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La petición de los desnacionalizados afectados por sentencia TC
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12 años agoon
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LA REDACCIÓN
Manifestación de hoy frente JCE por dominicanos de ascendencia haitiana.Hoy/Fuente Externa 12/4/12. Archivo.
El Comité de Solidaridad con las Personas Desnacionalizadas que lucha junto a las personas afectadas por la sentencia 168-13 del Tribunal Constitucional (TC), emitió un documento donde hace una solicitud a las autoridades.
Esta es su petición:
** Demandamos juicio político al presidente de la JCE e interpelación al Ministro de Interior por violación de la ley 169-14
** A más de 4 meses de promulgada la ley muy pocos de sus beneficiarios han recibido sus documentos
** En tres semanas se acaba el plazo del Reglamento de la ley para el grupo B, los nacidos en el país sin registro civil, y son escasos los que han podido cumplir requerimientos extralegales.
Más de 4 meses después de la promulgación de la Ley 169-14 y a más de dos meses de su reglamento, sus objetivos están tan lejos de alcanzarse que podemos sostener que se encaminan a la frustración y el fracaso, lo que tendrá serias repercusiones en el país y en los ámbitos internacionales.
Es deplorable que el propósito del gobierno del presidente Danilo Medina, materializado por una ley del Congreso Nacional, que ha tenido tanto reconocimiento nacional e internacional, esté siendo abiertamente obstruido por actitudes y requerimientos que sobre pasan o ignoran el mandato legal. .
Debido a la continuada e ilegal política de incumplimiento y retardación desarrollada por la Junta Central Electoral (JCE) y el Ministerio de Interior y Policía (MIP), el Comité de Solidaridad con las Personas Desnacionalizadas se ve en la obligación de reiterar su denuncia sobre la burla al Congreso Nacional y al Poder Ejecutivo en curso, y apelar a los poderes públicos para que se tomen medidas urgentes que reviertan el boicot contra la Ley No. 169-14 y su Reglamento desarrollado por las instituciones responsables de su implementación.
Es harto conocido que esta Ley beneficiaría a dos grupos de personas:
a) Las personas nacidas en el territorio nacional de padres extranjeros no residentes inscritos en los libros del Registro Civil, cuyo trámite está a cargo de la Junta Central Electoral (JCE).
b) Las personas nacidas en el territorio nacional de padres extranjeros en situación irregular que no figuran inscritos en el Registro Civil, cuyo proceso está a cargo del Ministerio de Interior y Policía (MIP).
Respecto de las personas pertenecientes al grupo a), la ley no exige condiciones, trámites o atributos adicionales para beneficiarse del régimen especial establecido por ella. Por el contrario, establece claramente en su Artículo 2 que “La Junta Central Electoral procederá a regularizar y/o transcribir en los Libros del Registro Civil, libre de todo trámite administrativo a cargo de los beneficiarios, las actas de las personas que se encuentren en la situación establecida en el literal a) del artículo anterior.”
Más de cuatro meses después de la promulgación de la Ley 169-14, el 23 de mayo pasado, la JCE continúa negando las actas de nacimiento a los beneficiarios del régimen especial, estableciendo requisitos y procedimientos que violan de forma arbitraria las disposiciones de orden público dispuestas en la misma. Como resultado de este flagrante desacato al principio de legalidad que debe regir a la administración pública, a la fecha, menos del 1% de las personas que integran el grupo a) han podido percibir los beneficios de esta Ley y el resto siguen a la espera que el Estado les dé una solución para que tengan sus documentos de identidad y puedan ejercer sus derechos.
Aunque el 23 de Septiembre la JCE publicó el listado de unas 13 mil personas que deberían entrevistarse con sus inspectores y “llevar o aportar cualquier documento o información que pueda ser de utilidad para esta auditorìa”, a muchos de los que han acudido se les remite al Plan Nacional de Regularización bajo el alegato de que son extranjeros.
Como ya había sido denunciado anteriormente por este Comité, el boicot institucional desarrollado por la JCE en adición a contradecir la Constitución de la República, desconoce abiertamente numerosos preceptos legales, como por ejemplo las disposiciones del Artículo 31 de la Ley No. 659 de 1944, sobre Actas del Estado Civil, que establece la naturaleza fedataria de las actas de nacimiento y el derecho universal de acceder a las mismas que asiste a toda persona, así como los principios rectores de la actuación de la administración pública consagrados en nuestra constitución y desarrollados en la Ley 107-13 sobre los Derechos de Las Personas Frente a la Administración Pública, como la juridicidad, buena fe, racionalidad, servicio objetivo a las personas, igualdad de trato, eficacia, seguridad jurídica, previsibilidad y certeza normativa, relevancia, y confianza legitima, entre otros.
En relación con las personas que integran el grupo b), para acogerse a Ley No. 169-14 y su Reglamento (del 23 de Julio) deben agotar un procedimiento de registro cuyo proceso está a cargo del MIP y para el cual solo disponen de 90 días. No obstante lo exiguo del plazo, y trascurridos 70 días de iniciado el mismo y a 20 de concluir el plazo legal:
1) El MIP impone a los solicitantes requisitos que no están previstos en la Ley y su Reglamento
* Rechazan solicitudes de personas nacidas después del 18 de abril de 2007.
• Exigen un documento de identidad de la madre, que es muy difícil obtener en el plazo establecido por la Ley.
* Reclaman la presentación de la madre y/o el padre del solicitante
2) Aún no están todas las Unidades de Ejecución previstas funcionando, o funcionan de manera precaria.
• Hay 15 provincias en la que NO HAY Unidades de Ejecución y no atienden a personas provenientes de otras jurisdicciones.
• Es recurrente la falta de electricidad y fallas del sistema informático en los centros.
3) En múltiples caos los inscriben en el Plan Nacional de Regularización de extranjeros
4) Hay falta de información a la población afectada.
• La información de los requisitos no llega a la población eficazmente, principalmente a zonas rurales y lugares de difícil acceso.
5) Obstáculos en los hospitales para la entrega de certificados de nacimientos
6) Renuencias a legalizar actos notariales en la Procuraduría General 6)55fdedeffve
Como resultado de todas estas limitaciones, hasta el momento a menos de 500 personas se les ha aceptado la solicitud de inscripción en el Libro de Extranjería, requisito indispensable para optar por la regularización migratoria y eventual naturalización previstas en la Ley y su Reglamento.
Las violaciones y retardación del cumplimiento de la Ley No. 169-14 y su Reglamento por parte del MIP a estas alturas del curso del plazo de 90 días concedido, llevan inexorablemente a concluir que el procedimiento de naturalización en tres pasos (registro en libro de extranjería, regularización migratoria y naturalización) se encamina al fracaso.
Es importante recordar que el único propósito de este procedimiento en tres etapas, es evitar el riesgo de apatridia en que se encuentran las personas que integran el grupo b), como resultado de la desnacionalización operada mediante la Sentencia No. 168-13 del Tribunal Constitucional. De esa forma el Estado Dominicano pretende cumplir con las obligaciones de rango constitucionales que se le imponen como resultado de diversas convecciones internacionales debidamente ratificadas de que es signatario.
Reiteramos que el incumplimiento y retardación en que incurren la JCE y el MIP se erige como un desafío a la autoridad del Poder Legislativo, instituidas en el mandato constitucional de cumplimiento obligatorio a las leyes emanadas del Congreso Nacional, que vinculan a todos los poderes públicos, conforme disponen los Artículos 93 y 109 de la Constitución de la República Dominicana.
En consecuencia, por estos medios, cursamos una petición al Congreso Nacional, para que, en aplicación de lo dispuesto en el Artículo 93 de la Constitución de la República Dominicana, se inicie un proceso de investigación del Presidente de la JCE y el Ministro de Interior y Policía con la finalidad de que, de confirmarse las faltas graves derivadas del incumplimiento de la ley por parte de estos funcionarios, se lleve a cabo un juicio político que resulte en la destitución del Presidente de la JCE, la interpelación del Ministro de Interior y Policía y la implementación de las reformas a la Ley No. 169-14 y su Reglamento que sean necesarias para asegurar el cumplimiento de sus propósitos.
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La construcción de la autopista del Ambar se inicia el próximo mes, según lo anunció el Gobierno.
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13 horas agoon
julio 25, 2026
Santo Domingo, R.D.-El próximo mes está previsto el inicio de la construcción de la autopista del Ambar, de acuerdo a un anuncio en este sentido hecho este sabado por la vicepresidenta Raquel Peña, la cual conectará las provincias de Santiago y Puerto Plata en menos de 30 minutos y que permitirá impulsar el turismo, el comercio, la logistica y el desarrollo económico de la region Norte.
Peña ofreció la información a la prensa al concluir una sesión de trabajo ampliada de la Asociación de Comerciantes e Industriales de Santiago (ACIS), en la que participaron instituciones aliadas, representantes de las provincias del Cibao y el ministro de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC), Eduardo Estrella, entre otros.
Raquel Peña manifestó que la obra llevará numerosos beneficios, crecimiento y desarrollo a las 14 provincias de la región Norte. «Estamos muy contentos con el inicio de esta obra», expresó.
El ministro de Obras Públicas y Comunicaciones, Eduardo Estrella, aseguró que la Autovía del Ámbar se encuentra en la etapa de «firma de contratos» y socialización con las empresas adjudicatarias del proceso de licitación.
A principios de julio, el Consorcio Autopista del Ámbar, S.R.L., integrado por las empresas Ingeniería Estrella, Rizek Constructora, Magna y Constructora Mar, ganó la licitación para el diseño y construcción de la Autopista del Ámbar, convocada por el Fideicomiso RD Vial.
La vicepresidenta resaltó que Santiago y el Cibao atraviesan una etapa de importante crecimiento económico y urbano, lo que ha incrementado la demanda de nuevas infraestructuras para responder a las necesidades de movilidad, conectividad y desarrollo de la población.
El encuentro, en las instalaciones de la ACIS, fue organizado en respuesta a las inquietudes planteadas por líderes regionales durante una reunión de trabajo celebrada la semana pasada en el despacho de la Vicepresidencia, en el Palacio Nacional.
Durante la actividad, Estrella también presentó un balance de los principales proyectos de infraestructura que el Gobierno desarrolla en Santiago y la región Norte. Destacó que estas inversiones buscan mejorar la conectividad, fortalecer la seguridad vial e incrementar la competitividad del Cibao.
Entre las obras prioritarias mencionó:
- La ampliación a cuatro carriles de la circunvalación de Navarrete.
- La expansión de la carretera Santiago-Licey.
- Los trabajos de conexión vial hacia Moca y otras localidades.
En cuanto a los programas de asfaltado, indicó que el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones mantiene brigadas trabajando de manera simultánea en Santiago, Puerto Plata, San Francisco de Macorís y otras provincias.
Explicó que, debido a las limitaciones presupuestarias y al incremento de los costos de los materiales, las intervenciones se ejecutan siguiendo criterios técnicos y de prioridad, con el propósito de atender de manera equilibrada las necesidades de todo el país.
Por otro lado, el presidente de la ACIS, Marcos Santana, consideró que la presencia de representantes de los principales sectores productivos, comerciales, industriales y de servicios de la región Norte evidencia el interés del empresariado y de la sociedad organizada en trabajar de manera articulada con el Gobierno para impulsar iniciativas que contribuyan al desarrollo del Cibao.
Tras finalizar el encuentro estratégico, la vicepresidenta Raquel Peña se trasladó a la catedral de la ciudad para participar en la celebración de sus fiestas patronales en honor a Santiago Apóstol El Mayor. Con la tradicional fiesta religiosa finalizan las actividades conmemorativas.
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Sigue endeudamiento de economía con préstamos de más RD$27 mil millones
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13 horas agoon
julio 25, 2026
Santo Domingo, R.D.-El Poder Ejecutivo no para en su politica de endeudamiento al lograr la aprobacion en el Congreso Nacional este viernes de dos préstamos provernmiente del Poder Ejecutivo por US$465 millones, los cuales equivalen a aproximadamente 27 mil millones en pesos dominicanos.
El Senado de la República fue el último órgano legislativo en aprobarlo. Estos empréstitos aprobados la tarde de ayer por la Cámara de Diputados.
En ambas cámaras legislativas, los representantes de la Fuerza del Pueblo (FP), del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) y del Partido Revolucionario Dominicano (PRD), votaron en contra de los dos empréstitos.
Se trata de dos acuerdos, firmados por la gestión del presidente Luis Abinader con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID).
Uno de estos le entregaría US$200 millones al Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC), así como al Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant), para financiar el programa de implementación de la política nacional de seguridad vial en el país.
El informe favorable que presentó la Comisión de Hacienda de la Cámara Baja precisa que el objetivo es contribuir a una movilidad segura, previniendo los accidentes de tránsito.
Además, fortalecer la fiscalización, educación y atención a víctimas en el territorio nacional.
El presidente de esa Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados, Frank Paulino, explicó los pasos que aplicará el Gobierno para lograrlo.
Mientras que el otro empréstito, de US$265 millones, sería destinado para el financiamiento del proyecto Plan de Manejo de Cuenca del Río Yuna, previsto a ser ejecutado por el Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos (Indhri).
La carta enviada por el mandatario Abinader al órgano legislativo establece que los recursos incrementarían la resiliencia ante los riesgos de inundación en la parte baja del recurso hídrico.
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RD no aceptará productos y bienes elaborados mediante “trabajo forzoso”
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2 días agoon
julio 24, 2026
Santo Domingo, R.D.-El Gobierno dominicano dispuso la prohibición de la importación hacia al territorio nacional de mercancías, productos y bienes producidos, fabricados, extraídos, procesados o elaborados, total o parcialmente, mediante trabajo forzoso, incluyendo aquellas mercancías respecto de las cuales exista evidencia razonable de que en alguna fase de su cadena de suministro se ha producido la distorsión, cuya decision se produce tras el pais ser sancionado mediante arancel por la administracion del presidente Donald Trump.
La disposición gubernamental busca establecer las disposiciones administrativas necesarias para la prevención, identificación, verificación y prohibición de la importación de mercancías, productos y bienes producidos, fabricados, extraídos, procesados o elaborados, total o parcialmente, mediante trabajo forzoso, con el fin de proteger los derechos humanos, preservar la integridad del comercio internacional y garantizar el cumplimiento de los compromisos internacionales asumidos por la República Dominicana.
La medida, contenida en el decreto 502-26, será aplicada a toda mercancía, producto o bien destinado a ser importado al territorio aduanero del país sobre el cual existan indicios razonables de que ha sido producido, fabricado, extraído, procesado o elaborado, total o parcialmente, mediante trabajo forzoso, independientemente de su país de origen o procedencia.
La medida se toma apenas horas después de que la Administración del presidente de los Estados Unidos, Donald Trump, anunciara nuevos aranceles de entre el 10 % y el 12,5 % a las importaciones procedentes de República Dominicana y otros 59 países y economías, justificándose en una investigación sobre «esfuerzos insuficientes para combatir el trabajo forzoso».
En su artículo siete, el decreto señala que para la identificación de casos productos creados total o parcialmente, mediante trabajo forzoso se tomará en consideración información proveniente de fuentes nacionales o internacionales, tanto públicas como privadas incluyendo importadores, exportadores, operadores económicos, asociaciones empresariales u otros actores del sector privado.
Cuando existan indicios razonables, la Dirección General de Aduanas solicitará al Ministerio de Trabajo que, dentro del ámbito de sus competencias, elabore el informe técnico correspondiente. Luego se realizará una evaluación técnica correspondiente para determinar si existen elementos suficientes para concluir que la mercancía sí tuvo incidencias, durante su creación del trabajo forzoso.
El Ministerio de Hacienda y Economía, la Dirección General de Aduanas y las demás instituciones competentes podrán adoptar dentro del ámbito de las atribuciones que les confieren las leyes, las normas generales, medidas administrativas, operativas y técnicas necesarias para la ejecución del presente decreto, siempre que dichas medidas no impliquen la creación de nuevas obligaciones, restricciones o prohibiciones distintas de las previstas en el ordenamiento jurídico vigente, ni alteren el contenido esencial de los derechos reconocidos por las leyes.
Se define como trabajo forzoso todo trabajo o servicio exigido a un individuo bajo la amenaza de una pena cualquiera y para el cual dicho individuo no se ofrece voluntariamente, de conformidad con la definición contenida en el Convenio núm. 29 de la OIT, ratificado por la República Dominicana mediante la Résolución núm. 4505, del 21 de julio de 1956, y de conformidad con los estándares internacionales aplicables en materia de derechos humanos y erradicación del trabajo forzoso.
