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Análisis Noticiosos

Nadie está por encima de la ley

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Por Juan Bolívar Díaz

A Leonel se le puede considerar por encima de la ley ni de la justicia

El postulado de que nadie puede estar por encima de la ley es universal y ha sido consignado de una u otra forma en todas las constituciones dominicanas desde la fundación de la República, incluyendo la promulgada por el presidente Leonel Fernández el 26 de enero del 2010, cuyo artículo 39 consigna: “Derecho a la igualdad. Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, reciben la misma protección y trato de las instituciones, autoridades y demás personas y gozan de los mismos derechos, libertades y oportunidades, sin ninguna discriminación”… El numeral 1 de este artículo “condena todo privilegio o situación que tienda a quebrantar la igualdad” y el 3 proclama que el Estado “debe promover las condiciones jurídicas y administrativas para que la igualdad sea real y efectiva”.

 Procede este recordatorio tras el bochornoso espectáculo montado ante la Procuraduría Fiscal del Distrito Nacional el 5 del mes en curso buscando impedir que se investigue una documentada querella formulada contra el mismo mandatario que promulgó la Constitución vigente, por demás un jurista de profesión y vocación desde antes que se le atribuyeran los atributos sobrenaturales que en la historia nacional se otorga a los presidentes, sobre todo a los siete que han gobernado dos tercios del período republicano.

La turba que se presentó ante la Procuraduría Fiscal del Distrito Nacional pretendió intimidar al querellante, el ex incumbente del mismo organismo Guillermo Moreno y a sus abogados, pero también constituyó una grosera presión contra la actual titular, Yenice Berenice Reynoso. Lo más grave del caso es que estaba constituida por varios centenares de abogados transportados desde diferentes jurisdicciones del país, entre los cuales había muchos empleados del Estado, consultores jurídicos y antiguos fiscales, de quienes se debía esperar respeto a la majestad de la justicia.

Todavía es más escandaloso que esa turba vociferante y amenazante acompañara un  consejo de defensa del querellado que está encabezado por el doctor Radhamés Jiménez, quien durante varios años fuera Procurador General de la República. Como se trata de un abogado caracterizado por la ponderación y el raciocinio jurídico, debe entenderse que el caso ha generado un grave descontrol emocional.

Nadie puede pretender negar el derecho a la defensa al ciudadano Fernández, inocente hasta que un tribunal legítimo le declare culpable de las imputaciones que se le puedan formular. Tampoco se debe aspirar a un linchamiento judicial, pero tampoco se le puede considerar por encima de la ley ni de la justicia por más que sus defensores lo crean “el más grande dominicano de todos los tiempos”.

Para nada honra ni ayuda a la defensa del ex presidente Fernández que la misma se fundamente en la injuria y la descalificación  del querellante, también jurista y de impoluta conducta profesional y ciudadana, quien fuera precisamente el primer fiscal distrital del ahora querellado. Lo que les corresponde es responder minuciosamente los cargos, formulados  con abundante documentación, de lo que se presume como  prevaricación, lavado de activos, concusión, perjurio, de actividades incompatibles con el cargo de Presidente de la República, y de enriquecimiento ilícito.

La joven y brillante fiscal Reynoso, reconocida por todos desde su gestión como Procuradora Fiscal de Santiago, por lo que fue promovida al Distrito Nacional precisamente por el ex Procurador General Jiménez, merece respeto y consideraciones y no las chantajistas denotaciones de que ahora se le hace objeto por medios de comunicación. La merece por la majestad del cargo, por sus condiciones personales, intelectuales, profesionales y morales y hasta por su juventud y condición de mujer inspiradora de una nueva generación de funcionarios judiciales.

Ante la querella lo que corresponde es una investigación que reivindique la institucionalidad judicial y la independencia de sus agentes. Abundan los  procesamientos y condenas de ex mandatarios, de dirigentes políticos y altos funcionarios, como ha ocurrido recientemente en Brasil, Guatemala, España, Francia, Italia, Taiwán, Israel y otros países. Ahora mismo están sujetos a imputaciones de corrtupción una hija del rey de España y el ex presidente francés Nicolás Sarkozy, y bajo investigación el expresidente de Brasil Lula da Silva, quien terminó su gestión con altísima aprobación. Es que en la democracia nadie está por encima de la ley.

Artículo publicado originalmente en el periódico HOY.

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Análisis Noticiosos

Las demandas de los jueces y juezas y las falencias del sistema de justicia.

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Por José Cabral

Un total de 450 jueces y juezas de los 737 que hay en todo el país, así como sus 6,516 empleados fijos del Poder Judicial han paralizado sus laborares en demanda de aumento e indexación salarial, contratación de más personal en los tribunales y por mejores condiciones de trabajo.

Estos reclamos no pueden ser soslayados porque el sistema está lleno de deficiencias y debilidades de las que no se puede excluir a nadie, ya que todo obedece a las grandes distorsiones que sufre el Estado.

Entiendo que es un grave problema de institucionalidad, lo cual afecta a todos los actores del sistema, desde los jueces, fiscales y personal administrativo.

Tengo este criterio porque nadie puede discutir que las distorsiones que caracterizan al Estado no sólo se pueden ver en el sistema de justicia, sino también en el Poder Legislativo y el Ejecutivo.

Entonces, en el marco de estas debilidades y deficiencias que ponen en tela de juicio la democracia, se encuentran los bajos salarios de los jueces y todo el personal de la judicatura nacional.

Esta realidad lleva a todo el que tiene dos dedos de frente a entender que las demandas de los jueces y juezas son justas desde cualquier perspectiva que se vea y a cuyo problema debe buscársele una salida saludable, sin soslayar los demás asuntos que impactan negativamente al sistema de justicia.

El Consejo del Poder Judicial no sólo debe procurar darle salida a esa deficiencia y a sus problemas financieros, sino que al propio tiempo debe crear los mecanismos necesarios para que los tribunales del país tengan otro desempeño.

De manera, que la solución debe ser integral, no sólo a nivel de los salarios y las mejores condiciones laborales de los jueces, ya que las deficiencias tienen implicaciones que también tienen que ver con la arbitrariedad con que se manejan los casos en los tribunales, lo que muchas veces implican la violación de los derechos de los que buscan hacer justicia sobre la base de los derechos fundamentales.

Es decir, que, si bien los bajos salarios de los jueces es un problema grave en el marco del Estado dominicano, también debe decirse que hay otros de igual o peor magnitud que no tienen la mejor de las salidas.

Lo que pretendo establecer es que el problema no sólo tiene que ver con los salarios, el cúmulo de trabajo y el poco personal, sino también del manejo jurídico de los casos, porque es bueno que se entienda que muchos jueces y juezas violan hasta el derecho de recurrir de muchos justiciables y naturalmente los que incurren en esas inconductas no es que deben tener un mal salario, sino que deben ser expulsados del sistema de justicia para bien de la sociedad y la democracia.

Es oportuna la ocasión para que los que dirigen el Estado dominicano no sólo se aboquen a mejorar los salarios y las condiciones de trabajo de los jueces y juezas, lo cual me parece de justicia, sino también a fiscalizar mejor su desempeño porque hay que buscar la forma de mejorar el sistema justicia para bien de todas y cada de las personas, porque no hay derechos sin deberes.

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Análisis Noticiosos

La torpeza y la ignorancia de un fiscal

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Por José Cabral

Este miércoles participé de una conciliación en la fiscalía del juzgado de paz de Santiago sobre una pensión alimenticia y el magistrado que condujo la misma expresó tantos contrasentidos jurídicos que cualquiera siente vergüenza ajena.

Entre los disparates jurídicos de este fiscalizador está que antes de que se iniciara la vista de conciliación, que se hizo a solicitud de un padre que propone el pago de un monto especifico y concreto de pensión alimenticia, el funcionario incitó a la madre citada a que presentada una denuncia en contra de éste en violación de los procedimientos establecidos al respecto.

Pero peor fue todo lo que dijo este señor, como por ejemplo sostener que cualquier poder de una de las partes que llegue a sus manos de antemano es cuestionado porque alega que allí se llevan muchos títulos auténticos de este tipo falsificados, lo cual me llevó a llamar a la atención a este funcionario porque las leyes establecen los procedimientos al respecto.

Los contrasentidos del magistrado no pararon e incluso llegó a decir que en términos de pensión o manutención los hermanos y otros familiares del padre son también responsables de suplir de alimentos al niño víctima de una situación de irresponsabilidad paternal, pese a que no era el caso  de la especie,  lo que también me llevó a recordarle que lo que decía era una violación al principio constitucional de que nadie es responsable por los hechos que cometen otros sin  importar los vínculos de familiaridad, a menos de que se trate de un menor no emancipado.

Este fiscal llegó al colmo de violar la Constitución de la República cuando mandó a retirarse a todos aquellos abogados que él considera que tienen una edad que a su juicio deben darles paso a otros profesionales del derecho más jóvenes, lo que también representa una vulneración del artículo 39 la carta magna cuando dice que nadie debe ser discriminado por sexo, color, edad y preferencia sexual, entre otras cosas.

Este comportamiento del Ministerio Público no es de ahora, ya que se trata de una debilidad que arrastra desde hace décadas, porque la verdad es que nadie sabe de dónde saca el órgano a este tipo de personaje, quien además decía y reiteraba con la anuencia de algunos abogados presentes que un poder no tenía validez en la jurisdicción de niñas, niños y adolescentes por tratarse de una ley especial.

Yo he sido uno de los que se han quejado por la tolerancia con que el sistema trata la emisión de actos auténticos que no cumplen con las formalidades de ley y que representan una falsedad, no sólo material, sino también intelectual, pero el problema consiste en que es letra muerta lo que dispone la Ley 140-15 y el propio Código Civil Dominicano al respecto.

Regularmente los jueces no estatuyen sobre este tipo de delito, pero ello de ninguna manera justifica que un fiscal o fiscalizador ignore los procedimientos a seguir cuando sospeche que un título autentico es falso, porque no puede hacer como el personaje de este miércoles que actúa como si tuviera la competencia para emitir sentencias o desempañar funciones jurisdiccionales.

Y no se trata sólo de un abuso de poder, sino de una gran ignorancia que daña y lesiona gravemente la credibilidad de todo el sistema de justicia.

No obstante, no es mucho lo que se puede pedir al respecto, porque es un problema integral que sólo una transformación total del Estado podrá resolver.

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Análisis Noticiosos

La figura de la inadmisibilidad como sustituta de la mora judicial.

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Por José Cabral

La Suprema Corte de Justicia (SCJ) mantiene una campaña para crear la percepción de que la mora judicial ha sido reducida a su más mínima expresión.

Sin embargo, cuando cualquier ciudadano se aboca a un análisis de fondo del problema, descubre que se trata de un truco para vender una percepción que no tiene nada que ver con la realidad.

La disminución de la mora judicial ha sido concebida sobre la base de la negación de la tutela judicial efectiva, el debido proceso y el derecho a la defensa, porque el arma usada para este fin es la figura de la inadmisibilidad.

Ello se puede observar con el llamado interés casacional, el cual se sustenta en un criterio subjetivo del derecho, pero que la figura puede ser utilizada para descongestionar el sistema de justicia sobre la base de decisiones que se apoyan en la inadmisiblidad.

Este mecanismo jurídico permite que se proyecte una eficiencia que no existe y que tampoco representa una solución a un problema que en vez de disminuir se complica.

Por lo que se ve, la SCJ utiliza un arma que no es válida para acabar un problema que desde cualquier perspectiva que se analice representa denegación de justicia.

Justicia tardía es, sin lugar a dudas, denegación de justicia, pero peor aún recurrir a una interpretación como el interés casacional para declarar inadmisibles una gran cantidad de casos y buscar descongestionar el sistema y en esas condiciones en el país no se puede hablar de una mejoría del Estado Social Democrático de Derecho.

Lo que se sí ocurre ahora con el recurso extraordinario de casación es un aumento preocupante de la figura de la inadmisibilidad, a los fines de proyectar lo que en la realidad no se produce, aunque ciertamente genera un descongestionamiento sobre una base ficticia y negadora de derechos.

En este aspecto sostengo que se reasume una percepción que ha hecho tanto daño a la democracia dominicana, cuya credibilidad ya parece irrecuperable.

La mora judicial es un fenómeno que abarca todo el sistema de justicia, desde los juzgados de paz hasta los tribunales de primera instancia y las cortes de apelación, pero naturalmente en el nivel que causa mucha mayor preocupación es en casación, cuya Ley 2-23 se ha convertido en un instrumento para ahora apoyarse en la inadmisibilidad para la denegación de justicia.

 

 

 

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