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Bar aclara no practicó discriminación racial
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13 años agoon
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LA REDACCIÓNSANTO DOMINGO.- La gerencia del Bar Restaurant La Chismosa, de esta Capital, aclaró que en ese establecimiento no se practicó discriminación racial la noche del sábado once de mayo, como denunciaron las doctoras Jazmín Izquierdo y Yocasta Carmona.
Alegó que lo que sucedió fue que se limitó el acceso de varias personas que no contaban con las reservaciones correspondientes en un evento especial donde la mayor parte de las mesas estaban prepagadas.
En un comunicado de prensa, el establecimiento de diversión explica que cuando la doctora Izquierdo llegó al local acompañada de otras personas, ya la reserva para diez invitados contratada por una cliente para celebrar un cumpleaños había sido sobrepasada, y “el personal tiene estrictas instrucciones de controlar el acceso para evitar que se exceda el número de personas que recomiendan las normas de seguridad”.
Sin embargo, precisa que a raíz del lamentable incidente el Bar Restaurant ha decidido colocar letreros en los lugares más visibles del local reafirmando la política de no discriminación por motivo de color de piel, raza, código de vestimenta no pre-establecido, peinado o apariencia física”.
“Por igual tendremos letreros con el código de vestimenta y las políticas de reservación y pre pago de nuestras mesas. Además, instalaremos cámaras de vídeo y sonido en los lugares de acceso a nuestro establecimiento para facilitar el trabajo de las autoridades en el cumplimiento de sus facultades de supervisión”, indica.
Apunta la declaración que en las redes sociales abundan imágenes gráficas que evidencian que en el establecimiento no se ejercen prácticas discriminatorias por razones raciales, tal como se puede apreciar en las siguientes direcciones: www.foursquare.com, www.facebook.com y # lachismosa via instagram.
El comunicado
El texto completo del comunicado es el siguiente:
Con el debido respeto que nos merecen las señoras Jazmin Izquierdo y Yocasta Carmona, deseamos informar a la opinión pública que en el Bar Restaurant La Chismosa está estrictamente prohibido discriminar por razones raciales o de cualquier otra naturaleza.
“El sábado 11 de mayo del año en curso tuvimos un evento especial, con el Disc Jockey de fama mundial Adrian Lux. Para esa noche la mayor parte de las mesas estaban prepagadas, y el resto del local estaba reservado. Una clienta había reservado espacio para diez personas para celebrar su cumpleaños. Cuando la señora Izquierdo se presenta, va acompañada de otras dos personas y otras cuatro estaban aguardando para entrar bajo la misma reservación. El rechazo de la entrada a esta persona, y a las otras seis que aguardaban entrar bajo la misma reservación, se debió a que el cupo había sido sobrepasado. Nuestro personal tiene estrictas instrucciones de controlar el acceso para evitar que se exceda el número máximo de personas que recomiendan las normas de seguridad. Otras personas seguían entrando porque tenían su mesa pre pagada, habían salido y vuelto a ingresar o tenían reservaciones no agotadas. Luego de que se impidiera la entrada por las razones indicadas, la clienta que realizó la reservación continuó celebrando su cumpleaños en nuestro establecimiento sin ninguna otra dificultad.
Nuestra política de acceso se relaciona con el cumplimiento de las leyes que impiden la entrada de clientes más allá del cupo máximo autorizado para el local. También tenemos una política de expulsión en caso de que alguna persona se conduzca de manera inadecuada, ponga en peligro la seguridad del local y de sus clientes, así como un código de vestimenta, como ocurre en establecimientos de esta naturaleza en todas partes en el mundo.
Las pruebas contundentes de que en nuestro local no se ejercen prácticas discriminatorias por razones raciales se encuentran en las redes sociales (Instagram, Facebook, Twiter, especificamente en el # hashtag de La Chismosa y Foursquare), donde cualquier persona, e incluso las autoridades, podrán obtener centenares de fotografías subidas por nuestros propios clientes, en la que se puede comprobar la integración racial que se produce todas las noches en nuestro establecimiento.
A raíz de esta experiencia hemos decidido colocar letreros en los lugares más visibles de nuestro establecimiento con nuestra política de no discriminación por motivo de color de piel, raza, código de vestimenta no pre-establecido, peinado o apariencia física. Por igual tendremos letreros con el código de vestimenta y las políticas de reservación y pre pago de nuestras mesas. Además, instalaremos cámaras de vídeo y sonido en los lugares de acceso a nuestro establecimiento para facilitar el trabajo de las autoridades en el cumplimiento de sus facultades de supervisión.
Lamentamos mucho el escándalo que ha ocurrido, pero esperamos que el mismo sirva para comprometer a todos los que trabajamos en establecimientos de esta naturaleza a respetar el mandato constitucional de no discriminación, con el cual estamos firmemente comprometidos”.///
Nacionales
JCE presenta plataforma digital del Observatorio de Participación Política de las Mujeres
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15 horas agoon
diciembre 5, 2025
Santo Domingo, R.D.-La Junta Central Electoral (JCE), a través de la Comisión de Políticas de Igualdad de Género de la institución, presentó a la ciudadanía a través de sus redes sociales la plataforma digital del Observatorio de Participación Política de las Mujeres, espacio que estará integrado en la página de la institución.
Mediante un comunicado, la JCE explicó que el observatorio tiene como finalidad asesorar, diseñar, implementar, desarrollar y evaluar las acciones orientadas a fomentar la participación de las mujeres en la política.
Asimismo, indicó que esta iniciativa, que se encuentra bajo la coordinación de la miembro titular del Pleno y coordinadora de la Comisión de Políticas de Igualdad de Género, Dolores Fernández, es una plataforma que busca recopilar, analizar y visibilizar información sobre los avances, brechas y desafíos de la participación política femenina en República Dominicana.
Además, destacó que el observatorio funciona como una herramienta dinámica de estadísticas interactivas que permite conocer la evolución de la participación política de las mujeres en el país y a través de sus secciones, se podrán explorar datos sobre: candidaturas y cargos electos, participación en los partidos políticos, concurrencia electoral por sexo y participación de mujeres en juntas y colegios electorales.
La misión de este observatorio es, en primer lugar, analizar los niveles de cumplimiento de metas y objetivos nacionales e internacionales en torno a la igualdad de género en materia de representación política y, en segundo lugar, motivar e impulsar la participación paritaria de las mujeres en la toma de decisiones.
Entre los objetivos de esta propuesta, figuran: generar información cuantitativa y cualitativa sobre la representación política de mujeres y hombres en el ámbito nacional; medir los niveles de cumplimiento de metas y objetivos internacionales en torno a la igualdad de género; visibilizar avances de igualdad de género en los partidos políticos y aportar datos que sirvan para elaborar insumos claves para el análisis, la formulación de propuestas y el diseño de estrategias de incidencia política.
Asimismo, procura fortalecer las políticas públicas de igualdad, promover la paridad y la representación política equitativa, garantizar los derechos políticos de las mujeres e impulsar acciones para prevenir y erradicar la violencia política hacia las mujeres.
Nacionales
Telemicro: TSA indicó que Indotel actuó de forma precipitada al asignar frecuencia del Canal 3
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15 horas agoon
diciembre 5, 2025
Santo Domingo, R.D.-El Grupo Telemicro reaccionó al fallo judicial del Tribunal Superior Administrativo (TSA) sobre la asignación de la frecuencia del canal 3 VHF. En un documento indicó que la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA) reconoció que el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel), en su rol de autoridad para la gestión del espectro radioeléctrico, actuó de forma «imprudente y precipitada» al asignar el Canal 3 digital a favor de Franasyn, S.R.L., mediante la Resolución núm. 132-2024 dictada el 14 de noviembre de 2024.
Indicó que el tribunal estableció, luego del análisis de las pruebas aportadas por las partes en el litigio sobre el Canal 3 en la banda VHF, que el «regulador (Indotel) tenía pleno conocimiento de que existía un proceso judicial abierto sobre el derecho de uso y explotación de esa frecuencia».
«El órgano apuntó que, en tales circunstancias, esa entidad encargada de gestión radioeléctrica debía actuar con la debida prudencia y observar el principio de realizar una buena administración, absteniéndose de adoptar decisiones que pudieran incidir en el proceso, como lo fue asignar el Canal 3 a favor de un tercero, en este caso la sociedad Franasyl. S.R.L.», dice un documento enviado por la Corporación de Televisión y Microondas Rafa, S.A. (Telemicro).
Derechos de Franasyl
La Tercera Sala del TSA reconoció la legitimidad de los derechos alegados por Franasyl, S.R.L. en torno al Canal 3 virtual y declaró válida su intervención voluntaria en el proceso.
En su decisión, el tribunal rechazó en todas sus partes el recurso contencioso administrativo interpuesto por Telemicro y confirmó íntegramente la Resolución núm. 080-2022 emitida por el Indotel.
La sentencia se produce tras el reenvío ordenado por la Suprema Corte de Justicia mediante la decisión SCJ-TS-25-0203, que instruyó una nueva valoración del caso después de identificar un vicio de desnaturalización de los hechos en un fallo anterior.
- Telemicro buscaba que la justicia anulara la resolución del Indotel alegando derechos adquiridos sobre el Canal 3 VHF derivados de una comunicación emitida por el órgano regulador en 2004.
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Senado contra la pared con el CPP: aprobar o rechazar
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15 horas agoon
diciembre 5, 2025
Santo Domingo, R.D.-El Senado de la República conocerá este viernes en única discusión el proyecto de ley del nuevo Código Procesal Penal, con las decenas de modificaciones que hizo la Cámara de Diputados y la opción de aprobar o rechazar el documento.
El pleno senatorial deberá decidir “lo más rápido posible”, debido al plazo que le otorga el Tribunal Constitucional en la sentencia 0765/24. En su fallo, emitido el 6 de diciembre de 2024, la alta corte declaró nula la Ley 10-15, que modifica el Código Procesal Penal del 2002, y dio un año al Congreso Nacional, hasta el 11 de este mes, para tener listo un nuevo marco legal.
La pieza de ley que estudian los congresistas generó fuertes debates en la Cámara de Diputados mientras era conocida, por artículos que tienen que ver con las facultades del Ministerio Público (MP) en los procesos, como los de peritajes. Uno de ellos es el artículo 211, sobre el nombramiento de peritos.
La moción de Pacheco y Díaz, que es similar a la versión que llegó del Senado, consiga tres párrafos, en el que establecen que los peritos en cualquier otro momento son nombrados, mediante resolución motivada, por el juez o tribunal, a propuesta de parte; el número de peritos es determinado según la complejidad de las cuestiones a plantear, considerando las sugerencias de las partes; y el dictamen o la resolución que ordena el peritaje fija con precisión las razones que lo motivan, su objeto y alcance, así como el plazo para la presentación de dichos dictámenes.
El Procesal Penal vigente no condiciona el nombramiento del perito por el Ministerio Público a que no sea “anticipo jurisdiccional”. Dice, más bien, que durante la etapa preparatoria los nombra el Ministerio Público.
Ejecución del peritaje
Amado Díaz propuso también -siendo acogida por la mayoría-, modificar el artículo 215 del nuevo Código, que trata sobre la ejecución del peritaje, para agregar al MP, quien había sido dejado fuera de ese apartado en la aprobación en primera discusión. Se estableció que el órgano persecutor, juez o tribunal que ha dispuesto el peritaje, resuelva todas las cuestiones que se planteen durante su realización.
La CD modificó el artículo 48 de la pieza
Otro punto de debate en los diputados fue el de la interrupción de la prescripción, artículo 48, numeral 1, uno de los que se quejó Eugenio Cedeño. La Cámara modificó dicho apartado -al dejar quitar la frase “presentada por el Ministerio Público”, para que diga que la prescripción se interrumpe por: la imposición de medida de coerción; la presentación de la acusación; y el pronunciamiento de la sentencia, aunque sea revocable.

