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Análisis Noticiosos

Hay que mantener el voto preferencial

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Por Juan Bolívar Díaz

HAY-QUE-MANTENER-EL-VOTO-PREFERENCIAL-636x441El Senado debe seguir la pauta trazada por los diputados que en septiembre aprobaron un proyecto de ley ratificando la institución democrática del voto preferencial que la Junta Central Electoral (JCE) propuso eliminar lo que aumentaría el poder de las cúpulas partidarias y reduciría la independencia del Poder Legislativo.

En vez de restringir el derecho a elegir y ser electo, debería ser ampliado separando la elección de los diputados de los senadores y de los regidores de los alcaldes concomitantemente con una ley que fortalezca la democracia interna de los partidos y evite la imposición del dinero sobre la voluntad democrática.

Proyecto congelado. Tras la aprobación en la Cámara de Diputados de una ley que ratifica el voto preferencial que rigió en las tres últimas elecciones legislativas, el 11 de septiembre pasado, las cúpulas de los partidos dominantes hacen esfuerzo por evitar su ratificación por parte del Senado de la República.
Tanto el doctor Leonel Fernández como el ingeniero Miguel Vargas Maldonado, presidentes del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) y del Partido Revolucionario Dominicano (PRD), se han manifestado públicamente contra el voto preferencial. El primero tiene notable influencia sobre gran parte de los 31 senadores de su partido. El otro es el reformista Amable Aristy Castro, mientras el PRD no tiene representación en esa cámara. Fernández y Vargas prefieren las listas cerradas con las que aumentan los poderes de quienes inscriben las candidaturas, al reservarse el orden en que aparecen los diputados, garantizando la elección a los primeros.

Entre los diputados, que favorecieron el proyecto abrumadoramente al aprobarlo en dos lecturas consecutivas con votación de131 a 11 y 121 a 14, se teme que los senadores atiendan la opinión de las cúpulas. Uno de los argumentos para bloquear la pieza ha sido que esa materia debe incluirse en la Ley de Partidos que se viene debatiendo desde 1998 y que ha ingresado infructíferamente una decena de veces a la agenda legislativa.

Como los actuales diputados fueron electos por el voto preferencial, y la mayoría prefiere mantener un sistema de elección que les garantizó su escogencia, lo que muchos, sobre todo los más independientes, creen que no hubiese ocurrido de haber dependido del orden de colocación en las boletas, como establecía el sistema tradicional. Distinto es el caso de los senadores, ya que muchos de ellos fueron señalados por la dirección partidaria.

Principales objeciones. En octubre del 2010, tras la última elección congresual y municipal, separadas de la presidencial, mediante su resolución 74-20l0, la JCE dejó sin efecto su resolución 05 del 2001 que había instituido el voto preferencial como resultado de un amplio consenso político-social que implicó la Reforma de la Ley Electoral 275-97, aprobada en diciembre del 2001. El órgano de administración electoral consideró que “no había tiempo” para implementarla en los comicios del 2002 por lo que se dejó para el 2004, y evadió aplicarlo para los regidores, como se había aprobado.

La eliminación del voto preferencial no fue fruto del consenso como su instauración, pero la mayoría de la JCE recogió las objeciones que le venían haciendo los líderes políticos, agregándole el hecho de que resulta más trabajoso el cómputo y que muchos gerentes de los colegios electorales no lograron cuadrar los resultados del escrutinio, evidenciándose las carencias matemáticas de los dominicanos.

Las mayores objeciones han sido que el voto preferencial origina competencias y divisiones al interior de los partidos, y favorece a los candidatos con mayor poder económico que sacan ventajas de la publicidad y arrancan con más anticipación, y encarece las campañas de los partidos. También que el preferencial impide garantizar la cuota femenina y la de los aliados.

En el 2010 tras la última elección congresual, la Cámara Contenciosa de la JCE fue apoderada de una treintena de impugnaciones por candidatos a diputados de los mismos partidos, incluyendo la repetida denuncia de que algunos “invertían” en delegados a las mesas para obtener votos fraudulentos.

Esencia de la democracia. La esencia de la democracia es que el elector tenga oportunidad de elegir directamente, no a través de listados cerrados determinados a conveniencia de los líderes partidarios. El preferencial se instauró junto a las circunscripciones en la reforma a la ley electoral de 1997. Su artículo 79 expresa su esencia democrática: “Las elecciones nacionales para elegir diputados y regidores se harán mediante circunscripciones electorales con el objeto de garantizar que los ciudadanos que resulten electos en las elecciones generales del año 2002 y subsiguientes sean una verdadera representación del sector de los habitantes que los elijan”.

Se dejó en manos de la JCE reglamentar el voto por circunscripciones y preferencial y se mantuvo el arrastre del senador por la elección de los diputados. Desde entonces las organizaciones sociales abogaron porque tanto la boleta legislativa como la municipal permitieran al elector votar separadamente por el senador y los diputados como por el síndico, ahora alcalde, y los regidores, lo que sería más democrático.

Al no depender del lugar en que los coloquen en las boletas, tanto los diputados como los regidores tendrían más posibilidades de independencia, de ser más fieles a sus electores que a las directrices de un sistema partidario donde no predominan las ideologías ni los proyectos de bien común.

Ahora que las elecciones congresuales y municipales volverán a realizarse en el mismo año que las presidenciales, con pocas semanas de diferencia, sería más democrático mantener el voto preferencial al menos para los diputados a fin de reducir los efectos del arrastre del voto por los candidatos a la presidencia y dejar un mayor margen de independencia a la cámara baja.

Falta reglamentación. Es cierto que tal como ha operado en el país el voto preferencial genera efectos secundarios no deseados, como los antes señalados. Pero todos se pueden controlar mediante reglamentación, que es lo que no quieren los líderes políticos. Tienen razón también en considerar que esa materia debe ser parte de la ley de partidos, pero ésta no acaba de ser aprobada. El primer proyecto de Ley de Partidos fue fruto de un amplio consenso entre líderes políticos y sociales en el marco de la Comisión para Reforma y Modernización del Estado en el primer gobierno del doctor Fernández Reyna (l996-00), a quien le fue entregado en 1999.

Durante el gobierno perredeísta de Hipólito Mejía (2000-04), esa Comisión, rebautizada como Consejo Nacional para Reforma del Estado, volvió a consensuar la ley de partidos. El PRD mantuvo mayoría en las cámaras legislativas hasta el 2006, desde cuando la tiene el PLD, pero ninguno ha aprobado la ley, aunque ha sido objeto del pacto del 2005 entre Leonel Fernández y Vargas Maldonado, y de un compromiso firmado en la campaña electoral del 2012 que prometía aprobarla en seis meses.

Para garantizar un buen desempeño del voto preferencial sería preciso limitar el tiempo de campañas y la inversión, que los candidatos a diputados no puedan promoverse individualmente en la prensa, radio y televisión, sino directamente y sólo en su circunscripción.

No es cierto que la eliminación del voto preferencial reduzca el clientelismo ni las marrullerías al interior de los partidos. Del mismo se llegó a registrar más de una lista por partido, porque había un tráfico de influencia por los primeros lugares. La eliminación de los barrilitos y cofrecitos sería también esencial para garantizar igualdad democrática, más ahora cuando los actuales legisladores habrán estado seis años recibiendo financiamiento para promoverse, en detrimento de quienes se presenten como alternativa.

Retroceden las reformas

El voto preferencial fue parte del proceso de reformas políticas e institucionales con que avanzó la nación en los años noventa hasta el 2002, cuando el PRD y Mejía anularon la prohibición de la reelección presidencial establecida en la Constitución de 1994 para reducir los abusos del patrimonio público en aras del continuismo.

La reforma constitucional del 94 también incluyó la separación de las elecciones, el voto de los residentes en el exterior, la doble nacionalidad y la mayoría del 50 por ciento para elegir al presidente.

La reforma de la ley electoral incluyó la cuota mínima del 33 por ciento de las postulaciones para la mujer, y el financiamiento estatal a los partidos políticos y las consultas de la JCE a los partidos como elemento necesario para sus decisiones.

Hubo un largo proceso de seminarios y consultas entre los sectores políticos y sociales, donde se fraguaron las reformas políticas, como también las sociales, incluyendo el código laboral y la ley de seguridad social. Varias de esas reformas han sido revocadas y algunas, como las de partido y participación social, no se han materializado, por clara resistencia del liderazgo político que ha impuesto un pragmatismo salvaje con el clientelismo, la manipulación electoral y la corrupción.

Artículo publicado originalmente en el periódico HOY.

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Las demandas de los jueces y juezas y las falencias del sistema de justicia.

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Por José Cabral

Un total de 450 jueces y juezas de los 737 que hay en todo el país, así como sus 6,516 empleados fijos del Poder Judicial han paralizado sus laborares en demanda de aumento e indexación salarial, contratación de más personal en los tribunales y por mejores condiciones de trabajo.

Estos reclamos no pueden ser soslayados porque el sistema está lleno de deficiencias y debilidades de las que no se puede excluir a nadie, ya que todo obedece a las grandes distorsiones que sufre el Estado.

Entiendo que es un grave problema de institucionalidad, lo cual afecta a todos los actores del sistema, desde los jueces, fiscales y personal administrativo.

Tengo este criterio porque nadie puede discutir que las distorsiones que caracterizan al Estado no sólo se pueden ver en el sistema de justicia, sino también en el Poder Legislativo y el Ejecutivo.

Entonces, en el marco de estas debilidades y deficiencias que ponen en tela de juicio la democracia, se encuentran los bajos salarios de los jueces y todo el personal de la judicatura nacional.

Esta realidad lleva a todo el que tiene dos dedos de frente a entender que las demandas de los jueces y juezas son justas desde cualquier perspectiva que se vea y a cuyo problema debe buscársele una salida saludable, sin soslayar los demás asuntos que impactan negativamente al sistema de justicia.

El Consejo del Poder Judicial no sólo debe procurar darle salida a esa deficiencia y a sus problemas financieros, sino que al propio tiempo debe crear los mecanismos necesarios para que los tribunales del país tengan otro desempeño.

De manera, que la solución debe ser integral, no sólo a nivel de los salarios y las mejores condiciones laborales de los jueces, ya que las deficiencias tienen implicaciones que también tienen que ver con la arbitrariedad con que se manejan los casos en los tribunales, lo que muchas veces implican la violación de los derechos de los que buscan hacer justicia sobre la base de los derechos fundamentales.

Es decir, que, si bien los bajos salarios de los jueces es un problema grave en el marco del Estado dominicano, también debe decirse que hay otros de igual o peor magnitud que no tienen la mejor de las salidas.

Lo que pretendo establecer es que el problema no sólo tiene que ver con los salarios, el cúmulo de trabajo y el poco personal, sino también del manejo jurídico de los casos, porque es bueno que se entienda que muchos jueces y juezas violan hasta el derecho de recurrir de muchos justiciables y naturalmente los que incurren en esas inconductas no es que deben tener un mal salario, sino que deben ser expulsados del sistema de justicia para bien de la sociedad y la democracia.

Es oportuna la ocasión para que los que dirigen el Estado dominicano no sólo se aboquen a mejorar los salarios y las condiciones de trabajo de los jueces y juezas, lo cual me parece de justicia, sino también a fiscalizar mejor su desempeño porque hay que buscar la forma de mejorar el sistema justicia para bien de todas y cada de las personas, porque no hay derechos sin deberes.

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Análisis Noticiosos

La torpeza y la ignorancia de un fiscal

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Por José Cabral

Este miércoles participé de una conciliación en la fiscalía del juzgado de paz de Santiago sobre una pensión alimenticia y el magistrado que condujo la misma expresó tantos contrasentidos jurídicos que cualquiera siente vergüenza ajena.

Entre los disparates jurídicos de este fiscalizador está que antes de que se iniciara la vista de conciliación, que se hizo a solicitud de un padre que propone el pago de un monto especifico y concreto de pensión alimenticia, el funcionario incitó a la madre citada a que presentada una denuncia en contra de éste en violación de los procedimientos establecidos al respecto.

Pero peor fue todo lo que dijo este señor, como por ejemplo sostener que cualquier poder de una de las partes que llegue a sus manos de antemano es cuestionado porque alega que allí se llevan muchos títulos auténticos de este tipo falsificados, lo cual me llevó a llamar a la atención a este funcionario porque las leyes establecen los procedimientos al respecto.

Los contrasentidos del magistrado no pararon e incluso llegó a decir que en términos de pensión o manutención los hermanos y otros familiares del padre son también responsables de suplir de alimentos al niño víctima de una situación de irresponsabilidad paternal, pese a que no era el caso  de la especie,  lo que también me llevó a recordarle que lo que decía era una violación al principio constitucional de que nadie es responsable por los hechos que cometen otros sin  importar los vínculos de familiaridad, a menos de que se trate de un menor no emancipado.

Este fiscal llegó al colmo de violar la Constitución de la República cuando mandó a retirarse a todos aquellos abogados que él considera que tienen una edad que a su juicio deben darles paso a otros profesionales del derecho más jóvenes, lo que también representa una vulneración del artículo 39 la carta magna cuando dice que nadie debe ser discriminado por sexo, color, edad y preferencia sexual, entre otras cosas.

Este comportamiento del Ministerio Público no es de ahora, ya que se trata de una debilidad que arrastra desde hace décadas, porque la verdad es que nadie sabe de dónde saca el órgano a este tipo de personaje, quien además decía y reiteraba con la anuencia de algunos abogados presentes que un poder no tenía validez en la jurisdicción de niñas, niños y adolescentes por tratarse de una ley especial.

Yo he sido uno de los que se han quejado por la tolerancia con que el sistema trata la emisión de actos auténticos que no cumplen con las formalidades de ley y que representan una falsedad, no sólo material, sino también intelectual, pero el problema consiste en que es letra muerta lo que dispone la Ley 140-15 y el propio Código Civil Dominicano al respecto.

Regularmente los jueces no estatuyen sobre este tipo de delito, pero ello de ninguna manera justifica que un fiscal o fiscalizador ignore los procedimientos a seguir cuando sospeche que un título autentico es falso, porque no puede hacer como el personaje de este miércoles que actúa como si tuviera la competencia para emitir sentencias o desempañar funciones jurisdiccionales.

Y no se trata sólo de un abuso de poder, sino de una gran ignorancia que daña y lesiona gravemente la credibilidad de todo el sistema de justicia.

No obstante, no es mucho lo que se puede pedir al respecto, porque es un problema integral que sólo una transformación total del Estado podrá resolver.

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Análisis Noticiosos

La figura de la inadmisibilidad como sustituta de la mora judicial.

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Por José Cabral

La Suprema Corte de Justicia (SCJ) mantiene una campaña para crear la percepción de que la mora judicial ha sido reducida a su más mínima expresión.

Sin embargo, cuando cualquier ciudadano se aboca a un análisis de fondo del problema, descubre que se trata de un truco para vender una percepción que no tiene nada que ver con la realidad.

La disminución de la mora judicial ha sido concebida sobre la base de la negación de la tutela judicial efectiva, el debido proceso y el derecho a la defensa, porque el arma usada para este fin es la figura de la inadmisibilidad.

Ello se puede observar con el llamado interés casacional, el cual se sustenta en un criterio subjetivo del derecho, pero que la figura puede ser utilizada para descongestionar el sistema de justicia sobre la base de decisiones que se apoyan en la inadmisiblidad.

Este mecanismo jurídico permite que se proyecte una eficiencia que no existe y que tampoco representa una solución a un problema que en vez de disminuir se complica.

Por lo que se ve, la SCJ utiliza un arma que no es válida para acabar un problema que desde cualquier perspectiva que se analice representa denegación de justicia.

Justicia tardía es, sin lugar a dudas, denegación de justicia, pero peor aún recurrir a una interpretación como el interés casacional para declarar inadmisibles una gran cantidad de casos y buscar descongestionar el sistema y en esas condiciones en el país no se puede hablar de una mejoría del Estado Social Democrático de Derecho.

Lo que se sí ocurre ahora con el recurso extraordinario de casación es un aumento preocupante de la figura de la inadmisibilidad, a los fines de proyectar lo que en la realidad no se produce, aunque ciertamente genera un descongestionamiento sobre una base ficticia y negadora de derechos.

En este aspecto sostengo que se reasume una percepción que ha hecho tanto daño a la democracia dominicana, cuya credibilidad ya parece irrecuperable.

La mora judicial es un fenómeno que abarca todo el sistema de justicia, desde los juzgados de paz hasta los tribunales de primera instancia y las cortes de apelación, pero naturalmente en el nivel que causa mucha mayor preocupación es en casación, cuya Ley 2-23 se ha convertido en un instrumento para ahora apoyarse en la inadmisibilidad para la denegación de justicia.

 

 

 

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