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La petición de los desnacionalizados afectados por sentencia TC
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12 años agoon
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LA REDACCIÓN
Manifestación de hoy frente JCE por dominicanos de ascendencia haitiana.Hoy/Fuente Externa 12/4/12. Archivo.
El Comité de Solidaridad con las Personas Desnacionalizadas que lucha junto a las personas afectadas por la sentencia 168-13 del Tribunal Constitucional (TC), emitió un documento donde hace una solicitud a las autoridades.
Esta es su petición:
** Demandamos juicio político al presidente de la JCE e interpelación al Ministro de Interior por violación de la ley 169-14
** A más de 4 meses de promulgada la ley muy pocos de sus beneficiarios han recibido sus documentos
** En tres semanas se acaba el plazo del Reglamento de la ley para el grupo B, los nacidos en el país sin registro civil, y son escasos los que han podido cumplir requerimientos extralegales.
Más de 4 meses después de la promulgación de la Ley 169-14 y a más de dos meses de su reglamento, sus objetivos están tan lejos de alcanzarse que podemos sostener que se encaminan a la frustración y el fracaso, lo que tendrá serias repercusiones en el país y en los ámbitos internacionales.
Es deplorable que el propósito del gobierno del presidente Danilo Medina, materializado por una ley del Congreso Nacional, que ha tenido tanto reconocimiento nacional e internacional, esté siendo abiertamente obstruido por actitudes y requerimientos que sobre pasan o ignoran el mandato legal. .
Debido a la continuada e ilegal política de incumplimiento y retardación desarrollada por la Junta Central Electoral (JCE) y el Ministerio de Interior y Policía (MIP), el Comité de Solidaridad con las Personas Desnacionalizadas se ve en la obligación de reiterar su denuncia sobre la burla al Congreso Nacional y al Poder Ejecutivo en curso, y apelar a los poderes públicos para que se tomen medidas urgentes que reviertan el boicot contra la Ley No. 169-14 y su Reglamento desarrollado por las instituciones responsables de su implementación.
Es harto conocido que esta Ley beneficiaría a dos grupos de personas:
a) Las personas nacidas en el territorio nacional de padres extranjeros no residentes inscritos en los libros del Registro Civil, cuyo trámite está a cargo de la Junta Central Electoral (JCE).
b) Las personas nacidas en el territorio nacional de padres extranjeros en situación irregular que no figuran inscritos en el Registro Civil, cuyo proceso está a cargo del Ministerio de Interior y Policía (MIP).
Respecto de las personas pertenecientes al grupo a), la ley no exige condiciones, trámites o atributos adicionales para beneficiarse del régimen especial establecido por ella. Por el contrario, establece claramente en su Artículo 2 que “La Junta Central Electoral procederá a regularizar y/o transcribir en los Libros del Registro Civil, libre de todo trámite administrativo a cargo de los beneficiarios, las actas de las personas que se encuentren en la situación establecida en el literal a) del artículo anterior.”
Más de cuatro meses después de la promulgación de la Ley 169-14, el 23 de mayo pasado, la JCE continúa negando las actas de nacimiento a los beneficiarios del régimen especial, estableciendo requisitos y procedimientos que violan de forma arbitraria las disposiciones de orden público dispuestas en la misma. Como resultado de este flagrante desacato al principio de legalidad que debe regir a la administración pública, a la fecha, menos del 1% de las personas que integran el grupo a) han podido percibir los beneficios de esta Ley y el resto siguen a la espera que el Estado les dé una solución para que tengan sus documentos de identidad y puedan ejercer sus derechos.
Aunque el 23 de Septiembre la JCE publicó el listado de unas 13 mil personas que deberían entrevistarse con sus inspectores y “llevar o aportar cualquier documento o información que pueda ser de utilidad para esta auditorìa”, a muchos de los que han acudido se les remite al Plan Nacional de Regularización bajo el alegato de que son extranjeros.
Como ya había sido denunciado anteriormente por este Comité, el boicot institucional desarrollado por la JCE en adición a contradecir la Constitución de la República, desconoce abiertamente numerosos preceptos legales, como por ejemplo las disposiciones del Artículo 31 de la Ley No. 659 de 1944, sobre Actas del Estado Civil, que establece la naturaleza fedataria de las actas de nacimiento y el derecho universal de acceder a las mismas que asiste a toda persona, así como los principios rectores de la actuación de la administración pública consagrados en nuestra constitución y desarrollados en la Ley 107-13 sobre los Derechos de Las Personas Frente a la Administración Pública, como la juridicidad, buena fe, racionalidad, servicio objetivo a las personas, igualdad de trato, eficacia, seguridad jurídica, previsibilidad y certeza normativa, relevancia, y confianza legitima, entre otros.
En relación con las personas que integran el grupo b), para acogerse a Ley No. 169-14 y su Reglamento (del 23 de Julio) deben agotar un procedimiento de registro cuyo proceso está a cargo del MIP y para el cual solo disponen de 90 días. No obstante lo exiguo del plazo, y trascurridos 70 días de iniciado el mismo y a 20 de concluir el plazo legal:
1) El MIP impone a los solicitantes requisitos que no están previstos en la Ley y su Reglamento
* Rechazan solicitudes de personas nacidas después del 18 de abril de 2007.
• Exigen un documento de identidad de la madre, que es muy difícil obtener en el plazo establecido por la Ley.
* Reclaman la presentación de la madre y/o el padre del solicitante
2) Aún no están todas las Unidades de Ejecución previstas funcionando, o funcionan de manera precaria.
• Hay 15 provincias en la que NO HAY Unidades de Ejecución y no atienden a personas provenientes de otras jurisdicciones.
• Es recurrente la falta de electricidad y fallas del sistema informático en los centros.
3) En múltiples caos los inscriben en el Plan Nacional de Regularización de extranjeros
4) Hay falta de información a la población afectada.
• La información de los requisitos no llega a la población eficazmente, principalmente a zonas rurales y lugares de difícil acceso.
5) Obstáculos en los hospitales para la entrega de certificados de nacimientos
6) Renuencias a legalizar actos notariales en la Procuraduría General 6)55fdedeffve
Como resultado de todas estas limitaciones, hasta el momento a menos de 500 personas se les ha aceptado la solicitud de inscripción en el Libro de Extranjería, requisito indispensable para optar por la regularización migratoria y eventual naturalización previstas en la Ley y su Reglamento.
Las violaciones y retardación del cumplimiento de la Ley No. 169-14 y su Reglamento por parte del MIP a estas alturas del curso del plazo de 90 días concedido, llevan inexorablemente a concluir que el procedimiento de naturalización en tres pasos (registro en libro de extranjería, regularización migratoria y naturalización) se encamina al fracaso.
Es importante recordar que el único propósito de este procedimiento en tres etapas, es evitar el riesgo de apatridia en que se encuentran las personas que integran el grupo b), como resultado de la desnacionalización operada mediante la Sentencia No. 168-13 del Tribunal Constitucional. De esa forma el Estado Dominicano pretende cumplir con las obligaciones de rango constitucionales que se le imponen como resultado de diversas convecciones internacionales debidamente ratificadas de que es signatario.
Reiteramos que el incumplimiento y retardación en que incurren la JCE y el MIP se erige como un desafío a la autoridad del Poder Legislativo, instituidas en el mandato constitucional de cumplimiento obligatorio a las leyes emanadas del Congreso Nacional, que vinculan a todos los poderes públicos, conforme disponen los Artículos 93 y 109 de la Constitución de la República Dominicana.
En consecuencia, por estos medios, cursamos una petición al Congreso Nacional, para que, en aplicación de lo dispuesto en el Artículo 93 de la Constitución de la República Dominicana, se inicie un proceso de investigación del Presidente de la JCE y el Ministro de Interior y Policía con la finalidad de que, de confirmarse las faltas graves derivadas del incumplimiento de la ley por parte de estos funcionarios, se lleve a cabo un juicio político que resulte en la destitución del Presidente de la JCE, la interpelación del Ministro de Interior y Policía y la implementación de las reformas a la Ley No. 169-14 y su Reglamento que sean necesarias para asegurar el cumplimiento de sus propósitos.
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Abinader tras violación de la Constitución se autocalifica como un presidente del centro y socialdemócrata.
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5 horas agoon
abril 9, 2026
Santo Domingo, R.D.-Tras la promulgación de una ley que viola la Constitución para buscar eliminar las candidaturas independientes, el presidente Luis Abinader aseguró que se ha guiado —y que pretende seguir guiándose— por una visión de “centro” en su gestión, al tiempo que defendió un modelo que combina desarrollo económico, impulso a la inversión privada y políticas sociales orientadas a reducir la pobreza y mejorar la calidad de vida.
Abinader habló durante un conversatorio de Café Político con estudiantes de la PUCMM, donde fue consultado directamente sobre la “filosofía política” que ha orientado “estos primeros seis años de gobierno” y la que guiaría “los últimos dos años” restantes.
“Es tan difícil ahora catalogarse, o ponerse o colocarse en una línea política, y especialmente en el caso nuestro”, respondió el mandatario, antes de referirse a la manera en que distintos sectores han intentado encasillar a su administración. Según explicó, a su gobierno lo han descrito en distintas ocasiones como “de derecha”, “de centro”, “de izquierda”, e incluso bajo fórmulas intermedias. “A mí me han puesto a veces ‘Gobierno de centro izquierda’, a veces ‘Gobierno de centro’ y a veces ‘Gobierno de centro derecha’. Yo he visto las tres categorías”, afirmó.
Sin embargo, Abinader buscó cerrar el debate con una definición propia: “Nosotros somos un Gobierno de centro”.
Para explicar esa ubicación, el presidente apeló a una referencia internacional: la socialdemocracia europea, particularmente en los países nórdicos y Alemania. En ese marco, sostuvo que se trata de una corriente que “cree en el desarrollo económico”, “cree en la inversión privada” y también entiende que “hay que fortalecer la inversión privada”. A la vez, subrayó que ese crecimiento debe ir acompañado de “una mejoría y una base social” que garantice un camino “hacia la eliminación y la disminución de la pobreza” y hacia la “mejoría de la calidad de vida”.
“Exactamente eso es lo que nosotros hemos conseguido en estos seis años”, dijo, al reivindicar los resultados de su gobierno bajo esa lógica de equilibrio entre dinamismo económico y políticas sociales. No ofreció cifras ni detalles de programas en su respuesta, pero insistió en que la orientación general de la gestión ha sido consistente con ese enfoque.
El mandatario también enmarcó su planteo en un período que describió como particularmente adverso por el contexto internacional. Recordó que llegó al poder “en el medio de la crisis del COVID” y que, cuando el país comenzaba a salir de la pandemia, sobrevino la “crisis de Ucrania”. “Y ahora ya ustedes saben…”, añadió, en alusión a un escenario global que —según su relato— ha continuado sumando presiones.
En un giro coloquial, Abinader resumió la sensación de gobernar en medio de crisis encadenadas con una frase que provocó reacción en el auditorio: “A veces yo digo: ‘Dame, échame algo bendito… A ver si tenemos más suerte’”. Acto seguido, insistió en que esos desafíos han sido parte del terreno que su administración ha tenido que enfrentar.
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Presidente de la SCJ insiste en los supuestos avances en la justicia dominicana.
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5 horas agoon
abril 9, 2026
Santo Domingo, R.D.-Como una forma de cuidarse en salud en virtud de que se le vence su tiempo en el cargo, el presidente de la Suprema Corte de Justicia y del Consejo del Poder Judicial destacó los supuestos avances en la justicia dominicana en los últimos años, logros que, afirmó, son «frutos de una obra colectiva» de todos los sectores políticos y sociales.
Durante el acto de apertura de la Conferencia del Poder Judicial 2026, Molina subrayó que estos progresos han sido reconocidos tanto por indicadores nacionales como por estudios internacionales, al tiempo que exhortó a preservar estas conquistas y evitar cualquier retroceso.
Entre los principales logros resaltó una mayor confianza, la eliminación de la mora en la Suprema Corte de Justicia, que incluye una transformación del recurso de casación, que —según explicó— dejó de ser un mecanismo que retrasaba derechos, reduciendo su tiempo de tramitación de 107 a 27 días.
Sostuvo que el acceso digital permite a más de 33 mil abogados y ciudadanos acceder gratuitamente a sus casos sin traslados y sin intermediarios, asistir a audiencias virtuales, en los procesos civiles, y consultar sus expedientes desde cualquier lugar, incluso desde el extranjero.
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En la actividad de inauguración de la conferencia participaron el presidente de la República, Luis Abinader, así como los presidentes de las cámaras legislativas, Alfredo Pacheco y Ricardo de los Santos, junto a representantes del sector empresarial, la judicatura y diversas instituciones nacionales e internacionales vinculadas al ámbito jurídico.
Molina, quien cumplió el periodo de siete años como presidente de la SCJ y será sometido a evaluación próximamente por el Consejo Nacional de la Magistratura, expuso que el Poder Judicial ha procurado moverse al mismo ritmo que lo ha hecho el crecimiento económico en los últimos treinta años y que para lograrlo se crearon tres objetivos concretos.
En ese sentido, aseveró que la conferencia constituye el espacio rector del Plan de Justicia del Futuro 20-34 para revisar los avances y “corregir el rumbo cuando la circunstancia lo aconseja”, as í como renovar compromisos y voluntades.
La conferencia se desarrollará desde este jueves 9 de abril hasta el sábado 11.
El acto inaugural también contó con la participación del expresidente de la República Leonel Fernández; el presidente del Tribunal Constitucional, Napoleón Estévez Lavandier; los legisladores Omar Fernández y Tobías Crespo, y la jueza Nancy Salcedo, integrantes del Consejo Nacional de la Magistratura.
Asimismo, los expresidentes de la SCJ, Jorge Subero Isa y Mariano Germán.

En la inauguración de la Conferencia de Justicia 2026, el presidente de la Suprema Corte de Justicia y el de la República, Henry Molina y Luis Abinader, entregaron un reconocimiento a la magistrada Olga Herrera Carbuccia por su papel en la creación y consolidación de la Cámara Penal de la Corte de Apelación de la Provincia de Santo Domingo.
“Constituyó un ejemplo de gestión judicial al convertir una idea en una institución organizada, eficiente y referente en materia penal, aún en contextos desafiantes”, se dijo al momento de hacérsele entrega a la placa con la que se le reconoció su labor.
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Aumento sueldos en Camara de Cuentas sería otra violación a la Constitución.
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5 horas agoon
abril 9, 2026
Santo Domingo, R.D.-En medio de una serie de interrogantes tras la circulación de una resolución que plantea un aumento de hasta un 50 % en las compensaciones de los miembros del pleno de la Cámara de Cuentas, abrió dudas sobre si el órgano se aprobó un incremento salarial en violacion de la Constitución de la República.
Sin embargo, una fuente de la institución negó la veracidad del documento que circula en medios de comunicación bajo el número de resolución ADM-2026-017, y dijo que la realidad es que hubo un aumento de salarios a los empleados que no excluye a los miembros del pleno de la institución.
A pesar de que en la página web de la Cámara de Cuentas están publicadas resoluciones con números posteriores, mas no la señalada.
El documento en cuestión corresponde a la resolución número ADM-2026-017, fechada el 13 de marzo de 2026. En su contenido se establece la modificación del «Manual unificado de políticas de compensación, derechos y beneficios del servidor público de la Cámara de Cuentas«.
El texto en debate indica un aumento de hasta un 50 % en las compensaciones de los miembros del pleno, bajo el argumento de reconocer «dedicación exclusiva y jornadas extraordinarias». También plantea que la medida tendría carácter retroactivo a febrero de 2026.
De aplicarse, el incremento impactaría directamente a los actuales integrantes del órgano. Según los reportes de nómina del primer trimestre de 2026, la presidenta devenga 423,500 pesos mensuales, mientras que el vicepresidente y los miembros reciben 379,097.84 pesos cada uno.
De ser veraz la resolución, la disposición entra en conflicto con el artículo 140 de la Constitución, que regula los aumentos de remuneraciones en el sector público.
El texto establece: «Ninguna institución pública o entidad autónoma que maneje fondos públicos establecerá normas o disposiciones tendentes a incrementar la remuneración o beneficios a sus incumbentes o directivos, sino para un período posterior al que fueron electos o designados».
Al tratarse de un aumento aprobado por los propios miembros para su período vigente, la resolución podría ser objeto de cuestionamientos de constitucionalidad. La Constitución también establece que el incumplimiento de esta disposición será sancionado conforme a la ley.
De acuerdo con los reportes de nómina del primer trimestre de 2026, los miembros del pleno reciben las siguientes remuneraciones:
La presidenta devenga 423,500 pesos mensuales, el vicepresidente y los miembros reciben 379,097.84 pesos cada uno.
Con el nuevo esquema, las compensaciones podrían aumentar en más de 211,000 pesos mensuales en el caso de la presidencia y en alrededor de 189,000 pesos para los demás miembros, dependiendo de la aplicación del tope del 50 %.
La resolución también elimina el bono por antigüedad y suspende el bono vacacional. La medida se sustenta en que estos beneficios no estaban vinculados a criterios de desempeño o productividad institucional.
