una cultura dominante machista que coloca a las mujeres en posición subordinada frente a los hombres; quienes abusivamente se asumen como propietarios de sus vidas y de sus cuerpos.

En ese contexto toda independencia femenina, toda resistencia a ser propiedad masculina, todo desamor provocado por el maltrato y el menosprecio, se paga con agresiones y hasta con la vida, pasando por sufrimientos inenarrables.

Así opera la sociedad patriarcal-machista dirigida por un Estado generador y complaciente frente a distintas formas de violencia y exclusión machista (física, psicológica, económica) contra mujeres y niñas. Todo un poder dominante que opera como una fábrica de feminicidios

La explotación se sustenta en una cultura dominante clasista que empobrece hombres y mujeres trabajadoras -y que mezclada con la división sexual del trabajo y basada en el interés exclusivo del capital por la ganancia- genera y se apropia de más riquezas en base al trabajo desvalorizado de las mujeres en múltiples labores y también en el trabajo absolutamente no remunerado, asignándoles unilateralmente a las mujeres las tareas del cuidado de la familia y del hogar.

La paternidad irresponsable, del abandono total de la familia por los hombres, que determina que la mitad de los hogares estén a cargo de mujeres, se suma a ese despliegue de calamidades.

Aquí y en gran parte del planeta. las mujeres viven múltiples formas de maltrato y discriminación que son tanto más graves y dolorosas cuando ellas son más pobres, negras y con menos oportunidades.

La lucha de las mujeres por la igualdad es cuestión de poder y contra ese poder es necesario que juntos encaucemos la lucha para alcanzar la liberación de todos/as los/as oprimidos/as y explotados/as.

Se ha dicho con razón, que lo personal, en este y muchos casos es también político, y lo político implica valorar que la base de esta gran trampa opresora es el sistema y que hay que cambiarlo por otro que desplace y reemplace la alianza criminal del patriarcado con el capital.

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Opinión

Cumplimiento de las solicitudes  de la Corte Penal Internacional

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Por Rommel Santos Diaz

Las solicitudes de asistencia se cumplirán de conformidad con el procedimiento aplicable en el derecho interno del Estado requerido y, salvo si ese derecho lo prohíbe, en la forma especificada en la solicitud, incluidos los procedimientos indicados en ella y la autorización a las personas especificadas en ella para estar presentes y prestar  asistencia en el trámite.

En el caso de una solicitud urgente y cuando la Corte Penal Internacional lo pida, los documentos o pruebas incluidos en la respuesta serán transmitidos con urgencia.

El Estatuto de Roma establece que las respuestas del Estado  Parte requerido serán transmitidas en su idioma y forma original.

Cuando resulte necesario en el caso de una solicitud que pueda ejecutarse sin necesidad de medidas coercitivas, en particular la entrevista a una persona o la recepción de pruebas de una persona voluntariamente, aun cuando sea sin la presencia de las autoridades del Estado Parte requerido si ello fuere esencial para la ejecución de la solicitud, y el reconocimiento de un lugar u otro recinto que no entrañe un cambio en el , el Fiscal podrá ejecutar directamente la solicitud en el territorio de un Estado.

Cuando el Estado Parte requerido fuere un Estado en cuyo territorio se hubiera cometido presuntamente el crimen, y hubiere habido una de admisibilidad de conformidad con los artículos 18 o 19, el Fiscal podra ejecutar directamente la solicitud tras celebrar todas las consultas posibles con el Estado Parte requerido.

En los demás casos, el Fiscal podra ejecutar la solicitud tras celebrar consultas con el Estado Parte  requerido y con sujeción a cualquier condición u observación razonable que imponga  o haga ese Estado Parte.

Cuando el Estado Parte requerido considere que hay problemas para  la ejecución de una solicitud de conformidad con  las solicitudes a que se hace referencia en los artículos 933 y 96 del Estatuto de Roma, celebrará consultas sin demora con la Corte Penal Internacional para resolver la cuestión.

Finalmente, las disposiciones en virtud de las cuales una persona que sea oída o interrogada por la Corte Penal Internacional con arreglo al artículo 72 podrá hacer valer las restricciones previstas para impedir la divulgación de información  confidencial relacionada con la seguridad nacional serán igualmente aplicables al cumplimiento de las solicitudes de asistencia a que se hace referencia en el presente  artículo.

Rommelsantsodiaz@gmail.com

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Opinión

La dignidad humana y los procesos político-electorales en la República Dominicana (2006–2026).

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Por Robinson Lebrón

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El presente artículo analiza de manera crítica la evolución, los hitos normativos y las persistentes vulneraciones a la dignidad humana en el marco de los procesos político-electorales de la República Dominicana durante el periodo 2006–2026. A partir de la reforma constitucional de 2010, la dignidad humana se consagró como el principio fundante del Estado Social y Democrático de Derecho, transformando la dimensión procedimental del voto en un derecho fundamental sustantivo. Mediante un enfoque cualitativo y dogmático, la investigación examina el balance entre la expansión formal de los derechos ciudadanos evidenciada en políticas de inclusión como el Voto Accesible, el Voto Penitenciario y la tutela judicial efectiva del debido proceso partidario por parte del Tribunal Superior Electoral (TSE) y la realidad fáctica de los procesos electorales dominicanos.

 El análisis revela que, a pesar del blindaje institucional y jurisprudencial, subsisten patologías estructurales arraigadas como el clientelismo sistémico, la mercantilización del voto y la instrumentalización político-electoral del gasto social del Estado. Asimismo, se constata que la transición del debate hacia el entorno digital ha generado nuevas amenazas a la integridad moral a través de campañas de desinformación automatizada mediante robots y violencia política de género en redes sociales. Se concluye que la plena realización de la dignidad ciudadana en las urnas sigue supeditada a una profunda transformación cultural del sistema de partidos y a la aplicación efectiva de regímenes sancionatorios que erradiquen la coerción basada en la vulnerabilidad económica de la población.

El sistema democrático contemporáneo ha superado la concepción procedimental del voto para orientarse hacia un modelo sustantivo, donde el ciudadano es el eje central de las decisiones públicas. En el ordenamiento jurídico de la República Dominicana, esta visión adquirió un carácter vinculante a partir de la reforma constitucional del 26 de enero de 2010. Dicha reforma refundó el Estado dominicano bajo el modelo de un Estado Social y Democrático de Derecho, consagrando explícitamente en su artículo 5 que la Constitución se fundamenta en el respeto irrestricto a la dignidad humana. De este modo, la dignidad dejó de ser un enunciado meramente filosófico para convertirse en un principio jurídico superior, una norma transversal y un derecho fundamental absoluto e inviolable (artículo 38) que debe guiar la actuación de todos los poderes públicos, incluidos los órganos electorales.

Bajo este marco constitucional, los procesos político-electorales celebrados en el país durante las últimas dos décadas (2006–2026) han experimentado una profunda transformación normativa e institucional. El ejercicio de los derechos de ciudadanía —concebidos como el derecho a elegir y ser elegido en condiciones de equidad— se vincula directamente con la autonomía moral y la libertad del individuo. Durante este periodo, la promulgación de normativas clave como la Ley No. 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, la Ley No. 15-19 (y su posterior evolución hacia la Ley No. 20-23 Orgánica del Régimen Electoral), así como las jurisprudencias del Tribunal Superior Electoral (TSE) y del Tribunal Constitucional (TC), han buscado estructurar un ecosistema político que garantice la inclusión social, el debido proceso partidario, la paridad de género y el acceso al sufragio de poblaciones históricamente vulnerabilidades, tales como los internos preventivos y las personas con discapacidad.

Sin embargo, el análisis del periodo 2006–2026 revela una persistente desigualdad entre el marco garantista del derecho positivo y la realidad fáctica de las campañas electorales dominicanas. A pesar de los significativos avances tecnológicos y logísticos implementados por la Junta Central Electoral (JCE), la dignidad de los electores continúa enfrentando serios desafíos culturales y estructurales. Fenómenos sistémicos como el clientelismo arraigado, la compra abierta de voluntades en los recintos electorales, la desproporción en el financiamiento de los candidatos y el uso instrumentalizado de los recursos asistenciales del Estado tienden a cosificar al ciudadano, reduciendo su condición de agente político soberano a la de una mercancía económica.

Asimismo, el auge de los entornos digitales en la última década ha introducido nuevas amenazas a la integridad personal a través de campañas de difamación automatizada y la vulneración del derecho al honor. Frente a este escenario, el presente artículo tiene como objetivo analizar de manera crítica la evolución, los hitos normativos y las persistentes vulneraciones a la dignidad humana en el marco de los procesos políticos electorales de la República Dominicana durante los últimos veinte años. A través de un enfoque cualitativo y dogmático, se examina el balance entre la expansión formal de los derechos políticos y la persistencia de prácticas tradicionales que erosionan la autonomía del votante. Se sostiene como tesis central que, si bien el Estado dominicano ha blindado institucional y jurisprudencialmente las garantías del sufragio, la pervivencia de una cultura política de subordinación económica y el desborde ético en las campañas digitales constituyen los principales reductos que limitan la plena realización de la dignidad ciudadana en las urnas.

Robinson Jesús Lebrón Céspedes.

rlebroncespedes@gmail.com

El autor es abogado y Docente Universitario.

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