Análisis Noticiosos
Tendrán que reformular el pliego
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12 años agoon
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LA REDACCIÓNPor Juan Bolívar Díaz
Todo parece indicar que las organizaciones empresariales tendrán que reformular y moderar consistentemente su pliego de reclamos, si quieren conseguir algunas de sus demandas que parecen razonables, como la moderación del costo de la prestación de cesantía que para pequeñas y medianas empresas puede constituirse en insostenible, en determinadas circunstancias, pero ni eso conseguirán si no reconocen la vulnerabilidad de los empleados y de un modelo económico social que concentra excesivamente el ingreso.
Desde que se integró el año pasado una comisión oficial multisectorial para conocer y recomendar sobre las demandas de reformas al régimen laboral, el gobierno las condicionó a un acuerdo o consenso entre empleadores y trabajadores. Para eso designó una comisión plural de economistas y expertos laborales. Y esta semana el presidente Danilo Medina ratificó tajantemente esa condición, lo que obligaría a un mayor esfuerzo de concertación si se quiere conseguir algo del amplio pliego de reclamos empresariales.
Y no está descaminado el gobierno sobre los reclamos empresariales, pues no hay razón que justifique abandonar la búsqueda de consenso y los acuerdos obrero-patronales y gubernamentales sobre los que durante años se edificó el código de trabajo, a principio de los noventa y la Ley que en el 2001 instituyó el Sistema Dominicano de Seguridad Social.
Como la democracia, el consenso representa dificultades y hasta lentitud en las decisiones. Siempre ha sido más fácil la imposición que la concertación. Pero nadie renuncia voluntariamente a los avances o derechos adquiridos durante años sino en un proceso de racionalidad e intercambio de concesiones.
Desde que se conocieron las demandas empresariales, algunos consideramos que eran tan excesivas que parecía que habían seguido el equivocado modelo sindical de pedir mucho para conseguir poco. Por ejemplo, cada discusión de aumento salarial comienza con demandas del 50 y 60 por ciento para quedar en 10 o 15.
El primer error de los empresarios es que no han logrado aclarar suficientemente si sus promesas de no afectar conquistas establecidas, implica que las reformas que reclaman sólo se aplicarán a las contrataciones laborales futuras, como se debe asumir dada la irretroactividad de la ley.
En segundo lugar el pliego parece inspirado en lo ocurrido en naciones desarrolladas donde se ha hecho pagar a los trabajadores el costo de la crisis estructural del capitalismo y de la voracidad de los ejecutivos y magnates financieros. Pero el nivel del bienestar social alcanzado en algunos países permite reducciones sin agravar mucho las condiciones de vida de la población.
La cuestión es diferente en países de tanta desigualdad, como la República Dominicana, donde tres cuartas partes de los asalariados no reciben lo equivalente al costo promedio de la canasta familiar, y donde más de medio siglo de crecimiento económico no han logrado una reducción significativa de la pobreza, por la concentración del ingreso, como lo han documentado los informes del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo y recientemente del Banco Mundial.
Por ejemplo, es una torpeza plantear el aumento de la jornada laboral de 44 a 48 horas semanales, reduciendo conquistas de principios del siglo pasado. Mucho menos viable en un país donde una alta proporción de los empleados tienen un segundo trabajo, formal o informal, con jornadas diarias totales que alcanzan hasta las 16 horas.
Los empresarios tienen cierta razón en cuanto a la cesantía que es una carga que casi duplica el costo de sus aportes a las pensiones, y que en muchos casos, quiebra empresarios, sobre todo pequeños y medianos, e incentiva la informalidad y las evasiones. ¿A cambio de más aporte al sistema de pensiones, un seguro de desempleo?
También tienen razón en que en muchos sectores, el agropecuario y la construcción por ejemplo, es impracticable la cuota de 20 por ciento de extranjeros, y debe ser racionalizada. Pero que abandonen la extensión del horario diurno hasta las 10 de la noche y el trabajo sin límites los fines de semana.
Análisis Noticiosos
Las demandas de los jueces y juezas y las falencias del sistema de justicia.
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3 días agoon
mayo 21, 2026Por José Cabral
Un total de 450 jueces y juezas de los 737 que hay en todo el país, así como sus 6,516 empleados fijos del Poder Judicial han paralizado sus laborares en demanda de aumento e indexación salarial, contratación de más personal en los tribunales y por mejores condiciones de trabajo.
Estos reclamos no pueden ser soslayados porque el sistema está lleno de deficiencias y debilidades de las que no se puede excluir a nadie, ya que todo obedece a las grandes distorsiones que sufre el Estado.
Entiendo que es un grave problema de institucionalidad, lo cual afecta a todos los actores del sistema, desde los jueces, fiscales y personal administrativo.
Tengo este criterio porque nadie puede discutir que las distorsiones que caracterizan al Estado no sólo se pueden ver en el sistema de justicia, sino también en el Poder Legislativo y el Ejecutivo.
Entonces, en el marco de estas debilidades y deficiencias que ponen en tela de juicio la democracia, se encuentran los bajos salarios de los jueces y todo el personal de la judicatura nacional.
Esta realidad lleva a todo el que tiene dos dedos de frente a entender que las demandas de los jueces y juezas son justas desde cualquier perspectiva que se vea y a cuyo problema debe buscársele una salida saludable, sin soslayar los demás asuntos que impactan negativamente al sistema de justicia.
El Consejo del Poder Judicial no sólo debe procurar darle salida a esa deficiencia y a sus problemas financieros, sino que al propio tiempo debe crear los mecanismos necesarios para que los tribunales del país tengan otro desempeño.
De manera, que la solución debe ser integral, no sólo a nivel de los salarios y las mejores condiciones laborales de los jueces, ya que las deficiencias tienen implicaciones que también tienen que ver con la arbitrariedad con que se manejan los casos en los tribunales, lo que muchas veces implican la violación de los derechos de los que buscan hacer justicia sobre la base de los derechos fundamentales.
Es decir, que, si bien los bajos salarios de los jueces es un problema grave en el marco del Estado dominicano, también debe decirse que hay otros de igual o peor magnitud que no tienen la mejor de las salidas.
Lo que pretendo establecer es que el problema no sólo tiene que ver con los salarios, el cúmulo de trabajo y el poco personal, sino también del manejo jurídico de los casos, porque es bueno que se entienda que muchos jueces y juezas violan hasta el derecho de recurrir de muchos justiciables y naturalmente los que incurren en esas inconductas no es que deben tener un mal salario, sino que deben ser expulsados del sistema de justicia para bien de la sociedad y la democracia.
Es oportuna la ocasión para que los que dirigen el Estado dominicano no sólo se aboquen a mejorar los salarios y las condiciones de trabajo de los jueces y juezas, lo cual me parece de justicia, sino también a fiscalizar mejor su desempeño porque hay que buscar la forma de mejorar el sistema justicia para bien de todas y cada de las personas, porque no hay derechos sin deberes.
Por José Cabral
Este miércoles participé de una conciliación en la fiscalía del juzgado de paz de Santiago sobre una pensión alimenticia y el magistrado que condujo la misma expresó tantos contrasentidos jurídicos que cualquiera siente vergüenza ajena.
Entre los disparates jurídicos de este fiscalizador está que antes de que se iniciara la vista de conciliación, que se hizo a solicitud de un padre que propone el pago de un monto especifico y concreto de pensión alimenticia, el funcionario incitó a la madre citada a que presentada una denuncia en contra de éste en violación de los procedimientos establecidos al respecto.
Pero peor fue todo lo que dijo este señor, como por ejemplo sostener que cualquier poder de una de las partes que llegue a sus manos de antemano es cuestionado porque alega que allí se llevan muchos títulos auténticos de este tipo falsificados, lo cual me llevó a llamar a la atención a este funcionario porque las leyes establecen los procedimientos al respecto.
Los contrasentidos del magistrado no pararon e incluso llegó a decir que en términos de pensión o manutención los hermanos y otros familiares del padre son también responsables de suplir de alimentos al niño víctima de una situación de irresponsabilidad paternal, pese a que no era el caso de la especie, lo que también me llevó a recordarle que lo que decía era una violación al principio constitucional de que nadie es responsable por los hechos que cometen otros sin importar los vínculos de familiaridad, a menos de que se trate de un menor no emancipado.
Este fiscal llegó al colmo de violar la Constitución de la República cuando mandó a retirarse a todos aquellos abogados que él considera que tienen una edad que a su juicio deben darles paso a otros profesionales del derecho más jóvenes, lo que también representa una vulneración del artículo 39 la carta magna cuando dice que nadie debe ser discriminado por sexo, color, edad y preferencia sexual, entre otras cosas.
Este comportamiento del Ministerio Público no es de ahora, ya que se trata de una debilidad que arrastra desde hace décadas, porque la verdad es que nadie sabe de dónde saca el órgano a este tipo de personaje, quien además decía y reiteraba con la anuencia de algunos abogados presentes que un poder no tenía validez en la jurisdicción de niñas, niños y adolescentes por tratarse de una ley especial.
Yo he sido uno de los que se han quejado por la tolerancia con que el sistema trata la emisión de actos auténticos que no cumplen con las formalidades de ley y que representan una falsedad, no sólo material, sino también intelectual, pero el problema consiste en que es letra muerta lo que dispone la Ley 140-15 y el propio Código Civil Dominicano al respecto.
Regularmente los jueces no estatuyen sobre este tipo de delito, pero ello de ninguna manera justifica que un fiscal o fiscalizador ignore los procedimientos a seguir cuando sospeche que un título autentico es falso, porque no puede hacer como el personaje de este miércoles que actúa como si tuviera la competencia para emitir sentencias o desempañar funciones jurisdiccionales.
Y no se trata sólo de un abuso de poder, sino de una gran ignorancia que daña y lesiona gravemente la credibilidad de todo el sistema de justicia.
No obstante, no es mucho lo que se puede pedir al respecto, porque es un problema integral que sólo una transformación total del Estado podrá resolver.
Análisis Noticiosos
La figura de la inadmisibilidad como sustituta de la mora judicial.
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3 semanas agoon
mayo 6, 2026Por José Cabral
La Suprema Corte de Justicia (SCJ) mantiene una campaña para crear la percepción de que la mora judicial ha sido reducida a su más mínima expresión.
Sin embargo, cuando cualquier ciudadano se aboca a un análisis de fondo del problema, descubre que se trata de un truco para vender una percepción que no tiene nada que ver con la realidad.
La disminución de la mora judicial ha sido concebida sobre la base de la negación de la tutela judicial efectiva, el debido proceso y el derecho a la defensa, porque el arma usada para este fin es la figura de la inadmisibilidad.
Ello se puede observar con el llamado interés casacional, el cual se sustenta en un criterio subjetivo del derecho, pero que la figura puede ser utilizada para descongestionar el sistema de justicia sobre la base de decisiones que se apoyan en la inadmisiblidad.
Este mecanismo jurídico permite que se proyecte una eficiencia que no existe y que tampoco representa una solución a un problema que en vez de disminuir se complica.
Por lo que se ve, la SCJ utiliza un arma que no es válida para acabar un problema que desde cualquier perspectiva que se analice representa denegación de justicia.
Justicia tardía es, sin lugar a dudas, denegación de justicia, pero peor aún recurrir a una interpretación como el interés casacional para declarar inadmisibles una gran cantidad de casos y buscar descongestionar el sistema y en esas condiciones en el país no se puede hablar de una mejoría del Estado Social Democrático de Derecho.
Lo que se sí ocurre ahora con el recurso extraordinario de casación es un aumento preocupante de la figura de la inadmisibilidad, a los fines de proyectar lo que en la realidad no se produce, aunque ciertamente genera un descongestionamiento sobre una base ficticia y negadora de derechos.
En este aspecto sostengo que se reasume una percepción que ha hecho tanto daño a la democracia dominicana, cuya credibilidad ya parece irrecuperable.
La mora judicial es un fenómeno que abarca todo el sistema de justicia, desde los juzgados de paz hasta los tribunales de primera instancia y las cortes de apelación, pero naturalmente en el nivel que causa mucha mayor preocupación es en casación, cuya Ley 2-23 se ha convertido en un instrumento para ahora apoyarse en la inadmisibilidad para la denegación de justicia.
